Juan Jose De La Cerda Edwards Servicios Juridicos E.I.R.L..
Diario Oficial
公司信息
公司目的
La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.
资本
总资本
$1.000.000
实缴资本
$1.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-0 | 18.xxx.xxx-0 | 90% | $900.000 |
Socio 16.xxx.xxx-6 | 16.xxx.xxx-6 | 10% | $100.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2022年4月6日
Constitución de la empresa individual de responsabilidad limitada JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS SERVICIOS JURIDICOS E.I.R.L.
- 权益转让· 2023年1月10日
JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS cede el 10% de sus derechos a ALVARO BRUNO ULLOA URREA.
- 公司形式转换· 2023年1月10日
La E.I.R.L. se transforma en sociedad de responsabilidad limitada DE LA CERDA EDWARDS Y COMPAÑÍA LIMITADA.
摘要官方正文
JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, notario suplente de don Luis Ignacio Manquehual Mery, notario titular de la 8va. Notaría de Santiago, con domicilio en huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que por escritura pública, repertorio N° 444-2023, otorgada con fecha 10 de enero de 2023, ante el notario titular: don JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS, cedula de identidad N° 18.145.516-0, y don ALVARO BRUNO ULLOA URREA, cedula de identidad N° 16.749.162-6, ambos domiciliados en calle 3 Norte N° 166, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, suscribieron una escritura de cesión de derechos y transformación de empresa individual de responsabilidad limitada “JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS SERVICIOS JURIDICOS E.I.R.L.”, rol único tributario N° 77.562.325-K, inscrita a fojas 25.834, numero 11.959, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022, y publicada en el Diario Oficial de fecha 06 de abril de 2022; instrumento mediante el la cual don JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS, vendió, cedió y transfirió el 10% de sus derechos a don ALVARO BRUNO ULLOA URREA, quien compro, acepto y adquirió los referidos derechos. Como consecuencia de la cesión referida, JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS y don ALVARO BRUNO ULLOA URREA, transformaron la empresa individual de responsabilidad limitada “JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS SERVICIOS JURIDICOS E.I.R.L.” en una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social. El nombre o razón social de la sociedad será “DE LA CERDA EDWARDS Y COMPAÑÍA LIMITADA” Objeto. El objeto de la sociedad será: /i/ La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicio profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado; y /ii/ Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Administración, Representación y Uso de la Razón Social. La administración, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad corresponderá a don Juan Jose De la Cerda Edwards, cédula de identidad número 18.145.516-0, quien, anteponiendo la razón social a su firma, representará válidamente a la Sociedad con las facultades establecidas en los estatutos sociales. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, íntegramente aportado, pagado y enterado por los socios de la siguiente forma: /a/ don Juan Jose De la Cerda Edwards aportó la suma de 900.000 pesos, correspondientes al 90% del capital social, los cuales enteró y pagó con anterioridad a esta fecha; y /b/ don Álvaro Bruno Ulloa Urrea aportó la suma de 100.000 pesos, correspondientes al 10% del capital social, los cuales enteró y pagó con anterioridad a esta fecha. Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o en el extranjero, así como aquellos domicilios convencionales que se puedan pactar para determinados actos y contratos. Duración. El plazo de duración de la sociedad será de 10 años, el que se prorrogará automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que alguno de los socios, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarlo mediante declaración hecha por escritura pública y anotada en el Registro de Comercio respectivo, al margen de la inscripción social. Responsabilidad. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2023. J.C. Berrios Castro.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
JUAN JOSE DE LA CERDA EDWARDS SERVICIOS JURIDICOS E.I.R.L.
CVE 2256817
