Compañía Minera Ambar Chile Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 79% | - |
Socio | - | 20% | - |
Socio | - | 1% | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 1997年4月5日
Se publica la constitución de Compañía Minera Ambar Chile Limitada.
- 其他行为· 2011年5月5日
Se modifica la sociedad.
- 其他行为· 2013年6月26日
Se modifica la sociedad.
- 其他行为· 2014年10月29日
Se modifica la sociedad.
- 其他行为· 2018年7月31日
Se modifica la sociedad y quedan como socios Carlos Santiago Sapag, Elías Ezequiel Sapag, María Eugenia Crexell y Julio Marcelo Campos Vergara.
Carlos Santiago Sapag · Elías Ezequiel Sapag · María Eugenia Crexell · Julio Marcelo Campos Vergara
- 权益转让· 2018年12月14日
Elías Ezequiel Sapag cede la totalidad de sus derechos a Carlos Santiago Sapag.
- 权益转让· 2018年12月14日
María Eugenia Crexell cede la totalidad de sus derechos: 24% a Carlos Santiago Sapag y 20% a Agustín Santiago Sapag.
María Eugenia Crexell · Carlos Santiago Sapag · Agustín Santiago Sapag
- 股东退出· 2018年12月14日
Elías Ezequiel Sapag y María Eugenia Crexell se retiran de la sociedad por cesión total de sus derechos.
摘要官方正文
CAROL RAFIDE CUADRA, Abogado, Notario Público de la agrupación de las comunas de Temuco, Vilcún, Cunco, Melipeuco, Freire y Padre Las Casas, Suplente de la Notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga, según Nombramiento Judicial Protocolizado y Anotado en el Repertorio de Instrumentos Públicos con el número cinco mil cuatrocientos sesenta y ocho guion dieciocho, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve, Certifico que por escritura pública de fecha 14 de Diciembre del 2018, otorgada ante la Notario Titular doña Esmirna Vidal Moraga, Carlos Santiago Sapag por si y en representación de don Elías Ezequiel Sapag y de doña María Eugenia Crexell; Agustín Santiago Sapag y don Julio Marcelo Campos Vergara, todos domiciliados en calle Antonio Varas 989 oficina 1503, Temuco, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citadas que exhiben declaran pertenecerles y exponen: Modifican sociedad "Compañía Minera Ambar Chile Limitada", inscrita a fojas doscientos cuatro número ciento cincuenta y ocho del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año mil novecientos noventa y siete; y se publicó en el Diario Oficial del día cinco de abril del año mil novecientos noventa y siete, en su edición número treinta y cinco mil setecientos treinta y tres. Esta sociedad, ha tenido las siguientes modificaciones: a) Mediante escritura pública, de fecha cinco de mayo del año dos mil once, otorgada ante el Notario Público de esta ciudad don Humberto Toro Martínez - Conde, modificación que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas seiscientos cuarenta y uno número seiscientos sesenta y uno del año dos mil once y se publicó en el Diario Oficial del día dieciséis de mayo del año dos mil once, en su edición número treinta y nueve mil novecientos sesenta y uno; b) Mediante escritura pública, de fecha veintiséis de junio del año dos mil trece, otorgada ante el Notario Público de esta ciudad don Humberto Toro Martínez - Conde, los socios modificaron la sociedad referida, modificación que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil novecientos tres vuelta número mil cuatrocientos cuarenta y cinco del año dos mil trece y se publicó en el Diario Oficial del día trece de julio del año dos mil trece, en su edición número cuarenta mil seiscientos ocho; c) Mediante escritura pública, de fecha veintinueve de octubre del año dos mil catorce, otorgada ante el Notario Público de esta ciudad don Humberto Toro Martínez - Conde, los socios modificaron la sociedad referida, modificación que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas dos mil setenta y cinco vuelta número mil quinientos veintinueve del año dos mil catorce y se publicó en el Diario Oficial del día cinco de diciembre de dos mil catorce, en su edición número cuarenta y un mil veinticinco; y d) Mediante escritura pública, de fecha treinta y uno de Julio de dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de esta ciudad doña Esmirna Vidal Moraga, los socios modificaron la sociedad referida, modificación que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas mil cuarenta y siete vuelta número seiscientos dieciocho del año dos mil dieciocho y se publicó en el Diario Oficial del día diez de agosto de dos mil dieciocho, en su edición número cuarenta y dos mil ciento veinte nueve, figurando como sus actuales y únicos socios don Carlos Santiago Sapag, cuya participación social equivale al cuarenta y cuatro por ciento de los derechos en la sociedad, don Elías Ezequiel Sapag, cuya participación social equivale al once por ciento de los derechos en la sociedad, doña María Eugenia Crexell, cuya participación social equivale al cuarenta y cuatro por ciento de los derechos en la sociedad, y don Julio Marcelo Campos Vergara, cuya participación social equivale al uno por ciento de los derechos en la sociedad.