Inmobiliaria V Y R Limitada
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Josefina Teresa Vargas Rodríguez
Magdalena Teresa Vargas Rodríguez
Constanza Teresa Vargas Rodríguez
Sebastián Alberto Vargas Rodríguez
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KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: que por escritura pública otorgada ante el notario titular Andrés Felipe Rieutord Alvarado, con fecha 29 de mayo de 2024, repertorio número 6.755-2024, (i) la sociedad MARCELO VARGAS Y COMPAÑÍA S.A, debidamente representada por don MARCELO ALBERTO VARGAS MESA ; y, (ii) doña PILAR DE FÁTIMA RODRÍGUEZ BESA modificaron la sociedad “INMOBILIARIA V Y R LIMITADA”, inscrita fojas 71 número 44 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, correspondiente al año 2002, en el siguiente sentido: Modificación Administración Social. Acordaron modificar el Artículo Sexto de los estatutos sociales, relativo a la administración social, quedando redactado con el siguiente tenor: “ ARTÍCULO SEXTO: El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad, quedará establecida mediante la designación de los siguientes apoderados: Uno /i/ Apoderados Clase A: don Marcelo Alberto Vargas Mesa, cédula nacional de identidad número 8.526.853-8, y doña Josefina Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 17.699.079-1; /ii/ Apoderados Clase B: doña Magdalena Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 18.026.097-8, doña Constanza Teresa Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 16.607.819-9, don Sebastián Alberto Vargas Rodríguez, cédula nacional de identidad número 19.079.500-4, don Ignacio Rolando Vargas Mesa, cédula nacional de identidad número 8.070.213-2, y don Andrés Manuel Vargas Mesa, cédula nacional de identidad número 8.170.262-4. Dos. Formas de actuación: /i/ Apoderados clase A. Podrán actuar individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán representarla con amplias facultades. /ii/ Apoderados clase B. Podrán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán representarla con amplias facultades”. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones y acuerdos en la escritura extractada. Santiago, 18 de junio de 2024.
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- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA V Y R LIMITADA
CVE 2520460
