Inmobiliaria Santa Marta Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(11)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Jorge Antonio Shejade Abusleme Socio | - | 10% | - |
Socio | - | 5% | - |
Socio | - | 5% | - |
Socio | - | 5% | - |
Héctor Marcelo Shejade Abusleme Socio | - | 14% | - |
Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan Socio | - | 11% | - |
Pablo Alberto Shejade Abusleme Socio | - | 13% | - |
Camila Antonieta Shejade Hadweh Socio | - | 12% | - |
Cristian Roberto Shejade Abusleme Socio | - | 9% | - |
Socio | - | 8% | - |
Socio | - | 8% | - |
管理人(4)
Jorge Antonio Shejade Abusleme
Héctor Marcelo Shejade Abusleme
Pablo Alberto Shejade Abusleme
Cristian Roberto Shejade Abusleme
公报所载公司沿革
- 设立· 1993年6月9日
Se constituye la sociedad 'Inmobiliaria Carmen Luz Abusleme e Hijos Limitada', pudiendo usar el nombre de fantasía 'Inmobiliaria Santa Marta Ltda.'
- 名称变更· 2006年3月23日
La razón social pasa a ser 'Inmobiliaria Santa Marta Limitada'.
- 权益转让· 2022年12月19日
Jorge Antonio Shejade Abusleme cede 5% a Daniela Paz Shejade Fuentes y 3,75% a Felipe Shejade Fuentes; Tomás Ignacio Shejade Fuentes cede 1,25% a Felipe Shejade Fuentes; Héctor Marcelo Shejade Abusleme cede 2,75% a Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan; Pablo Alberto Shejade Abusleme cede 3,75% a Camila Antonieta Shejade Hadweh; Cristian Roberto Shejade Abusleme cede 1,75% a Nicolás Shejade Marezco y 8% a Ignacio Shejade Marezco.
Jorge Antonio Shejade Abusleme · Daniela Paz Shejade Fuentes · Felipe Shejade Fuentes · Tomás Ignacio Shejade Fuentes · Héctor Marcelo Shejade Abusleme · Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan · Pablo Alberto Shejade Abusleme · Camila Antonieta Shejade Hadweh · Cristian Roberto Shejade Abusleme · Nicolás Shejade Marezco · Ignacio Shejade Marezco
摘要官方正文
ISABEL PEÑA LEZAETA, notario suplente de la 34° Notaria de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2022, ante don Eduardo Diez Morello, Titular de este oficio: Jorge Antonio Shejade Abusleme, b.- Tomás Ignacio Shejade Fuentes, c.- Daniela Paz Shejade Fuentes, d.- Felipe Shejade Fuentes, e.- Héctor Marcelo Shejade Abusleme, f.- Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan, g.- Pablo Alberto Shejade Abusleme, h.- Camila Antonieta Shejade Hadweh, i.- Cristian Roberto Shejade Abusleme, j.- Ignacio Shejade Marezco y k.- Nicolás Shejade Marezco, todos domiciliados en Blaise Cendrars 6580, comuna de Vitacura, Santiago, modificaron sociedad civil y comercial de responsabilidad limitada “Inmobiliaria Santa Marta Limitada”. 1º) Antecedentes: Por escritura pública de 09/06/93, en notaría de Santiago de Félix Jara Cadot, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada “Inmobiliaria Carmen Luz Abusleme e Hijos Limitada”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Inmobiliaria Santa Marta Ltda.”, cuyo extracto se publicó en el D.O. nº 34.606, del 05/07/93 y se inscribió a fojas 14.433, nº 12.003, del Registro de Comercio del año 1993, del CBR de Santiago. Esta sociedad se modificó mediante escritura pública suscrita en la notaría de Santiago de Kamel Saquel Zaror el 23/04/97, cuyo extracto se publicó en el D.O. nº 35.781, del 04/06/97 y se inscribió a fojas 12.572, nº 10.055, del Registro de Comercio del año 1997, del CBR de Santiago. Posteriormente, esta sociedad fue modificada mediante escritura pública suscrita en la notaría de Santiago de don Kamel Saquel Zaror con fecha 24/07/98, cuyo extracto se publicó en el D.O. nº 36.163 del 12/09/98 y se inscribió a fojas 22.583, nº 18.226, del Registro de Comercio del año 1998, del CBR de Santiago. Luego, esta sociedad fue modificada mediante escritura pública suscrita en la notaría de Santiago de don Alberto Mozó Aguilar con fecha 23/03/2006, cuyo extracto se publicó en el D.O. nº 38.428 de fecha 31/03/2006 y se inscribió a fojas 12.314, nº 8.407, del Registro de Comercio del año 2006, del CBR de Santiago. En esta modificación el nombre o razón social pasó a ser “Inmobiliaria Santa Marta Limitada”. Por último, esta sociedad fue modificada mediante escritura pública suscrita en la notaría de Santiago de Susana Belmonte Aguirre con fecha 28/12/2017, cuyo extracto se publicó en el D.O. n° 41.954 de 11/01/2018 y se inscribió a fojas 758, n° 393, del Registro de Comercio del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Posterior a esto, esta sociedad no ha tenido nuevas modificaciones. 