Comercializadora House Limitada
Diario Oficial
公司信息
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández Socio | - | 49% | - |
Socio | - | 49% | - |
Socio | - | 2% | $4.000.000 |
管理人(3)
公报所载公司沿革
- 设立· 2002年6月18日
Se constituye la sociedad Comercializadora House Limitada.
- 其他行为· 2015年11月26日
Modificación previa: quedan como únicos socios Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández y María Eugenia Guzzo con 50% de los derechos sociales cada uno.
Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández · María Eugenia Guzzo
- 权益转让· 2023年3月9日
María Eugenia Guzzo cede 1% de los derechos sociales a Zoé Sepúlveda Guzzo y Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández cede 1% de sus derechos sociales a Zoé Sepúlveda Guzzo.
María Eugenia Guzzo · Zoé Sepúlveda Guzzo · Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández
摘要官方正文
PABLO A. GONZALEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público, Titular de la 9 Notaria de Santiago, con oficio en esta misma comuna en calle Teatinos 333 entrepiso. CERTIFICA: que por escritura pública de fecha 09 de Marzo de 2023, otorgada ante el Notario Suplente de este oficio don Jose Gabriel Araya Maggi, los comparecientes, don Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández, doña María Eugenia Guzzo y doña Zoé Sepúlveda Guzzo, todos domiciliados, para estos efectos, en Av. Kennedy 8806, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “Comercializadora House Limitada”, pudiendo usar el nombre de fantasía “House Amoblamiento Ltda.”. A) Antecedentes: La sociedad se constituyó por escritura pública de fecha 18 de junio de 2002, suscrita en la notaría de Maipú-Santiago de don Manuel C.P. Cammas Montes, cuyo extracto se publicó en el D. O. nº 37.291, del 24 de junio de 2002 y se inscribió a fs. 15.269, nº 12.593, del Registro de Comercio del año 2002, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2015, suscrita en la notaría de Santiago de doña Susana Belmonte Aguirre, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número 41.339, de fecha 23 de diciembre de 2015 y se inscribió a fs. 94.437, n° 55.187, del Registro de Comercio del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. En esta última modificación, entre otras cosas, quedaron como únicos socios Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández y María Eugenia Guzzo con un 50% de los derechos sociales cada uno. Posteriormente, esta sociedad no ha tenido nuevas modificaciones. B) Cesión: a) Con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, María Eugenia Guzzo, vende, cede y transfiere a Zoé Sepúlveda Guzzo, quien compra y acepta para sí, un dos por ciento de sus derechos, acciones y obligaciones que le corresponden en esta sociedad que equivalen a un uno por ciento de la totalidad de los derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de $2.000.000.- que Zoé Sepúlveda Guzzo paga a María Eugenia Guzzo en este acto, al contado, en dinero efectivo. b) Con el consentimiento de la sociedad y de los demás socios, Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández, vende, cede y transfiere a Zoé Sepúlveda Guzzo, quien compra y acepta para sí, un dos por ciento de sus derechos, acciones y obligaciones que le corresponden en esta sociedad que equivalen a un uno por ciento de la totalidad de los derechos sociales. El precio de esta cesión es la suma de $2.000.000.- que Zoé Sepúlveda Guzzo paga a Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández en este acto, al contado, en dinero efectivo. C) Intereses sociales: Producto de lo anterior, quedan como únicos socios Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández con una participación de un 49% de la totalidad de derechos sociales, María Eugenia Guzzo con una participación de un 49% de la totalidad de derechos sociales y Zoé Sepúlveda Guzzo con una participación de un 2% de la totalidad de derechos sociales. D) Administración y uso razón social: Corresponderá en forma conjunta o separada a cualquiera de los socios Marcelo Carlos Benjamín Sepúlveda Fernández, María Eugenia Guzzo y Zoé Sepúlveda Guzzo, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con amplias facultades detalladas en esta escritura extractada ya que el mandato se repacta.- E) Las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán y soportarán entre los socios según lo acuerden cada año, y a falta de acuerdo, se distribuirán en la proporción de sus respectivos aportes. F) Los socios tendrán derecho a retirar anualmente o en las oportunidades que ellos determinen, a cuenta de utilidades, las sumas que de común acuerdo establezcan. G) La sociedad responderá por todos los impuesto que ella pudiera adeudar y, los que como resultado de operaciones sociales, pudiera adeudar los socios, conforme a los art. 68 y 69 del C. Tributario.- H) En todo lo no modificado por la escritura extractada, regirá, íntegramente, el pacto social ya singularizado.- Otras estipulaciones escritura extractada.-
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
COMERCIALIZADORA HOUSE LIMITADA
CVE 2288804
