Forestal Santa Esperanza Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El desarrollo de labores de establecimiento y manejo de bosques, explotación de bosques, construcción de caminos forestales, protección contra incendios forestales, capacitación forestal, transporte, carguío y descarguío de productos forestales, arriendo de vehículos, comercialización, compraventa de maderas bosques y afines. Además, tendrá por objeto el Servicio de Transporte Aéreo y/o Trabajos Aéreos con Fines de Lucro. Podrá ejecutar todo tipo de proyectos forestales de transportes, maderas, capacitación forestal y afines, tomar concesiones de otras empresas afines; crearlas, tomar interés en ellas o participación: celebrar convenios, actos o contratos o desarrollar actividades relacionadas con la silvicultura, protección de incendios en general, de cualquier naturaleza que sean, ya con particulares, entidades estatales, fiscales o aquellas en que el Estado o sus representantes tengan interés, y, en general celebrar y enajenar toda clase de actos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social.
资本
总资本
$5.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-8 | 11.xxx.xxx-8 | - | - |
ISMAEL AUGUSTO BRAVO KALOGERINYS Socio 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | - | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 2000年12月22日
Constitución de FORESTAL SANTA ESPERANZA LIMITADA.
- 资本变更· 2001年4月19日
Se sanea la sociedad mediante escritura pública.
- 资本变更· 2023年4月19日
Aumento de capital de $2.000.000 a $5.000.000.
- 其他行为· 2024年10月22日
Se incorpora al objeto social la actividad de Servicio de Transporte Aéreo y/o Trabajos Aéreos con Fines de Lucro.
MÓNICA CAROLINA CASTRO CORREA · ISMAEL AUGUSTO BRAVO KALOGERINYS
摘要官方正文
VILMA NAVARRO REYES, Notaria Público Titular de Licantén, Orsodeli 108-E, Licantén, certifica: Por escritura hoy ante mí, Repertorio 424-2023, doña MÓNICA CAROLINA CASTRO CORREA, cédula de identidad número 11.892.523-8, y don ISMAEL AUGUSTO BRAVO KALOGERINYS, cédula de identidad número 10.781.440- K, ambos domiciliados en calle Libertad 151 de la ciudad y comuna de Hualañé, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “FORESTAL SANTA ESPERANZA LIMITADA”, RUT 77.554.840-1, constituida por escritura pública Repertorio 650-2000, de 22 de diciembre de 2000 otorgada en la Notaría de Licantén con un capital social de $2.000.000, cuyo extracto se inscribió a fojas tres (3) número tres (3) ) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del año dos mil uno (2001), publicado en el Diario Oficial número 36855 de fecha 06 de enero de 2001, saneada por escritura pública Repertorio 186-2001 de 19 de abril de 2001 otorgada también en la Notaría de Licantén, cuyo extracto se inscribió a fojas cuatro (4) número cuatro (4) ) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del año dos mil uno (2001), publicado en el Diario Oficial número 36.949 de fecha 04 de mayo de 2001, modificada luego por escritura pública de fecha 19 de abril de 2023 otorgada igualmente en la Notaría de Licantén, Repertorio 424-2023, aumentando el capital de la sociedad a la suma de $5.000.000, cuyo extracto se inscribió a fojas trece (13) número ocho (8) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del año dos veintitrés (2023) y fue publicado en el Diario Oficial número 43.540 de fecha 02 de mayo de 2023. Modificación consiste en incorporar al objeto social de la sociedad la actividad de “Servicio de Transporte Aéreo y/o Trabajos Aéreos con Fines de Lucro”, reemplazando el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: CUARTO. La sociedad tendrá por objeto el desarrollo de labores de establecimiento y manejo de bosques, explotación de bosques, construcción de caminos forestales, protección contra incendios forestales, capacitación forestal, transporte, carguío y descarguío de productos forestales, arriendo de vehículos, comercialización, compraventa de maderas bosques y afines. Además, tendrá por objeto el Servicio de Transporte Aéreo y/o Trabajos Aéreos con Fines de Lucro. Podrá ejecutar todo tipo de proyectos forestales de transportes, maderas, capacitación forestal y afines, tomar concesiones de otras empresas afines; crearlas, tomar interés en ellas o participación: celebrar convenios, actos o contratos o desarrollar actividades relacionadas con la silvicultura, protección de incendios en general, de cualquier naturaleza que sean, ya con particulares, entidades estatales, fiscales o aquellas en que el Estado o sus representantes tengan interés, y, en general celebrar y enajenar toda clase de actos civiles, mercantiles o administrativos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social”. En lo no modificado rige el pacto social descrito. Licantén, 22 de octubre de 2024. Vilma Navarro Reyes. N.P.
