Inmobiliaria e Inversiones Puerto Madero Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
a) La inversión en toda clase de bienes raíces urbanos o rurales, y en derechos sobre estos mismos bienes, pudiendo especialmente lotearlos, dividirlos, subdividirlos, urbanizarlos, construirlos, repararlos, reconstruirlos, restaurarlos, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos sin muebles y sin instalaciones, arrendarlos amoblados y/o con instalaciones, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; y b) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios. Para lograr sus finalidades sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia.
资本
总资本
$1.059.000.000
实缴资本
$1.059.000.000
待缴资本
$0
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.3333333333% | $353.000.000 |
Socio | - | 33.3333333333% | $353.000.000 |
Socio | - | 33.3333333333% | $353.000.000 |
管理人(3)
公报所载公司沿革
- 设立· 1996年4月23日
Se constituyó Inmobiliaria e Inversiones Puerto Madero Limitada.
Rodrigo Sarquis Said · Gonzalo Sarquis Said · María José Vial Besa
- 其他行为· 2020年12月3日
La sociedad fue modificada mediante escritura de 3 de diciembre de 2020.
- 其他行为· 2024年6月21日
Se evacuó informe pericial y balances para la fusión.
- 公司形式转换· 2024年6月30日
Se aprobó la fusión por incorporación de Inversiones Avutarda Limitada en Inmobiliaria e Inversiones Puerto Madero Limitada.
Inversiones Avutarda Limitada · Inmobiliaria e Inversiones Puerto Madero Limitada · Rodrigo Sarquis Said · Gonzalo Sarquis Said · María José Vial Besa
摘要官方正文
Félix Jara Cadot, Notario Público Titular de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, domiciliado Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura 28 junio 2024, ante mí, comparecieron: A) Rodrigo Sarquis Said, por sí; Pablo Sarquis Ochagavía, en representación de Gonzalo Sarquis Said, del mismo domicilio de su representante; y María José Vial Besa, por sí; domiciliados todos en Santiago, Avenida Presidente Riesco N°5711, oficina 1202, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y expusieron: que son los únicos actuales socios de Inmobiliaria e Inversiones Puerto Madero Limitada, cuya constitución se encuentra inscrita en extracto a fojas 10322 N°8406 en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 1996. Sociedad ha sido varias veces modificada siendo última estas modificaciones la que consta escritura 3 diciembre 2020 otorgada Notaría Santiago de Félix Jara Cadot. De acuerdo pacto social y sus modificaciones, capital sociedad de $956.179.046.- se encuentra íntegramente pagado y distribuido entre socios como sigue: $318.726.349.- para Rodrigo Sarquis Said; $318.726.349.- para Gonzalo Sarquis Said; y $318.726.348.- para María José Vial Besa; y B) Rodrigo Sarquis Said, por sí; Pablo Sarquis Ochagavía, en representación de Gonzalo Sarquis Said, del mismo domicilio de su representante; y María José Vial Besa, por sí; domiciliados todos en Santiago, Avenida Presidente Riesco 5711, oficina 1202, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y exponen: Que son únicos actuales socios de Inversiones Avutarda Limitada, inscrita su constitución en extracto a fojas 5353 N°3401 en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago año 2015. Sociedad fue modificada por escritura 3 diciembre 2020, otorgada Notaría Santiago de Félix Jara Cadot. De acuerdo pacto social y su modificación, capital sociedad de $102.820.954.- se encuentra íntegramente pagado y distribuido entre socios como sigue: $34.273.651.- para cada uno socios Rodrigo Sarquis Said y Gonzalo Sarquis Said, y $34.273.652.- para socia María José Vial Besa.- Los comparecientes en literales “A” y “B” precedentes, en carácter en que lo hacen, acuerdan la fusión por incorporación de Inversiones Avutarda Limitada, en adelante también LA ABSORBIDA, a Inmobiliaria e Inversiones Puerto Madero Limitada, en adelante también LA ABSORBENTE, para lo cual adoptan acuerdos que extracto en numerales que siguen: Uno) Aprobar fusión por incorporación de LA ABSORBIDA a LA ABSORBENTE, absorbiendo LA ABSORBENTE a LA ABSORBIDA, adquiriendo todos sus activos, permisos, autorizaciones y pasivos, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, incorporándose a LA ABSORBENTE totalidad patrimonio y socios de LA ABSORBIDA, compañía que quedará extinguida, disuelta y liquidada el 30 junio 2024, día en que surtirá efecto la aprobación de la fusión antedicha día este que se considerará como “la fecha de la fusión” a que se refiere el artículo 158 del Reglamento de Sociedades Anónimas.- Dos) Aprobar los balances auditados y proforma que sirven de base para la fusión, antecedentes que forman parte del Informe Pericial evacuado 21 junio 2024 por la perito Erika Denecken Sobarzo, documento que se aprueba y protocoliza en escritura que extracto.- Tres) Se acuerda efectuar la fusión aportando LA ABSORBIDA a LA ABSORBENTE sus activos y pasivos al 30 junio 2024, a sus valores financieros.- Cuatro) Con motivo fusión referida en numerales precedentes, se aumentó capital de LA ABSORBENTE de $956.179.046.- a $1.059.000.000.- esto es en $102.820.954.- que corresponde al monto capital de LA ABSORBIDA que se incorpora a LA ABSORBENTE a la fecha de la fusión. Este aumento corresponde a socios de LA ABSORBIDA a fecha recién dicha, aumento que se distribuye entre ellos asignando a cada uno un monto igual a su participación en capital de LA ABSORBIDA. Como consecuencia este aumento, capital de LA ABSORBENTE queda en $1.059.000.000.- totalmente pagado, distribuido entre sus socios como se indica en pacto social que extracto en numeral “Cinco” que sigue.- Cinco) Con motivo fusión referida en numerales precedentes, se acuerda introducir siguientes modificaciones a pacto social de LA ABSORBENTE.