Asesorías Profesionales Drebu Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de asesorías profesionales y consultorías en materias de salud en general, de medicina preventiva, de medicina curativa y, en especial, en materias de tratamiento, control y seguimiento de enfermedades o trastorno médicos, de procedimientos de diagnósticos, terapéuticos y/o de intervenciones, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos.
资本
总资本
$1.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CECILIA ELIZABETH BUSTAMANTE AGÜERO Socio | - | 50% | $500.000 |
JORGE IGNACIO DREYSE DAÑOBEITÍA Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(1)
JORGE IGNACIO DREYSE DAÑOBEITÍA
SII 代表(1)
JORGE IGNACIO DREYSE DAÑOBEITÍA
摘要官方正文
Ministerio del Interior MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón, y oficio en Avenida Santa Rosa 7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 2 de marzo del año 2026, ante mí, doña CECILIA ELIZABETH BUSTAMANTE AGÜERO y don JORGE IGNACIO DREYSE DAÑOBEITÍA, domiciliados en Av. Las Condes 11.700, Torre A, oficina 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: El nombre o razón social será “ASESORÍAS PROFESIONALES DREBU LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “ASESORÍAS DREBU LTDA.” o “DREBU LTDA.” Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de asesorías profesionales y consultorías en materias de salud en general, de medicina preventiva, de medicina curativa y, en especial, en materias de tratamiento, control y seguimiento de enfermedades o trastorno médicos, de procedimientos de diagnósticos, terapéuticos y/o de intervenciones, tanto para personas naturales y jurídicas. Asimismo, podrá realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. Duración: La sociedad tendrá una duración de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) doña CECILIA ELIZABETH BUSTAMANTE AGÜERO, con $500.000, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento; y b) don JORGE IGNACIO DREYSE DAÑOBEITÍA, con $500.000, equivalentes al 50% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón será ejercida exclusivamente por don JORGE IGNACIO DREYSE DAÑOBEITÍA, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Santiago, 5 de marzo de 2026. M. Medina R. Notario Público.
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- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS PROFESIONALES DREBU LIMITADA
CVE 2782480
