Vitalglobal SpA
Diario Oficial
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法定代理(2)
公报所载公司沿革
- 设立· 2020年11月9日
Paulina Alejandra Yusta Castillo y Gabriela del Pilar Yusta Castillo constituyen la sociedad por acciones VITALGLOBAL SpA
Paulina Alejandra Yusta Castillo · Gabriela del Pilar Yusta Castillo
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LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 941, oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de enero del año 2021, Repertorio N° 267/2021, ante mí, ANDRO FELIPE PIÑA ABARZUA, cédula de identidad N° 13.273.041-5, en representación de Paulina Alejandra Yusta Castillo, cédula de identidad N° 12.866.183-2 y de doña Gabriela del Pilar Yusta Castillo, cédula de identidad N° 13.255.937-6, suscribió escritura pública de saneamiento en los siguientes términos: PRIMERO: Por escritura pública de fecha 9 de noviembre de 2020, otorgada en la notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Repertorio N° 17.723 / 2020, Paulina Alejandra Yusta Castillo y Gabriela del Pilar Yusta Castillo, constituyeron sociedad por acciones VITALGLOBAL SpA.- SEGUNDO: Que el extracto de la escritura señalada en la cláusula precedente, no fue inscrito en el registro de Comercio de Santiago y publicado en el Diario Oficial dentro del plazo que la ley establece para estos efectos.-TERCERO: Que no habiéndose cumplido con las formalidades y requisitos establecidos en código de comercio, respecto de la constitución de las sociedades por acciones, artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes, se ha incurrido en errores y vicios de nulidad susceptibles de ser saneados en los términos que expresa la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve; ante lo cual, el compareciente debidamente facultado vienen en otorgar escritura pública de saneamiento, por la no publicación del extracto en el Diario Oficial y la no inscripción en el registro de comercio del Conservador de bienes Raíces de Santiago en los plazos establecidos en la legislación vigente. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- cbc/fmh.-
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COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada 341, piso 4, Santiago, Certifico: Por escritura de fecha 09 de diciembre de 2020, Repertorio N° 11.870.-/2020, otorgada ante el Notario Suplente don Jorge Lobos Díaz; compareció don Andro Felipe Piña Abarzúa, chileno, abogado, C.I. número 13.273.041-5, para reducir a escritura pública la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Servicios de Cobranza Corporativos S.A., un extracto de dicha escritura pública fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 86116, número 41322 del año 2020. El documento señalado, contiene un error involuntario en su texto, que fue observado por la notaria y que por este acto se corrige de la siguiente forma: Acuerdos: Donde dice“ 2.- Que, habiendo aprobado la Junta de Accionistas la disolución anticipada de Corredora de Seguros la Araucana S.A., debe decir “2.- Que, habiendo aprobado la Junta de Accionistas la disolución anticipada de Servicios de Cobranza Corporativos S.A. causal de terminación prevista en el artículo 103 N° 3 de la Ley de Sociedades Anónimas,….” . AVB.
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公报所载公司沿革
- 其他行为· 2018年10月19日
Junta General Extraordinaria de Accionistas acuerda disolver anticipadamente la sociedad y designar comisión liquidadora.
Guillermo Gonzalez Leiva · Corporación de Educación La Araucana · Corporación de Recreación La Araucana
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COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada N° 341, 4° piso, certifico: Que por escritura pública de fecha 09 de diciembre del año 2020, Repertorio N° 11.870.-/2020, otorgada ante el Suplente don Jorge Lobos Díaz; se redujo a escritura pública la Junta General Extraordinaria de Accionistas de “SERVICIOS DE COBRANZA CORPORATIVOS S.A.”, celebrada con fecha 19 de octubre del año 2018, Objeto de la Junta: Señala el señor Presidente Guillermo Gonzalez Leiva que el motivo de citación a esta Junta Extraordinaria de Accionistas, es pronunciarse sobre la proposición del Directorio en orden a disolver anticipadamente la sociedad Servicios de Cobranza Corporativos S.A. y si así se acordare, se designe a los miembros de la Comisión Liquidadora o Liquidador unipersonal. Tras la intervención del señor Presidente, se otorga la palabra a los accionistas, después de un amplio debate en el que participan todos los asistentes, y tras considerar todas las variables que implica un acuerdo de disolución y liquidación como el mencionado, los accionistas presentes, votan de la siguiente forma; Corporación de Educación La Araucana aprueba la disolución anticipada y el nombramiento de la comisión liquidadora. Corporación de Recreación La Araucana aprueba la disolución anticipada y el nombramiento de la comisión liquidadora. Acuerdos: 1.- Aprobar la propuesta del Directorio de la sociedad, en orden a disolver y liquidar anticipadamente la sociedad, la que se verificará una vez que se reduzca a escritura pública la presente acta, y se cumpla con las solemnidades legales referidas a inscripción y publicación de extracto de la misma; con el voto favorable de sus accionistas. 2.- Que, habiendo aprobado la Junta de Accionistas la disolución anticipada Corredora de Seguros La Araucana S.A., causal de terminación prevista en el artículo 103 N° 3 de la Ley de Sociedades Anónimas, procede de conformidad a lo establecido en los artículos 110 y 111 de la Ley de Sociedades Anónimas, que la Junta de Accionistas elija una Comisión Liquidadora, para lo cual los accionistas presentes a través de sus representantes proceden a establecer y elegir una Comisión Liquidadora, integrada por los señores Francisco Sepúlveda Ramírez, don Andro Felipe Piña Abarzúa y don Miguel Acuña Apablaza, quienes podrán actuar conjunta o separadamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. AVB.
