有限责任公司76.878.880-4

Mañán y Mañán Morales Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年5月30日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2026-05-30查看 PDF(CVE 2817808)

公司信息

Ltda
Avenida Hipódromo Chile N° 1311
管理方式: Sandra Andrea Mañán Álvarez, amplias facultades

股东(2)

姓名持股比例

Sandra Andrea Mañán Álvarez

Socio

11.xxx.xxx-0

80%

Valeria Morales Mañán

Socio

21.xxx.xxx-3

20%

管理人(1)

Sandra Andrea Mañán Álvarez

11.xxx.xxx-0Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2018年3月16日

    Se constituye Mañán y Mañán Morales Limitada.

  2. 权益转让· 2026年5月20日

    Hernán Sebastián Morales Mañán cede y transfiere la totalidad de sus derechos societarios, equivalentes al 20% del capital, a Sandra Andrea Mañán Álvarez.

    Hernán Sebastián Morales Mañán · Sandra Andrea Mañán Álvarez

摘要官方正文

Ministerio del Interior JAVIER IGNACIO HORMAZÁBAL COLLAO, Notario Público Interino de la Décima Novena Notaría de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 352, certifica: Por escritura pública de 20 de Mayo de 2026, Repertorio Nº 32.314, ante mí, Hernán Sebastián Morales Mañan, chileno, empleado, C.I. 19.755.244-1, y Sandra Andrea Mañán Álvarez, chilena, viuda, C.I. 11.296.088-0; Valeria Yazmín Morales Mañán, empleada, C.I. 21.081.516-3, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Hipódromo Chile N° 1311, Independencia, Santiago, exponen: comparecientes socios de la sociedad Mañán y Mañán Morales Limitada constituida por escritura pública de fecha 16 de marzo de 2018, otorgada en la Notaría de doña Claudia Marcela Gómez Lucares, inscrita a fojas 23048 número 12248 del año 2018 del Conservador de Comercio de Santiago. Cesión de derechos societarios: Hernán Sebastián Morales Mañán viene en ceder y transferir la totalidad de sus derechos en la sociedad Mañán y Mañán Morales Limitada, equivalentes al veinte por ciento del capital social a doña Sandra Andrea Mañán Álvarez, quien los compra y adquiere para sí en la suma de trece millones de pesos pagaderos en la forma y modo escritura extractada, con lo que, sumado al propio, representa 80 por ciento del capital social cedente, recibe conforme. Modificación de Sociedad: Sandra Andrea Mañán Álvarez con catorce millones de pesos, representando un 80 por ciento capital; Valeria Morales Mañán, cuatro millones cuatrocientos mil pesos, representa el 20 por ciento; administración y representación sociedad Sandra Andrea Mañán Álvarez, amplias facultades; demás estipulaciones no modificadas se mantienen y ratifican.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2026.

变更Diario Oficial · 2023-12-26查看 PDF(CVE 2427569)

公司信息

Ltda
Avenida Hipódromo Chile N° 1311
管理方式: Administración y representación por Sandra Andrea Mañán Álvarez, con amplias facultades

资本

总资本

$40.000.000

股东(3)

姓名持股比例

Sandra Andrea Mañán Álvarez

Socio

11.xxx.xxx-0

60%

Valeria Yazmín Morales Mañán

Socio

21.xxx.xxx-3

20%

Hernán Sebastian Morales Mañan

Socio

19.xxx.xxx-1

20%

管理人(1)

Sandra Andrea Mañán Álvarez

11.xxx.xxx-0Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2018年3月16日

    Se constituye la sociedad Mañán y Mañán Morales Limitada.

  2. 权益转让· 2023年12月1日

    Cynthia Tamara Morales Mañán cede la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 20% a Sandra Andrea Mañán Álvarez.

    Cynthia Tamara Morales Mañán · Sandra Andrea Mañán Álvarez

  3. 资本变更· 2023年12月1日

    Se aumenta el capital social en $20.000.000 y se redistribuyen los porcentajes entre los socios.

    Sandra Andrea Mañán Álvarez · Valeria Yazmín Morales Mañán · Hernán Sebastian Morales Mañan

  4. 管理人变更· 2023年12月1日

    La administración y representación queda a cargo de Sandra Andrea Mañán Álvarez.

