Inmobiliaria E Inversiones Lorena Leiva SpA
Diario Oficial
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$210.781.065
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Ministerio del Interior ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Temuco, Hochstetter 560, Suplente del Titular don ALVARO VALDEBENITO SALGADO. CERTIFICO: por escritura pública de fecha 20 de Marzo de 2026, Repertorio N°978-2026, ante el Notario Titular, Doña LORENA ALEJANDRA LEIVA RAMÍREZ, chilena, divorciada, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad N°12.708.113-1, domiciliada en calle Thiers N°811, departamento 1104 B, comuna y ciudad de Temuco. La compareciente mayor de edad y acredita su identidad con la exhibición de su respectiva cédula, expone; PRIMERO: Por el presente acto, la compareciente viene en rectificar el texto del extracto de publicación de la escritura pública de rectificación número de 26-2026, que corrige la escritura pública de constitución de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES LORENA LEIVA SpA., número de repertorio 3.649-2025, ambas de la Notaría Álvaro Valdebenito de la ciudad de Temuco, así es que, el extracto que se busca rectificar fue publicado con fecha 24 de enero de 2026 en el Diario Oficial, por tanto, rectifíquese en el siguiente sentido; donde el extracto señala “Propiedad número CINCO, avaluada en $55.323.264”. Rectifíquese, debiendo decir en su lugar “Propiedad número CINCO, avaluada en $55.323.274”. SEGUNDO: En cuanto a lo demás señalado en el extracto, manténgase sin modificaciones, así las cosas, es que, el monto final que se ha señalado como aporte de capital se encuentra correctamente sumado, no viéndose alterado por la rectificación que se busca obtener en este acto. TERCERO: Asi tambien, es que, la compareciente mediante este acto sanea cualquier tipo de extemporaneidad o caducidad en los plazos para lograr correctamente la inscripción de esta Sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Temuco. CUARTO: Capital de la sociedad es la suma de $210.781.065.- Demas estipulaciones y antecedentes constan en escritura extractada. Temuco, 23 de Marzo de 2026.
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210,781
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
LORENA ALEJANDRA LEIVA RAMÍREZ Accionista 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | 100% | $210.781.065 |
管理人(1)
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Ministerio del Interior ALVARO VALDEBENITO SALGADO, Notario Público Temuco, Hochstetter 560. CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, Don IGNACIO ANTONIO MALUF CERDA, chileno, soltero, abogado, de la edad de 27 años, cédula nacional de identidad N° 19.809.771-3. con domicilio en calle General Cruz N°72, Temuco, quien actúa en representación de doña LORENA ALEJANDRA LEIVA RAMÍREZ, chilena, divorciada, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad N°12.708.113-1, domiciliada en calle Thiers N°811, departamento 1104 B, comuna y ciudad de Temuco, Facultades de representación que constan en escritura pública de fecha 14 de octubre del año 2025, número de repertorio 3.649-2025, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Alvaro Zambrano Alarcón, suplente del Titular Álvaro Valdebenito Salgado. El compareciente mayor de edad y acredita su identidad con la exhibición de su respectiva cédula, expone; RIMERO: Por el presente acto e instrumento y haciendo uso de las facultades expresamente conferidas, el compareciente viene en aclarar y rectificar la escritura pública de constitución de INMOBILIARIA E INVERSIONES LORENA LEIVA SpA, en el siguiente sentido; Aclárese los avalúos de las propiedades; Propiedad número UNO, avaluada en $55.341.572.-. Propiedad número DOS, avaluada en $55.465.741.-. Propiedad número TRES, avaluada en $4.241.369.-. Propiedad número CUATRO, avaluada en $40.409.109.-. Propiedad número CINCO, avaluada en $55.323.264.-, propiedad que se compone de 3 inmuebles que se documentan en conjunto, los cuales son un departamento avaluado en $50.260.014.-., una bodega avalada en $4.114.750.- y un estacionamiento avaluado en $948.510.-. Aclarados los respectivos avalúos de cada propiedad, se obtiene como resultado un aporte de $210.781.065.