股份公司

Agricola Cifrut SpA

CONSTITUCIÓN — 2019年1月23日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2019-01-23查看 PDF(CVE 1533023)

公司信息

SpA
Monte Patria, Coquimbo
期限: indefinida
管理方式: La sociedad será administrada por don José Ignacio Guíñez Solanich, o por la persona o personas que para este efecto designen los accionistas, el que podrá o no ser accionista, ya sea en una asamblea de accionistas convocada para este efecto, o por medio de una escritura pública que otorguen todos ellos.

公司目的

A) Desarrollo ya sea por cuenta propia, ajena o asociada con terceros, en predios propios, arrendados, en comodato, en usufructo o en mera tenencia de todo tipo de actividad agrícola, de cultivo, producción y comercialización, ya sea como materia prima en estado natural o procesada y elaborada. B) la cría de todo tipo de ganado, como el cultivo y producción agrícola combinado con cría de animales. C) Todo tipo de actividades de servicios agrícolas y ganaderos. D) Silvicultura, extracción de madera y actividades de servicios conexas. E) La importación y exportación de todo tipo de productos agrícolas elaborados o no, junto con la importación y exportación de insumos para la agricultura, fertilizantes, pesticidas, abonos y similares, la importación y exportación de todo tipo de maquinaria para la industria y para la agricultura. F) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, legal, financiero y técnico.-. G) Cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con lo dicho en las letras a, b, precedentes, y cualquier otra operación negocio o actividad distinta a las descritas que acordaren los socios.

资本

总资本

$280.350.000

实缴资本

$280.350.000

待缴资本

$0

股份

1,000

股东(11)

姓名持股比例

Julio Santiago Caimanque Araya

Accionista

3.xxx.xxx-8

37.5%

Alamiro de Los Santos Caimanque Ramos

Accionista

8.xxx.xxx-9

15.625%

Rosa Haydée Caimanque Ramos

Accionista

8.xxx.xxx-5

15.625%

Héctor Erasmo Caimanque Ramos

Accionista

9.xxx.xxx-6

15.625%

Julio Aladino Caimanque Ramos

Accionista

12.xxx.xxx-5

15.625%

Ángel Pascual Caimanque Ramos

Accionista

11.xxx.xxx-7

15.625%

Juan Guillermo Caimanque Ramos

Accionista

11.xxx.xxx-k

15.625%

Luis Bartolomé Caimanque Ramos

Accionista

12.xxx.xxx-8

15.625%

Víctor Manuel Caimanque Ramos

Accionista

13.xxx.xxx-9

15.625%

Romualdo Ricardo Guíñez Riquelme

Accionista

3.xxx.xxx-6

25%

José Ignacio Guíñez Solanich

Accionista

12.xxx.xxx-3

25%

管理人(1)