- Elías Ezequiel Sapag, ya individualizado, debidamente representado, viene en ceder la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula precedente, ascendentes al once por ciento de la misma, a don Carlos Santiago Sapag, ya individualizado, quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos en la mencionada sociedad. El valor de la presente cesión asciende a la suma de un millón quinientos cuarenta mil pesos, que se pagan en este acto, al contado, declarando don Elías Ezequiel Sapag, por intermedio de su representante, recibirlo a su entera satisfacción, por lo que queda íntegramente pagado el precio de la cesión; por su parte, doña María Eugenia Crexell, ya individualizada, debidamente representada, viene en ceder la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula precedente, ascendentes al cuarenta y cuatro por ciento de la misma, de la siguiente manera: a) el veinticuatro por ciento a don Carlos Santiago Sapag, ya individualizado, quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos en la mencionada sociedad. El valor de la presente cesión asciende a la suma de tres millones trescientos sesenta mil pesos, que se pagan en este acto, al contado, declarando doña María Eugenia Crexell, por intermedio de su representante, recibirlo a su entera satisfacción, por lo que queda íntegramente pagado el precio de la cesión; y b) el veinte por ciento a don Agustín Santiago Sapag, ya individualizado, quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos en la mencionada sociedad. El valor de la presente cesión asciende a la suma de dos millones ochocientos mil pesos, que se pagan en este acto, al contado, declarando doña María Eugenia Crexell, por intermedio de su representante, recibirlo a su entera satisfacción, por lo que queda íntegramente pagado el precio de la cesión.- Como consecuencia de la cesión de derechos y retiro de socios, la sociedad Compañía Minera Ambar Chile Limitada queda integrada única y exclusivamente por los socios don Carlos Santiago Sapag con un setenta y nueve por ciento de los derechos de la sociedad; don Agustín Santiago Sapag con un veinte por ciento de los derechos de la sociedad; y por don Julio Marcelo Campos Vergara, este último con un uno por ciento de los derechos en la sociedad.- Temuco, 19 de diciembre de 2018.
公司信息
公司目的
A) la actividad comercial de importación, exportación y comercialización de productos fertilizantes e insumos agrícolas e industriales en sus formas más amplias, por cuenta propia o ajena; B) el transporte nacional e internacional de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, carga y descarga, bodegaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Asimismo, el arrendamiento de toda clase de vehículos, su comercialización, adaptación, la compra, venta, importación de vehículos, de sus piezas, partes y repuestos; C) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener sus rentas; D) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación a cualquier clase de bienes; en general la realización de todos los actos y contratos, que los socios acuerden, relacionados directa o indirectamente con el objeto social.
股东(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 44% | - |
Socio | - | 11% | - |
Socio | - | 44% | - |
Socio | - | 1% | - |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 1997年3月21日
Se constituye la sociedad Compañía Trasandina de Comercio Limitada, con nombre de fantasía Cotracom Ltda.
- 名称变更
La razón social pasa a ser Compañía Minera Ambar Chile Limitada o Ambar Chile Ltda.
- 身故
Fallece Carlos Natalio Sapag, generando posesión efectiva y modificación de la integración societaria.
- 权益转让
Elio David Fuentealba San Martín cede el 1% de sus derechos a Julio Marcelo Campos Vergara.
Elio David Fuentealba San Martín · Julio Marcelo Campos Vergara
- 管理人变更
La administración, representación y uso de la razón social queda exclusivamente en Julio Marcelo Campos Vergara.
