Inmobiliaria Vichuquen S.a.
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Gestión, desarrollo, construcción y/o comercialización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos y/o negocios inmobiliarios; la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces.
资本
总资本
$28.457.049
实缴资本
$28.457.049
待缴资本
$0
股份
600
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO Accionista 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | 33.34% | $9.485.685 |
Accionista 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | 33.33% | $9.485.682 |
Accionista 79.689.720-1 | 79.689.720-1 | 33.33% | $9.485.682 |
管理人(2)
PEDRO DEL REAL ALFARO
JAVIER DEL REAL ALFARO
摘要官方正文
Ministerio del Interior MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, doña DANIELA ANDREA TORO VICENCIO, redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de "DEL REAL AUTOS S.A.", Rol Único Tributario N°96.890.510-4, inscrita a fojas 422 vuelta número 473 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 1999, celebrada con fecha 22 de diciembre de 2025 en las oficinas de la Tercera Notaría de Rancagua, servida por don Miguel Chacón Zeballos, ubicadas en calle Campos N°377; en la cual, entre otros acuerdos, se procedió a la división de dicha sociedad, constituyéndose las sociedades anónimas denominadas "INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A." e "INMOBILIARIA LICANRAY S.A.", las que en el mismo acto fueron transformadas en sociedades de responsabilidad limitada, según se indica más adelante. Los antecedentes esenciales de las sociedades constituidas son los siguientes: A) ESTATUTOS DE INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A. Accionistas que concurren a su otorgamiento: JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.442-5; PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.441-7; y AUTOMOTORA AQUELARRE LIMITADA, Rol Único Tributario N°79.689.720-1; todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O`Higgins N°0198, comuna y ciudad de Rancagua. 2) Razón social: La razón social es INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A. 3) Objeto: Gestión, desarrollo, construcción y/o comercialización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos y/o negocios inmobiliarios; la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad es de cinco años a contar de la fecha de la escritura social, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los accionistas manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Capital y acciones: El capital de la sociedad es la suma de $28.457.049, dividido en 600 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado por los accionistas al momento de la constitución, en la siguiente forma: a) Pedro Bartolomé del Real Alfaro, suscribe y paga 200 acciones; b) Javier Ramon del Real Alfaro, suscribe y paga 200 acciones; y c) Automotora Aquelarre Limitada, suscribe y paga 200 acciones.- En consecuencia el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. B) ESTATUTOS DE INMOBILIARIA LICANRAY S.A. Accionistas que concurren a su otorgamiento: JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.442-5; PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.441-7; y AUTOMOTORA AQUELARRE LIMITADA, Rol Único Tributario N°79.689.720-1; todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O`Higgins N°0198, comuna y ciudad de Rancagua. Razón social: INMOBILIARIA LICANRAY S.A. Objeto: Gestión, desarrollo, construcción y/o comercialización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos y/o negocios inmobiliarios; la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Cinco años a contar de la fecha de la escritura social, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los accionistas manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Capital y acciones: El capital de la sociedad es la suma de $67.358.777, dividido en 600 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado por los accionistas al momento de la constitución, en la siguiente forma: a) Pedro Bartolomé del Real Alfaro, suscribe y paga 200 acciones; b) Javier Ramon del Real Alfaro, suscribe y paga 200 acciones; y c) Automotora Aquelarre Limitada, suscribe y paga 200 acciones.- En consecuencia el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. C) TRANSFORMACIÓN DE LAS SOCIEDADES NACIENTES. En el mismo acto de su constitución, la unanimidad de los accionistas acordó transformar las sociedades "INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A." e "INMOBILIARIA LICANRAY S.A." en sociedades de responsabilidad limitada, en conformidad a lo dispuesto en el Párrafo Octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio, subsistiendo su personalidad jurídica, pasando a denominarse INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA e INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA, respectivamente. En virtud de la transformación, se modifican respecto de cada sociedad las siguientes materias, cuyos estatutos se extracta.