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公司目的
a) Transporte, logística y distribución de mercaderías nacional e internacional. b) Restauración, reparación de muebles. c) Compra, venta y distribución de bienes muebles de cualquier naturaleza. d) Remodelaciones y decoración de bienes inmuebles, habitacionales o de carácter comercial. e) La importación, exportación y distribución de bienes muebles de cualquier naturaleza. g) En general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con los anteriores.
资本
总资本
$3.000.000
实缴资本
$3.000.000
待缴资本
$0
股份
3,000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Paulina Alejandra Yusta Castillo Accionista 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | 50% | $1.500.000 |
Gabriela del Pilar Yusta Castillo Accionista 13.xxx.xxx-6 | 13.xxx.xxx-6 | 50% | $1.500.000 |
管理人(2)
Paulina Alejandra Yusta Castillo
Gabriela del Pilar Yusta Castillo
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JUAN CRISTIAN BERRIOS CADTRO, Abogado, Notario suplente de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados Paseo Huérfanos 941, local 302, piso 2, Santiago Centro, Certifico: Por escritura de fecha 9/11/2020, Repertorio N° 17723/2020, ante el titular, doña PAULINA ALEJANDRA YUSTA CASTILLO, chilena, soltera, Ingeniero en ejecución, C.I. N° 12.866.183-2 y doña GABRIELA DEL PILAR YUSTA CASTILLO, chilena, soltera, Periodista, C.I. N° 13.255.937-6, ambas domiciliadas en calle Santa Luisa de Merillac N° 1134, comuna de La Reina, constituyeron Sociedad por Acciones. Razón social: “Vitalglobal SpA” Nombre de fantasía “Vitalglobal Logistics SpA” Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la Republica o el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: a) Transporte, logística y distribución de mercaderías nacional e internacional. b) Restauración, reparación de muebles. c) Compra, venta y distribución de bienes muebles de cualquier naturaleza. d) Remodelaciones y decoración de bienes inmuebles, habitacionales o de carácter comercial. e) La importación, exportación y distribución de bienes muebles de cualquier naturaleza. g) En general, la realización de cualquier otra actividad lucrativa que se relacione con los anteriores. Administración y uso razón social: Corresponderá a don Paulina Alejandra Yusta Castillo y doña Gabriela del Pilar Yusta Castillo, para que actuando en forma conjunta o separadamente anteponiendo su firma puedan representar a la sociedad, con las facultades dispuestas en escritura extractada. Capital: $3.000.000.- Dividido en 3.000 acciones nominativas, se suscribe y paga de la siguiente manera: doña Paulina Alejandra Yusta Castillo suscribe 1.500 acciones, equivalentes a un millón quinientos mil pesos, pagados en este acto, ya ingresados a la caja social en dinero efectivo de contado, doña Gabriela Del Pilar Yusta Castillo suscribe 5.000 acciones, equivalentes a un millón quinientos mil pesos, pagados en este acto, ya ingresados a la caja social en dinero efectivo de contado. Demás estipulaciones escritura extractada. CBC.-
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
Vitalglobal SpA
CVE 1889196
- MODIFICACIÓN
Servicios de Cobranza Corporativos S.A.
CVE 1884709
- DISOLUCIÓN
SERVICIOS DE COBRANZA CORPORATIVOS S.A.
CVE 1884022
- CONSTITUCIÓN
Vitalglobal SpA
CVE 1862223