公司信息
资本
总资本
$5.000.000
实缴资本
$5.000.000
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 11.xxx.xxx-8 | 11.xxx.xxx-8 | - | $500.000 |
Ismael Augusto Bravo Kalogerinys Socio 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | - | $4.500.000 |
公报所载公司沿革
- 设立· 2000年12月22日
Constitución de la sociedad Forestal Santa Esperanza Limitada con capital inicial de $2.000.000.
- 其他行为· 2001年4月19日
Saneamiento de la sociedad mediante escritura pública.
- 资本变更· 2023年4月19日
Se aumenta el capital social de $2.000.000 a $5.000.000, con nuevos aportes de los socios en proporción a sus derechos sociales.
Mónica Carolina Castro Correa · Ismael Augusto Bravo Kalogerinys
摘要官方正文
VILMA NAVARRO REYES, Notaria Público Titular de Licantén, Orsodeli 108-E, Licantén, certifica: Por escritura hoy ante mí, Repertorio 424-2023, doña MÓNICA CAROLINA CASTRO CORREA, cédula de identidad número 11.892.523-8, y don ISMAEL AUGUSTO BRAVO KALOGERINYS, cédula de identidad número 10.781.440- K, ambos domiciliados en calle Libertad 151 de la ciudad y comuna de Hualañé, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “FORESTAL SANTA ESPERANZA LIMITADA”, RUT 77.554.840-1, constituida por escritura pública Repertorio 650-2000, de 22 de diciembre de 2000 otorgada en la Notaría de Licantén con un capital social de $2.000.000, cuyo extracto se inscribió a fojas tres (3) número tres (3) ) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del año dos mil uno (2001), publicado en el Diario Oficial número 36855 de fecha 06 de enero de 2001, saneada por escritura pública Repertorio 186-2001 de 19 de abril de 2001 otorgada también en la Notaría de Licantén, cuyo extracto se inscribió a fojas cuatro (4) número cuatro (4) ) del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Licantén del año dos mil uno (2001), publicado en el Diario Oficial número 36.949 de fecha 04 de mayo de 2001. La modificación consiste en aumentar el capital social en la suma de $3.000.000, esto es, desde la suma de $2.000.000, que correspondía al capital original, a la suma de $5.000.000, que corresponde al nuevo capital social, aportado por los socios en proporción a sus derechos sociales, habiendo incrementado la socia doña Mónica Carolina Castro Correa su aporte inicial de doscientos mil pesos con un nuevo aporte por la suma de $300.000, y habiendo incrementado el socio don Ismael Augusto Bravo Kalogerinys su aporte inicial de un millón ochocientos mil pesos con un nuevo aporte por la suma de $2.700.000, nuevos aportes que fueron enterados en dinero efectivo en caja social en el mes de diciembre de 2022. A fin de reflejar en los estatutos de la Sociedad el aumento de capital acordado en el presente instrumento, los socios modificaron los estatutos de la misma en el siguiente sentido: /i/ Modificar y reemplazar el Artículo sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo sexto. A contar del mes de diciembre de dos mil veintidós, el capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, que los socios han aportado de la siguiente forma: UNO) La socia doña Mónica Carolina Castro Correa ha aportado la suma de quinientos mil pesos ($500.000) ya ingresado en la caja social, en dinero efectivo, y DOS) El socio Ismael Augusto Bravo Kalogerinys ha aportado la suma de cuatro millones quinientos mil pesos ($4.500.000.-) ya ingresados en la caja social, en dinero efectivo. En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura pública individualizada en la Cláusula Primera de este instrumento. En lo no modificado rige el pacto social descrito. Licantén, 19 de abril de 2023. Vilma Navarro Reyes. N.P.
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