2º) Cesión de derechos sociales (en todos los casos con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios): A.1.- Por este instrumento, y todo esto con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Jorge Antonio Shejade Abusleme, quien tiene una participación de un 18,75% de derechos en esta sociedad, vende, cede y transfiere a doña Daniela Paz Shejade Fuentes, quien acepta para sí, un 5% de la totalidad de derechos, acciones y obligaciones de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $5.000.000.- que Daniela Shejade Fuentes pagará a Jorge Antonio Shejade Abusleme en cuatro cuotas iguales y sucesivas anuales, sin reajustes ni intereses por la cantidad de $1.250.000.- cada una, a contar del 01 de agosto de 2023 y hasta el 01 de agosto de 2026 inclusive. Estas cuotas, las pagará el cesionario, con cargo a las utilidades de esta sociedad. A.2.- De igual forma, por este instrumento, y todo esto con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Jorge Antonio Shejade Abusleme, quien, vista la cesión de derechos de la letra anterior, quedaría con una participación de un 13,75% de derechos en esta sociedad, vende, cede y transfiere a don Felipe Shejade Fuentes, quien acepta para sí, un 3,75% de la totalidad de derechos, acciones y obligaciones de la sociedad que le restan. El precio de esta cesión es la suma de $3.750.000.- que Felipe Shejade Fuentes pagará a Jorge Antonio Shejade Abusleme en cuatro cuotas iguales y sucesivas anuales, sin reajustes ni intereses por la cantidad de $937.500.- cada una, a contar del 01 de agosto de 2023 y hasta el 01 de agosto de 2026 inclusive. Estas cuotas, las pagará el cesionario, con cargo a las utilidades de esta sociedad. A.3.- De igual forma, por este instrumento, y todo esto con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Tomás Ignacio Shejade Fuentes, quien tiene una participación de un 6,25% de derechos en esta sociedad, vende, cede y transfiere a don Felipe Shejade Fuentes, quien acepta para sí, un 1,25% de la totalidad de derechos, acciones y obligaciones de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $1.250.000.- que Felipe Shejade Fuentes pagará a Tomás Ignacio Shejade Fuentes en cuatro cuotas iguales y sucesivas anuales, sin reajustes ni intereses por la cantidad de $312.500.- cada una, a contar del 01 de agosto de 2023 y hasta el 01 de agosto de 2026 inclusive. Estas cuotas, las pagará el cesionario, con cargo a las utilidades de esta sociedad. B.1.- Por este instrumento, y todo esto con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Héctor Marcelo Shejade Abusleme, quien tiene una participación de un 16,75% de derechos en esta sociedad, vende, cede y transfiere a don Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan, quien acepta para sí, un 2,75% de la totalidad de derechos, acciones y obligaciones de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $2.750.000.- que Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan pagará a Héctor Marcelo Shejade Abusleme en cuatro cuotas iguales y sucesivas anuales, sin reajustes ni intereses por la cantidad de $687.500.- cada una, a contar del 01 de agosto de 2023 y hasta el 01 de agosto de 2026 inclusive. Estas cuotas, las pagará el cesionario, con cargo a las utilidades de esta sociedad. Se deja constancia que, con anterioridad a esta cesión, Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan ya tenía un 8,25% de derechos en la sociedad. C.1.- Por este instrumento, y todo esto con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Pablo Alberto Shejade Abusleme, quien tiene una participación de un 16,75% de derechos en esta sociedad, vende, cede y transfiere a doña Camila Antonieta Shejade Hadweh, quien acepta para sí, un 3,75% de la totalidad de derechos, acciones y obligaciones de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $3.750.000.- que Camila Antonieta Shejade Hadweh pagará a Pablo Alberto Shejade Abusleme en cuatro cuotas iguales y sucesivas anuales, sin reajustes ni intereses por la cantidad de $937.500.