摘要官方正文
Esmirna Vidal Moraga, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupacion de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún, y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas Nº 979, Certifico que por escritura pública de fecha 31 de Julio del año 2018 ante mí, Carlos Santiago Sapag, por si y en representación de Elías Ezequiel Sapag, y de María Eugenia Crexell; y Julio Marcelo Campos Vergara, por si y en representación de don Elio David Fuentealba San Martín, domiciliados en Antonio Varas 989 oficina 1503, Temuco, y exponen: Por escritura pública de 21 de marzo de 1997, Notario Público de Temuco, doña María Eugenia Ramírez Vega, Suplente del Titular don René Ramírez Molina, se constituyó sociedad, cuya razón social era Compañía Trasandina de Comercio Limitada, nombre de fantasía era Cotracom Ltda. Inscrito a fojas doscientos cuatro número ciento cincuenta y ocho del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 1997. Esta sociedad, ha tenido modificaciones y su razón social actual es Compañía Minera Ambar Chile Limitada o Ambar Chile Ltda. Actuales y únicos socios Carlos Natalio Sapag, cuya participación social equivale al treinta y tres por ciento de los derechos en la sociedad, don Carlos Santiago Sapag, cuya participación social equivale al treinta y tres por ciento de los derechos en la sociedad doña María Eugenia Crexell, cuya participación social equivale al treinta y tres por ciento de los derechos en la sociedad, y don Elio David Fuentealba San Martín, cuya participación social equivale al uno por ciento de los derechos en la sociedad.- Por este instrumento, don Elio David Fuentealba San Martin, debidamente representado, viene en ceder la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula precedente, ascendentes al uno por ciento de la misma, a don Julio Marcelo Campos Vergara, quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos en la mencionada sociedad. El valor cesión $2.887.000, que se pagan en este acto, en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión de derechos, así como posesión efectiva quedada al fallecimiento de Carlos Natalio Sapag, la sociedad Compañía Minera Ambar Chile Limitada, queda integrada por Carlos Santiago Sapag con un cuarenta y cuatro por ciento de los derechos de la sociedad, Elías Ezequiel Sapag con un once por ciento de los derechos de la sociedad, María Eugenia Crexell con un cuarenta y cuatro por ciento de los derechos de la sociedad y por Julio Marcelo Campos Vergara, con un uno por ciento de los derechos en la sociedad.- Socios, modifican la sociedad: Uno) El objeto de la sociedad será: A) la actividad comercial de importación, exportación y comercialización de productos fertilizantes e insumos agrícolas e industriales en sus formas más amplias, por cuenta propia o ajena; B) el transporte nacional e internacional de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, carga y descarga, bodegaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Asimismo, el arrendamiento de toda clase de vehículos, su comercialización, adaptación, la compra, venta, importación de vehículos, de sus piezas, partes y repuestos; C) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener sus rentas; D) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación a cualquier clase de bienes; en genera! la realización de todos los actos y contratos, que los socios acuerden, relacionados directa o indirectamente con el objeto social. Dos) Se modifica la administración, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente al socio don Julio Marcelo Campos Vergara, con facultades indicadas. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 07 de Agosto de 2018.
公司信息
公司目的
A) la actividad comercial de importación, exportación y comercialización de productos fertilizantes e insumos agrícolas e industriales en sus formas más amplias, por cuenta propia o ajena; B) el transporte nacional e internacional de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, carga y descarga, bodegaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Asimismo, el arrendamiento de toda clase de vehículos, su comercialización, adaptación, la compra, venta, importación de vehículos, de sus piezas, partes y repuestos; C) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener sus rentas; D) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación a cualquier clase de bienes; en general la realización de todos los actos y contratos, que los socios acuerden, relacionados directa o indirectamente con el objeto social.
股东(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 44% | - |
Socio | - | 11% | - |
Socio | - | 44% | - |
Socio | - | 1% | $2.887.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 1997年3月21日
Se constituyó Compañía Trasandina de Comercio Limitada, nombre de fantasía Cotracom Ltda., hoy Compañía Minera Ambar Chile Limitada o Ambar Chile Ltda.
