股份公司79.939.180-5

Inversiones e Inmobiliaria Gira Tour SpA

MODIFICACIÓN — 2024年7月31日

Diario Oficial

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公司信息

SpA
La Serena, Coquimbo
期限: 20 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogables por períodos iguales y sucesivos de 10 años
管理方式: Directorio compuesto de 5 miembros

公司目的

La realización de toda clase de inversiones corporales o incorporales, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas o asumir la administración de las mismas; y en general, la realización de cualesquiera otra forma de inversión o actividad que la administración acuerde en conformidad a la ley.

资本

总资本

$240.000.000

实缴资本

$240.000.000

待缴资本

$0

股份

10,000

股东(4)

姓名持股比例

FELIPE ANDRÉS NIEME VAL

Accionista

49%

PAOLA KARINA VALENTINI DAUD

Accionista

49%

FELIPE EMILIO NIEME VALENTINI

Accionista

1%

COLOMBA AMIRA NIEME VALENTINI

Accionista

1%

公报所载公司沿革

  1. 设立· 1989年8月14日

    Se constituye originalmente la sociedad como una sociedad de responsabilidad limitada.

    PAOLA KARINA VALENTINI DAUD · FELIPE ANDRÉS NIEME VAL · COLOMBA AMIRA NIEME VALENTINI · FELIPE EMILIO NIEME VALENTINI · LAYLA NOOR NIEME VALENTINI

  2. 公司形式转换· 2019年9月9日

    La sociedad se transforma en una sociedad por acciones denominada Inversiones e Inmobiliaria Gira Tour SpA.

    Inversiones e Inmobiliaria Gira Tour SpA

  3. 资本变更· 2020年10月22日

    Se modifica el capital social, eliminando series y preferencias, y reduciendo el total de acciones de 10.230 a 10.000.

  4. 其他行为· 2024年6月3日

    Se modifica el estatuto social, incluyendo cambios en administración, títulos de presidente, gerente general, balance, disolución, comunicación con accionistas y arbitraje, además de texto refundido.

    FELIPE ANDRÉS NIEME VAL · PAOLA KARINA VALENTINI DAUD · FELIPE EMILIO NIEME VALENTINI · COLOMBA AMIRA NIEME VALENTINI · LAYLA NOOR NIEME VALENTINI

