González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$1.200.000
实缴资本
$1.200.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Patricio Alberto González Marín Socio | - | 50% | $600.000 |
Socio | - | 50% | $600.000 |
管理人(2)
Patricio Alberto González Marín
公报所载公司沿革
- 权益转让· 2024年7月23日
Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand cede el 50% de su participación a Patricio Alberto González Marín
Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand · Patricio Alberto González Marín
- 权益转让· 2024年7月23日
Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand cede el 50% de su participación a Yamil Samir Musalem Miranda
Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand · Yamil Samir Musalem Miranda
- 股东退出· 2024年7月23日
Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand se retira de la sociedad
- 名称变更· 2024年7月23日
La razón social se modifica a González y Musalem Abogados Limitada
Patricio Alberto González Marín · Yamil Samir Musalem Miranda
- 资本变更· 2024年7月23日
El capital social se fija en $1.200.000, íntegramente enterado
Patricio Alberto González Marín · Yamil Samir Musalem Miranda
- 管理人变更· 2024年7月23日
La administración pasa indistintamente a cualquiera de los socios
Patricio Alberto González Marín · Yamil Samir Musalem Miranda
摘要官方正文
HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26ª Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes certifica: Por escritura pública de fecha 23 de julio de 2024, repertorio Nº 5044, ante mí, don Patricio Alberto González Marín, don Yamil Samir Musalem Miranda y don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand, todos domiciliados en calle Francisco Noguera 200, oficina 501, Providencia, Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada “GONZÁLEZ, MUSALEM Y WEGMANN ABOGADOS LIMITADA”, inscrita a fojas 3.998, N° 1.644 del Registro de Comercio de Santiago del año 2024. - Don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand vende, cede y transfiere el 50% de su participación en la sociedad “González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada” a don Patricio Alberto González Marín, quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $200.000. Don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand vende, cede y transfiere el 50% de su participación en la sociedad “González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada” a don Yamil Samir Musalem Miranda, quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $200.000.- Como consecuencia de las cesiones de derechos antes indicadas y con el expreso consentimiento de los socios, don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand se retira con esta fecha de la sociedad “González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada”, quedando como únicos socios don Patricio Alberto González Marín, titular del 50% de los derechos sociales, y don Yamil Samir Musalem Miranda, titular del 50% de los derechos sociales. Don Patricio Alberto González Marín y don Yamil Samir Musalem Miranda, en sus calidades de únicos socios de “González y Musalem Abogados Limitada”, acuerdan sustituir los artículos primero, quinto, séptimo y octavo de los estatutos sociales, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “Artículo Primero: La razón social de la sociedad será “González y Musalem Abogados Limitada”, pudiendo usar además e indistintamente, como nombres de fantasía, “González & Musalem Abogados", “González & Musalem”, o “GM Abogados”, con los cuales se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra”. “Artículo quinto: El capital de la sociedad será la cantidad de un millón doscientos mil pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: /a/ don Patricio Alberto González Marín aporta la cantidad de seiscientos mil pesos, esto es, el cincuenta por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo en la caja social; y /b/ don Yamil Samir Musalem Miranda aporta la cantidad de seiscientos mil pesos, esto es, un cincuenta por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo en la caja social”. “Artículo séptimo: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden indistintamente a cualesquiera de los socios, como sus “socios administradores”, quienes actuarán y tendrán las facultades y poderes que se establecen en el Artículo Octavo siguiente”. “Artículo octavo: Los socios administradores tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, tanto en Chile como en el extranjero, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las facultades de los Artículos Séptimo, en sus dos incisos, y Octavo del Código de Procedimiento Civil, los cuales se encuentran enteramente reproducidos en el presente estatuto. Al efecto, y sin que la enunciación que sigue importe limitación alguna de facultades, cualesquiera de los socios, actuando separada e indistintamente, podrán en su calidad de administradores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de agosto de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada
CVE 2532512