- a la sociedad. SEGUNDO: Rectifíquese la escritura de constitución en el siguiente sentido, el párrafo 6° dice así “SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y CINCO PESOS, dividido en doscientos diez mil setecientos ochenta y un partes sociales de un valor de mil pesos cada una. Estas partes sociales son nominales, no representadas por títulos físicos, sin serie ni clase, iguales entre sí en cuanto a derechos y obligaciones, y no podrán incorporarse en títulos o documentos que representen valores mobiliarios”. Debiendo decir en su lugar; SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y CINCO PESOS, dividido en doscientos diez mil setecientos ochenta y un acciones de un valor de mil pesos cada una. Estas acciones son nominales, no representadas por títulos físicos, sin serie ni clase, iguales entre sí en cuanto a derechos y obligaciones, y no podrán incorporarse en títulos o documentos que representen valores mobiliarios. Así también, corríjase en todas aquellas partes del instrumento que se utilice la expresión partes sociales, derechos sociales o similares, por la palabras acciones. TERCERO: Rectifíquese así también el párrafo 9° de la escritura de constitución, el cual dentro de sus títulos contiene lo siguiente “CESIÓN DE DERECHOS. La cesión de derechos sociales requerirá el consentimiento de la socia o de la unanimidad de los socios si fueran más en el futuro. En caso de que en el futuro existieren varios socios, y alguno de ellos manifestare su intención de poner término a su participación en la sociedad, deberá ofrecer preferentemente sus derechos sociales a los demás socios, quienes gozarán de un derecho de adquisición preferente, en proporción a sus respectivas participaciones. Sólo si los demás socios no ejercieren tal derecho, el socio podrá ceder sus derechos a un tercero, previa aprobación unánime de los socios restantes. Esta preferencia deberá respetarse aun en casos de cesión a título gratuito o a parientes del socio cedente. La cesión de derechos sociales requerirá el consentimiento de la socia o de la unanimidad de los socios si fueran más en el futuro” debiendo ser suprimido y en su lugar decir lo siguiente; COMPRAVENTA DE ACCIONES: Se deja establecido que las acciones de la Sociedad podrán ser objeto de compraventa en cualquier tiempo. Toda compraventa de acciones deberá constar por escrito, en instrumento privado firmado ante notario o por escritura pública, y sólo producirá efectos respecto de la Sociedad y de terceros desde su anotación en el Registro de Accionistas, el cual será llevado por la administración, quedando ésta facultada para practicar las anotaciones que correspondan y emitir, si procediere, los títulos respectivos. CUARTO: Por último, rectifíquese el instrumento público en todas aquellas partes que se señale la palabra socia o socios por accionista. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 06 de Enero de 2026.-
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$210.781.065
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210,781
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Ministerio del Interior ALVARO VALDEBENITO SALGADO, Notario Público Temuco, Hochstetter 560. CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, Don IGNACIO ANTONIO MALUF CERDA, chileno, soltero, abogado, de la edad de 27 años, cédula nacional de identidad N° 19.809.771-3. con domicilio en calle General Cruz N°72, Temuco, quien actúa en representación de doña LORENA ALEJANDRA LEIVA RAMÍREZ, chilena, divorciada, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad N°12.708.113-1, domiciliada en calle Thiers N°811, departamento 1104 B, comuna y ciudad de Temuco, Facultades de representación que constan en escritura pública de fecha 6 de noviembre del año 2025, número de repertorio 3.649-2025, otorgada en Notaría Álvaro Valdebenito, de Temuco. El compareciente mayor de edad y acredita su identidad con la exhibición de su respectiva cédula, expone; PRIMERO: Por el presente acto e instrumento y haciendo uso de las facultades expresamente conferidas, el compareciente viene en aclarar y rectificar la escritura pública de constitución de INMOBILIARIA E INVERSIONES LORENA LEIVA SpA, en el siguiente sentido; Aclárese los avalúos de las propiedades; Propiedad número UNO, avaluada en $55.341.572.-. Propiedad número DOS, avaluada en $55.465.741.-. Propiedad número TRES, avaluada en $4.241.369.-. Propiedad número CUATRO, avaluada en $40.409.109.-. Propiedad número CINCO, avaluada en $55.323.264.