Yogann Connection Services SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
股份
3,200
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
HALL DWENS HONORE Accionista | - | 3,200 股 | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
管理人(1)
HALL DWENS HONORE
SII 代表(1)
HALL DWENS HONORE
公报所载公司沿革
- 设立· 2021年5月31日
Se constituyó la sociedad YOGANN CONNECTION SERVICES SpA.
- 其他行为· 2025年5月19日
Se celebró junta extraordinaria para tratar la venta de acciones y liberar a socios vendedores y comprador de la formalidad de protocolización.
JOHNNISTON JEAN PHILIPPE · STANLEY SOMMERVIL · HALL DWENS HONORE
- 管理人变更· 2025年6月3日
Se modificó la administración reemplazando a JOHNNISTON JEAN PHILIPPE por HALL DWENS HONORE como nuevo representante.
JOHNNISTON JEAN PHILIPPE · HALL DWENS HONORE
- 权益转让· 2025年7月28日
JOHNNISTON JEAN PHILIPPE y STANLEY SOMMERVIL vendieron y cedieron acciones a HALL DWENS HONORE.
JOHNNISTON JEAN PHILIPPE · STANLEY SOMMERVIL · HALL DWENS HONORE
摘要官方正文
Ministerio del Interior Por Escritura Pública de fecha 28 de febrero de 2026, repertorio N°451-2026, otorgada ante mí, ZAIDA ANGÉLICA SEPÚLVEDA RIVERA, abogada, Notario Público Interino de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Amunátegui número trescientos sesenta y uno, local número seis, de esta ciudad, comparece: Doña MÓNICA ESTHER LARA RAMOS, colombiana, casada, abogada, cédula nacional de entidad número veinticuatro millones setecientos veintiséis mil doscientos cuarenta guion siete, domiciliada en Argomedo trescientos ochenta y dos, oficina seiscientos once, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien comparece a nombre y en representación de JOHNNISTON JEAN PHILLIPPE, STANLEY SOMMERVIL y de don HALL DWENS HONORE, y por lo tanto, en representación a su vez, de la sociedad YOGANN CONNECTION SERVICES SpA., rol único tributario número setenta y siete millones quinientos cuatro mil ciento noventa y nueve guion cuatro, en la cual la compareciente expone: PRIMERO: Antecedentes: 1.1) Que la sociedad YOGANN CONNECTION SERVICES SpA., rol único tributario número setenta y siete millones quinientos cuatro mil ciento noventa y nueve guion cuatro fue constituida por escritura pública con fecha treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno, otorgada en la notaría cuadragésima de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, en adelante la "Sociedad". El extracto se inscribió en fojas cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y cuatro, número diecinueve mil quinientos treinta y cinco del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno, y publicado en el Diario Oficial con fecha dos de junio del año dos mil veintiuno. 1.2) Con fecha veintiocho de julio de dos mil veinticinco, en este mismo oficio y bajo el repertorio mil doscientos seis guion dos mil veinticinco, los dueños de acciones de la Sociedad, a) don JOHNNISTON JEAN PHILIPPE titular de dos mil cuatrocientas acciones de la Sociedad y b) don STANLEY SOMMERVIL, titular de ochocientas mil acciones, vendieron, cedieron y transfirieron tres mil doscientas acciones en total al Comprador don HALL DWENS HONORE, quien adquirió, compró y aceptó la venta de la siguiente manera: a) don JOHNNISTON JEAN PHILIPPE, le vendió, cedió y transfirió la cantidad de dos mil cuatrocientas acciones de la Sociedad, en la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, que se pagaron en una sola cuota; b) don STANLEY SOMMERVIL, le vendió, cedió y transfirió la cantidad de ochocientas acciones de la Sociedad, en la suma de ochocientos mil pesos, que se pagaron en una sola cuota. El precio de la compraventa de las Acciones correspondió a la cantidad única, total y definitiva de tres millones doscientos mil pesos, precio que el Comprador pagó a la representante de los Vendedores de la siguiente forma: paga la suma total de tres millones doscientos mil pesos de contado y en dinero efectivo, declarando la representante de los vendedores en su momento, haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado el precio. Asimismo, la compradora declaró haber recibido el título a su entera conformidad.