Transportes Pentacrom Express. S.A.
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$60.000.000
实缴资本
$36.000.000
待缴资本
$24.000.000
股份
60
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 42% | $25.000.000 |
Accionista | - | 18.3333333333% | $11.000.000 |
摘要官方正文
ENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Huérfanos número mil ciento sesenta, Subsuelo, Comuna de Santiago, Suplente del Titular don FELIX JARA CADOT., certifico: Hoy, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Transportes Pentacrom Express. S.A.”, inscrita a fs. 55034 Nº 25524 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2021, celebrada con fecha 24 de Septiembre 2021, que rectifica: El Señor Presidente informó que el vicio se incurrió en la cláusula primera transitoria, pues donde dice “PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $60.000.000 dividido en 60 acciones, ordinarias, nominativas sin valor nominal, queda íntegramente suscrito por los accionistas constituyentes, quienes las suscriben y pagan en la forma que se indica a continuación: don SERGIO SOLIS MATELUNA, en su calidad de empresario individual, suscribe 25 acciones en la cantidad de $25.000.000.- al contado y en dinero efectivo que entera en este acto en arcas sociales y CIVES CONSULTORES SPA, suscribe 11 acciones en la cantidad de $11.000.000.- de pesos al contado y en dinero efectivo que entera en este acto en arcas sociales El saldo de 40 acciones, suscritas y no pagadas, se suscribirán y pagarán en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la presente escritura. De esta forma ha quedado el capital suscrito en un sesenta por ciento y pagado un sesenta por ciento. Conforme el inciso final del artículo dieciséis de la Ley número 18046, se conviene en que las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán del derecho a voto. De igual manera, los saldos insolutos de las acciones suscritas y no pagadas serán reajustadas en la misma proporción con que varíe el valor de la Unidad de Fomento de conformidad con lo dispuesto en el artículo dieciséis inciso primero de la Ley 18046, debió decir: ”PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $60.000.000, dividido en 60 acciones, ordinarias, nominativas sin valor nominal, queda suscrito un 60% por los accionistas constituyentes, quienes las suscriben y pagan en la forma que se indica a continuación: don SERGIO SOLIS MATELUNA, por sí en su calidad de empresario individual, suscribe 25 acciones en la cantidad de $25.000.000.- al contado y en dinero efectivo que entera en este acto en arcas sociales y CIVES CONSULTORES SPA, suscribe 11 acciones en la cantidad de $11.000.000.- al contado y en dinero efectivo que entera en este acto en arcas sociales El saldo de 24 acciones, no suscritas y no pagadas, se suscribirán y pagarán en el plazo de 3 años contados desde la fecha de la presente escritura. De esta forma ha quedado el capital suscrito en un sesenta por ciento y pagado un sesenta por ciento. Conforme el inciso final del artículo 16 de la Ley número 18046, se conviene en que las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán del derecho a voto. De igual manera, los saldos insolutos de las acciones suscritas y no pagadas serán reajustadas en la misma proporción con que varíe el valor de la Unidad de Fomento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 inciso primero de la Ley 18.046. Para los efectos de sanear dicho vicio, la junta por unanimidad aprobó el saneamiento y el nuevo texto del artículo primero transitorio de los estatutos, todo con arreglo a la Ley 19.499 sobre saneamiento de vicios formales de las sociedades.”. En lo no modificado, rigen íntegramente los Estatutos de la sociedad. Santiago, 29 de Septiembre de 2021. E.A.R.S. Not. Públ.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
Transportes Pentacrom Express. S.A.
CVE 2029265