摘要官方正文

DIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ, Abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de esta ciudad, Suplente del Titular don ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, con domicilio en este oficio calle Huanhualí N° 292 de la ciudad y comuna de La Serena, certifica que por escritura pública otorgada ante don Alejandro Tomás Viada Ovalle Notario Público Titular de esta ciudad Repertorio N° 1.337-2024 de fecha 03 de Junio del año 2024 comparecieron doña PAOLA KARINA VALENTINI DAUD, FELIPE ANDRÉS NIEME VAL, COLOMBA AMIRA NIEME VALENTINI, FELIPE EMILIO NIEME VALENTINI, y LAYLA NOOR NIEME VALENTINI, todos domiciliados en avenida Balmaceda N° 2.060, modificaron sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA GIRA TOUR SpA, constituida como una sociedad de responsabilidad limitada, por escritura pública de fecha 14 de agosto del año 1989, suscrita ante la notario de La Serena doña Elena Leyton Carvajal, inscribiéndose en extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 189 vta. N°143 correspondiente al año 1989, publicándose en extracto en el D.O. 29 de agosto de 1989, rol único tributario N° 79.939.180-5, con domicilio en la ciudad de La Serena. El estatuto social ha sido objeto de las siguientes modificaciones: Uno) Por escritura pública de fecha 08 de septiembre del año 1989, otorgada ante la notario público de La Serena doña Elena Leyton Carvajal, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 207 N°163 del año 1989, publicándose en el D.O. de fecha 21 de 09 del año 1989. Dos) Por escritura pública de fecha 10 de febrero del año 1993, otorgada ante la notario público de La Serena doña Elena Leyton Carvajal, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 119 vta. N°85, correspondiente al año 1993, publicándose en el D.O. de fecha 16 de marzo del año 1993. Tres) Por escritura pública de fecha 15 de julio del año 1994, otorgada ante la notario público de La Serena doña Elena Leyton Carvajal, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 299 vta. N°201 del año 1994, publicándose en el D.O. de fecha 27 de julio del año 1994. Cuatro) Por escritura pública de fecha 29 de agosto del año 1994, otorgada ante la notario público de La Serena doña Elena Leyton Carvajal, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 364 N°251 del año 1994, publicándose en el D.O. de fecha 11 de septiembre del año 1994. Cinco) Por escritura pública de fecha 26 de diciembre del año 2007, otorgada ante el notario público de La Serena don Oscar Fernández Mora, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 19 N°12 del año 2008, publicándose en el D.O. de fecha 17 de enero del año 2008. Seis) Por escritura pública de fecha 05 de febrero del año 2015, otorgada ante el notario público de La Serena don Rubén Reinoso Herrera, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 219 N°115 del año 2015, publicándose en el Diario Oficial de fecha 09 de febrero de 2015. Siete) Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2015, otorgada ante el notario público de Coquimbo don Miguel Bauza Fredes, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena a fojas 1.738 N° 756 del año 2015, publicándose en el D.O. de fecha 30 de noviembre de 2015. Ocho) Por escritura pública de fecha 25 de noviembre del año 2015, otorgada ante el notario público de Coquimbo don Miguel Bauza Fredes, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 1.738 N°756 del año 2015, publicándose en el D.O. de fecha 30 de noviembre de 2015. Nueve) Por escritura pública de fecha 04 de diciembre del año 2015, otorgada ante el notario público de Coquimbo don Miguel Bauza Fredes, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 1921 N°806 del año 2015, publicándose en el D.O. de fecha 14 de diciembre de 2015. Diez) Por escritura pública de fecha 09 de septiembre del año 2019, otorgada ante don John Gallardo Gómez, notario suplente del titular de La Serena don Oscar Fernández Mora, mediante la cual se transformó en una sociedad por acciones denominada Inversiones e Inmobiliaria Gira Tour SpA., su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 986 N°355 del año 2019, publicado en el D.O. de fecha 21 de septiembre de 2019. Once) Por escritura pública de fecha 22 de octubre del año 2020, otorgada en la notaría de La Serena, servida por don Alejandro Viada Ovalle, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, a fojas 759 N°296 del año 2020, su extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena, publicándose en el D.O. de fecha 24 de octubre de 2020; capital social $240.000.000.-; en los siguientes términos: UNO/Se modifica el artículo 5° del estatuto social, relativo al capital social, eliminando las series de acciones y las preferencias asociadas a cada tipo de acciones, pasando a contar de esta fecha a ser acciones de una serie única, sin valor nominal, y limitando el total de acciones de la sociedad de 10.230 acciones a 10.000 acciones; quedando en consecuencia su redacción de la siguiente forma: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El Capital de la sociedad es de $240.000.000.- dividido en un total de 10.000 acciones, sin valor nominal y de una misma serie. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.” DOS/ Se reemplaza íntegramente el título 3°, de la administración de la sociedad, eliminando el artículo 12, reemplazándolo por el siguiente; “ARTÍCULO DUODÉCIMO: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, titulares y, para cada uno de ellos, deberá de existir un suplente, nombrado de la misma forma que los directores titulares, no pudiendo ser director, titular o suplente, ninguna de las personas a que se refiere el artículo treinta y cinco de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis.”, atendida esta modificación, se hace necesario incorporar cláusulas relativas al funcionamiento de este organismo, relativos a la duración del directorio; las sesiones de directorio; las actas; la revocación de nombramiento de directores; la elección del directorio; la remuneración del directorio; las facultades del directorio; y relativo a la forma en que podrán celebrarse las sesiones de directorio, todo según se detalla en texto refundido de los estatutos de la sociedad que se desarrollará en la cláusula cuarta siguiente; TRES/ Dada la modificación consignada en el ordinal anterior, se hace necesario agregar un nuevo título al pacto social, relativo al Presidente, regulando respecto del mismo la duración del Presidente; las facultades del Presidente; y su reemplazo en caso de ausencia; CUATRO/ Se hace necesario agregar un nuevo título al pacto social, relativo al al gerente general, que regulará su nombramiento y sus facultades; CINCO/ Se debe de agregar un título relativo al balance y fiscalización, que regule la época en que la sociedad debe practicar