- 1.3) De igual manera se realizó la Modificación del Estatuto Social en los siguientes términos: MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS. Comparecen don HALL DWENS HONORE y doña PRINCESSE JEANE HONORE LORQUET, haitiana, soltera, estilista, cedula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones cuatrocientos noventa y un mil ciento treinta y siete guion cuatro, quienes manifestaron que el día de dos mil veinticinco, se celebró una junta extraordinaria el día diecinueve de mayo de dos mil veinticinco, donde se trató lo relacionado con la venta de las acciones y para que se hiciera efectiva, se liberó a los socios vendedores y al socio comprador de la protocolización de la formalidad de la venta de acciones, señalada en los Estatutos en el artículo Décimo. Que también en junta extraordinaria, realizada el 3 de junio de 2025, una vez ejecutada la compraventa de las acciones a don HALL DWENS HONORE, se procede a modificar los estatutos sociales en cuanto a la administración de la sociedad reemplazando a JOHNNISTON JEAN PHILIPPE por don HALL DWENS HONORE, designándolo para el efecto, como nuevo representante. Se hizo, la sustitución íntegra del Artículo Decimo tercero de los estatutos de la Sociedad, como consecuencia de las modificaciones señaladas precedentemente, quedando de la siguiente forma: Artículo Decimo Tercero: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don HALL DWENS HONORE, haitiano, soltero, empresario, cédula de identidad para extranjeros número veintitrés millones novecientos cincuenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y uno guion seis, con domicilio en Amalia Errázuriz novecientos cincuenta y seis, comuna de Independencia, Región Metropolitana; quien representará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, participar en los negocios y efectuar los tramites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. La persona a cargo de la administración será designada en un solo acto con el voto conforme de la mayoría absoluta de las acciones válidamente emitidas, por medio de junta de accionistas o directamente designada por escritura pública. Esta designación tendrá vigencia hasta y mientras no sea revocada por junta de accionista o directamente por escritura pública por la unanimidad de las acciones, y debiendo además, si así lo determinan los socios, tomar nota al margen de la inscripción social en el registro respectivo. De este modo, actuando en la forma ya indicada, y anteponiendo o posponiendo la razón social a sus firmas personales, el Administrador representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, ante cualquier persona natural o jurídica, autoridad, servicio o institución, fundación o corporación de derecho público o privado, con las más amplias facultades que se requiera en derecho y ejercitar las atribuciones que los estatutos le indican. SEGUNDO: La compraventa y modificación de estatutos señaladas en la cláusula anterior carecen de validez legal, toda vez que el extracto de la escritura de compraventa de acciones y modificación de estatutos, no fue publicada en el diario oficial dentro del plazo legal por un error involuntario.- TERCERO: SANEAMIENTO.- Que atendido lo señalado en la cláusula anterior, la compareciente en la calidad que inviste, ya individualizada y de conformidad a lo dispuesto en la ley número diecinueve, mil cuatrocientos noventa y nueve, viene en sanear los vicios formales de nulidad de la escritura de compraventa de acciones y de modificación de estatutos, consistente en publicar extemporáneamente en el Diario oficial el extracto de la compraventa de acciones y de modificación de los estatutos, con la finalidad de darle validez a la respectiva modificación de la sociedad suscrita por los socios.- CUARTO: en todo lo no modificado y/o enmendado se mantiene la escritura de origen.- QUINTO: Se faculta al portador de una copia autorizada de este instrumento, o de su extracto, para efectuar todos los tramites conducentes a su inscripción, anotación y/o subinscripción en el Registro de Comercio y en todo otro registro que resulte pertinente, para su publicación en el Diario Oficial, y en general, para todo trámite en relación al perfeccionamiento del presente acto. demás estipulaciones en la escritura extractada.- Santiago, 29 de mayo 2026. Doy fe.
公司信息
资本
股份
3,200
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 2,400 股 | $2.400.000 |
Accionista | - | 800 股 | $800.000 |
HALL DWENS HONORE Accionista | - | 3,200 股 | $3.200.000 |
公报所载公司沿革
- 设立· 2021年5月31日
Se constituye YOGANN CONNECTION SERVICES SpA.
