有限责任公司

Asesorías Legales Y Financieras Edwards Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年9月8日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2022-09-08查看 PDF(CVE 2184159)

公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 10 años contados desde escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que por acuerdo unánime los socios manifestaren su intención de poner término a la sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas
管理方式: Corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH, quien actuando de forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las facultades y poderes descritos en estatutos sociales.

公司目的

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales de carácter legal, financiero y económico. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

资本

总资本

$10.000.000

实缴资本

$10.000.000

待缴资本

$0

股东(3)

姓名持股比例

ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH

Socio

8%

ROBERTO JOSÉ EDWARDS VALDÉS

Socio

46%

MARÍA CAROLINA EDWARDS VALDÉS

Socio

46%

管理人(1)

SII 代表(1)

摘要官方正文

SERGIO ARENAS BENONI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en La Cisterna, Gran Avenida José Miguel Carrera 8006, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2022, otorgada ante mí, ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH, ROBERTO JOSÉ EDWARDS VALDÉS y MARÍA CAROLINA EDWARDS VALDÉS, todos domiciliados para estos efectos en Rosario Norte, número 555, oficina 701, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “ASESORÍAS LEGALES Y FINANCIERAS EDWARDS LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “EDWARDS LTDA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales de carácter legal, financiero y económico. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $10.000.000, que los socios enterarán y aportarán de la siguiente forma: a) don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH, aporta la suma de $800.000, equivalentes al 8% del capital social, suma que se paga y entera en este acto, en dinero en efectivo, monto que ingresa a las arcas sociales; b) don ROBERTO JOSÉ EDWARDS VALDÉS, aporta la suma de $4.600.000, equivalentes al 46% del capital social, suma que se paga y entera en este acto, en dinero en efectivo, monto que ingresa a las arcas sociales; y b) doña MARÍA CAROLINA EDWARDS VALDÉS aporta la suma de $4.600.000, equivalentes al 46% del capital social, suma que se paga y entera en este acto, en dinero en efectivo, monto que ingresa a las arcas sociales. Administración: Corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ROBERTO LUIS EDWARDS SMITH, quien actuando de forma individual y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las facultades y poderes descritos en estatutos sociales. Duración: 10 años contados desde escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que por acuerdo unánime los socios manifestaren su intención de poner término a la sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de la sociedad en el Registro de Comercio de Santiago, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas. Demás cláusulas constan en escritura extractada. La Cisterna, 05 de septiembre de 2022. S. Arenas B. Notario Público.

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  1. CONSTITUCIÓN

    ASESORÍAS LEGALES Y FINANCIERAS EDWARDS LIMITADA

    CVE 2184159

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