Importadora Y Distribuidora Ylan Limitada
Diario Oficial
公司信息
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NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Notario Público Titular de la 37ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1117, oficina 1014, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de noviembre del año 2023, Repertorio Nº3688-2023, otorgada ante mí, don JOSÉ ERGAS ALVO, don MORIS ERGAS ALVO, don SIMÓN ANDRÉS ERGAS TESTA, don MARCELO ERGAS TESTA, don DAVID ERGAS TESTA, doña REGINA ERGAS ALVO, y doña ADELA MÓNICA ERGAS ALVO, todos domiciliados para estos efectos en calle San Diego N°747, piso 2, comuna y ciudad de Santiago; en sus calidades de actuales y únicos socios de la sociedad IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA YLAN LIMITADA, rol único tributario N°87.866.700-K, inscrita a fojas 4.046 número 2.193 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1981, acordaron de forma unánime la disolución anticipada de la sociedad, conforme lo dispone el artículo 2107 del Código Civil. La liquidación y adjudicación de bienes se realizó de común acuerdo entre los socios, según los términos pactados en la misma escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de diciembre de 2023.
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资本
总资本
$200.000
实缴资本
$200.000
待缴资本
$0
股东(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | $40.000 |
Socio | - | 20% | $40.000 |
Socio | - | 20% | $40.000 |
Socio | - | 20% | $40.000 |
Socio | - | 6.67% | $13.340 |
Socio | - | 6.67% | $13.340 |
Socio | - | 6.66% | $13.320 |
管理人(2)
法定代理(4)
Simón Ariel Rosinsky Ergas
公报所载公司沿革
- 继承· 2018年11月23日
Estrella Noemi Testa Altalef se adjudica los derechos sociales de Isaac Ergas Alvo y/o su sucesión, equivalentes al 20%.
Estrella Noemi Testa Altalef · Isaac Ergas Alvo · SUCESION ISAAC ERGAS ALVO
- 股东退出
Estrella Noemi Testa Altalef se retira y cede la totalidad de sus derechos sociales a Simón Andres Ergas Testa, Marcelo Ergas Testa y David Ergas Testa.
Estrella Noemi Testa Altalef · Simón Andres Ergas Testa · Marcelo Ergas Testa · David Ergas Testa
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HUMBERTO PRIETO CONCHA, Abogado, Notario Público, Suplente de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con Oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Comuna de Santiago, Certifico: Que por escritura pública fecha 30 de Agosto de 2019, ante mí, don JOSE ERGAS ALVO, por sí, doña REGINA ERGAS ALVO, por sí, doña ADELA MONICA ERGAS ALVO, por sí, don MORIS ERGAS ALVO, por sí y en representación de doña ESTRELLA NOEMI TESTA ALTALEF, don MARCELO ERGAS TESTA, por sí y en representación de don SIMON ANDRES ERGAS TESTA y de don DAVID ERGAS TESTA, y don SIMON ARIEL ROSINSKY ERGAS en representación de la SUCESION ISAAC ERGAS ALVO, todos domiciliados para estos efectos en calle San Diego N°747, 2° piso, Comuna de Santiago, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada que gira bajo razón social de “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA YLAN LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive en sus relaciones con Bancos y demás instituciones públicas y privadas con el nombre de “IMPORTACIONES YLAN LIMITADA”, domiciliada en Santiago, inscrita en extracto en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 4046 Nº2193 del año 1981.- Modificaciones consisten: A) Por escritura pública de fecha 23 de noviembre del año 2018 otorgada en la Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, de liquidación de la sociedad conyugal habida entre el causante don Isaac Ergas Alvo con su cónyuge doña Estrella Noemi Testa Altalef y partición y adjudicación de bienes quedados al fallecimiento de don Isaac Ergas Alvo, doña Estrella Noemi Testa Altalef se adjudicó para sí, en la suma, forma y condiciones señalada en dicha escritura, la totalidad de los derechos sociales que el causante don Isaac Ergas Alvo y/o la Sucesión Isaac Ergas Alvo tenía en la sociedad “Importadora y Distribuidora Ylan Limitada” , ascendentes al 20% de los derechos sociales totales de dicha sociedad, por lo que en virtud de dicha adjudicación, debidamente anotada al margen de la inscripción social de fojas 4046 Nº2193 del Registro de Comercio del año 1981 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la Sucesión Isaac Ergas Alvo deja de ser socio o parte integrante de la sociedad “Importadora y Distribuidora