José Ignacio Guíñez Solanich

12.xxx.xxx-3Administrador

摘要官方正文

En Ovalle, República de Chile, a 07 de Enero de 2019, ante mí, Rodrigo Cabrera Albarrán, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Ovalle, con oficio en calle Miguel Aguirre N° 328, Ovalle, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de Enero de 2019, Repertorio N°35, ante mí, don Julio Santiago Caimanque Araya, chileno, viudo, agricultor, cédula nacional de identidad número tres millones setecientos cinco mil trescientos setenta guión ocho, con domicilio en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Alamiro de Los Santos Caimanque Ramos, chileno, divorciado, agricultor, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos setenta y un mil seiscientos treinta y uno guión nueve, con domicilio en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; doña Rosa Haydée Caimanque Ramos, chilena, divorciada, dueña de casa, cédula nacional de identidad número ocho millones setecientos tres mil doscientos setenta y nueve guión cinco, domiciliada en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Héctor Erasmo Caimanque Ramos, chileno, soltero, agricultor, cédula nacional de identidad número nueve millones ochocientos ochenta y nueve mil ochocientos setenta y ocho guión seis, domiciliado en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Julio Aladino Caimanque Ramos, chileno, casado, agricultor, cédula nacional de identidad número doce millones cincuenta y cinco mil cuatrocientos ocho guión cinco, con domicilio en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Angel Pascual Caimanque Ramos, chileno, soltero, agricultor, cédula nacional de identidad número once millones trescientos ochenta y tres mil ciento ochenta y cuatro guión siete, con domicilio en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Juan Guillermo Caimanque Ramos, chileno, viudo, agricultor, cédula nacional de identidad número once millones novecientos treinta y nueve mil cuatrocientos noventa y siete guión K, con domicilio en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Luis Bartolomé Caimanque Ramos, chileno, soltero, agricultor, cédula nacional de identidad número doce millones trescientos noventa y siete mil seiscientos cuarenta y dos guión ocho, domiciliado en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Víctor Manuel Caimanque Ramos, chileno, soltero, agricultor, cédula nacional de identidad número trece millones ciento ochenta mil trescientos cuarenta y uno guión nueve, con domicilio en Cerrillos de Rapel sin número, Monte Patria; don Romualdo Ricardo Guíñez Riquelme, chileno, casado y separado de bienes, técnico agrícola, cédula nacional de identidad número tres millones seiscientos nueve mil seiscientos trece guión seis, con domicilio en Parcela 22-A, Cerrillos de Rapel, Monte Patria, y don José Ignacio Guíñez Solanich, chileno, casado con comunidad de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número doce millones cuatrocientos veintiséis mil seiscientos setenta y nueve guión tres, domiciliado en Parcela 22-A, Cerrillos de Rapel, Monte Patria, constituyeron una sociedad por acciones denominada “AGRICOLA CIFRUT SpA” de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Razón social: “AGRICOLA CIFRUT SpA”. Objeto: será A) Desarrollo ya sea por cuenta propia, ajena o asociada con terceros, en predios propios, arrendados, en comodato, en usufructo o en mera tenencia de todo tipo de actividad agrícola, de cultivo, producción y comercialización, ya sea como materia prima en estado natural o procesada y elaborada. B) la cría de todo tipo de ganado, como el cultivo y producción agrícola combinado con cría de animales. C) Todo tipo de actividades de servicios agrícolas y ganaderos. D) Silvicultura, extracción de madera y actividades de servicios conexas. E) La importación y exportación de todo tipo de productos agrícolas elaborados o no, junto con la importación y exportación de insumos para la agricultura, fertilizantes, pesticidas, abonos y similares, la importación y exportación de todo tipo de maquinaria para la industria y para la agricultura. F) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, legal, financiero y técnico.-. G) Cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con lo dicho en las letras a, b, precedentes, y cualquier otra operación negocio o actividad distinta a las descritas que acordaren los socios. Administración. La sociedad será administrada por don José Ignacio Guíñez Solanich, o por la persona o personas que para este efecto designen los accionistas, el que podrá o no ser accionista, ya sea en una asamblea de accionistas convocada para este efecto, o por medio de una escritura pública que otorguen todos ello. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de doscientos ochenta millones trescientos cincuenta mil pesos ($280.350.000), divididos en mil acciones ordinarias, nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que suscriben los comparecientes, y que deberá estar completamente pagado y enterado en la caja social dentro del plazo de ciento ochenta días contados desde la fecha de esta escritura, lo suscriben íntegramente los comparecientes en las siguientes proporciones: a) Don Julio Santiago Caimanque Araya, la cantidad de trescientas setenta y cinco (375) acciones, equivalentes a la suma de ciento cinco millones ciento treinta y un mil doscientos cincuenta pesos ($105.131.250) que entera de la siguiente forma:1)mediante el aporte en dominio pleno, a la sociedad de la totalidad de los derechos de que es dueño y que le corresponden en el LOTE A, producto de la sub división de la Parcela número veintisiete