Constructora Playa Brava Limitada
Diario Oficial
公司信息
管理人(2)
Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán
公报所载公司沿革
- 设立· 1998年6月24日
Constitución original de Constructora Playa Brava Limitada.
- 其他行为· 1999年6月24日
Primera modificación del pacto social.
- 管理人变更· 2019年5月14日
Nueva modificación de estatutos refundidos y actualizados.
- 管理人变更· 2022年4月7日
Se modifica la cláusula cuarta para cambiar la administración de la sociedad.
Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán · Karla Andrea Samsó Bustíos
摘要官方正文
JULIO ABASOLO ARAVENA, 2ª Notaría de Antofagasta y Conservador de Minas, Washington 2653, CERTIFICA: Por escritura de hoy ante mí, doña Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán, C.I. 6.627.074-0, actuando por sí y en representación de INVERSIONES PLAYA BRAVA LIMITADA, Rut N°77.000.150- 1, y de INMOBILIARIA Y COMERCIAL PLAYA BRAVA SOCIEDAD ANONIMA, Rut N°96.597.470-9, todas domiciliadas en Antofagasta, calle Travesía de los vientos N°03032, departamento N° 2, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “CONSTRUCTORA PLAYA BRAVA LIMITADA”, Rut N° 77.141.790-6, inscrita a fojas 339v, bajo el número 230 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año 1998, y publicada en el Diario Oficial de fecha 24 de junio del año 1998, modificada por escritura pública de fecha 24 de junio del año 1999, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Antofagasta a fojas 541v, bajo el número 328, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año 1999, y publicada en el Diario Oficial de fecha 07 de agosto del año 1999, nuevamente modificada por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2019, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Antofagasta a fojas 470v, bajo el número 315, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año 2019, y publicada en el Diario Oficial de fecha 17 de mayo de 2019, en el sentido de modificar la cláusula cuarta de los estatutos refundidos y actualizados relativa a la administración de la sociedad, quedando esta de la siguiente forma: Artículo cuarto: La sociedad será administrada por doña Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán, Cédula Nacional de Identidad número seis millones seiscientos veintisiete mil setenta y cuatro guion cero, y por doña Karla Andrea Samsó Bustíos, cédula de identidad número trece millones seiscientos cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta guion cero, quienes obrando de manera separada e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades, en todo negocio, juicio o asunto, pudiendo incluso autocontratar. En especial y sin que ello implique enumeración taxativa, doña Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán y doña Karla Andrea Samsó Bustíos tendrán las siguientes facultades: a) De Administración: Administrar libremente y del modo que más conveniente les pueda parecer, todos los bienes sociales y efectuar con ellos toda clase de actos, contratos y operaciones; pagar los gastos que ellos ocasionen, mantenerlos y repararlos; cobrar y percibir toda clase de bienes, valores, créditos, rentas, alquileres y dineros, y otorgar recibos, cancelaciones y finiquitos; pagar y reclamar tasas, derechos, impuestos y contribuciones; efectuar y aceptar daciones en pago; extinguir obligaciones por todos los medios legales; hacer pagos por consignación, aceptarlos o impugnarlos; subrogar; renunciar acciones y derechos; celebrar toda clase de contratos, pactando libremente sus cláusulas, precios y modalidades; hacer, exigir, impugnar o aceptar rendiciones de cuentas; retirar correspondencia epistolar, telegráfica, giros, telex , fax, impresos, cables, encomiendas, valores, cargas y certificados y firmar las guías o documentos correspondientes; avenir, transigir, pactar conciliaciones, comprometer y designar árbitros de derecho, mixtos o arbitradores, liquidadores, partidores, interventores, depositarios, tasadores o liquidadores, pudiendo fijar sus facultades; celebrar, modificar y terminar contratos de trabajo, individuales o colectivos, de prestación de servicios profesionales, de asesoría, de mantenimiento, de servicio s o de cualquier otro tipo; contratar seguros y convenir sus condiciones; constituirse en agente oficioso; presentarse, postular, participar aceptar, llamar y obtener propuestas públicas o privadas, estableciendo o aceptando sus bases, condiciones, vigencias, y resultados; convenir multas y cláusulas penales; fijar anticipadamente indemnizaciones de perjuicios; presentar cotizaciones; contratar, dar y tomar boletas de garantía. b) De adquisición y enajenación de bienes: Adquirir, comprar, recibir, hacer de la sociedad, enajenar, vender, dar, permutar, ceder y transferir y aceptar cesiones o transferencias de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, créditos, acciones, bonos, derechos, títulos, valores, marcas, mercaderías, patentes, establecimientos o efectos de cualquier naturaleza, por todo y cualquier medio, pudiendo pactar cláusulas, precios, formas de pago, cantidades, calidades, superficies, medidas, deslindes y demás circunstancias de la convención, pudiendo firmar los instrumentos pertinentes. c) De gravar y constituir garantías: Constituir, otorgar, ampliar, posponer y reconocer hipotecas, prendas, servidumbres, prohibiciones, usufructos y derechos reales, pudiendo además