Inmobiliaria Curacaví Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
MARIA INES CRUZ BARROS Socio 6.xxx.xxx-3 | 6.xxx.xxx-3 | - | - |
摘要官方正文
Ministerio del Interior COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en Carmencita 20, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que revisada la escritura pública de fecha 30 de julio de 2025, Repertorio 8.774 / 2025, por la que se modificó la sociedad de responsabilidad limitada denominada “INMOBILIARIA CURACAVÍ LIMITADA”, Rut N°88.115.200-2, se rectifica su extracto otorgado con fecha 01 de agosto de 2025, inscrito a fojas 74.045 numero 28.390 de 2025 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial N° 44.232, de fecha 23 de agosto de 2025, en el sentido que el número de cédula de identidad correcto de doña MARIA INES CRUZ BARROS es el N° 6.699.562-3 y no el N° 6.699.572-3. Santiago, 08 de septiembre de 2025.-mmo
公司信息
资本
总资本
$2.000.000
股东(13)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-5 | 5.xxx.xxx-5 | 24.75% | $495.000 |
Socio 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | 0.125% | $2.500 |
Socio 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 0.125% | $2.500 |
Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 12.5% | $250.000 |
Socio 7.xxx.xxx-9 | 7.xxx.xxx-9 | 12.5% | $250.000 |
Socio 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 3.571% | $71.420 |
Socio 6.xxx.xxx-2 | 6.xxx.xxx-2 | 3.571% | $71.420 |
Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros Socio 6.xxx.xxx-1 | 6.xxx.xxx-1 | 3.571% | $71.420 |
María Inés Cruz Barros Socio 6.xxx.xxx-3 | 6.xxx.xxx-3 | 3.571% | $71.420 |
Socio 7.xxx.xxx-0 | 7.xxx.xxx-0 | 3.572% | $71.440 |
Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 3.572% | $71.440 |
Socio 7.xxx.xxx-6 | 7.xxx.xxx-6 | 3.572% | $71.440 |
Sociedad Turismo Curacaví Limitada Socio 84.228.200-4 | 84.228.200-4 | 25% | $500.000 |
公报所载公司沿革
- 身故· 2012年6月25日
Fallece José Guillermo Barros Echenique y se concede posesión efectiva a sus herederos.
José Guillermo Barros Echenique · Carmen Basso Passadore · Guillermo Barros Basso · Juan Pablo Barros Basso
- 身故· 2019年1月18日
Fallece María Luisa Barros Echenique y se concede posesión efectiva a sus herederos.
María Luisa Barros Echenique · Edgardo Luis Zamora Barros · Guillermo Zamora Barros
- 身故· 2022年6月28日
Fallece María Inés Barros Echenique y se concede posesión efectiva a sus herederos.
María Inés Barros Echenique · Juan Eugenio Cruz Barros · Guillermo Lázaro Cruz Barros · Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros · María Inés Cruz Barros · José Ignacio Cruz Barros · María Carolina Cruz Barros · María Verónica Cruz Barros
摘要官方正文
Ministerio del Interior COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, domiciliado en Carmencita 20, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de julio de 2025, Repertorio N° 8774/2025, ante mí, 1) CARMEN ALICIA BASSO PASSADORE, también conocida como Carmen Basso Passadore, cédula de identidad 5.191.981-5; 2) GUILLERMO JOSÉ BARROS BASSO, también conocido como Guillermo Barros Basso, cédula de identidad 9.003.900-8; 3) JUAN PABLO BARROS BASSO, cédula de identidad 15.638.611-1; 4) Don EDGARDO LUIS ZAMORA BARROS, cédula de identidad 7.016.753-0; 5) GUILLERMO ZAMORA BARROS, cédula de identidad 7.016.754-9; 6) GUILLERMO LAZARO CRUZ BARROS, cédula de identidad 6.450.963-2; 7) MARIA INES CRUZ BARROS, cédula nacional de identidad 6.699.572-3; 8) JOSE IGNACIO CRUZ BARROS, cédula de identidad 7.016.476-0; 9) MARIA CAROLINA CRUZ BARROS, cédula nacional de identidad 7.016.732-8; 10) MARIA VERONICA CRUZ BARROS, cédula de identidad 7.016.733-6; 11) JUAN PABLO CRISTOBAL CRUZ BARROS, cédula de identidad 6.866.245-1, 12) JUAN EUGENIO CRUZ BARROS, cédula de identidad 6.425-322-0, y 13) “SOCIEDAD TURISMO CURACAVÍ LIMITADA”, Rut N° 84.228.200-4,representada por doña Carmen Alicia Basso Passadore, ya individualizada, todos domiciliados para