de los formados del proyecto de División de los Terrenos de la Cooperativa de Reforma Agraria Asignataria Cerrillos de Rapel Limitada, ubicado en la comuna de Monte Patria, Provincia del Limarí, Cuarta Región, Lote que de acuerdo al plano agregado bajo el número ochocientos seis del año dos mil doce al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria tiene una superficie aproximada de ocho coma nueve (8,9) hectáreas y los siguientes deslindes especiales: Norte, con Parcela número veintiséis; Sur, con Río Rapel y Cooperativa de La Higuera; Oriente, con sitio veinte A y Cooperativa La Higuera y Poniente, con Lote B resultante de la subdivisión. Lo obtuvo por herencia quedada al fallecimiento de la causante doña Agripina del Rosario Ramos Parra, según consta del certificado de posesión efectiva número de inscripción cincuenta y un mil doscientos del año dos mil once, emitido con fecha diez de diciembre de dos mil doce. La posesión efectiva de la causante fue concedida por el Director Regional de la Región de Coquimbo del Servicio de Registro Civil e Identificación por Resolución Exenta número tres mil ciento noventa y seis de fecha dos de noviembre de dos mil once, publicada el dos de noviembre del mismo año, en el diario El Día. Copia del certificado de posesión efectiva se encuentra agregado bajo el número ochocientos siete al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria del año dos mil doce. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas mil trescientos treinta y nueve, número mil ciento catorce del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria, correspondiente al año dos mil doce. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de 14.462.500 pesos, monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para el aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado. 2) mediante el aporte en dominio pleno, a la sociedad de la totalidad de los derechos de que es dueño y que le corresponden en el LOTE C, de los en que se subdividió la Parcela número veintisiete de los formados del proyecto de División de los Terrenos de la Cooperativa de Reforma Agraria Asignataria cerrillos de Rapel Limitada, ubicado en la comuna de Monte Patria, Provincia del Limarí, Cuarta Región, Lote que de acuerdo al plano agregado bajo el número ochocientos seis del año dos mil doce al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria tiene una superficie aproximada de ocho coma nueve (8,9) hectáreas y los siguientes deslindes especiales: Norte, con Parcela número veintiséis; Sur, con Río Rapel y Cooperativa de La Higuera; Oriente, con lote B resultante de la subdivisión, río rapel de por medio, y Poniente, con Parcela número veintiséis Río Rapel. Lo obtuvo por herencia quedada al fallecimiento de la causante doña Agripina del Rosario Ramos Parra, según consta del certificado de posesión efectiva número de inscripción cincuenta y un mil doscientos del año dos mil once, emitido con fecha diez de diciembre de dos mil doce. La posesión efectiva de la causante fue concedida por el Director Regional de la Región de Coquimbo del Servicio de Registro Civil e Identificación por Resolución Exenta número tres mil ciento noventa y seis de fecha dos de noviembre de dos mil once, publicada el dos de noviembre del mismo año, en el diario El Día. Copia del certificado de posesión efectiva se encuentra agregado bajo el número ochocientos siete al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria del año dos mil doce. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas mil trescientos cuarenta, número mil ciento quince del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria, correspondiente al año dos mil doce. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de 14.462.500 pesos, monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para el aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado. 3) mediante el aporte en dominio pleno, a la sociedad de los derechos que le corresponden y de que es dueño, sobre un derecho de aprovechamiento de agua consistente en cero coma cincuenta (0,50) acciones de agua del CANAL MOLINO DE HIGUERAS, servidos por la Comunidad de Aguas Molino de Higueras, ubicado en la comuna de Monte Patria, Provincia del Limarí, Cuarta Región. Lo obtuvo por herencia quedada al fallecimiento de la causante doña Agripina del Rosario Ramos Parra, según consta del certificado de posesión efectiva número de inscripción cincuenta y un mil doscientos del año dos mil once, emitido con fecha siete de diciembre de dos mil once. La posesión efectiva de la causante fue concedida por el Director Regional de la Región de Coquimbo del Servicio de Registro Civil e Identificación por Resolución Exenta número tres mil ciento noventa y seis de fecha veintiséis de octubre de dos mil once, publicada el dos de noviembre del mismo año, en el diario El Día. Copia del certificado de posesión efectiva se encuentra agregado bajo el número doscientos veintisiete al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria del año dos mil doce. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas ciento ochenta y dos vuelta número doscientos setenta y nueve del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria, correspondiente al año dos mil doce. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de 218.750 pesos, monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para el aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado. 4) mediante el aporte en dominio pleno, a la sociedad de los derechos que le corresponden y de que es dueño, sobre un derecho de aprovechamiento de agua consistente en trece coma sesenta (13,60) acciones de agua del CANAL HUERTO, servidos por la Comunidad de Aguas Canal Huerto, ubicado en la comuna de Monte Patria, Provincia del Limarí, Cuarta Región. Lo obtuvo por herencia quedada al fallecimiento de la causante doña Agripina del Rosario Ramos Parra, según consta del certificado de posesión efectiva número de inscripción cincuenta y un mil doscientos del año dos mil once, emitido con fecha siete de diciembre de dos mil once. La posesión efectiva de la causante fue concedida por el Director Regional de la Región de Coquimbo del Servicio de Registro Civil e Identificación por Resolución Exenta número tres mil ciento noventa y seis de fecha veintiséis de octubre de dos mil once, publicada el dos de noviembre del mismo año, en el diario El Día. Copia del certificado de posesión efectiva se encuentra agregado bajo el número doscientos veintisiete al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria del año dos mil doce. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas ciento ochenta vuelta número doscientos setenta y siete del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria, correspondiente al año dos mil doce. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de 3.400.000 pesos, monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para el aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado. 5) mediante el aporte en dominio pleno, a la sociedad de los derechos que le corresponden y de que es dueño, sobre un derecho de aprovechamiento de agua consistente en diez (10) acciones de agua del CANAL BURROS BAJOS, servidos por la Comunidad de Aguas Canal Burros Bajos, ubicado en la comuna de Monte Patria, Provincia del Limarí, Cuarta Región. Lo obtuvo por herencia quedada al fallecimiento de la causante doña Agripina del Rosario Ramos Parra, según consta del certificado de posesión efectiva número de inscripción cincuenta y un mil doscientos del año dos mil once, emitido con fecha siete de diciembre de dos mil once. La posesión efectiva de la causante fue concedida por el Director Regional de la Región de Coquimbo del Servicio de Registro Civil e Identificación por Resolución Exenta número tres mil ciento noventa y seis de fecha veintiséis de octubre de dos mil once, publicada el dos de noviembre del mismo año, en el diario El Día. Copia del certificado de posesión efectiva se encuentra agregado bajo el número doscientos veintisiete al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria del año dos mil doce. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas ciento ochenta y uno vuelta número doscientos setenta y ocho del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria, correspondiente al año dos mil doce. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de 2.500.000 pesos, monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para el aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado. 6) mediante el aporte en dominio pleno, a la sociedad de la totalidad de los derechos de que es dueño y que le corresponden en el LOTE A, producto de la sub división de la parcela veintisiete, de los formados del proyecto de División de los Terrenos de la Cooperativa de Reforma Agraria Asignataria Cerrillos de Rapel Limitada, ubicado en la comuna de monte Patria, Provincia del Limarí, Cuarta Región, Lote que de acuerdo al plano agregado bajo el número ochocientos seis del año dos mil doce, al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria tiene una superficie aproximada de ocho coma nueve (8,9) hectáreas y los siguientes deslindes especiales: Norte, con Parcela número veintiséis; Sur, con Río Rapel y Cooperativa de La Higuera; Oriente, con sitio veinte A y Cooperativa La Higuera y Poniente, con Lote B resultante de la subdivisión. Adquirió el inmueble de mayor extensión que dio origen al lote C ya singularizado, por adjudicación en la disolución y liquidación de la Cooperativa de Reforma Agraria, Asignataria Cerillos de Rapel Limitada, según consta de escritura pública de fecha ocho de septiembre de mil novecientos ochenta y tres suscrita en la notaria de Combarbalá de don José Hernández Larraguibel. El título de dominio de mayor extensión se encuentra inscrito a fojas ochocientos cincuenta y seis vuelta número seiscientos noventa y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria, correspondiente al año dos mil diez. El aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de 28.925.000 pesos, monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para el aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado.7) mediante el aporte en dominio pleno, a la sociedad de la totalidad de los derechos de que es dueño y que le corresponden en el LOTE C, producto de la sub división de la parcela veintisiete, de los formados del proyecto de División de los Terrenos de la Cooperativa de Reforma Agraria Asignataria Cerrillos de Rapel Limitada, ubicado en la comuna de Monte Patria, Provincia del Limarí, Cuarta Región, Lote que de acuerdo al plano agregado bajo el número ochocientos seis del año dos mil doce, al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Monte Patria tiene una superficie aproximada de ocho coma nueve (8,9) hectáreas y los siguientes deslindes especiales: Norte, con Parcela número veintiséis; Sur, con Río Rapel y Cooperativa de La Higuera; Oriente, con lote B resultante de la misma subdivisión, río rapel de por medio, y Poniente, con Parcela número veintiséis Río Rapel. Adquirió el inmueble de mayor extensión que dio origen al lote C ya singularizado, por adjudicación en la diso

最近登记事项

  1. CONSTITUCIÓN

    AGRICOLA CIFRUT SpA

    CVE 1533023

公司关系

公司人物Diario Oficial