cancelarlas, modificarlas, prorrogarlas, dividirlas, alzarlas, terminarlas, reemplazarlas, subrogarlas, convertirlas, renovarlas, posponerlas y relevarlas. También, endosar documentos en garantía, entregar y retirar valores en garantía, avalar, afianzar en forma simple o solidaria, o constituir codeudas solidarias. d) En materia de sociedades: Constituir, modificar, prorrogar, transformar, dividir, unir, disolver, terminar y liquidar todo tipo de sociedades, designar representantes y actuar en ellas, con toda clase de facultades y derechos. e) Préstamos: Contratar toda clase de préstamos, mutuos, sobregiros, créditos, avances contra aceptación de documentos, cuentas corrientes de crédito, créditos en cuenta corriente, créditos contra la aceptación de documentos, descuentos y créditos documentarios simples, rotativos o de otro tipo, en toda y cualquiera forma o condiciones, con o sin intereses, cualquiera que sea su denominación, características, efectos y condiciones. f) Otras operaciones comerciales: Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias o de otra naturaleza, de crédito, de depósitos o de ahorro; girar sobre los depósitos o sobre los créditos; convenir sobregiros y sobregirar en cuenta corriente; retirar talonarios de cheques; conocer, reconocer, aceptar o impugnar saldos de cuentas corrientes; dar órdenes de no pago de cheques; firmar, girar, cancelar, cobrar, endosar, a cualquier título, protestar, renovar, ceder, recibir, retirar y efectuar toda clase de operaciones con cheques; firmar, girar, aceptar, reaceptar, endosar a cualquier título y en especial en dominio, en garantía o en cobranza, descontar, prorrogar, protestar, renovar, cobrar, cancelar, reconstituir, retirar y efectuar toda clase de operaciones con letras de cambio, pagarés, depósitos a plazo o a la vista , vales vista y demás documentos negociables en general; suscribir, endosar y retirar documentos de embarque; suscribir registros, declaraciones y documentos de exportación o de importación o anexas: contratar la apertura de acreditivos; efectuar operaciones de cambios internacionales y en especial, comprar o vender divisas, incluso a futuro; hacer declaraciones juradas y autorizar cargos en cuenta corriente relacionados con comercio exterior; entregar y retirar valores en custodia; contratar y abrir cajas de seguridad. g) Facultades Judiciales: Intervenir en toda clase de juicios o gestiones de toda y cualquiera naturaleza, ante toda clase de tribunales, incluso especiales y arbitrales, ejerciendo cuanta acción, derecho, petición, solicitud, excepción, alegación o defensa exista, interviniendo como parte o como tercero, con todas las facultades propias del mandato judicial y, además, con las facultades de desistirse de las acciones deducidas, aceptar demandas contrarias, reconvenir, absolver posiciones, renunciar recursos o términos legales, avenir, transigir, conciliar, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios, percibir, designar abogados patrocinantes y conferir mandatos judiciales con toda o parte de estas facultades, incluso la de delegar. La facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial. h) Mandatos: Otorgar mandatos generales y especiales, modificarlos, revocarlos, delegar en todo o en parte sus atribuciones de administración o los poderes o representaciones que la sociedad detente de terceros, en cualquier persona natural o jurídica, socio o extraño, en forma separada o conjunta”. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social y sus respectivas modificaciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 07 de abril de 2022.-
公司信息
公司目的
sociedad del giro de su denominación
资本
总资本
$518.668.136
股东(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Ivonne del Carmen Bustios Malebrán Socio | - | 45.25% | $234.681.244 |
Inversiones Playa Brava Limitada Socio | - | 1.53% | $7.949.866 |
Inmobiliaria y Comercial Playa Brava S.A. Socio | - | 53.22% | $276.037.026 |
摘要官方正文
JULIO ABASOLO ARAVENA, 2ª Notaría de Antofagasta y Conservador de Minas, Washington 2653, CERTIFICA: Por escritura pública, hoy ante mí, doña Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán actuando por sí y en representación de Inversiones Playa Brava Limitada y, de Inmobiliaria y Comercial Playa Brava S.A., todas domiciliadas en calle Travesía de los vientos número 03032, Antofagasta y expone: Se modifica sociedad de responsabilidad limitada “Constructora Playa Brava Limitada”, sociedad del giro de su denominación, Rut 77.141.790-6, inscrita a fojas 339 vuelta, bajo el N° 230 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año 1998, y publicada en el Diario Oficial de fecha 16 de mayo de 1998, en el sentido de aumentar el capital social de la sociedad quedando, en $518.668.136.- que se materializa de la siguiente forma: UNO) De pleno derecho se aumenta el capital ascendente a $206.000.000.-, a la suma de $284.318.136.-, por concepto de revalorización de capital propio que asciende a la suma de $78.318.136.-, que los socios aportan en los porcentajes en que participan en la sociedad, según se indica a continuación: A) doña Ivonne del Carmen Bustios Malebrán, cuya participación social es de un 0,117%, aporta la suma de $91.244.-, por este concepto; B) la sociedad Inversiones Playa Brava Limitada, cuya participación social es de un 2,796%, aporta la suma de $2.189.866.