María Eugenia Ramírez Vega · René Ramírez Molina · Compañía Trasandina de Comercio Limitada
- 权益转让
Elio David Fuentealba San Martín cede el 1% de sus derechos a Julio Marcelo Campos Vergara.
Elio David Fuentealba San Martín · Julio Marcelo Campos Vergara
- 身故
Se menciona el fallecimiento de Carlos Natalio Sapag y su posesión efectiva.
- 其他行为
La sociedad queda integrada por Carlos Santiago Sapag, Elías Ezequiel Sapag, María Eugenia Crexell y Julio Marcelo Campos Vergara.
Carlos Santiago Sapag · Elías Ezequiel Sapag · María Eugenia Crexell · Julio Marcelo Campos Vergara
摘要官方正文
Esmirna Vidal Moraga, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupacion de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún, y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas Nº 979, Certifico que por escritura pública de hoy ante mí, Carlos Santiago Sapag, por si y en representación de Elías Ezequiel Sapag, y de María Eugenia Crexell; y Julio Marcelo Campos Vergara, por si y en representación de don Elio David Fuentealba San Martín, domiciliados en Antonio Varas 989 oficina 1503, Temuco, y exponen: Por escritura pública de 21 de marzo de 1997, Notario Público de Temuco, doña María Eugenia Ramírez Vega, Suplente del Titular don René Ramírez Molina, se constituyó sociedad, cuya razón social era Compañía Trasandina de Comercio Limitada, nombre de fantasía era Cotracom Ltda. Inscrito a fojas doscientos cuatro número ciento cincuenta y ocho del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Esta sociedad, ha tenido modificaciones y su razón social actual es Compañía Minera Ambar Chile Limitada o Ambar Chile Ltda. Actuales y únicos socios Carlos Natalio Sapag, cuya participación social equivale al treinta y tres por ciento de los derechos en la sociedad, don Carlos Santiago Sapag, cuya participación social equivale al treinta y tres por ciento de los derechos en la sociedad doña María Eugenia Crexell, cuya participación social equivale al treinta y tres por ciento de los derechos en la sociedad, y don Elio David Fuentealba San Martín, cuya participación social equivale al uno por ciento de los derechos en la sociedad.- Por este instrumento, don Elio David Fuentealba San Martin, debidamente representado, viene en ceder la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en la cláusula precedente, ascendentes al uno por ciento de la misma, a don Julio Marcelo Campos Vergara, quien compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos en la mencionada sociedad. El valor cesión $2.887.000, que se pagan en este acto, en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión de derechos, así como posesión efectiva quedada al fallecimiento de Carlos Natalio Sapag, la sociedad Compañía Minera Ambar Chile Limitada, queda integrada por Carlos Santiago Sapag con un cuarenta y cuatro por ciento de los derechos de la sociedad, Elías Ezequiel Sapag con un once por ciento de los derechos de la sociedad, María Eugenia Crexell con un cuarenta y cuatro por ciento de los derechos de la sociedad y por Julio Marcelo Campos Vergara, con un uno por ciento de los derechos en la sociedad.- Socios, modifican la sociedad: Uno) El objeto de la sociedad será: A) la actividad comercial de importación, exportación y comercialización de productos fertilizantes e insumos agrícolas e industriales en sus formas más amplias, por cuenta propia o ajena; B) el transporte nacional e internacional de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, carga y descarga, bodegaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Asimismo, el arrendamiento de toda clase de vehículos, su comercialización, adaptación, la compra, venta, importación de vehículos, de sus piezas, partes y repuestos; C) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones y obtener sus rentas; D) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación a cualquier clase de bienes; en general la realización de todos los actos y contratos, que los socios acuerden, relacionados directa o indirectamente con el objeto social. Dos) Se modifica la administración, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente al socio don Julio Marcelo Campos Vergara, con facultades indicadas. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Temuco, 02 de Agosto de 2018.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
Compañía Minera Ambar Chile Limitada
CVE 1516782
- MODIFICACIÓN
Compañía Minera Ambar Chile Limitada
CVE 1445389
- MODIFICACIÓN
Compañía Minera Ambar Chile Limitada
CVE 1442215
