Asesorías At Legacy Partners Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuna, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Isidora Goyenechea número 3477, oficina 19, Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 30/01/2025, Repertorio N°5462-2025, ante mi comparecen: don Andrés Alessandri Amenábar y don Mario Andrés Traub Matthews, ambos domiciliados para estos efectos en Domingo Bondi 1990, departamento 201, comuna de las Condes, Región Metropolitana; vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada. 1. Razón social: ASESORÍAS AT LEGACY PARTNERS LIMITADA, pudiendo usar para fines bancarios, comerciales y publicitarios el nombre de fantasía “AT LEGACY PARTNERS” o “ATLP”. 2. Duración: El plazo de duración de la Sociedad es de 5 años, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. 3. Objeto: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley número veintiún mil quinientos veintiuno, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general”. 4. Capital: El capital social es la cantidad de $1.000.000, que se aportan y pagan por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: a) don ANDRÉS ALESSANDRI AMENÁBAR aporta la cantidad de $500.000, correspondiente a un 50% de los derechos en el haber social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; b) don MARIO ANDRÉS TRAUB MATTHEWS aporta la cantidad de $500.000, correspondiente a un 50% de los derechos en el haber social, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. 5. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Andrés Alessandri Amenábar y a don Mario Andrés Traub Matthew, quienes actuando individualmente uno cualquiera de ellos, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones no son de materia de extracto y constan en escritura extractada, Santiago, 05 de febrero de 2025.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS AT LEGACY PARTNERS LIMITADA
CVE 2609116