estos efectos en Ruta 68, Kilómetro cincuenta y tres y medio, comuna de Curacaví, Región Metropolitana, acordaron modificar los estatutos de: “INMOBILIARIA CURACAVÍ LIMITADA”, Rut N°88.115.200-2, inscrita a fojas 5.881 número 3.183 del año 1981 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, Capital Social: $2.000.000-, en los siguientes términos: (1) Se dio cuenta del fallecimiento de los siguientes socios: (A) Don José Guillermo Barros Echenique, también conocido como Guillermo Barros Echenique, ocurrido el 25 de junio de 2012. La posesión efectiva de la herencia se concedió a sus herederos Carmen Basso Passadore, Guillermo Barros Basso y Juan Pablo Barros Basso; (B) Doña MARIA LUISA BARROS ECHENIQUE, ocurrido el 18 de enero de 2019, La posesión efectiva de la herencia se concedió a sus herederos: Edgardo Luis Zamora Barros y Guillermo Zamora Barros; y (C) Doña MARIA INES BARROS ECHENIQUE, también conocida como Inés Barros Echenique, ocurrido el 28 de junio de 2022-. La posesión efectiva de la herencia se concedió a sus herederos: Juan Eugenio Cruz Barros, Guillermo Lázaro Cruz Barros, Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros, María Inés Cruz Barros, José Ignacio Cruz Barros, María Carolina Cruz Barros y María Verónica Cruz Barros. (2) Continuación de la sociedad con los herederos de los socios fallecidos y nuevas participaciones sociales: En la cláusula décima de los estatutos sociales se estipula que la sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento de cualquiera de los socios, continuando con la sucesión del socio fallecido.- (3) Entonces, para todos los efectos, los herederos de los respectivos socios fallecidos acuerdan adjudicarse a cada uno de ellos, la cuota hereditaria de los derechos que los causantes tenían en la sociedad, de la siguiente forma: (A) Los herederos de don JOSÉ GUILLERMO BARROS ECHENIQUE, se adjudican el 0,5% del capital social que les corresponde como sucesores del causante, como sigue: Carmen Basso Passadore, se adjudica un 0,25% del capital social; Guillermo Barros Basso, se adjudica un 0,125% del capital social; y Juan Pablo Barros Basso, se adjudica un 0,125% del capital social. En consecuencia, deja de ser socio Guillermo Barros Echenique, ingresan como socios Guillermo Barros Basso y Juan Pablo Barros Basso, y aumenta su participación social doña Carmen Basso Passadore; (B) Los herederos de doña MARÍA LUISA BARROS ECHENIQUE, se adjudican un 25% del capital social que les corresponde como sucesores de la causante, como sigue: Edgardo Luis Zamora Barros, se adjudica un 12,50% por ciento del capital social; y Guillermo Zamora Barros, se adjudica un 12,50% por ciento del capital social. En consecuencia, deja de ser socia doña María Luisa Barros Echenique, ingresando como nuevos socios sus herederos Edgardo Luis Zamora Barros y Guillermo Zamora Barros; y (C) Los herederos de doña MARÍA INÉS BARROS ECHENIQUE, se adjudican un 12,75% por ciento del capital social que les corresponde como sucesores de la causante, como sigue: Juan Eugenio Cruz Barros, se adjudica un 1,821% del capital social; Guillermo Lázaro Cruz Barros, se adjudica un 1,821% del capital social; Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros, se adjudica un 1,821% del capital social; María Inés Cruz Barros, se adjudica un 1,821% del capital social; José Ignacio Cruz Barros, se adjudica un 1,822% del capital social; María Carolina Cruz Barros, se adjudica un 1,822% del capital social; y María Verónica Cruz Barros, se adjudica un 1,822% del capital social.- En consecuencia, deja de ser socia doña María Inés Barros Echenique, aumentando su participación sus herederos Juan Eugenio Cruz Barros, Guillermo Lázaro Cruz Barros, Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros, María Inés Cruz Barros, José Ignacio Cruz Barros, María Carolina Cruz Barros, y María Verónica Cruz Barros.