股份公司76.797.808-1

Provoste Y Abogados SpA

MODIFICACIÓN — 2023年5月17日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2023-05-17查看 PDF(CVE 2315325)

公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 3 años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales
管理方式: Administración y representación única y exclusivamente a cargo de LESLIE PROVOSTE GUAJARDO

公司目的

Prestación de servicios profesionales jurídicos y la tramitación judicial de todo tipo de causas para ante cualquier tribunal, incluidas gestiones extrajudiciales y asesoría legal integral; actividades relacionadas; otros negocios o actividades acordados por los socios; asesorías contables y tributarias.

资本

总资本

$1.000.000

实缴资本

$1.000.000

待缴资本

$0

股东(2)

姓名持股比例

LESLIE PROVOSTE GUAJARDO

Socio

16.xxx.xxx-7

99%

BARBARA ESTEFANÍA BARRERA CARES

Socio

19.xxx.xxx-4

1%

管理人(1)

LESLIE PROVOSTE GUAJARDO

16.xxx.xxx-7Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2017年9月26日

    Constitución de LEXLEGIS ABOGADOS SpA.

    LESLIE PROVOSTE GUAJARDO

  2. 名称变更· 2020年3月9日

    La sociedad asume su nueva razón social.

  3. 其他行为· 2022年6月16日

    Modificación societaria anterior de fecha 16 de junio de 2022.

  4. 权益转让· 2023年5月10日

    Cesión de acciones que deja como nuevos socios a LESLIE PROVOSTE GUAJARDO y BARBARA ESTEFANÍA BARRERA CARES.

    LESLIE PROVOSTE GUAJARDO · BARBARA ESTEFANÍA BARRERA CARES

  5. 公司形式转换· 2023年5月10日

    Transformación de sociedad por acciones a sociedad de responsabilidad limitada.

    LESLIE PROVOSTE GUAJARDO · BARBARA ESTEFANÍA BARRERA CARES

摘要官方正文

Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, Notario Público titular, con oficio Huérfanos 1055, local 328, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: doña LESLIE PROVOSTE GUAJARDO, chilena, soltera, abogado, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos cinco mil quinientos sesenta y dos guion siete, domiciliada en Camino el Alba nueve mil quinientos, oficina ciento cinco, Comuna de Las Condes y doña BARBARA ESTEFANÍA BARRERA CARES, chilena, soltera, contador auditor, cédula nacional de identidad número diecinueve millones veintidós mil seiscientos ochenta y dos guión cuatro, domiciliada en Pelantaro número mil trescientos setenta y siete, Comuna de La Florida; transforman sociedad por acciones: doña LESLIE PROVOSTE GUAJARDO, es la única accionista de La sociedad PROVOSTE Y ABOGADOS SpA, constituida con el nombre de LEXLEGIS ABOGADOS SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones setecientos noventa y siete mil ochocientos ocho guión uno, constituida con fecha veintiséis de septiembre del año dos mil diecisiete, de conformidad a la Ley veinte mil ciento noventa, del presente estatuto, Código de Comercio y demás disposiciones legales, ante don FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular a cargo de la Trigésimo Primera Notaría de Santiago, y se encuentra inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas setenta y cuatro mil seiscientos treinta y siete, número cuarenta mil doscientos diecisiete correspondiente al año dos mil diecisiete. La sociedad cuenta con las siguientes modificaciones: Uno.- Modificación de fecha nueve de marzo del año dos mil veinte, realizada ante el Notario de Santiago, don FELIX JARA CADOT, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas veintiún mil trescientos ochenta y nueve, número diez mil seiscientos cincuenta y ocho del año dos mil veinte, en la cual la sociedad asume su nueva razón social y dos) Modificación de fecha dieciséis de Junio de dos mil veintidós, otorgada en la Notaria de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y ocho número veintidós mil doscientos setenta y siete, del año dos mil veintidós.- En virtud de la cesion de acciones que tuvo la sociedad con fecha 10 de mayo de 2023, los nuevos socios doña LESLIE PROVOSTE GUAJARDO, y doña BARBARA ESTEFANÍA BARRERA CARES, unánimemente y en virtud de lo dispuesto en el artículo noventa y seis y siguientes de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis “Sobre Sociedades Anónimas”, vienen en transformar la sociedad referida en la cláusula primera a una sociedad de Responsabilidad Limitada, la que se regirá por Ley número tres mil novecientos dieciocho de fecha catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores, además y supletoriamente por las disposiciones del Código del Comercio y del Código Civil que versen sobre la materia en todo aquello que no se encuentre expresamente estipulado en las siguientes disposiciones: RAZÓN SOCIAL: El nombre de la sociedad será: “PROVOSTE ABOGADOS Y ASOCIADOS LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, para todos los efectos, incluidos los bancarios, el de “PROVOSTE ABOGADOS Y ASOCIADOS LTDA.”. OBJETO SOCIAL: A) Prestación de servicios profesionales jurídicos y la tramitación judicial de todo tipo de causas para ante cualquier tribunal sean estos ordinarios, extraordinarios, especiales, administrativos y de cualquier especie o naturaleza y en cualquier instancia, incluidas las gestiones extrajudiciales, la prestación de asesorías legal integral a personas naturales o jurídicas; B) Cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; C) Cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden relacionado con lo anteriormente señalado, la auto contratación de la misma y sin que para ello sea necesario la modificación de los presentes estatutos y D) Asesorías Contables y Tributarias.- ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a doña LESLIE PROVOSTE GUAJARDO, quien podrán actuar anteponiendo a su firma la razón social, la representará y obligará con amplias facultades.- CAPITAL: El capital de la empresa es la suma de un MILLÓN DE PESOS, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) doña LESLIE PROVOSTE GUAJARDO, aporta la suma de novecientos noventa mil pesos, equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social, los que se pagan al contado en este acto, ingresándolos a la caja social; y b) doña BARBARA ESTEFANÍA BARRERA CARES, aporta la suma de diez mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social, los que se pagan al contado en este acto, ingresándolos a la caja social.- VIGENCIA: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de suscripción de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovables tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del periodo que se estuviere en curso mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social además del envío de carta certificada dirigida al domicilio del otro socio con una anticipación de a lo menos, un mes antes del vencimiento del periodo respectivo y siempre que el término de la sociedad no signifique un perjuicio para los negocios sociales. DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de constituir domicilios especiales en otros lugares de chile o en el extranjero y de las agencias y sucursales que considere pertinente establecer para un mejor desarrollo de su actividad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 10 de mayo de 2023.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    PROVOSTE Y ABOGADOS SpA

    CVE 2315325

公司关系

公司人物Diario Oficial