Inmobiliaria Patio Riquelme SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$840.000.000
实缴资本
$50.000.000
待缴资本
$790.000.000
股份
16,800
股东(7)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
GUILLERMO ESTEBAN SCHUCHHARDT CARIOLA Accionista | - | - | $350.000.000 |
Accionista | - | - | $440.000.000 |
SEBASTIÁN GUILLERMO SCHUCHHARDT MUÑOZ Accionista | - | - | - |
VICENTE BENJAMÍN SCHUCHHARDT MUÑOZ Accionista | - | - | - |
ANDREA VALENTINA SCHUCHHARDT MUÑOZ Accionista | - | - | - |
PATRICIA ANGÉLICA MUÑOZ ESPINOZA Accionista | - | - | - |
INMOBILIARIA RAMÍREZ Y SCHUCHHARDT LIMITADA Accionista | - | - | - |
摘要官方正文
Ministerio del Interior NATALIA ALEJANDRA BURGOS FLORES, abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luís Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por escritura pública de fecha 27 de febrero de 2026, otorgada ante el titular don PEDRO ALFONSO SEGUNDO CONTRERAS GUTIÉRREZ, reduce a escritura pública el acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad “INMOBILIARIA PATIO RIQUELME SpA”, celebrada en veintisiete de febrero de dos mil veintiséis, dejándose constancia de que se encontraban presentes y/o debidamente representados los accionistas titulares de la totalidad de las mil acciones emitidas, esto es GUILLERMO ESTEBAN SCHUCHHARDT CARIOLA, SEBASTIAN GUILLERMO SCHUCHHARDT MUÑOZ, VICENTE BENJAMÍN SCHUCHHARDT MUÑOZ, ANDREA VALENTINA SCHUCHHARDT MUÑOZ, PATRICIA ANGELICA MUÑOZ ESPINOZA y ENZO RAMÍREZ SCHUCHHARDT por si y en representación de INMOBILIARIA RAMIREZ Y SCHUCHHARDT LTDA, por lo que la junta se constituyó válidamente y los acuerdos se adoptaron por unanimidad. La Junta, luego de analizar el proyecto que desarrolla la sociedad y las necesidades de financiamiento, acuerda, en primer lugar, aumentar el capital social desde la suma de cincuenta millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, a la suma de ochocientos cuarenta millones de pesos, dividido en dieciséis mil ochocientas acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, todas de igual valor entre sí y sin valor nominal, aumento que se efectuará mediante la incorporación de nuevos aportes por setecientos noventa millones de pesos, materializados a través de la emisión y colocación de quince mil ochocientas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una sola serie, todas de igual valor y sin valor nominal, que el administrador emitirá a un precio de cincuenta mil pesos cada acción. Se deja constancia de que el capital actual de cincuenta millones de pesos, totalmente suscrito y pagado, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se encuentra distribuido de la siguiente manera: don GUILLERMO ESTEBAN SCHUCHHARDT CARIOLA es titular de ciento sesenta y siete acciones; don SEBASTIÁN GUILLERMO SCHUCHHARDT MUÑOZ es titular de ciento veinticinco acciones; don VICENTE BENJAMÍN SCHUCHHARDT MUÑOZ es titular de ciento veinticinco acciones; doña ANDREA VALENTINA SCHUCHHARDT MUÑOZ es titular de ciento veinticinco acciones; doña PATRICIA ANGÉLICA MUÑOZ ESPINOZA es titular de ciento veinticinco acciones; y la sociedad INMOBILIARIA RAMÍREZ Y SCHUCHHARDT LIMITADA es titular de trescientas treinta y tres acciones, todo ello conforme a los estatutos vigentes. Las quince mil ochocientas acciones de pago que se emiten con ocasión del aumento de capital son ofrecidas en primer término a los accionistas en ejercicio de su derecho de opción preferente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo sexto de los estatutos y con las normas supletorias de la Ley N° dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas y artículo cuatrocientos treinta y cuatro del Código de Comercio. Sin embargo, los accionistas don SEBASTIÁN GUILLERMO SCHUCHHARDT MUÑOZ, don VICENTE BENJAMÍN SCHUCHHARDT MUÑOZ, doña ANDREA VALENTINA SCHUCHHARDT MUÑOZ, doña PATRICIA ANGÉLICA MUÑOZ ESPINOZA y la sociedad INMOBILIARIA RAMÍREZ Y SCHUCHHARDT LIMITADA dejan constancia expresa de su renuncia al derecho preferente de suscribir la totalidad de las quince mil ochocientas acciones emitidas, en favor de los accionistas don GUILLERMO ESTEBAN SCHUCHHARDT CARIOLA y don ENZO RAMÍREZ SCHUCHHARDT. En virtud de lo anterior, la Junta acuerda que de las quince mil ochocientas acciones de pago, don GUILLERMO ESTEBAN SCHUCHHARDT CARIOLA suscriba y pague siete mil acciones, mediante aporte en especie consistente en el inmueble ubicado