- a) Agregar a pacto social un artículo transitorio dando cuenta fusión tantas veces indicada; b) Se modifican las cláusulas de pacto social que se refieren a duración de la sociedad, administración de la compañía y domicilio social; c) Se efectuaron varias modificaciones menores a pacto social y se estableció y aprobó un texto actualizado refundido del mismo, texto que contiene todas reformas recién señaladas y por el cual se regirá LA ABSORBENTE a contar fecha escritura que extracto, texto del cual extracto lo siguiente: Se forma entre Rodrigo Sarquis Said, Gonzalo Sarquis Said y María José Vial Besa, todos domiciliados en Santiago, Avenida Presidente Riesco 5711, oficina 1202, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, una sociedad responsabilidad limitada con domicilio en comuna de Las Condes, Región Metropolitana, sin perjuicio agencias o sucursales se instalen otros puntos del país o del extranjero, sociedad que girará bajo razón social de INMOBILIARIA E INVERSIONES PUERTO MADERO LIMITADA. Se deja constancia que sociedad fue constituida por escritura 23 abril 1996 de Notaría Santiago Félix Jara Cadot, inscrita en extracto fojas 10.322 N° 8.406 en Registro Comercio Santiago año 1996. Sociedad ha sido varias veces modificada siendo última modificación la que consta en escritura que extracto. Objeto sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes raíces urbanos o rurales, y en derechos sobre estos mismos bienes, pudiendo especialmente lotearlos, dividirlos, subdividirlos, urbanizarlos, construirlos, repararlos, reconstruirlos, restaurarlos, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos sin muebles y sin instalaciones, arrendarlos amoblados y/o con instalaciones, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos; y b) La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios. Para lograr sus finalidades sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia. Administración y representación sociedad y uso razón social corresponderá a socios Rodrigo Sarquis Said, Gonzalo Sarquis Said y María José Vial Besa, quienes podrán actuar como se indica más adelante con amplias facultades de administración y disposición bienes y sin limitación alguna. a) Actuando conjuntamente dos cualquiera de socios administradores, en nombre y representación de sociedad, podrán celebrar y ejecutar aquellos actos y contratos se indican en literal “a” de “Cláusula Tercero” escritura que extracto. b) Actuando uno cualquiera de socios administradores, indistintamente, en nombre y representación sociedad, podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sean de administración o disposición bienes, con sola excepción actos y contratos se indican en literal “a” de ”Cláusula Tercero” pacto social que extracto, y en especial, sin que numeración implique limitación, podrán ejecutar y celebrar aquellos actos y contratos se indican en literal “b” de “Cláusula Tercero” pacto social que extracto.- Capital sociedad es $1.059.000.000.- que socios aportan siguiente forma: $353.000.000.- cada uno socios Rodrigo Sarquis Said, Gonzalo Sarquis Said y María José Vial Besa. Socios tienen enterados y pagados sus aportes a sociedad.- Responsabilidad personal socios queda limitada a monto sus respectivos aportes.- Sociedad comenzó a regir con fecha 23 abril 1996 y durará hasta 31 diciembre año 2025, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos 3 años cada uno, a menos que cualquiera socios manifestare su voluntad de ponerle término a expiración un determinado período, voluntad que deberá expresarse por medio una declaración hecha por escritura pública este sentido la cual interesado deberá hacer anotar margen inscripción sociedad Registro Comercio con 6 meses de anticipación, a lo menos, a vencimiento período que corresponda.- Sociedad no se disolverá caso muerte de uno o más socios, sino que continuará, mismos términos pactados, con sucesión socio fallecido, la que deberá hacerse representar ante sociedad por un mandatario común, designado por escritura pública, la cual deberá anotarse margen inscripción sociedad en Registro Comercio. Este representante tendrá mismos derechos y facultades que en sociedad tenía socio fallecido, incluso administración sociedad y uso razón social si estas hubieren correspondido al causante. Sociedad no se disolverá por ausencia, impedimento, imposibilidad o inhabilidad sobreviniente de uno o más socios, sino que continuará entre demás socios y el o los socios afectados representados estos últimos por quien en derecho corresponda. Este representante tendrá mismos derechos y facultades que en sociedad tenía socio ausente, impedido, imposibilitado o inhabilitado, incluso administración sociedad y uso razón social si estas le hubieren correspondido.- Seis) Modificaciones a pacto social de LA ABSORBIDA. Con motivo de fusión referida en numerales precedentes se acordó agregar a pacto social de LA ABSORBIDA un artículo transitorio dando cuenta de fusión tantas veces dicha.- Siete) Se acordó por socios de LA ABSORBENTE y LA ABSORBIDA otorgar acuerdos de fusión contenidos en escritura que extracto conjuntamente, en una misma y única escritura, de la cual se confeccionará un solo extracto en el cual se dejará constancia de la extinción de LA ABSORBIDA y de ser su continuadora legal LA ABSORBENTE, extracto se publicará en Diario Oficial y se inscribirá en Registro de Comercio, debiendo además tomarse nota de fusión al margen de inscripción social de LA ABSORBIDA en Registro Comercio, todo conforme lo establecido en artículo 157 del Reglamento Sociedades Anónimas.- Ocho) Demás cláusulas, constan escritura que extracto.- Santiago, 13 agosto 2024.
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- MODIFICACIÓN
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CVE 2534810
