股份公司77.677.152-K

Inversiones Panul SpA

MODIFICACIÓN — 2025年10月6日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2025-10-06查看 PDF(CVE 2708629)

公司信息

SpA
O'Higgins, Aysén

公司目的

La sociedad tendrá por objeto: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; b) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; c) la prestación de servicios de asesoría profesional a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, en el área medio ambiental, económica, comercial y profesional en general, sin limitaciones; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior como también la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto antes señalado; d) la comercialización, distribución, envasado, industrialización, elaboración, producción, representación, importación y exportación de todo tipo de alimentos, helados y bebidas, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales; e) para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clases de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, así como su arrendamiento, subarrendamiento o mera tenencia a cualquier otro título; y f) y en general, toda otra actividad relacionada con los rubros expresados, sea que se realice directamente o a través de sociedades que para dicho efecto se creen o en que participe.

资本

总资本

$20.000.000

实缴资本

$11.000.000

待缴资本

$9.000.000

股份

200

股东(2)

姓名持股比例

KAREN ANGÉLICA VÁSQUEZ LILLO

Accionista

13.xxx.xxx-1

50%

GABRIEL ENRIQUE PÉREZ MUÑOZ

Accionista

12.xxx.xxx-1

50%

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2022年11月9日

    Constitución de INVERSIONES PANUL SpA.

摘要官方正文

Ministerio del Interior MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, local 105, certifico: Por escritura de hoy ante mí, /a/ doña KAREN ANGÉLICA VÁSQUEZ LILLO, cédula nacional de identidad número 13.067.219-1; y, /b/ don GABRIEL ENRIQUE PÉREZ MUÑOZ, cédula nacional de identidad número 12.467.895-1, ambos domiciliados para estos efectos en Bernardo O’Higgins mil trescientos sesenta, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, modificaron la sociedad “INVERSIONES PANUL SpA”, Rol Único Tributario número 77.677.152-K, constituida por escritura pública de fecha 9 de noviembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Santos Muñoz e inscrita a fojas 92.475 número 40.470 en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022. Modificaciones consisten: UNO) Aumento de capital de $10.000.000.- a $20.000.000.- Aumento de capital resulta del aporte de $10.000.000.- mediante emisión de 100 nuevas acciones, nominativas, de una serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, suscrito por don GABRIEL ENRIQUE PÉREZ MUÑOZ, quien ingresa como accionista y suscribe 100 nuevas acciones por $10.000.000.- DOS) Como consecuencia del aumento de capital, los actuales accionistas, doña KAREN ANGÉLICA VÁSQUEZ LILLO y don GABRIEL ENRIQUE PÉREZ MUÑOZ, modifican los Artículos Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos sociales: “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad será la cantidad de veinte millones de pesos, dividido en doscientas acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en la forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios. Las acciones de la sociedad se emitirán sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es de $20.000.000.-, dividido en 200 acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente forma: /Uno/ doña KAREN ANGELICA VASQUEZ LILLO, ha suscrito y pagado $10.000.000.- equivalentes a 100 acciones, que se han enterado con anterioridad y ya han ingresado a las arcas sociales. De esta forma, a doña KAREN ANGELICA VASQUEZ LILLO le corresponde el 50% de las acciones suscritas de la Sociedad; /Dos/ don GABRIEL ENRIQUE PÉREZ MUÑOZ, aporta $10.000.000.- y suscribe en este acto 100 acciones, las cuales representan el 50% de las acciones en que se divide el capital de la Sociedad, de la siguiente manera: a) Con la suma de $1.000.000.- , equivalentes a 10 acciones que se entera en este acto en dinero efectivo y ha ingresado a las arcas sociales; b) Con la suma de $9.000.000.-, equivalentes a 90 acciones, que deberán quedar íntegramente pagadas en un plazo no superior a 5 años contados desde la fecha de la presente escritura.”. /Tres/ Modifican el objeto social, reemplazando íntegramente el Artículo Segundo del Título Primero del estatuto social, quedando de la siguiente manera: “ARTICULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: a) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; c) la prestación de servicios de asesoría profesional a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, en el área medio ambiental, económica, comercial y profesional en general, sin limitaciones; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado directa e indirectamente con lo anterior como también la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el objeto antes señalado; d) la comercialización, distribución, envasado, industrialización, elaboración, producción, representación, importación y exportación de todo tipo de alimentos, helados y bebidas, mediante la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena de establecimientos comerciales; e) para la consecución de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar, realizar, celebrar e implementar actos, negocios, actividades y servicios materia de su objeto y para ello podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clases de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, así como su arrendamiento, subarrendamiento o mera tenencia a cualquier otro título; y f) y en general, toda otra actividad relacionada con los rubros expresados, sea que se realice directamente o a través de sociedades que para dicho efecto se creen o en que participe.”.Demás estipulaciones constan escritura extractada. Viña del Mar, 25 de septiembre de 2025.

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  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES PANUL SpA

    CVE 2708629

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