Ylan Limitada” por no tener ya derechos ni participación alguna en dicha sociedad, y en su reemplazo ingresa como socia a la citada sociedad doña Estrella Noemi Testa Altalef, por sì, con la totalidad de los derechos que en la referida sociedad tenía el causante don Isaac Ergas Alvo y/o su Sucesión, y que corresponden al 20% del total de derechos de la sociedad “Importadora y Distribuidora Ylan Limitada”, quedando dicha sociedad integrada por don Josè Ergas Alvo, por don Moris Ergas Alvo, por doña Regina Ergas Alvo, por doña Adela Monica Ergas Alvo y por doña Estrella Noemi Testa Altalef, siendo cada uno de ellos socios titulares de derechos equivalentes al 20% del total de derechos de la sociedad.- B) Que a continuación y por escritura extractada, la socia doña Estrella Noemi Testa Altalef se retira de la sociedad y vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en citada sociedad “Importadora y Distribuidora Ylan Limitada”, a los señores Simón Andres Ergas Testa, Marcelo Ergas Testa y David Ergas Testa, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí separadamente para cada uno de ellos en las siguientes proporciones: un 6,67% del total de derechos de la sociedad referida para don Simón Andres Ergas Testa; un 6,67% del total de derechos de la sociedad referida para don Marcelo Ergas Testa, y un 6,66% del total de derechos de la sociedad señalada para don David Ergas Testa, y quienes de esta manera ingresan, cada uno de ellos por sí, como socios a la sociedad “Importadora y Distribuidora Ylan Limitada” con los porcentajes de derechos sociales indicados precedentemente.- C) El precio de cada una de las señaladas tres cesiones de derechos sociales es la suma de $9.847.534.- que cada uno de los cesionarios paga en la forma señalada en escritura que extracto.- D.-) De esta manera se deja expresamente establecido que en la actualidad la sociedad “Importadora y Distribuidora Ylan Limitada” està compuesta e integrada exclusivamente por los siguientes socios y con los porcentajes de derechos sociales que para cada uno de ellos se indica: por: don José Ergas Alvo, con un 20% del total de derechos de la sociedad; por don Moris Ergas Alvo, con un 20% del total de derechos de la sociedad; por doña Regina Ergas Alvo, con un 20% del total de derechos de la sociedad; por doña Adela Mónica Ergas Alvo, con un 20% del total de derechos de la sociedad; por don Simón Andres Ergas Testa, con un 6,67% del total de derechos de la sociedad; por don Marcelo Ergas Testa, con un 6,67% del total de derechos de la sociedad; y por don David Ergas Testa, con un 6,66% del total de derechos de la sociedad.- E.-) Administración y representación sociedad y uso de razón o nombre social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios José Ergas Alvo o Moris Ergas Alvo, con amplias facultades que se indican en escritura extractada.- F.-) Capital social se mantiene en la suma de $200.000.- aportados y enterados por los socios de la siguiente manera: 1.- don Jose Ergas Alvo aporta $40.000.- en dinero efectivo, ya enterados en caja social con anterioridad a este acto; 2.- don Moris Ergas Alvo aporta $40.000.- en dinero efectivo, ya enterados en caja social con anterioridad a este acto; 3.- doña Regina Ergas Alvo aporta $40.000.- en dinero efectivo, ya enterados en caja social con anterioridad a este acto; 4.- doña Adela Monica Ergas Alvo aporta $40.000.- en dinero efectivo, ya enterados en caja social con anterioridad a este acto; 5.- don Simon Andres Ergas Testa aporta la suma de $13.340.- , en dinero efectivo ya enterados en caja social con anterioridad a este acto; 6.- don Marcelo Ergas Testa aporta la suma de $13.340.- en dinero efectivo ya enterados en caja social con anterioridad a este acto; y 7.- don David Ergas Testa aporta la suma de $13.320.- en dinero efectivo ya enterados en caja social con anterioridad a este acto.- Los socios limitan expresamente su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes de capital.- G.-) En todo lo no modificado por escritura extractada, los actuales socios ratifican y mantienen las cláusulas vigentes del contrato social y sus modificaciones.- H.-) Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago, 16 de Septiembre de 2019.
最近登记事项
- DISOLUCIÓN
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA YLAN LIMITADA
CVE 2423094
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA YLAN LIMITADA
CVE 1659242