- 权益转让· 2025年7月28日
Johnniston Jean Philippe y Stanley Sommervil venden, ceden y transfieren sus acciones a Hall Dwens Honore.
JOHNNISTON JEAN PHILIPPE · STANLEY SOMMERVIL · HALL DWENS HONORE
摘要官方正文
Ministerio del Interior Ante mi, ZAIDA ANGÉLICA SEPÚLVEDA RIVERA, abogada, Notario Público Interino de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Amunátegui número trescientos sesenta y uno, local número seis, de esta ciudad, comparece: Doña MÓNICA ESTHER LARA RAMOS, colombiana, casada, abogada, cédula nacional de entidad número veinticuatro millones setecientos veinticuatro mil setecientos veintiséis guion siete, domiciliada en Catedral mil quinientos cincuenta, oficina trescientos uno, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien comparece a nombre y en representación de JOHNNISTON JEAN PHILLIPPE, STANLEY SOMMERVIL y de don HALL DWENS HONORE, y por lo tanto, en representación a su vez, de la sociedad YOGANN CONNECTION SERVICES SpA., rol único tributario número setenta y siete millones quinientos cuatro mil ciento noventa y nueve guion cuatro, según se acreditará y debidamente facultada; la compareciente mayor de edad, quien acreditó su identidad con la cedula citada y expone: PRIMERO: Antecedentes Que la sociedad YOGANN CONNECTION SERVICES SpA., rol único tributario número rol único tributario número setenta y siete millones quinientos cuatro mil ciento noventa y nueve guion cuatro fue constituida por escritura pública con fecha treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno, otorgada en la notaría cuadragésima de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, en adelante la "Sociedad". El extracto se inscribió en fojas cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y cuatro, número diecinueve mil quinientos treinta y cinco del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil veintiuno, y publicado en el Diario Oficial con fecha dos de junio del año dos mil veintiuno. Con fecha veintiocho de julio de dos mil veinticinco, en este oficio y bajo el repertorio mil doscientos seis guion dos mil veinticinco, Los dueños de acciones de la Sociedad, a) don JOHNNISTON JEAN PHILIPPE titular de dos mil cuatrocientas acciones de la Sociedad y b) don STANLEY SOMMERVIL, titular de ochocientas mil acciones. Las Vendedoras vendieron, cedieron y transfirieron tres mil doscientas acciones al Comprador. Por su parte don HALL DWENS HONORE, debidamente individualizado, adquirió, compró y aceptó la venta de la siguiente manera: a) don JOHNNISTON JEAN PHILIPPE, le vendió, cedió y transfirió la cantidad de dos mil cuatrocientas acciones de la Sociedad, en la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, que se pagaron en una sola cuota; b) don STANLEY SOMMERVIL, le vendió, cedió y transfirió la cantidad de ochocientas acciones de la Sociedad, en la suma de ochocientos mil pesos, que se pagaron en una sola cuota. El precio de la compraventa de las Acciones correspondió a la cantidad única, total y definitiva de tres millones doscientos mil pesos, precio que el Comprador pagó a la Vendedora de la siguiente forma: paga la suma total de tres millones doscientos mil pesos de contado y en dinero efectivo, declarando la vendedora en su momento, haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado el precio. Asimismo, la compradora declaró haber recibido el título a su entera conformidad.- .SEGUNDO: La compraventa señalada en la cláusula anterior carece de validez legal, toda vez que el extracto de la escritura de compraventa de acciones y modificación de estatutos, no fue publicada en el diario oficial dentro del plazo legal por un error involuntario.- TERCERO: SANEAMIENTO.- Que atendido lo señalado en la cláusula anterior, la compareciente en la calidad que inviste, ya individualizada y de conformidad a lo dispuesto en la ley número diecinueve, mil cuatrocientos noventa y nueve, viene en sanear los vicios formales de nulidad de la escritura de compraventa de acciones y de modificación de estatutos, consistente en publicar extemporáneamente en el Diario oficial el extracto de la compraventa de acciones y de modificación de los estatutos, conforme se expresa en la cláusula primera y segunda del presente acto, con la finalidad de darle validez a la respectiva modificación de la sociedad suscrita por los socios.- CUARTO: en todo lo no modificado y/o enmendado se mantiene la escritura de origen.- QUINTO: Se faculta al portador de una copia autorizada de este instrumento, o de su extracto, para efectuar todos los tramites conducentes a su inscripción, anotación y/o subinscripción en el Registro de Comercio y en todo otro registro que resulte pertinente, para su publicación en el Diario Oficial, y en general, para todo trámite en relación al perfeccionamiento del presente acto. demás estipulaciones en la escritura.- Santiago, febrero 2026.