-, propiedad que se compone de 3 inmuebles que se documentan en conjunto, los cuales son un departamento avaluado en $50.260.014.-., una bodega avalada en $4.114.750.- y un estacionamiento avaluado en $948.510.-. Aclarados los respectivos avalúos de cada propiedad, se obtiene como resultado un aporte de $210.781.065.- a la sociedad. SEGUNDO: Rectifíquese la escritura de constitución en el siguiente sentido, el párrafo 6° dice así “SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y CINCO PESOS, dividido en doscientos diez mil setecientos ochenta y un partes sociales de un valor de mil pesos cada una. Estas partes sociales son nominales, no representadas por títulos físicos, sin serie ni clase, iguales entre sí en cuanto a derechos y obligaciones, y no podrán incorporarse en títulos o documentos que representen valores mobiliarios”. Debiendo decir en su lugar; SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SESENTA Y CINCO PESOS, dividido en doscientos diez mil setecientos ochenta y un acciones de un valor de mil pesos cada una. Estas acciones son nominales, no representadas por títulos físicos, sin serie ni clase, iguales entre sí en cuanto a derechos y obligaciones, y no podrán incorporarse en títulos o documentos que representen valores mobiliarios. Así también, corríjase en todas aquellas partes del instrumento que se utilice la expresión partes sociales, derechos sociales o similares, por la palabras acciones. TERCERO: Rectifíquese así también el párrafo 9° de la escritura de constitución, el cual dentro de sus títulos contiene lo siguiente “CESIÓN DE DERECHOS. La cesión de derechos sociales requerirá el consentimiento de la socia o de la unanimidad de los socios si fueran más en el futuro. En caso de que en el futuro existieren varios socios, y alguno de ellos manifestare su intención de poner término a su participación en la sociedad, deberá ofrecer preferentemente sus derechos sociales a los demás socios, quienes gozarán de un derecho de adquisición preferente, en proporción a sus respectivas participaciones. Sólo si los demás socios no ejercieren tal derecho, el socio podrá ceder sus derechos a un tercero, previa aprobación unánime de los socios restantes. Esta preferencia deberá respetarse aun en casos de cesión a título gratuito o a parientes del socio cedente. La cesión de derechos sociales requerirá el consentimiento de la socia o de la unanimidad de los socios si fueran más en el futuro” debiendo ser suprimido y en su lugar decir lo siguiente; COMPRAVENTA DE ACCIONES: Se deja establecido que las acciones de la Sociedad podrán ser objeto de compraventa en cualquier tiempo. Toda compraventa de acciones deberá constar por escrito, en instrumento privado firmado ante notario o por escritura pública, y sólo producirá efectos respecto de la Sociedad y de terceros desde su anotación en el Registro de Accionistas, el cual será llevado por la administración, quedando ésta facultada para practicar las anotaciones que correspondan y emitir, si procediere, los títulos respectivos. CUARTO: Por último, rectifíquese el instrumento público en todas aquellas partes que se señale la palabra socia o socios por accionista. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 06 de Enero de 2026.-
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公司目的
La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, a todas las actividades propias del giro inmobiliario, tales como la adquisición, enajenación, construcción, urbanización, subdivisión, administración, arriendo y explotación de bienes raíces urbanos o rurales; la compraventa, permuta y arrendamiento de inmuebles, ya sea con recursos propios o de terceros; la administración de edificios, oficinas, locales comerciales, estacionamientos o condominios; la inversión en bienes raíces o en sociedades con fines similares; y, en general, toda actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con el rubro inmobiliario. Asimismo, podrá dedicarse al corretaje de propiedades, tanto en la intermediación de compra y venta como de arriendos; a la prestación de asesorías legales, comerciales, técnicas o financieras en materias inmobiliarias; y a la inversión en valores mobiliarios, acciones, bonos u otros instrumentos financieros, con o sin presencia bursátil. Podrá además desarrollar cualquier otra actividad lícita relacionada con los fines anteriores o que le sea complementaria o accesoria.