- cada una, a contar del 01 de agosto de 2023 y hasta el 01 de agosto de 2026 inclusive. Estas cuotas, las pagará el cesionario, con cargo a las utilidades de esta sociedad. Se deja constancia que, con anterioridad a esta cesión, Camila Antonieta Shejade Hadweh ya tenía un 8,25% de derechos en la sociedad. D.1.- Por este instrumento, y todo esto con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Cristian Roberto Shejade Abusleme, quien tiene una participación de un 18,75% de derechos en esta sociedad, vende, cede y transfiere a don Nicolás Shejade Marezco, quien acepta para sí, un 1,75% de la totalidad de derechos, acciones y obligaciones de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $1.750.000.- que Nicolás Shejade Marezco pagará a Cristian Roberto Shejade Abusleme en cuatro cuotas iguales y sucesivas anuales, sin reajustes ni intereses por la cantidad de $437.500.- cada una, a contar del 01 de agosto de 2023 y hasta el 01 de agosto de 2026 inclusive. Estas cuotas, las pagará el cesionario, con cargo a las utilidades de esta sociedad. Se deja constancia que, con anterioridad a esta cesión, Nicolás Shejade Marezco ya tenía un 6,25% de derechos en la sociedad. D.2.- De igual forma, por este instrumento, y todo esto con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Cristian Roberto Shejade Abusleme, quien, vista la cesión de la letra anterior, ha quedado con una participación de un 17% de derechos en esta sociedad, vende, cede y transfiere a don Ignacio Shejade Marezco, quien acepta para sí, un 8% de la totalidad de derechos, acciones y obligaciones de la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $8.000.000.- que Ignacio Shejade Marezco pagará a Cristian Roberto Shejade Abusleme de la siguiente manera: en cuatro cuotas iguales y sucesivas anuales, sin reajustes ni intereses por la cantidad de $2.000.000.- cada una, a contar del 01 de agosto de 2023 y hasta el 01 de agosto de 2026 inclusive. Estas cuotas, las pagará el cesionario, con cargo a las utilidades de esta sociedad. 3º) Intereses sociales. De todo lo antes dicho se desprende que los intereses o derechos sociales y que los únicos socios, en definitiva, son los siguientes. Don Jorge Antonio Shejade Abusleme tiene un participación de 10% de derechos en la sociedad. Don Tomás Ignacio Shejade Fuentes tiene un participación de 5% de derechos en la sociedad. Doña Daniela Paz Shejade Fuentes tiene un participación de 5% de derechos en la sociedad. Don Felipe Shejade Fuentes tiene un participación de 5% de derechos en la sociedad. Don Héctor Marcelo Shejade Abusleme tiene un participación de 14% de derechos en la sociedad. Don Cristóbal Marcelo Shejade Sirhan tiene un participación de 11% de derechos en la sociedad. Don Pablo Alberto Shejade Abusleme tiene un participación de 13% de derechos en la sociedad. Doña Camila Antonieta Shejade Hadweh tiene un participación de 12% de derechos en la sociedad. Don Cristian Roberto Shejade Abusleme tiene un participación de 9% de derechos en la sociedad. Don Nicolás Shejade Marezco tiene un participación de 8% de derechos en la sociedad. Don Ignacio Shejade Marezco tiene un participación de 8% de derechos en la sociedad. 4º) Uso de la razón social y repactación del mandato. La administración y uso de la razón social corresponderá en forma conjunta a dos cualquiera de los socios Jorge Antonio Shejade Abusleme, Héctor Marcelo Shejade Abusleme, Pablo Alberto Shejade Abusleme y Cristian Roberto Shejade Abusleme, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán en toda clase de actos con las más amplias facultades detalladas en la escritura extractada, las cuales podrán delegar en otro socio o en un tercero ajeno a la sociedad. 5º) La sociedad responderá de todos los impuestos que ella pudiere adeudar y de los que, como resultado de las operaciones sociales, pudieren adeudar personalmente los socios, todo ello en virtud de lo que disponen los artículos sesenta y ocho y sesenta y nueve del Código Tributario. 6º) En todo lo no modificado por la presente escritura, regirá íntegramente el pacto social, al que en la cláusula primera de este acto se ha hecho referencia.- Santiago, 30 de diciembre de 2022.-
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Inmobiliaria Santa Marta Limitada
CVE 2252677
