Inversiones Reemprender Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La sociedad tendrá por objeto: a) la compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo la sociedad con tal propósito, comprar y vender acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; b) la percepción de rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) la inversión en bienes raíces y la explotación de los mismos a cualquier título, la compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, lotero, división, construcción y urbanización de bienes raíces; d) la construcción, desarrollo y explotación, a cualquier título, de hoteles y servicios afines; e) la promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios; y f) constituir e ingresar en otras sociedades de cualquier naturaleza e invertir en ellas.
资本
总资本
$345.000.000
实缴资本
$345.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 77.073.861-K | 77.073.861-K | 99% | $341.550.000 |
ÓSCAR NICOLÁS ARELLANO FIGUEROA Socio 16.xxx.xxx-2 | 16.xxx.xxx-2 | 1% | $3.450.000 |
管理人(1)
JORGE ALEJANDRO ARELLANO RIQUELME
摘要官方正文
Ministerio del Interior Pablo Martínez Loaiza, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales N° 5841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de junio del 2025, ante mí, don JORGE ALEJANDRO ARELLANO RIQUELME, chileno, casado bajo separación de bienes, administrador de empresas, cédula de identidad número siete millones setecientos quince mil quinientos ochenta guion cinco, para estos efectos en pasaje Kayú, número seis dieciocho, en representación de la sociedad INVERSIONES AURORA SpA, persona jurídica del giro de su denominación, rol único tributario setenta y siete millones setenta y tres mil ochocientos sesenta y uno guion k, del domicilio de su representante y don ÓSCAR NICOLÁS ARELLANO FIGUEROA, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número dieciséis millones ciento noventa y dos mil cuatrocientos cincuenta y uno guion dos, domiciliado en calle Miguel Ángel Buonarroti número trescientos seis comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón y domicilio social: “INVERSIONES REEMPRENDER LIMITADA”. Tendrá domicilio en la comuna de las Condes. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la compra, venta, administración y explotación para fines de inversión y renta de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo la sociedad con tal propósito, comprar y vender acciones, bonos, debentures, derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios y cualquier otro instrumento del mercado de capitales o financiero, ya sea a través de éste o del comercio electrónico; b) la percepción de rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración; c) la inversión en bienes raíces y la explotación de los mismos a cualquier título, la compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento, administración, lotero, división, construcción y urbanización de bienes raíces; d) la construcción, desarrollo y explotación, a cualquier título, de hoteles y servicios afines; e) la promoción, organización, desarrollo y participación en todo tipo de negocios; y f) constituir e ingresar en otras sociedades de cualquier naturaleza e invertir en ellas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de trescientos cuarenta y cinco millones de pesos, aportado por los socios de la siguiente manera: A) INVERSIONES AURORA SpA, aporta la suma de trescientos cuarenta y un millones quinientos cincuenta mil pesos equivalente al noventa y nueve por ciento de derechos que paga aportando en dominio a la sociedad el inmueble de su propiedad ubicado en Carretera Panamericana Norte número mil setecientos cincuenta, que corresponde al lote dos-C-uno, del plano respectivo, Comuna de Renca, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE, en ochenta y siete metros noventa centímetros con propiedad de Humberto González Bustamante, hoy propiedad de González Cáceres; SUR, en ochenta y siete metros y noventa centímetros, con propiedad de Curtiembre Romen S.A.C.I.; ESTE, en veintiséis metros veintinueve centímetros con Carretera Panamericana Norte; OESTE, en veintiséis metros veintinueve centímetros con propiedad de Compañía Cervecerías Unidas. Dicho inmueble fue adquirido por Inversiones Aurora SpA por asignación en la división de la SOCIEDAD FORESTAL LOS NOGALES LIMITADA, según escritura de fecha veinticinco de enero del año dos mil diecinueve, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Repertorio Número 2837.- El inmueble se encuentra inscrito a fojas veintiséis mil novecientos veintitrés número treinta y ocho mil novecientos dieciocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y su rol de avalúo es trescientos cincuenta y seis guion ciento setenta y dos. B) Don Oscar Nicolás Arellano Figueroa, ya individualizado, aporta la suma de tres millones cuatrocientos cincuenta mil pesos que paga al contado en este acto en dinero efectivo ingresado a la caja social. En tal virtud los socios acuerdan que a este socio le corresponde el uno por ciento de los derechos sociales de la empresa. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JORGE ALEJANDRO ARELLANO RIQUELME, ya individualizado, quien anteponiendo la razón social a su firma obligará y representará con las más amplias facultades y atribuciones. Vigencia: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá un plazo de cinco años que se entenderá renovado por períodos sucesivos de cinco años a menos que alguno de los socios manifiesten la voluntad de no renovarla mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción en el registro de comercio con una antelación no inferior a seis meses con relación a la fecha de vencimiento del plazo original o de alguna de sus prorrogas. Pablo Martínez Loaiza, La Reina, 27 junio de 2025.
最近登记事项
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES REEMPRENDER LIMITADA
CVE 2669669