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总资本
$210.781.065
实缴资本
$210.781.065
待缴资本
$0
股份
210,781
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Lorena Alejandra Leiva Ramírez Accionista 12.xxx.xxx-1 | 12.xxx.xxx-1 | 100% | $210.781.065 |
管理人(1)
Lorena Alejandra Leiva Ramírez
SII 代表(1)
Lorena Alejandra Leiva Ramírez
摘要官方正文
Ministerio del Interior ALVARO ZAMBRANO ALARCON, Notario Público Temuco, Hochstetter 560, Suplente del Titular don ALVARO VALDEBENITO SALGADO. CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, doña LORENA ALEJANDRA LEIVA RAMÍREZ, chilena, divorciada, ingeniero forestal, cédula nacional de identidad N°12.708.113-1, domiciliada en calle Thiers N°811, departamento 1104 B, comuna y ciudad de Temuco, constituyó una sociedad por acciones denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES LORENA LEIVA SpA”, Nombre de fantasía "INMOBILIARIA LORENA SpA, cuyo domicilio será la ciudad de Temuco, Región de La Araucanía, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otras localidades del país. EL OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, a todas las actividades propias del giro inmobiliario, tales como la adquisición, enajenación, construcción, urbanización, subdivisión, administración, arriendo y explotación de bienes raíces urbanos o rurales; la compraventa, permuta y arrendamiento de inmuebles, ya sea con recursos propios o de terceros; la administración de edificios, oficinas, locales comerciales, estacionamientos o condominios; la inversión en bienes raíces o en sociedades con fines similares; y, en general, toda actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con el rubro inmobiliario. Asimismo, podrá dedicarse al corretaje de propiedades, tanto en la intermediación de compra y venta como de arriendos; a la prestación de asesorías legales, comerciales, técnicas o financieras en materias inmobiliarias; y a la inversión en valores mobiliarios, acciones, bonos u otros instrumentos financieros, con o sin presencia bursátil. Podrá además desarrollar cualquier otra actividad lícita relacionada con los fines anteriores o que le sea complementaria o accesoria. EL CAPITAL SOCIAL ES DE $210.781.065.-dividido en doscientos diez mil setecientos ochenta y un partes sociales de un valor de mil pesos cada una, suscrito y pagado en su totalidad por la socia mediante el aporte de los siguientes bienes raíces: 1. Departamento N° 905 y bodega N° 119 del Edificio Doña Olga, ubicado en calle Hochstetter N° 1050, Temuco, inscrito a fojas 6009 vuelta, N° 7609 del Registro de Propiedad del año 2006, CBR Temuco, rol de avalúo fiscal N° 0552-00471, avaluado en cincuenta y cinco millones trescientos cuarenta y un mil quinientos setenta y dos pesos. 2. Departamento N° 1104 B del Edificio Thiers, calle Thiers N° 811, comuna de Temuco, inscrito a fojas 16823 vuelta, N° 9224 del Registro de Propiedad del año 2019, CBR Temuco, rol de avalúo fiscal N° 0411-00281, avaluado en cincuenta y cinco millones cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos cuarenta y un pesos. 3. Estacionamiento N° 35 del mismo edificio, calle Thiers N° 811, comuna de Temuco, inscrito a fojas 16824 vuelta, N° 9225 del Registro de Propiedad del año 2019, CBR Temuco, rol de avalúo fiscal N° 0411-00292, avaluado en cuatro millones doscientos cuarenta y un mil trescientos sesenta y nueve pesos. 4. Departamento N° 69 y bodega N° 18 del Edificio Avenida Alemania, ubicado en Avenida Alemania N° 587, comuna de Temuco, inscrito a fojas 2244 vuelta, N° 2026 del Registro de Propiedad del año 2020, CBR Temuco, rol de avalúo fiscal N° 1376-186, avaluado en cuarenta millones cuatrocientos nueve mil ciento nueve pesos. 5. Departamento N°1404 del 14° piso, la Bodega 22 del 1° piso y el Estacionamiento N° 122 del 1° subterráneo, todos del edificio Don Fernando, del Condominio Plaza Hochstetter, de Temuco, inscritos a fojas 1013 Frente, N°674 del Registro de Propiedad del año 2020, CBR Temuco, rol de avaluo fiscal N°1552-269, 1552-58 y 1552-127, avaluados en cincuenta y cinco millones trescientos veintitrés mil doscientos setenta y cuatro pesos, LA ADMINISTRACIÓN, USO Y REPRESENTACIÓN LEGAL de la sociedad corresponderá en forma exclusiva a la socia doña Lorena Alejandra Leiva Ramírez, con amplias facultades legales y convencionales, señalas en escritura. DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Temuco, Región de La Araucanía, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otras localidades del país. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 5 años, contados desde la fecha de su constitución, prorrogables. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de la socia se limita al monto de sus aportes. Las diferencias que ocurran entre los accionistas, los accionistas y la sociedad o sus administradores o liquidadores, y la sociedad o sus administradores o liquidadores, serán resueltas por un árbitro arbitrador, que será designado por los accionistas cuando así se requiera. Temuco, 14 de Octubre de 2025.
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- CONSTITUCIÓN
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CVE 2788301
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CVE 2759808
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INMOBILIARIA E INVERSIONES LORENA LEIVA SpA
CVE 2754216
- CONSTITUCIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES LORENA LEIVA SpA
CVE 2722543
