Inmobiliaria Granada Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$2.000.000
实缴资本
$2.000.000
待缴资本
$0
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 0.01% | $200 |
Socio | - | 0.01% | $200 |
Socio | - | 99.99% | $1.999.800 |
公报所载公司沿革
- 资本变更· 2017年6月5日
Se modifica la sociedad y luego se rectifica el capital, que era de $2.000.000 y no de $1.000.000.
Virtudes Ruiz Serrano · Andrea Victoria Huerta Ruiz · Inversiones del Sur SpA
- 资本变更· 2019年4月9日
Se modifica la sociedad y luego se rectifica el capital, que era de $2.000.000 y no de $1.000.000.
摘要官方正文
FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 1.160, subsuelo, Santiago, certifico que: Por es critura pública hoy, ante mí, VIRTUDES RUIZ SERRANO; ANDREA VICTORIA HUERTA RUIZ, por sí y en representación de INVERSIONES DEL SUR SpA, todos domiciliados para estos efectos en Cerro Colorado N° 5.858, departamento 74 , Las Condes, ciudad de Santiago; y MARCELA ALEJANDRA HUERTA RUIZ, domiciliada en calle Jorge Sexto N° 475, comuna de Las Condes, ciudad de Santi ago, sanean modificaciones de sociedad de responsabilidad limitada INMOBILIARIA GRANADA LIMITADA, inscrita a fojas 78 número 95 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando del año 2000, en cuanto a: (i) la rectificación del capital aludido en la escritura pública de modificación social de fecha 05 de junio de 2017, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Félix Jara Cadot, con domicilio en Huérfanos N° 1.160, su bsuelo, Santiago, por cuanto se incurrió en un error involuntario al señalar que el capital de la sociedad era de $1.000.000, en circunstancias que, desde su constitución social, este ascendía a $2.000.000. De este modo, se rectifica la clausula quinta de la escritura aludida, donde dice: “QUINTO: NUEVA COMPOSICION DE LA SOCIEDAD Y MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS. Como consecuencia de las cesiones de derechos antedichas, la Sociedad Inmobiliaria Granada Limitada queda compuesta, en los porcentajes que se indicarán, exclusivamente por Inversiones del Sur S.A. y doña Virtudes Ruiz Serrano, quienes en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos que los socios aportan a la caja social, en este acto, en las siguientes proporciones: a) Doña Virtudes Ruiz Serrano aporta la suma de cien pesos que ingresa en este acto a la caja social al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al cero coma cero uno por ciento del capital social; b) Inversiones del Sur S.A. aporta la suma de novecientos noventa y nueve mil novecientos pesos que ingresa en este acto a la caja social al contado y en dinero efectivo, correspondiente al noventa y nueve coma nueve nueve por ciento del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.”; debe decir: “QUINTO: NUEVA COMPOSICION DE LA SOCIEDAD Y MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS. Como consecuencia de las cesiones de derechos antedichas, la Sociedad Inmobiliaria Granada Limitada queda compuesta, en los porcentajes que se indicarán, exclusivamente por Inversiones del Sur S.A. y doña Virtudes Ruiz Serrano, quienes en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acuerdan modificar el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de dos millones de pesos que los socios aportan a la caja social, en este acto, en las siguientes proporciones: a) Doña Virtudes Ruiz Serrano aporta la suma de doscientos pesos que ingresa a este acto a la caja social al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al cero como cero uno por ciento del capital social; b) Inversiones del Sur S.A. aporta la suma de un millón novecientos noventa y nueve mil ochocientos pesos que ingresa en este acto a la caja social al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al noventa y nueve coma nueve nueve por ciento del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado”; (ii) la rectificación del capital aludido en la escritura pública de modificación social de fecha 09 de abril de 2019, otorgada ante el notario público de Santiago don Félix Jara Cadot, con domicilio en Huérfanos N° 1.160, subsuelo, Santiago, al señalarse nuevamente que el capital de la sociedad es de $1.000.000, en circunstancias que, desde su constitución este ha sido de $2.000.000, según ya se expresó. De este modo, se rectifica la clausula quinta de la escritura aludida, donde dice: “QUINTO: Modificación de Estatutos. Los comparecientes, en su calidad de actuales y únicos socios de la Sociedad, convienen en realizar las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: Uno. Modificar el artículo quinto permanente de los estatutos referentes al capital social, reemplazando su texto actual por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos que los socios aportan a la caja social, en este acto, en las siguientes proporciones: a) Doña Andrea Victoria Huerta Ruiz aporta la suma de cien pesos que ingresa en este acto a la caja social al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al cero coma cero uno por ciento del capital social; b) Inversiones del Sur SpA aporta la suma de novecientos noventa y nueve mil novecientos pesos que ingresa en este acto a la caja social al contado y en dinero efectivo, correspondiente al noventa y nueve coma nueve nueve por ciento del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado”; debe decir: “QUINTO: Modificación de Estatutos. Los comparecientes, en su calidad de actuales y únicos socios de la Sociedad, convienen en realizar las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: Uno. Modificar el artículo quinto permanente de los estatutos referentes al capital social, reemplazando su texto actual por el siguiente: “QUINTO. El capital social es la suma de dos millones de pesos que los socios aportan a la caja social, en este acto, en las siguientes proporciones: a) Doña Andrea Victoria Huerta Ruiz aporta la suma de doscientos pesos que ingresa a este acto a la caja social al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al cero como cero uno por ciento del capital social; b) Inversiones del Sur SpA aporta la suma de un millón novecientos noventa y nueve mil ochocientos pesos que ingresa en este acto a la caja social al contado y en dinero en efectivo, correspondiente al noventa y nueve coma nueve nueve por ciento del capital social. En consecuencia, el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.”; (iii) Se deja constancia que los comparecientes al presente instrumento, lo hacen en su calidad de cedentes y cesionarios en las escrituras de modificación social referidas precedentemente, lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 24 de Octubre de 2019. Félix Jara Cadot. N.P.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA GRANADA LIMITADA
CVE 1679273
