有限责任公司77.071.520-2

Maderera San Cristobal Limitada

MODIFICACIÓN — 2023年7月10日

Diario Oficial

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公司信息

Ltda

摘要官方正文

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de rectificación y saneamiento de fecha 09 de junio de 2023, otorgada ante mí suplente doña Verónica Torrealba Costabal, don LUIS ANTONIO ÁLVAREZ GARCÍA DE LA HUERTA, en representación de CARLOS SOLIS BAHAMONDEZ, MARÍA EUGENIA SOLÍS BERROCAL, MARCELO FABIÁN SOLÍS BERROCAL e INVERSIONES SAN CRISTOBAL SpA; en su calidad de únicos socios de la sociedad MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA, a la fecha de la escritura que por este acto se sanea; viene a sanear, de conformidad a Ley N° 19.499 sobre vicios de nulidad, los vicios formales que afectan a la publicación de extracto de escritura pública de MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA, de fecha 11 de octubre de 2022, otorgada ante el Notario Público Titular de la 2° Notaría de Coyhaique, don Darwin Gustavo Contreras Piderit, con domicilio en Eusebio Lillo 134, Coyhaique. En virtud de lo anterior, se sanean vicios consistentes en errores involuntarios, a causa de los cuales, el extracto publicado con fecha 18 de noviembre de 2022 en el Diario Oficial de la República de Chile, correspondiente a la modificación de MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA, presenta diferencias con el extracto relativo a la misma modificación de sociedad, inscrito a fojas 156 vuelta, número 69, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique del año 2022. En virtud de los anterior, los socios, a través de su representante, vienen en corregir los siguientes errores involuntarios de extracto publicado con fecha 18 de noviembre de 2022 de MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA:Donde dice “DARWIN GUSTAVO CONTRERAS PIDERIT, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Coyhaique, Eusebio Lillo N°134, Coyhaique, certifica:”, debe decir “Doña Carola Andrea Vargas Laibe, certifica:”; y Donde dice “Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Coyhaique, 14 de noviembre de 2022.”, debe decir “Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Coyhaique, 19 de octubre de 2022.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de junio de 2023.

变更Diario Oficial · 2022-11-18查看 PDF(CVE 2219278)

公司信息

Ltda
calle Bilbao N°949

资本

总资本

$300.000.000

股东(4)

姓名持股比例

CARLOS SOLIS BAHAMONDEZ

Socio

25.32165812%

MARCELO FABIÁN SOLIS BERROCAL

Socio

13.28349278%

MARÍA EUGENIA SOLIS BERROCAL

Socio

13.28349278%

INVERSIONES SAN CRISTOBAL SpA

Socio

48.1113563208652%

公报所载公司沿革

  1. 身故· 2022年10月11日

    Fallece NELLY BERROCAL BERROCAL y deja de ser socia de la sociedad; sus derechos pasan a Carlos Solis Bahamondez y a sus hijos.

    NELLY BERROCAL BERROCAL · CARLOS SOLIS BAHAMONDEZ · MARCELO FABIÁN SOLIS BERROCAL · MARÍA EUGENIA SOLIS BERROCAL

摘要官方正文

DARWIN GUSTAVO CONTRERAS PIDERIT, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Coyhaique, Eusebio Lillo N°134, Coyhaique, certifica: Por escritura pública otorgada el 11.10.2022, ante mí: a) CARLOS SOLIS BAHAMONDEZ, por sí; b) MARÍA EUGENIA SOLÍS BERROCAL, por sí; c) MARCELO FABIÁN SOLÍS BERROCAL, por sí y en conjunto con MARÍA EUGENIA SOLÍS BERROCAL, en representación y como sucesión hereditaria de NELLY BERROCAL BERROCAL; y d) INVERSIONES SAN CRISTOBAL SpA, representada por CARLOS SOLIS BAHAMONDEZ; todos los anteriores domiciliados en calle Bilbao N°949, Coyhaique, Aysén; modificaron “MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA”, RUT N°77.071.520-2, inscrita a fojas 198, N° 52 del Reg. Com. CBR Coyhaique del año 1998. Modificaciones consisten: I) Modificación de participaciones sociales: Como consecuencia del fallecimiento de doña NELLY BERROCAL BERROCAL, esta última deja de ser socia de MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA, adquiriendo sus derechos CARLOS SOLIS BAHAMONDEZ como cónyuge sobreviviente en sociedad conyugal liquidada, y sus hijos MARCELO FABIÁN SOLIS BERROCAL y MARÍA EUGENIA SOLIS BERROCAL como únicos herederos; y, II) Como consecuencia de lo anterior, sustituir íntegramente el artículo sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “SEXTO: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de trescientos millones pesos que los socios aportan, pagan y pagarán en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: (A) Don Carlos Solis Bahamondez, aporta la suma de setenta y cinco millones novecientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y cuatro coma cinco pesos ($75.964.974,5), equivalente al 25,32165812% de los derechos sociales, que ha pagado con anterioridad a esta fecha; (B) Don Marcelo Fabián Solis Berrocal, aporta la suma de treinta y nueve millones ochocientos cincuenta mil cuatrocientos setenta y ocho coma treinta y cuatro pesos ($39.850.478,34), equivalente al 13,28349278% de los derechos sociales que ha pagado de la siguiente forma y oportunidad: a) Con la suma de un millón ochocientos sesenta y siete mil novecientos noventa y un pesos, que ha pagado con anterioridad a esta fecha y b) Con la suma de treinta y siete millones novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete coma treinta y cuatro pesos ($37.982.487,34), que corresponde a su porción hereditaria en los derechos sociales que correspondían a doña Nelly Berrocal Berrocal, producto de la disolución y liquidación de la sociedad conyugal habida entre esta última y don Carlos Solis Bahamondez; (C) Doña María Eugenia Solis Berrocal, aporta la suma de treinta y nueve millones ochocientos cincuenta mil cuatrocientos setenta y ocho coma treinta y cuatro pesos ($39.850.478,34), equivalente al 13,28349278% de los derechos sociales que ha pagado de la siguiente forma y oportunidad: a) Con la suma de un millón ochocientos sesenta y siete mil novecientos noventa y un pesos, que ha pagado con anterioridad a esta fecha y b) Con la suma de treinta y siete millones novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete coma treinta y cuatro pesos ($37.982.487,34), que corresponde a su porción hereditaria en los derechos sociales que correspondían a doña Nelly Berrocal Berrocal, producto de la disolución y liquidación de la sociedad conyugal habida entre esta última y don Carlos Solis Bahamondez; y (D) Inversiones San Cristobal SpA, aporta la suma de ciento cuarenta y cuatro millones trescientos treinta y cuatro mil sesenta y nueve pesos, equivalente al 48,1113563208652% de los derechos sociales que pagará hasta el 26 de diciembre de 2024.”. Socios reiteran que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene vigente el pacto social. Coyhaique, 14 de noviembre de 2022.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA

    CVE 2341728

  2. MODIFICACIÓN

    MADERERA SAN CRISTOBAL LIMITADA

    CVE 2219278

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