公司信息
公司目的
a) El desarrollo, construcción, instalación, mantenimiento, reparación, comercialización, operación y explotación de toda clase de servicios de redes, cableado, antenas y telecomunicaciones en general; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, exportación, importación, permuta, consignación, acopio, leasing, y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial, y sin ser excluyentes de todo tipo de productos de minimarket, bazar, almacenes y supermercados, tales como abarrotes, paquetería, congelados, refrigerados y elaborados con resolución sanitaria y de elaboración propia, pastelería, frutos secos, cecinas, helados, productos cárneos, conservas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, cigarros, carbón, insumos de aseo, cecinas envasadas, productos de cocktail, pan, confites y chocolates, productos lácteos, café, té y hierbas naturales, frutas y verduras frescas y elaboradas, productos del mar (pescados y mariscos) frescos y congelados, platos y postres preparados con resolución sanitaria, empanadas, masas, productos lácteos en general, entre otros similares, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) El establecimiento, administración y explotación de minimarkets, bazares, almacenes y supermercados en general; d) La preparación, fabricación, comercialización, reparto, distribución y venta al público, al por mayor o al detalle, de forma presencial, a distancia, con entrega o delivery, de todo tipo de alimentos, comidas y bebidas, ya sean preparados o en su estado natural y de todo tipo de bienes de consumo, en especial, y sin ser excluyentes de comida, frutas, verduras, abarrotes, bebidas alcohólicas, licores, entre otros relacionado; e) La producción, desarrollo, organización, gestión y montaje de eventos en general, eventos corporativos, culturales, deportivos, recreativos y espectáculos públicos y/o privados, nacionales o internacionales, de cualquier especie, ya sean actividades de entretención y esparcimiento, gastronómicas, deportivas, ferias, shows, espectáculos, stand, conciertos, recitales masivos, conferencias, matrimonios, fiesta en general, promociones, lanzamientos de productos y marcas, seminarios, teatro, fiestas temáticas, centro de eventos, banquetería, catering, decoración de espacios y demás conexos. La prestación de servicios de asesoría y consultoría en la producción de eventos y espectáculos públicos; f) el arriendo y la explotación de lugares, espacios e instalaciones para realizar eventos y espectáculos públicos, centros de eventos y lugares abiertos. La producción y soporte técnico; g) el arriendo de mobiliario, utensilios, maquinaria de todo tipo, equipos audiovisuales, de sonido, iluminación, amplificación y grabación de imágenes para el desarrollo de todo tipo de eventos masivos y privados; h) La instalación, explotación, administración, construcción, el tomar y dar en arrendamiento, representación de marcas, franquicias y concesiones, de establecimientos de comida en general, restaurante, restobar, fuentes de soda, locales de comida rápida, comida internacional, cafetería, salón de té, emporio, gelatería, bar, pub, discoteque, club nocturno, centro de eventos, carro de comida, food truck, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar y/o delivery; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; pudiendo comercializar, producir, elaborar, y procesar productos alimenticios, bebidas analcohólicas, bebidas alcohólicas, platos preparados, emparedados y todo tipo de alimentos en general; i) La explotación agrícola en todas sus formas, ya sea en predios propios o ajenos, además del envasado, comercialización y distribución de los productos provenientes de ellos, en especial y sin ser excluyente, el cultivo, siembra y venta de frutas, verduras y hortalizas; la elaboración, producción y comercialización de alimentos y derivados frutales y vegetales; la prestación de servicios de packing y cosecha de fruta, verduras y hortalizas, bodegaje, frigorífico y transporte de carga; el desarrollo de proyectos agrícolas en general; la importación, exportación, comercialización y distribución de productos y subproductos agrícolas; El arriendo y subarriendo de todo tipo maquinaria agropecuaria; j) La prestación de todo tipo de servicios relacionados con el lavado, autolavado, pulido, encerado y mantención de carrocería para toda clase de vehículos motorizados, entre otros relacionados, en local establecido o a domicilio; k) La prestación de toda clase de servicios y asesorías mecánicas en vehículos motorizados y maquinarias en general, en taller o a domicilio, en especial y sin ser excluyentes de desabolladuría, pintura, restauración, mantención, electricidad, cambio