Maco Capital SpA
Diario Oficial
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JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaria Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, rectifico extracto de escritura pública de modificación de sociedad "MACO CAPITAL SpA", de fecha 13 de mayo de 2024, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 14.344-2024, extracto inscrito con fecha 16 de mayo de 2024, a Fojas 41.486, Número 17.162, del Registro de Comercio de Santiago del año 2024 y publicado en el Diario Oficial, ejemplar N° 43.854 de fecha 18 de mayo de 2024 CVE 2494639, en cuanto al capital de escritura en el extracto, donde dice: inscrita a fojas 92.899 número 45.627 del Registro de Comercio de Santiago de 2019, debe decir: inscrita a fojas 92.899 número 45.626 del Registro de Comercio de Santiago de 2019. En todo lo demás, rige el extracto original. Santiago, 22 de mayo de 2024.
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La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley N°21.521, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
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Accionista | - | - | - |
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JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico que por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2024, repertorio N° 14.344-2024, ante mí, PABLO COVARRUBIAS CERVERÓ, en su calidad de único accionista de MACO CAPITAL SpA, según registro de accionistas tenido a la vista, rol único tributario N° 77.101.662-6, inscrita a fojas 92.899 número 45.627 del Registro de Comercio de Santiago de 2019, acordaron de conformidad al Artículo 427 del Código de Comercio, entre otras materias, la modificación del objeto de la Sociedad, de manera de reemplazar el actual Artículo Segundo de los Estatutos de la Sociedad por el siguiente por el siguiente: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley N°21.521, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general” Demás modificaciones constan en la escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Santiago, 16 de mayo de 2024.
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La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley N°21.521, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
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JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifico que por escritura pública de fecha 13 de mayo de 2024, repertorio N° 14.344-2024, ante mí, PABLO COVARRUBIAS CERVERÓ, en su calidad de único accionista de MACO CAPITAL SpA, según registro de accionistas tenido a la vista, rol único tributario N° 77.101.662-6, inscrita a fojas 92.899 número 45.626 del Registro de Comercio de Santiago de 2019, acordaron de conformidad al Artículo 427 del Código de Comercio, entre otras materias, la modificación del objeto de la Sociedad, de manera de reemplazar el actual Artículo Segundo de los Estatutos de la Sociedad por el siguiente por el siguiente: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de los servicios a que se refiere el artículo segundo de la Ley N°21.521, o aquella que la modifique o reemplace, en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley y que la Comisión para el Mercado Financiero así haya autorizado a la Sociedad para prestarlos, de conformidad a la legislación y normativa aplicable, pudiendo además realizar aquellas actividades adicionales que le autorice la Comisión para el Mercado Financiero mediante norma de carácter general” Demás modificaciones constan en la escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Santiago, 16 de mayo de 2024.
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ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular 40° Notaría Santiago, Teatinos 332, certifica: Hoy, ante mí, se redujo escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionistas de Maco Capital SpA, inscrita Fs. 92.899, N° 45.626 Registro de Comercio Santiago año 2019, celebrada el 26 de febrero de 2021, en la cual se acordó Modificar las cláusulas Décimo Sexto, titulada “De la Administración” y Décimo Séptimo, de los estatutos sociales, estableciéndose que la administración y representación de Maco Capital SpA corresponderá a don Pablo Covarrubias Cerveró, con amplias facultades. Santiago, 01 de marzo de 2021.-
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