en calle Santo Domingo N°s mil setecientos dieciséis y mil setecientos veinte, comuna de Santiago, Región Metropolitana, Rol de Avalúo N° ciento noventa y cuatro guion veintiséis, inscrito a su nombre a fojas dos mil treinta y siete, N° dos mil ochocientos ochenta y tres, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiséis, inmueble que el aportante valora en la suma de trescientos cincuenta millones de pesos, y que la transferencia del dominio se materializará mediante instrumento separado otorgado en este mismo acto. Asimismo, se acuerda que las restantes ocho mil ochocientas acciones de pago sean suscritas y pagadas por don ENZO RAMÍREZ SCHUCHHARDT, quien aporta en especie el inmueble ubicado en calle Riquelme N° quinientos treinta y seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana, Rol de Avalúo N° ciento noventa y cuatro guion dieciocho, inscrito a su nombre a fojas veintitrés mil doscientos catorce, N° treinta y cuatro mil ciento treinta y uno, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintiuno, inmueble que el aportante valora en la suma de cuatrocientos cuarenta millones de pesos, y que la transferencia del dominio se materializará mediante instrumento separado. Para efectos de fijar el precio de colocación de las acciones ordinarias de pago, el Presidente de la Junta informó detalladamente a todos los accionistas acerca de los elementos de valoración y antecedentes relevantes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos diecinueve y veinte del Reglamento de Sociedades Anónimas, normas aplicables supletoriamente a la sociedad por acciones, dejando constancia de que todos los accionistas presentes manifestaron su pleno conocimiento de la información proporcionada y su expresa conformidad con las proposiciones relativas a la colocación y valoración de las acciones, acordándose en consecuencia que el precio de emisión sea de cincuenta mil pesos por acción, cumpliéndose así con la normativa vigente y quedando la emisión, suscripción y pago de las nuevas acciones sujeta a dicho valor. En coherencia con lo precedentemente resuelto, la Junta acordó modificar los estatutos sociales, sustituyendo íntegralmente el artículo quinto permanente y el artículo primero transitorio, los que pasan a quedar redactados, en lo pertinente, en los siguientes términos esenciales: el “Artículo Quinto” establece que el capital de la sociedad es la suma de ochocientos cuarenta millones de pesos, dividido en dieciséis mil ochocientas acciones nominativas, de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal; y el “Artículo Primero Transitorio” dispone que el aumento de capital desde cincuenta millones de pesos a ochocientos cuarenta millones de pesos se entera, primero, con el capital actual de cincuenta millones de pesos, totalmente suscrito y pagado y dividido en mil acciones ordinarias, distribuidas entre los accionistas en las cantidades ya señaladas, y segundo, con la capitalización de setecientos noventa millones de pesos mediante la emisión de quince mil ochocientas acciones de pago, ordinarias, nominativas, de una serie, todas de igual valor y sin valor nominal, las que el administrador emitirá de una sola vez o en forma paulatina, a un precio de cincuenta mil pesos cada una, quedando constancia de la renuncia al derecho de opción preferente de los accionistas ya individualizados y de que tales acciones han sido aceptadas a suscripción y pago por don GUILLERMO ESTEBAN SCHUCHHARDT CARIOLA y don ENZO RAMÍREZ SCHUCHHARDT en la forma ya descrita. Finalmente, por unanimidad de los accionistas asistentes, la Junta confiere poder especial a don PEDRO ALFONSO SEGUNDO CONTRERAS GUTIÉRREZ para reducir a escritura pública la presente acta, en todo o en parte, con las más amplias facultades, y faculta al portador de copia autorizada o extracto de dicha escritura para requerir la inscripción del presente extracto en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, disponer su publicación en el Diario Oficial y realizar todos los demás actos y gestiones que sean necesarios para la completa legalización, vigencia y oponibilidad de los acuerdos precedentemente indicados, incluidos aquellos que deban cumplirse ante el Servicio de Impuestos Internos y demás organismos competentes. Santiago, 11 de marzo de 2026.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA PATIO RIQUELME SpA
CVE 2783081