de amortiguadores, vulcanización, lubricentro, alineación, balanceo, afinación y mecánica de patio y general, entre otros relacionados; l) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías relacionadas con aseo de automóviles u otros vehículos motorizados, en taller o a domicilio, incluyendo su lavado, pulido y aspirado, pudiendo además realizar todo tipo de mantenciones, entre otros relacionados; m) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, importación, exportación, acopio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato, leasing, diseño, producción, fabricación, elaboración, desarrollo, mantención, reparación, instalación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de bienes y/o servicios relacionados con los vehículos motorizados, ya sean partes, repuestos, accesorios, y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; n) La prestación de servicios de tarot; a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras; ñ) Servicios de salón de belleza, estética y cosmetología en general, prestación de servicios de cuidado y embellecimiento corporal por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de baños sauna, SPA, peluquería, barbería, centros de estética, masajes en general, reflexología, podología, depilación, manicure; o) Comercialización de todo tipo de productos afines, ya sea maquinaria, insumos, productos de belleza, cuidado corporal, cosméticos, perfumes y otros relacionados; p) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, tal como efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; q) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y r) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.
资本
总资本
$4.000.000
实缴资本
$4.000.000
待缴资本
$0
股份
4,000
股东(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
HALL DWENS HONORE Accionista | - | - | - |
PRINCESSE JEANNE HONORE LORQUET Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
Accionista | - | - | - |
管理人(2)
摘要官方正文
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: don HALL DWENS HONORE; doña PRINCESSE JEANNE HONORE LORQUET; don STANLEY SOMMERVIL; y don JOHNNISTON JEAN PHILIPPE, todos con domicilio en Inglaterra N°1.444, torre B II, Independencia: constituyen Sociedad por Acciones.- Razón Social: “YOGANN CONNECTION SERVICES SpA”.- Objeto: a) El desarrollo, construcción, instalación, mantenimiento, reparación, comercialización, operación y explotación de toda clase de servicios de redes, cableado, antenas y telecomunicaciones en general; b) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, exportación, importación, permuta, consignación, acopio, leasing, y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, en especial, y sin ser excluyentes de todo tipo de productos de minimarket, bazar, almacenes y supermercados, tales como abarrotes, paquetería, congelados, refrigerados y elaborados con resolución sanitaria y de elaboración propia, pastelería, frutos secos, cecinas, helados, productos cárneos, conservas, bebidas alcohólicas y analcohólicas, cigarros, carbón, insumos de aseo, cecinas envasadas, productos de cocktail, pan, confites y chocolates, productos lácteos, café, té y hierbas naturales, frutas y verduras frescas y elaboradas, productos del mar (pescados y mariscos) frescos y congelados, platos y postres preparados con resolución sanitaria, empanadas, masas, productos lácteos en general, entre otros similares, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; c) El establecimiento, administración y explotación de minimarkets, bazares, almacenes y supermercados en general; d) La preparación, fabricación, comercialización, reparto, distribución y venta al público, al por mayor o al detalle, de forma presencial, a distancia, con entrega o delivery, de todo tipo de alimentos, comidas y bebidas, ya sean preparados o en su estado natural y de todo tipo de bienes de consumo, en especial, y sin ser excluyentes de comida, frutas, verduras, abarrotes, bebidas alcohólicas, licores, entre otros relacionado; e) La producción, desarrollo, organización, gestión y montaje de eventos en general, eventos corporativos, culturales, deportivos, recreativos y espectáculos públicos y/o privados, nacionales o internacionales, de cualquier especie, ya sean actividades de entretención y esparcimiento, gastronómicas, deportivas, ferias, shows, espectáculos, stand, conciertos, recitales masivos, conferencias, matrimonios, fiesta en general, promociones, lanzamientos de productos y marcas, seminarios, teatro, fiestas temáticas, centro de eventos, banquetería, catering, decoración de espacios y demás conexos. La prestación de servicios de asesoría y consultoría en la producción