- D) Estatutos de INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA: Los socios JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.442-5; PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.441-7; y AUTOMOTORA AQUELARRE LIMITADA, Rol Único Tributario N°79.689.720-1, todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O´Higgins N°0198, comuna y ciudad de Rancagua aprobaron los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón Social: INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto gestión, desarrollo, construcción y/o comercialización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos y/o negocios inmobiliarios; la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces. Domicilio: Ciudad de Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital inicial de la sociedad corresponde a la suma de $28.457.049, el cual se encuentra suscrito y totalmente pagado por los socios en la siguiente forma: a) Pedro Bartolomé del Real Alfaro, titular del 33.34% del capital social; b) Javier Ramón del Real Alfaro, titular del 33.33% del capital social; y c) Automotora Aquelarre Limitada, titular del 33.33% del capital social. Administración: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a don PEDRO DEL REAL ALFARO y a don JAVIER DEL REAL ALFARO, quienes actuando individual e indistintamente actuarán con las facultades indicadas en escritura extractada. E) Estatutos de INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA: Los socios JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.442-5; PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.441-7; y AUTOMOTORA AQUELARRE LIMITADA, Rol Único Tributario N°79.689.720-1, todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O´Higgins N°0198, comuna y ciudad de Rancagua aprobaron los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón Social: INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto gestión, desarrollo, construcción y/o comercialización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos y/o negocios inmobiliarios; la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces. Domicilio: Ciudad de Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital inicial de la sociedad corresponde a la suma de $67.358.777, el cual se encuentra suscrito y totalmente pagado por los socios en la siguiente forma: a) Pedro Bartolomé del Real Alfaro, titular del 33.34% del capital social; b) Javier Ramón del Real Alfaro, titular del 33.33% del capital social; y c) Automotora Aquelarre Limitada, titular del 33.33% del capital social.– Administración: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a don PEDRO DEL REAL ALFARO y a don JAVIER DEL REAL ALFARO, quienes actuando individual e indistintamente actuarán con las facultades indicadas en escritura extractada. Las transformaciones producirán efectos desde la fecha de la reducción a escritura pública del acta. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de este extracto. Las transformaciones producirán efectos desde la fecha de la reducción a escritura pública del acta. Las demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de este extracto. Santiago, 06 de Mayo de 2026,.
公司信息
资本
总资本
$204.369.609
实缴资本
$204.369.609
待缴资本
$0
股份
600
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Pedro Bartolomé del Real Alfaro Accionista 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | 33.34% | - |
Accionista 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | 33.33% | - |
Accionista 79.689.720-1 | 79.689.720-1 | 33.33% | - |
公报所载公司沿革
- 其他行为· 2025年12月22日
La junta extraordinaria de accionistas acuerda dividir DEL REAL AUTOS S.A., crear dos nuevas sociedades y luego transformar las sociedades nacientes en limitadas.
Pedro Bartolomé del Real Alfaro · Javier Ramón del Real Alfaro · Automotora Aquelarre Limitada
摘要官方正文
Ministerio del Interior MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2025, otorgada ante mí, doña DANIELA ANDREA TORO VICENCIO, cédula de identidad N°17.601.033-9, redujo se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “DEL REAL AUTOS S.A.”, Rol Único Tributario N°96.890.510-4, inscrita a fojas 422 vuelta número 473 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 1999, celebrada con fecha 22 de diciembre de 2025 en las oficinas de la Tercera Notaría de Rancagua, servida por don Miguel Chacón Zeballos, ubicadas en calle Campos N°377, en la cual se acordó lo siguiente: A) División de la Sociedad: La unanimidad de los accionistas acordó dividir la sociedad DEL REAL AUTOS S.A., manteniéndose existente ésta como sociedad continuadora legal, y constituyéndose al efecto dos nuevas sociedades anónimas denominadas “INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A.” e “INMOBILIARIA LICANRAY S.A.”, Los accionistas de la sociedad que se divide mantienen su participación en las sociedades que nacen producto de la división, en idénticas proporciones. B) Disminución de Capital de la Sociedad Continuadora: Como consecuencia de la división, se acordó disminuir el capital de DEL REAL AUTOS S.A. desde la suma de $300.185.435, dividido en 600 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $204.369.609, dividido en 600 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. C) Modificación de Estatutos de Del Real Autos S.A.: En virtud de la disminución de capital antes indicada, se acordó modificar los estatutos sociales de DEL REAL AUTOS S.A., en su Artículo Quinto Permanente y Artículo Segundo Transitorio, en lo relativo al capital social, según el siguiente tenor: A) “ARTÍCULO CINCO: El capital de la sociedad será la cantidad de $204.369.609, dividido en 600 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal”. B) “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a $204.369.609, dividido en 600 acciones de una misma y única serie, sin valor nominal, se suscribe y paga íntegramente de la siguiente forma: a) Pedro Bartolomé