V.t.g. Chile SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股份
2,000,000
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 19.xxx.xxx-k | 19.xxx.xxx-k | 40% | $800.000 |
Accionista 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | 30% | $600.000 |
Accionista 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 30% | $600.000 |
公报所载公司沿革
- 设立· 2022年2月8日
Constitución original de la sociedad por acciones V.T.G. CHILE S.P.A.
JORGE LUIS GODOY ALFARO · CAMILA ANDREA GODOY CABEZAS · JUAN PABLO CORNEJO GATICA
摘要官方正文
PABLO JOSE HALES BESELER, abogado, Notario Público Titular de la Décima Tercera Notaría de Santiago, con asiento en la Comuna de Santiago, domiciliado en Compañía de Jesús número mil trescientos doce, de esta comuna, Región Metropolitana; Por escritura pública de fecha 31 de marzo de 2022, Repertorio número 1261-2022, otorgada ante mí, certifico: Por escritura pública, de fecha 31 de marzo, ante mí: don JORGE LUIS GODOY ALFARO, abogado, chileno, C.I. 17.032.526-5, domiciliado en Varas Mena número 686, San Miguel, Región Metropolitana, Santiago; vino en rectificar la constitución de la sociedad por acciones,: Nombre o Razón Social: “V.T.G. CHILE S.P.A.”, constituida mediante escritura pública de fecha ocho de febrero del año dos mil veintidós, número de repertorio quinientos cuarenta y seis guion dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público Interino de la Décimo Tercera Notaría de Santiago don Cristóbal Díaz Acevedo, por los socios: don JORGE LUIS GODOY ALFARO, C.I. 17.032.526-5; doña CAMILA ANDREA GODOY CABEZAS, C.I. 19.056.097-K; y don JUAN PABLO CORNEJO GATICA, C.I. 12.677.300-5. En la referida escritura, en su cláusula “QUINTA TRANSITORIA”, se facultó a cada uno de los socios, para que, actuando de forma individual y separada, puedan otorgar las escrituras públicas que se requirieran para efectos de aclarar, complementar, sanear y/o rectificar la escritura pública de constitución de la sociedad. RECTIFICACIÓN: en este acto el compareciente vienen en rectificar la escritura individualizada en el siguiente sentido: Se rectifica la cláusula “PRIMERO TRANSITORIO: SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES” que señala: “PRIMERO TRANSITORIO: SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES: En conformidad al artículo quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad será de dos millones de pesos dividido en dos millones de acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el cual será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Doña Camila Andrea Godoy Cabezas, suscribe en este acto la cantidad de ochocientas acciones, a un precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de ochocientos mil pesos, los que pagan en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.-; b) Don Juan Pablo Cornejo Gatica, suscribe en este acto la cantidad de seiscientas acciones, a un precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de seiscientos mil pesos, los que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.-; C) Don Jorge Luis Godoy Alfaro, suscribe en este acto la cantidad de seiscientas acciones, a un precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de seiscientos mil pesos, los que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.-; reemplazándose por el siguiente texto: “PRIMERO TRANSITORIO: SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES: En conformidad al artículo quinto de estos Estatutos, el capital de la Sociedad será de dos millones de pesos dividido en dos millones de acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el cual será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Doña Camila Andrea Godoy Cabezas, suscribe en este acto la cantidad de ochocientas mil acciones al precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de ochocientos mil pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.-; b) Don Juan Pablo Cornejo Gatica, suscribe en este acto la cantidad de seiscientas mil acciones a un precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de seiscientos mil pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.-; C) Don Jorge Luis Godoy Alfaro, suscribe en este acto la cantidad de seiscientas mil acciones al precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de seiscientos mil pesos que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.”. En todo lo no modificado o rectificado se mantiene vigente lo establecido en la escritura de constitución de la sociedad. Capital social: 2.000.000.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 18 de abril de 2022.-db
公司信息
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en persona o por medios digitales, a las siguientes actividades: compra, venta, distribución, comercialización, fabricación, consignación, franquicia, importación, exportación, diseño y confección de toda clase de productos, artículos, componentes e insumos de carácter industrial, tales como: motores, reductores, bombas, transformadores, generadores, variadores de frecuencia, sellos, rodamientos, rodetes, retenes, partes y piezas y toda clase de equipos y componentes de carácter industrial. Asimismo, podrá realizar cualquier tipo de actividad comercial e industrial relacionada con los productos señalados. En general, podrá perfeccionar todos los actos y contratos que estime necesarios o convenientes para concretar sus objetivos sociales, como también, todos aquellos actos que los socios de común acuerdo resuelvan ejecutar.
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股份
2,000,000
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 19.xxx.xxx-k | 19.xxx.xxx-k | 0.04% | $800.000 |
Accionista 12.xxx.xxx-5 | 12.xxx.xxx-5 | 0.03% | $600.000 |
Accionista 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 0.03% | $600.000 |
摘要官方正文
CRISTOBAL ACEVEDO DÍAZ, Notario Público Interino de la 13º Notaria de Santiago: Por escritura pública de fecha 8 de febrero de 2022, repertorio N°546-2022, ante mí, compareció don JORGE LUIS GODOY ALFARO, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad Nº 17.032.526-5; doña CAMILA ANDREA GODOY CABEZAS, chilena, soltera, ingeniera en administración, cédula nacional de identidad N° 19.056.097-k; y don JUAN PABLO CORNEJO GATICA, chileno, casado bajo régimen de separación total de bienes, técnico en mantenimiento, cédula nacional de identidad N° 12.667.300-5; todos domiciliados para estos efectos en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones la bajo la Razón social: “V.T.G. CHILE S.p.A.”. Capital: el capital de la Sociedad será de dos millones de pesos dividido en dos millones de acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, el cual será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Doña Camila Andrea Godoy Cabezas, suscribe en este acto la cantidad de ochocientas acciones, a un precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de ochocientos mil pesos, los que pagan en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.-; b) Don Juan Pablo Cornejo Gatica, suscribe en este acto la cantidad de seiscientas acciones, a un precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de seiscientos mil pesos, los que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.-; C) Don Jorge Luis Godoy Alfaro, suscribe en este acto la cantidad de seiscientas acciones, a un precio de un peso por acción, lo que determina un valor de suscripción de seiscientos mil pesos, los que se pagan en este acto al contado y en dinero efectivo que ingresa a la caja social.- Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en persona o por medios digitales, a las siguientes actividades: compra, venta, distribución, comercialización, fabricación, consignación, franquicia, importación, exportación, diseño y confección de toda clase de productos, artículos, componentes e insumos de carácter industrial, tales como: motores, reductores, bombas, transformadores, generadores, variadores de frecuencia, sellos, rodamientos, rodetes, retenes, partes y piezas y toda clase de equipos y componentes de carácter industrial. Asimismo, podrá realizar cualquier tipo de actividad comercial e industrial relacionada con los productos señalados. En general, podrá perfeccionar todos los actos y contratos que estime necesarios o convenientes para concretar sus objetivos sociales, como también, todos aquellos actos que los socios de común acuerdo resuelvan ejecutar. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 15 de febrero de 2022.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
V.T.G. CHILE SpA
CVE 2118400
- CONSTITUCIÓN
V.T.G. CHILE SpA
CVE 2089223
