Inmobiliaria San Ernesto Limitada
Diario Oficial
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资本
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$18.000.000
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摘要官方正文
JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público de la Primera Notaría de Quillota, con oficio en calle Pudeto Nº 398, comuna de Quillota, certifica, por escritura de fecha 19 de diciembre de 2024, Repertorio N°2177-2024, ante mí, Jorge Goycoolea Lira, Cristina Beatriz Nagel Cordua, Jorge Reinaldo Goycoolea Nagel y Juan Cristóbal Goycoolea Nagel, todos domiciliados en Camino Internacional, kilómetro 55, San Pedro, comuna de Quillota, Región de Valparaíso, acordaron modificar la Sociedad “Inmobiliaria San Ernesto Limitada”, inscrita a fojas 789 vuelta, número 770 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña Del Mar correspondiente al año 1990 (en adelante, la “Sociedad”), en lo siguiente: (i) Modificación de Administración: Acordaron que la administración de la Sociedad corresponderá a los socios doña Cristina Beatriz Nagel Cordua, don Jorge Reinaldo Goycoolea Nagel, y/o don Juan Cristóbal Goycoolea Nagel, quienes actuando dos conjuntamente cualquiera de ellos; anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades conforme se señala en el artículo Cuarto de los estatutos sociales. Sin perjuicio de lo anterior, se exigirá la firma conjunta de los socios doña Cristina Beatriz Nagel Cordua, don Jorge Reinaldo Goycoolea Nagel, y/o don Juan Cristóbal Goycoolea Nagel, para el ejercicio de las siguientes actuaciones: UNO: Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar, a cualquier título bienes inmuebles. DOS: Dar y recibir bienes inmuebles en hipoteca, dividirlas, posponerlas, alzarlas y/o cancelarlas. TRES: Constituir a la sociedad en aval y/o codeudora solidaria y fiadora de obligaciones de terceros. CUATRO: Dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales; sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosas muebles vendidas a plazo u otras especiales; alzarlas y cancelarlas; CINCO: Contratar préstamos en cualquier forma, sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, créditos en cuentas especiales, avances contra aceptación, contratando líneas de crédito, con instituciones de créditos y/o de Fomento y, en general, con cualquiera persona natural o jurídica, de derecho público o de derecho privado, y emitir efectos de comercio, en conformidad a la Ley. (ii) Modificación de los estatutos de la Sociedad: Se acordó reemplazar el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad según consta en la escritura extractada; (iii) Vigencia del Pacto Social: En lo no modificado, se mantiene vigente el estatuto social original y sus modificaciones, en especial la limitación de responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Capital social: 18.000.000.- Demás acuerdos constan en escritura extractada. Quillota, 14 de enero de 2025.
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- MODIFICACIÓN
Inmobiliaria San Ernesto Limitada
CVE 2600679
