有限责任公司

Acq2020 Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年12月2日

Diario Oficial

设立Diario Oficial · 2024-12-02查看 PDF(CVE 2578425)

公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 4 años, prorrogable por periodos iguales y sucesivos de 4 años
管理方式: La representación, administración y uso del nombre de la sociedad corresponderá indistintamente a los socios René Luis Schulthess Montalva y Heidi Pauline Schulthess Börgel.

公司目的

Gestionar la producción, importación, exportación, control de calidad, almacenamiento, distribución, comercialización y ventas por cuenta propia o en representación de terceros licenciantes de productos o formulaciones químicas de sustancias no peligrosas, diseñadas bajo el concepto de benigno por diseño y Food Defense, destinadas a diversos usos en el área de salud, alimentaria, agrícola, transporte, defensa, educacional, recintos comerciales públicos y privados entre otros. Además de todo tipo de instrumentos comerciables ya sean muebles o inmuebles, fungibles o no fungibles, de especie o de género, de uso, de consumo, y de capital, perecibles o no perecibles y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar para este objetivo; todo ello por cuenta propia o ajena y ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades.

资本

总资本

$15.000.000

实缴资本

$15.000.000

待缴资本

$0

股东(5)

姓名持股比例

RENE LUIS SCHULTHESS MONTALVA

Socio

5.xxx.xxx-8

27%

LAURA CECILIA DEL CARMEN BÖRGEL AGUILERA

Socio

7.xxx.xxx-1

27%

MELISSA ANETTE SCHULTHESS BÖRGEL

Socio

17.xxx.xxx-3

15%

HEIDI PAULINE SCHULTHESS BÖRGEL

Socio

19.xxx.xxx-3

15%

GRETCHEN MARIETTE SCHULTHESS BÖRGEL

Socio

18.xxx.xxx-2

15%

管理人(2)

RENE LUIS SCHULTHESS MONTALVA

5.xxx.xxx-8Administrador

HEIDI PAULINE SCHULTHESS BÖRGEL

19.xxx.xxx-3Administrador

SII 代表(2)