de eventos y espectáculos públicos; f) el arriendo y la explotación de lugares, espacios e instalaciones para realizar eventos y espectáculos públicos, centros de eventos y lugares abiertos. La producción y soporte técnico; g) el arriendo de mobiliario, utensilios, maquinaria de todo tipo, equipos audiovisuales, de sonido, iluminación, amplificación y grabación de imágenes para el desarrollo de todo tipo de eventos masivos y privados; h) La instalación, explotación, administración, construcción, el tomar y dar en arrendamiento, representación de marcas, franquicias y concesiones, de establecimientos de comida en general, restaurante, restobar, fuentes de soda, locales de comida rápida, comida internacional, cafetería, salón de té, emporio, gelatería, bar, pub, discoteque, club nocturno, centro de eventos, carro de comida, food truck, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar y/o delivery; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; pudiendo comercializar, producir, elaborar, y procesar productos alimenticios, bebidas analcohólicas, bebidas alcohólicas, platos preparados, emparedados y todo tipo de alimentos en general; i) La explotación agrícola en todas sus formas, ya sea en predios propios o ajenos, además del envasado, comercialización y distribución de los productos provenientes de ellos, en especial y sin ser excluyente, el cultivo, siembra y venta de frutas, verduras y hortalizas; la elaboración, producción y comercialización de alimentos y derivados frutales y vegetales; la prestación de servicios de packing y cosecha de fruta, verduras y hortalizas, bodegaje, frigorífico y transporte de carga; el desarrollo de proyectos agrícolas en general; la importación, exportación, comercialización y distribución de productos y subproductos agrícolas; El arriendo y subarriendo de todo tipo maquinaria agropecuaria; j) La prestación de todo tipo de servicios relacionados con el lavado, autolavado, pulido, encerado y mantención de carrocería para toda clase de vehículos motorizados, entre otros relacionados, en local establecido o a domicilio; k) La prestación de toda clase de servicios y asesorías mecánicas en vehículos motorizados y maquinarias en general, en taller o a domicilio, en especial y sin ser excluyentes de desabolladuría, pintura, restauración, mantención, electricidad, cambio de amortiguadores, vulcanización, lubricentro, alineación, balanceo, afinación y mecánica de patio y general, entre otros relacionados; l) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías relacionadas con aseo de automóviles u otros vehículos motorizados, en taller o a domicilio, incluyendo su lavado, pulido y aspirado, pudiendo además realizar todo tipo de mantenciones, entre otros relacionados; m) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, importación, exportación, acopio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato, leasing, diseño, producción, fabricación, elaboración, desarrollo, mantención, reparación, instalación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor, en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de bienes y/o servicios relacionados con los vehículos motorizados, ya sean partes, repuestos, accesorios, y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; n) La prestación de servicios de tarot; a personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras; ñ) Servicios de salón de belleza, estética y cosmetología en general, prestación de servicios de cuidado y embellecimiento corporal por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de baños sauna, SPA, peluquería, barbería, centros de estética, masajes en general, reflexología, podología, depilación, manicure; o) Comercialización de todo tipo de productos afines, ya sea maquinaria, insumos, productos de belleza, cuidado corporal, cosméticos, perfumes y otros relacionados; p) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores, tal como efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; q) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y r) Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida indistintamente por don STANLEY SOMMERVIL y don JOHNNISTON JEAN PHILIPPE, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada.- Capital: $4.000.000, dividido en 4.000 acciones, sin valor nominal, de una misma serie, suscritas y pagadas.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Santiago.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 31, mayo, 2021.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
YOGANN CONNECTION SERVICES SpA
CVE 2819117
- MODIFICACIÓN
YOGANN CONNECTION SERVICES SpA
CVE 2778439
- CONSTITUCIÓN
YOGANN CONNECTION SERVICES SpA
CVE 1954167