    Sandra Andrea Mañán Álvarez

摘要官方正文

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular, 19ª Notaría de Santiago, Bandera 341, oficina 352, certifica: por escritura pública de 1 de diciembre 2023, Rep. 71.499, ante mi suplente Javier Ignacio Hormazábal Collao, Cynthia Tamara Morales Mañán, empleada, chilena, casada separada de bienes, c.i. 18.088.635-4, Sandra Andrea Mañán Álvarez, empresaria, chilena, viuda, c.i. 11.296.088-0, Valeria Yazmín Morales Mañán, empleada, chilena, soltera, c.i 21.081.516-3, Hernán Sebastian Morales Mañan, chileno, empleado, soltero, c.i. 19.755.244-1, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Hipódromo Chile N° 1311, Independencia, Santiago exponen: comparecientes socios de la sociedad Mañán y Mañán Morales Limitada constituida por escritura pública de fecha 16 de marzo de 2018 otorgada en la Notaría de doña Claudia Marcela Gómez Lucares, inscrita a fojas 23048 número 12248 del año 2018 del Conservador de Comercio de Santiago. Cesión de derechos societarios: Cynthia Tamara Morales Mañán, viene en ceder y transferir la totalidad de sus derechos en la sociedad Mañán y Mañán Morales Limitada equivalentes al 20% del capital social a doña Sandra Andrea Mañán Älvarez quien los compra y adquiere para si en la suma de $10.000.000, cedente recibe conforme. Modificación de Sociedad, capital social, se aumenta en $20.000.000, socios aportan complemento: Sandra Andrea Mañán Álvarez con $12.000.000, queda representando un total de 60% del capital, Valeria Yazmín Morales Mañán $4.000.000, queda representando un total de 20% del capital, Hernán Sebastián Morales Mañan $4.000.000, queda representando un total de 20% capital, administración y representación sociedad Sandra Andrea Mañán Álvarez, amplias facultades, demás estipulaciones no modificadas se mantienen y ratifican. Santiago 20 de Diciembre 2023.

变更Diario Oficial · 2018-04-23查看 PDF(CVE 1386886)

公司信息

Ltda
calle De la Arboleda número cinco mil quinientos cincuenta y seis

股东(4)

姓名持股比例

Hernán Sebastián Morales Mañán

Socio

-

Cynthia Tamara Morales Mañán

Socio

18.xxx.xxx-4

-

Sandra Andrea Mañán Álvarez

Socio

11.xxx.xxx-k

-

Valeria Yasmín Morales Mañán

Socio

21.xxx.xxx-3

-

法定代理(1)

公报所载公司沿革

  1. 其他行为· 2016年10月26日

    Se modificó la sociedad 'Hernán Morales Barrera mantención Eléctrica Voz y Dato E.I.R.L.' para transformarla en la sociedad de responsabilidad limitada 'Mañán y Mañán Morales Limitada'.

    Hernán Morales Barrera mantención Eléctrica Voz y Dato E.I.R.L. · Sandra Andrea Mañán Álvarez · Valeria Yasmín Morales Mañán

  2. 其他行为· 2018年3月16日

    Sentencia del 8° Juzgado Civil de Santiago ratifica lo obrado por Sandra Andrea Mañán Álvarez en representación de Valeria Yasmín Morales Mañán y ordena rectificar la cláusula décimo.

    Sandra Andrea Mañán Álvarez · Valeria Yasmín Morales Mañán

摘要官方正文

CLAUDIA MARCELA GÓMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público Titular 50° Notaría Santiago, oficio Teatinos 113, Santiago, certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, don Hernán Sebastián Morales Mañán, doña Cynthia Tamara Morales Mañán, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad N° 18.088.635-4 , doña Sandra Andrea Mañán Álvarez, , chilena, viuda, cédula de identidad número once millones doscientos noventa y seis mil ochenta y ocho guión que actúa por si y en representación de su hija menor doña Valeria Yazmín Morales Mañán , todos domiciliados calle De la Arboleda número cinco mil quinientos cincuenta y seis, comuna de Quilicura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana por orden del 8° Juzgado Civil de Santiago en la causa rol V-8- 2017. Ratifica y modifica la sociedad sentido siguiente “Y de conformidad a lo dispuesto en los artículos ochocientos noventa y uno y ochocientos noventa y dos del Código de Procedimiento Civil SE DECLARA: Que se hace lugar a la solicitud verificada al folio 1 y en consecuencia, se ratifica lo obrado por doña Sandra Andrea Mañán Álvarez, en nombre y representación de su hija menor de edad VALERIA YASMÍN MORALES MAÑÁN, c.i. 21.081.516-3, en la escritura pública de fecha veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, de modificación de sociedad “Hernán Morales Barrera mantención Eléctrica Voz y Dato E.I.R.L.” a Sociedad de Responsabilidad Limitada “Mañán y Mañán Morales Limitada” debiendo cumplir con la rectificación de la cláusula denominada “ artículo décimo”, en los términos señalados en el cuarto numeral de esta sentencia; Modificación de Sociedad, ARBITRAJE: Las partes acuerdan modificar en este acto la cláusula arbitral al que someterán las interpretaciones, dificultades u otros desacuerdos provenientes de la sociedad en tanto su gestión, término o disolución, y declaran estarse estrictamente a lo dispuesto en los artículos 628 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 224 del Código Orgánico de Tribunales, es decir, será un árbitro de derecho el que resolverá aquello nombrado de la forma en que se establece en las normas legales citadas. : Las partes hacen expresa declaración y elevan a esencial de la presente ratificación y modificación, el hecho que se reconocen expresamente las cláusulas no modificadas de la escritura que por este acto se ratifica y modifica y que deberán considerarse para todos los efectos legales incorporadas a la misma. Se incorpora a la presente escritura y forma parte de ella sentencia en causa V-8-2017 del 8° Juzgado Civil de Santiago. 16/03/2018.

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  1. MODIFICACIÓN

    Mañán y Mañán Morales Limitada

    CVE 2817808

  2. MODIFICACIÓN

    Mañán y Mañán Morales Limitada

    CVE 2427569

  3. MODIFICACIÓN

    Hernán Morales Barrera Mantención Eléctrica Voz y Dato E.I.R.L.

    CVE 1386886

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