RENE LUIS SCHULTHESS MONTALVA

5.xxx.xxx-8Representante

HEIDI PAULINE SCHULTHESS BÖRGEL

19.xxx.xxx-3Representante

摘要官方正文

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco n° 0153, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 25 de noviembre de 2024 inscrita bajo Repertorio N° 10932-2024, ante mí, comparecen: don RENE LUIS SCHULTHESS MONTALVA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Ingeniero Civil, cédula de identidad número cinco millones setecientos ochenta y ocho mil trecientos ochenta y nueve guion ocho, domiciliado para estos efectos en calle Ernesto Pinto Lagarrigue número doscientos ochenta y uno, ciudad de Santiago, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, de paso por esta ciudad; doña LAURA CECILIA DEL CARMEN BÖRGEL AGUILERA, chilena, casado y separada totalmente de bienes, Médico Cirujano, cédula de identidad número siete millones setenta mil novecientos cuarenta y ocho guion uno, domiciliado para estos efectos en calle Ernesto Pinto Lagarrigue número doscientos ochenta y uno, ciudad de Santiago, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, de paso por esta ciudad; doña MELISSA ANETTE SCHULTHESS BÖRGEL, Chilena, soltera, Médico Veterinario, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos cincuenta y ocho mil treinta y siete guion tres, domiciliada en calle Chile 671 comuna de Maipú, Región Metropolitana, de paso por esta ciudad; doña HEIDI PAULINE SCHULTHESS BÖRGEL, chilena, soltera, Licenciada en Ciencia de Ingeniería, cédula nacional de identidad número diecinueve millones seiscientos ochenta y seis mil cinco guion tres, domiciliada en Chile 671 comuna de Maipú, Región Metropolitana, de paso por esta ciudad y, doña GRETCHEN MARIETTE SCHULTHESS BÖRGEL, chilena, soltera, Nutricionista, cédula nacional de identidad número dieciocho millones veinticuatro mil ochocientos veinticuatro guion dos, domiciliada en Chile 671 comuna de Maipú, Región Metropolitana, de paso por esta ciudad, los compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes referida, exponen: Por el presente instrumento, los comparecientes constituyen una sociedad de Responsabilidad Limitada, la que se regirá por las disposiciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus posteriores modificaciones y por las disposiciones del código civil y código de comercio que versan sobre la materia en todo lo que no estuviere estipulado en este contrato RAZÓN SOCIAL: Será: “ACQ2020 Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sin embargo, la empresa podrá actuar con el nombre de fantasía de “VALKYRIA2020 Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar inclusive con el Fisco, Bancos e instituciones financieras, Empresariales de toda índole, ello, para todos los efectos legales y sin restricción alguna. TERCERO: OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto gestionar la producción, importación, exportación, control de calidad, almacenamiento, distribución, comercialización y ventas por cuenta propia o en representación de terceros licenciantes de productos o formulaciones químicas de sustancias no peligrosas, diseñadas bajo el concepto de benigno por diseño y Food Defense, destinadas a diversos usos en el área de salud, alimentaria, agrícola, transporte, defensa, educacional, recintos comerciales públicos y privados entre otros. Además de todo tipo de instrumentos comerciables ya sean muebles o inmuebles, fungibles o no fungibles, de especie o de género, de uso, de consumo, y de capital, perecibles o no perecibles y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar para este objetivo; todo ello por cuenta propia o ajena y ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la administración de tales entidades. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin embargo, la Sociedad podrá establecer sucursales en otras ciudades, así como dentro del territorio nacional como en el extranjero. CAPITAL SOCIAL: El capital social asciende a la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: Uno. El socio don RENÉ LUIS SCHULTHESS MONTALVA, con la suma de cuatro millones ciento veinticinco mil pesos, que entera y paga de la siguiente forma: Con la suma de cuatro millones ciento veinticinco mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; Dos: La socia doña LAURA CECILIA DEL CARMEN BÖRGEL AGUILERA, con la suma de cuatro millones ciento veinticinco mil pesos, que entera y paga de la siguiente forma: Con la suma de cuatro millones ciento veinticinco mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; Tres) La socia doña MELISSA ANETTE SCHULTHESS BÖRGEL, con la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, que entera y paga de la siguiente forma: Con la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; Cuatro) La socia doña HEIDI PAULINE SCHULTHESS BÖRGEL, con la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, que entera y paga de la siguiente forma: Con la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; Cinco) La socia doña GRETCHEN MARIETTE SCHULTHESS BÖRGEL, con la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, que entera y paga de la siguiente forma: Con la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social. En consecuencia, quedan como socios don RENE LUIS SCHULTHESS MONTALVA, con un veintisiete por ciento de participación social; doña LAURA CECILIA DEL CARMEN BÖRGEL AGUILERA, con un veintisiete por ciento de participación social; doña MELISSA ANETTE SCHULTHESS BÖRGEL, con un quince por ciento de participación social; doña HEIDI PAULINE SCHULTHESS BÖRGEL con un quince por ciento de participación social y doña GRETCHEN MARIETTE SCHULTHESS BÖRGEL con un quince por ciento de participación social y todos los socios totalizando el cien por ciento de los derechos sociales respectivamente; REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La representación, administración y uso del nombre de la Sociedad, corresponderá indistintamente a los socios, tanto Don RENE LUIS SCHULTHESS MONTALVA, como a doña HEIDI PAULINE SCHULTHESS BÖRGEL. RESPONSABILIDAD: los socios limitan su responsabilidad, hasta la concurrencia del monto de respectivos aportes, en conformidad a lo previsto en el artículo segundo de la ley número tres mil novecientos dieciocho sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada. BALANCE Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES: LA SOCIEDAD practicará un Balance General anual e inventario al Treinta y uno de diciembre de cada año y las utilidades o pérdidas se distribuirán en plena facultad y decisión de sus administradores. DURACIÓN El plazo de duración de la Sociedad será de cuatro años, Dicho plazo se prorrogará por periodos iguales y sucesivos de cuatro años, salvo la manifestación de voluntad de cualesquiera de los socios de no perseverar en el contrato la que deberá ser formulada por escritura pública y anotada al margen de la inscripción social con no menos de tres meses de anterioridad al respectivo vencimiento. No cabrá retractación de la manifestación de voluntad de poner término a la sociedad cuando se haya verificado la subinscripción señalada anteriormente, sino con acuerdo de los socios y para ponerle término deberán hacerlo por escritura pública con una anticipación mínima de tres meses antes de su término tomándose nota de ello al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador respectivo; ARBITRAJE: cualquier duda, dificultad, desavenencia, conflicto o litigio que se produjere entre los socios, o uno a más de ellos y la sociedad, en relación a la validez, interpretación o cumplimiento de este contrato o sus modificaciones, será resuelto de modo necesario por un árbitro arbitrador, quien sin forma de juicio y en única instancia resolverá breve y sumariamente el asunto, sin que en contra de sus resoluciones pueda interponerse recurso alguno, a los cuales las partes renuncian desde luego y por adelantado. El árbitro será designado por acuerdo de las partes de los socios o en su defecto por la justicia. RETIRO DE UTILIDADES: los socios podrán retirar mensualmente con cargo a las utilidades del ejercicio las sumas que fije, las que se determinarán considerando especialmente las disponibilidades de caja y los resultados financieros de la gestión de la Sociedad. FALLECIMIENTO DE UNO DE LOS SOCIOS: En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y con los herederos del socio fallecido, éstos últimos deberán designar un representante común para que los represente ante la sociedad, mandatario que no tendrá facultades de administrador de la sociedad, ni podrá usar la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social quedará radicada, en el caso de fallecimiento del socio administrador, en el socio sobreviviente con las mismas facultades señaladas en la cláusula sexta. RETIRO DE UN SOCIO: se establece la primera opción de compra de los derechos sociales para el socio que continúe en la sociedad, el cual puede adquirir los derechos del socio en caso de no querer adquirirlos se podrá ofertar los derechos a un tercero o a quien estime conveniente el socio que vende sus derechos. LIQUIDACIÓN: La liquidación de la Sociedad se hará por los socios administradores. En todo caso el Liquidador actuará con las facultades que señalan los artículos cuatrocientos nueve y siguientes del Código de Comercio.-., [indicar fecha de autorización del extracto], quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 28 de noviembre de 2024.

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