del Real Alfaro, suscribe y paga 200 acciones; b) Javier Ramón del Real Alfaro, suscribe y paga 200 acciones; y c) b) Automotora Aquelarre Limitada, suscribe y paga 200 acciones En consecuencia el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado”. D) Aprobar estatutos de “INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A." e “INMOBILIARIA LICANRAY S.A.”: Los accionistas de DEL REAL AUTOS S.A. y ahora también de “INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A." y “INMOBILIARIA LICANRAY S.A.”, esto es: JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.442-5; PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.441-7; y AUTOMOTORA AQUELARRE LIMITADA, Rol Único Tributario N°79.689.720-1, todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O´Higgins N°0198, comuna y ciudad de Rancagua; aprueban unánimemente estatutos de las sociedades constituidas con motivo de la división, cuyos estatutos no se extractan a consecuencia de la transformación de las sociedad en sociedades de responsabilidad limitada, según a continuación se indica. E) Transformación de las Sociedades Nacientes: La unanimidad de los accionistas acordó transformar las sociedades “INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A.” e “INMOBILIARIA LICANRAY S.A.” en sociedades de responsabilidad limitada, en conformidad a lo dispuesto en el Párrafo Octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio, subsistiendo su personalidad jurídica, pasando a denominarse “INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA” e “INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA”, respectivamente. F) Estatutos de INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA: Los socios JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.442-5; PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.441-7; y AUTOMOTORA AQUELARRE LIMITADA, Rol Único Tributario N°79.689.720-1, todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O´Higgins N°0198, comuna y ciudad de Rancagua aprobaron los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón Social: INMOBILIARIA VICHUQUEN LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto gestión, desarrollo, construcción y/o comercialización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos y/o negocios inmobiliarios; la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces. Domicilio: Ciudad de Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital inicial de la sociedad corresponde a la suma de $28.457.049, el cual se encuentra suscrito y totalmente pagado por los socios en la siguiente forma: a) Pedro Bartolomé del Real Alfaro, titular del 33.34% del capital social; b) Javier Ramón del Real Alfaro, titular del 33.33% del capital social; y c) Automotora Aquelarre Limitada, titular del 33.33% del capital social. Administración: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a don PEDRO DEL REAL ALFARO y a don JAVIER DEL REAL ALFARO, quienes actuando individual e indistintamente actuarán con las facultades indicadas en escritura extractada. G) Estatutos de INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA: Los socios JAVIER RAMÓN DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.442-5; PEDRO BARTOLOMÉ DEL REAL ALFARO, cédula de identidad N°8.625.441-7; y AUTOMOTORA AQUELARRE LIMITADA, Rol Único Tributario N°79.689.720-1, todos domiciliados en calle Libertador Bernardo O´Higgins N°0198, comuna y ciudad de Rancagua aprobaron los estatutos de la sociedad INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón Social: INMOBILIARIA LICANRAY LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto gestión, desarrollo, construcción y/o comercialización por cuenta propia o ajena, de todo tipo de proyectos y/o negocios inmobiliarios; la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones en bienes incorporales muebles de toda índole, particularmente a través de la compra y venta de acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la realización de toda clase de inversiones inmobiliarias y particularmente comprar, vender, adquirir, enajenar, explotar, dar y tomar en arrendamiento toda clase de bienes raíces. Domicilio: Ciudad de Rancagua, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una vigencia de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en el contrato, la que deberá ser formulada por escritura pública y ser anotada al margen de la inscripción social, con al menos seis meses de antelación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital inicial de la sociedad corresponde a la suma de $67.358.777, el cual se encuentra suscrito y totalmente pagado por los socios en la siguiente forma: a) Pedro Bartolomé del Real Alfaro, titular del 33.34% del capital social; b) Javier Ramón del Real Alfaro, titular del 33.33% del capital social; y c) Automotora Aquelarre Limitada, titular del 33.33% del capital social.– Administración: La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a don PEDRO DEL REAL ALFARO y a don JAVIER DEL REAL ALFARO, quienes actuando individual e indistintamente actuarán con las facultades indicadas en escritura extractada. Las transformaciones producirán efectos desde la fecha de la reducción a escritura pública del acta. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de este extracto. Santiago, 05 de febrero de 2026.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA VICHUQUEN S.A.
CVE 2808919
- MODIFICACIÓN
DEL REAL AUTOS S.A.
CVE 2776861