un balance y la opción de nombramiento de auditores externos; SEIS/ Se debe agregar un título relativo a la Disolución y Liquidación de la sociedad que regula las causales de disolución y la forma de proceder a la liquidación de la misma. SIETE/ Se debe agregar un título relativo a la comunicación de la sociedad con sus accionistas. OCHO/ Se reemplaza el artículo décimo noveno del pacto social, que establece el arbitraje en caso de duda o dificultad entre las partes, pasando a numerarse como artículo trigésimo cuarto, quedando su texto de la siguiente forma: “ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO: Arbitraje. Cualquier dificultad que se suscite entre los socios en relación con este contrato o con motivo de su aplicación, interpretación, cumplimiento o incumplimiento, o de la disolución, anticipada o no, de la sociedad, será resuelta por la persona que de común acuerdo designaren, quien tendrá las facultades de un árbitro arbitrador y si no pudieran llegar a un acuerdo respecto a la designación de esta persona, cualquiera de ellas podrá recurrir a la Justicia Ordinaria solicitando la designación de un árbitro, que, en este caso será nombrado como un árbitro de Derecho.- Estos mismos árbitros, en el orden indicado, tendrán competencia para disolver anticipadamente la sociedad, y para liquidar y repartir, en este caso, el haber social, en desacuerdo de los socios. Con acuerdo de los socios, éstos podrán hacer por si mismos la liquidación, o nombrar otra persona al efecto.” NUEVE/ Habida consideración de la modificación signada en el ordinal UNO de esta cláusula, se hace necesario reemplazar el artículo primero transitorio de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social establecido en el artículo quinto de los estatutos, ascendente a $240.000.000.- de pesos, dividido en 10.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, se suscribe y paga en este acto, por los accionistas concurrentes en los porcentajes y montos que se indican a continuación: a) El socio FELIPE ANDRÉS NIEME VAL, aporta y paga $117.600.000.-, representativos de un 49% del capital social total, de los que $115.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $2.600.000.-, que el accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que el accionista concurrente suscribe 4.900 acciones. b) La socia PAOLA KARINA VALENTINI DAUD, aporta y paga $117.600.000, representativos de un 49% por ciento del capital social total, de los que $115.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $2.600.000.-, que la accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que la accionista concurrente suscribe 4.900 acciones. c) El accionista don FELIPE EMILIO NIEME VALENTINI aporta y paga $2.400.000.-, representativos de un 1% del capital social total, de los que $2.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $400.000.-, que el accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que el accionista concurrente suscribe 100 acciones. d) La accionista COLOMBA AMIRA NIEME VALENTINI, aporta y paga $2.400.000.-, representativos de un 1% del capital social total, de los que $2.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $400.000.-, que la accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que la accionista concurrente suscribe 100 acciones. De este modo se da por íntegramente pagado el capital social de la compañía.”. Habida consideración a las modificaciones e inserción de nuevos títulos y artículos, y a objeto de facilitar la mejor comprensión y estudio del pacto social actual, los únicos accionistas acuerdan establecer el texto refundido de los estatutos por los que se regirá, a contar de esta fecha, la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA GIRA TOUR SpA: Razón Social. INVERSIONES E INMOBILIARIA GIRA TOUR SpA. Domicilio. La Serena. Duración. 20 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogables por períodos iguales y sucesivos de 10 años. Objeto. El objeto de la sociedad la realización de toda clase de inversiones corporales o incorporales, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas o asumir la administración de las mismas; y en general, la realización de cualesquiera otra forma de inversión o actividad que la administración acuerde en conformidad a la ley. Administración. Directorio compuesto de 5 miembros, integrado por Directorio provisorio de la sociedad estará integrado por: 1. FELIPE ANDRÉS NIEME VAL; 2. PAOLA KARINA VALENTINI DAUD; 3. FELIPE EMILIO NIEME VALENTINI; 4. COLOMBA AMIRA NIEME VALENTINI; ya individualizados y 5 LAYLA NOOR NIEME VALENTINI, chilena, cédula nacional de identidad número 22.004.358-4. Los directores presentes en este acto, designan como Presidente provisorio a don FELIPE ANDRÉS NIEME VAL. Se designa como gerente general provisorio de la sociedad a don FELIPE ANDRÉS NIEME VAL.- Capital. El Capital de la sociedad es de $240.000.000.- dividido en un total de 10.000 acciones, sin valor nominal y de una misma serie, se suscribe y paga en este acto, por los accionistas concurrentes en los porcentajes y montos que se indican a continuación: a) El socio FELIPE ANDRÉS NIEME VAL, aporta y paga $117.600.000.-, representativos de un 49% del capital social total, de los que $115.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $2.600.000.-, que el accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que el accionista concurrente suscribe 4.900 acciones. b) La socia PAOLA KARINA VALENTINI DAUD, aporta y paga $117.600.000, representativos de un 49% por ciento del capital social total, de los que $115.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $2.600.000.-, que la accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que la accionista concurrente suscribe 4.900 acciones. c) El accionista don FELIPE EMILIO NIEME VALENTINI aporta y paga $2.400.000.-, representativos de un 1% del capital social total, de los que $2.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $400.000.-, que el accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que el accionista concurrente suscribe 100 acciones. d) La accionista COLOMBA AMIRA NIEME VALENTINI, aporta y paga $2.400.000.-, representativos de un 1% del capital social total, de los que $2.000.000.- fueron enterados y pagados con anterioridad a esta fecha, suma que ha ingresado a la caja de la sociedad; la diferencia de $400.000.-, que la accionista concurrente suscribe y paga en ese acto, al contado y en dinero efectivo, suma que es ingresada a la caja de la sociedad, queda completo este aporte, por lo que la accionista concurrente suscribe 100 acciones. De este modo se da por íntegramente pagado el capital social de la compañía. En todo lo no modificado, siguen vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- La Serena, 29 de Julio del año 2024.-

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