- (4) De esta forma, realizada las adjudicaciones indicadas, los socios y sus participaciones en el capital social en la “INMOBILIARIA CURACAVI LIMITADA”, queda en definitiva como sigue: a) Doña Carmen Basso Passadore, con un 24,75%; b) Don Guillermo Barros Basso, con un 0,125%; c) Don JUAN PABLO BARROS BASSO, con un 0,125%; d) Don Edgardo Luis Zamora Barros, con un 12.50%; e) Don Guillermo Zamora Barros, con un 12,50%; f) Don Juan Eugenio Cruz Barros, con un 3,571%; g) Don Guillermo Lázaro Cruz Barros, con un 3,571%; h) Don Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros, con un 3,571%; i) Doña María Inés Cruz Barros, con un 3,571%; j) Don José Ignacio Cruz Barros, con un 3,572%; k) Doña María Carolina Cruz Barros, con un 3,572%; l) Doña María Verónica Cruz Barros, con un 3,572%; m) Sociedad Turismo Curacaví Limitada, con el 25% restante del capital social. (5) A continuación, los socios acordaron reemplazar la cláusula Quinta de los estatutos sociales, relativa al capital social, adecuándolo a las adjudicaciones acordadas, quedando en definitiva como sigue: “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, que corresponde a los socios como sigue: Uno) Doña Carmen Basso Passadore, aporta la suma de cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, equivalente al veinticuatro coma setenta y cinco por ciento del capital social; Dos) Don Guillermo Barros Basso, aporta la suma de dos mil quinientos pesos, equivalente al cero coma ciento veinticinco por ciento; Tres) Don Juan Pablo Barros Basso, aporta la suma de dos mil quinientos pesos, equivalente al cero coma ciento veinticinco por ciento; Cuatro) Don Edgardo Luis Zamora Barros, aporta la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al doce coma cincuenta por ciento; Cinco) Don Guillermo Zamora Barros, aporta la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al doce coma cincuenta por ciento; Seis) Don Juan Eugenio Cruz Barros, aporta la suma de setenta y un mil cuatrocientos veinte pesos, equivalente al tres coma quinientos setenta y un por ciento; Siete) Don Guillermo Lázaro Cruz Barros, aporta la suma de setenta y un mil cuatrocientos veinte pesos, equivalente al tres coma quinientos setenta y un por ciento; Ocho) Don Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros, aporta la suma de setenta y un mil cuatrocientos veinte pesos, equivalente al tres coma quinientos setenta y un por ciento; Nueve) Doña María Inés Cruz Barros, aporta la suma de setenta y un mil cuatrocientos veinte pesos, equivalente al tres coma quinientos setenta y un por ciento; Diez) Don José Ignacio Cruz Barros, aporta la suma de setenta y un mil cuatrocientos cuarenta pesos, equivalente al tres coma quinientos setenta y dos por ciento; Once) Doña María Carolina Cruz Barros, aporta la suma de setenta y un mil cuatrocientos cuarenta pesos, equivalente al tres coma quinientos setenta y dos por ciento; Doce) Doña María Verónica Cruz Barros, aporta la suma de setenta y un mil cuatrocientos cuarenta pesos, equivalente al tres coma quinientos setenta y dos por ciento; y Trece) “Sociedad Turismo Curacaví Limitada”, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalente al veinticinco por ciento restante del capital social. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.”. (6) Finalmente, los socios acordaron modificar la cláusula Cuarta de los estatutos sociales relativa a la administración de la sociedad, la que en adelante corresponderá conjuntamente a dos cualesquiera de los socios Carmen Basso Passadore, Edgardo Luis Zamora Barros y Juan Pablo Cristóbal Cruz Barros, quienes actuando en la forma antes dicha, representarán a la sociedad con amplias facultades, reemplazando la cláusula Cuarta por un nuevo texto. En todo aquello que no ha sido modificado, subsiste plenamente el pacto social.- Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 01 de agosto de 2025.dgr.
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