-, por este concepto; y C) la empresa Inmobiliaria y Comercial Playa Brava Sociedad Anónima, cuya participación social es de un 97,087%, aporta la suma de $76.037.026.-, por este concepto. DOS) Se aumenta el capital de $284.318.136.-, a la suma de $518.668135.-, mediante aportes en dominio que efectúa la socia, doña Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán, de los siguientes bienes que se individualizan a continuación: A) Vehículo Station Wagon, año dos mil trece, marca Jeep, modelo Compass Limited dos punto cuatro automático, Inscripción número FJLL setenta guión cuatro, número de motor DD dos tres nueve ocho seis cinco, número de chasis uno C cuatro NJDCB seis DD dos tres nueve ocho seis cinco, color gris grafito metálico, que se avalúa en la suma de $9.350.000.-. El vehículo individualizado no presenta limitaciones al dominio a la fecha, según consta de certificado de inscripciones y anotaciones vigentes, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha veintisiete de abril de dos mil diecinueve; B) Inmueble ubicado en calle Las Hortensias número dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, departamento número doscientos dos del segundo piso, y la bodega número dieciocho del edificio “Las Hortensias”, de la comuna de Providencia, Región Metropolitana, que la socia avalúa en la suma de $125.000.000.-. El inmueble mide y deslinda: AL NORTE, en dieciséis metros con propiedad de don Héctor Correa y en dieciséis coma cuarenta metros, con propiedad de don Julio Pérez Canto; AL SUR, en treinta y cinco coma veinticinco metros, con calle Las Hortensias; AL ORIENTE, en cincuenta metros, con predio de don Otto Setz; AL PONIENTE, en treinta y uno coma cincuenta metros, con propiedad de don Julio Pérez Canto, de doña Tauscheck viuda de Trautman, y en diecinueve metros, con don Héctor Corona. El dominio a su favor se encuentra inscrito a fojas seis mil trescientos cincuenta y cuatro, bajo el número siete mil seiscientos noventa y seis, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil. Doña Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán, lo adquirió por compra que hizo a la sociedad “Inmobiliaria y comercial Playa Brava S.A.”, según escritura de fecha veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rubio Flores. El dominio anterior rola inscrito a fojas setenta y dos mil trescientos seis, bajo el número cincuenta y tres mil noventa y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco. Los inmuebles descritos se encuentran enrolados bajo los números mil quinientos treinta y siete guion trescientos cuarenta y dos y mil quinientos treinta y siete guion trescientos noventa y seis, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y C) Inmueble ubicado en calle Travesía de los Vientos número cero tres mil treinta y dos, departamento número dos, estacionamiento número ocho y cobertizos numero veintiuno y veintidós, del conjunto habitacional “Jardín Mediterráneo”, con ingreso por calle Travesía de los Vientos número cero tres mil treinta y dos y calle Travesía del Cerro número cero tres mil treinta y cinco, ubicado en el sector “B”, del Loteo sector Coloso, de la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta, que la socia avalúa en la suma de $100.000.000.-. El inmueble mide y deslinda: AL SUROESTE, en línea quebrada de veintiséis coma diecisiete metros, y en treinta y dos coma cero cero metros, con otros propietarios; AL NORESTE, en línea quebrada de treinta y uno coma sesenta y cinco metro, y en treinta y dos coma cero cero metros, con otros propietarios; AL SURESTE, en treinta y ocho coma sesenta y dos metros, con calle Travesía del Cerro; y AL NOROESTE, en línea quebrada de treinta y nueve coma cero cero metros, con calle Travesía de los Vientos, y en cero coma ochenta y siete metros, con otros propietarios. El dominio a su favor se encuentra inscrito a fojas quinientos treinta, bajo el número seiscientos ochenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año dos mil. Doña Ivonne del Carmen Bustíos Malebrán lo adquirió por compra que hizo a la sociedad “Inmobiliaria y Comercial Playa Brava S.A.”, según escritura pública de fecha veintiocho de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, otorgada en la Notaría de Antofagasta de don Raúl Farren Paredes. El dominio anterior rola inscrito a fojas mil trescientos treinta y dos vuelta, bajo el número dos mil quince, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año mil novecientos noventa y dos. Los inmuebles descritos se encuentran enrolados bajo el número cuatro mil doscientos veinticuatro guion treinta y uno guion cincuenta y ocho, comuna y Región de Antofagasta. De este modo el porcentaje de participación de cada uno de los socios queda establecido de la siguiente manera: A) doña Ivonne del Carmen Bustios Malebran con un 45,25% de participación, ascendente a $234.681.244.-; B) la sociedad Inversiones Playa Brava Limitada con un 1,53% de participación, ascendente a $7.949.866.-; y C) la empresa Inmobiliaria y Comercial Playa Brava S.A. con un 53,22% de participación, ascendente a $276.037.026.-. Demás estipulaciones consta en la escritura extractada. Antofagasta, 14 de mayo de 2019.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA PLAYA BRAVA LIMITADA
CVE 2113374
- MODIFICACIÓN
Constructora Playa Brava Limitada
CVE 1591323
