Ernc Atacama SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
US$6.966.537,51
实缴资本
US$6.966.537,51
待缴资本
US$0
股份
12,423
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. Accionista 76.131.562-5 | 76.131.562-5 | 100% | US$6.966.537,51 |
摘要官方正文
JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la 42ª Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de junio de 2021, bajo repertorio Nº 26.106-2021 ante titular, IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A., RUT 76.131.562-5, con domicilio en Rosario Norte N° 615, oficina 1403, comuna de Las Condes, Santiago, como único accionista de ERNC ATACAMA SpA, inscrita a fojas 55.114 N° 29.782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, acordó: (i) Modificar la moneda en la cual se expresa el capital social, pasando de pesos chilenos a dólares de los Estados Unidos de América, sustituyendo al efecto los Artículos Quinto Permanente y Tercero Transitorio de los estatutos sociales de ERNC Atacama SpA, en el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social asciende a la suma de US$6.966.537,51, dividido en 12.423 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo mediante transferencia bancaria o en especies. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago de capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de US$6.966.537,51, dividido en 12.423 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por el accionista Ibereólica Renovables Chile S.A.”; (ii) La fusión por absorción de ERNC ATACAMA SPA y IBEREÓLICA SOLAR CHILE SpA en IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A., en adelante “Sociedad Absorbente”. En virtud de la fusión, la Sociedad Absorbente adquiere todos los activos y pasivos de ERNC Atacama SpA. Se acordó que fusión se efectuara a valores netos, de manera que no se aumenta capital ni se emiten acciones de IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. Como consecuencia de fusión se produce disolución de ERNC ATACAMA SPA sin que proceda su liquidación; y (iii) Aprobar los balances que sirven de base para la fusión: a) balance de IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A; b) balance de IBEREÓLICA SOLAR CHILE SpA; c) balance de ERNC ATACAMA SpA; y d) Balance de Fusión. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de julio de 2021.
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资本
总资本
$4.889.982.725
实缴资本
$4.889.982.725
待缴资本
$0
股份
12,423
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Ibereolica Renovables Chile S.A. Accionista 76.131.562-5 | 76.131.562-5 | 100% | - |
法定代理(1)
Roberto Sola Lacasa
摘要官方正文
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de febrero de 2021, repertorio 2.492-2021, ante mí, IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A., Rol Único Tributario número 76.131.562-5, representada por don Roberto Sola Lacasa, cedula de identidad para extranjeros número 22.705.712-2, en su carácter de único accionista de ERNC ATACAMA SpA, Rol Único Tributario número 76.769.396-6, todos domiciliados para estos efectos en Cerro el Plomo 5420, oficina 1305, Las Condes, acuerda modificar los estatutos de ERNC ATACAMA SpA, sociedad inscrita a fojas 55114, número 29782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, en el sentido de sustituir en su totalidad el artículo noveno de los estatutos relativo a la administración y uso de la razón social, por uno nuevo del siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO: Uno.- La Sociedad será administrada por un Directorio integrado por cuatro miembros titulares, que podrán ser o no ser accionistas de la sociedad. Dos.- Los Directores durarán tres años en sus funciones, no serán remunerados, salvo acuerdo temporal en contrario de la Junta de Accionistas y serán elegidos en la Junta de Accionistas que corresponda, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. Los Directores cesarán en sus cargos y perderán el carácter de tales por renuncia, por incapacidad o inhabilidad sobreviniente, por declaraciones en quiebra o por remoción en Junta de Accionistas. Si por cualquier causa quedare vacante un cargo de Director, el Directorio deberá designar provisionalmente a otra persona que lo reemplace. El Director designado de este modo permanecerá en funciones hasta la celebración de la próxima Junta Accionistas, en la cual corresponda la renovación total del Directorio. Si por cualquier causa no se celebrase en la época establecido en estos estatutos la Junta de Accionistas llamada a hacer la elección de los Directores, se entenderán prorrogadas las funciones de los que hubieren cumplido su período hasta que se les nombre reemplazante y el Directorio deberá convocar, dentro del plazo de treinta días a una Asamblea para hacer el nombramiento. Tres.- El Directorio deberá sesionar con la mayoría absoluta de sus directores. Los acuerdos se tomarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes, decidiendo en caso de empate quien preside la reunión. El directorio deberá sesionar por lo menos una vez cada año. Las Sesiones de Directorio podrán celebrarse con la asistencia de sus miembros a través de medios tecnológicos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo cuarenta y siete de la Ley sobre Sociedades Anónimas y las instrucciones de general aplicación dictadas por la Superintendencia de Valores y Seguros.- Cuatro.- El Directorio tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley sobre Sociedades Anónimas y el Reglamento o estos estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, quedando en consecuencia el Directorio ampliamente facultado para ejecutar y celebrar todos aquellos actos y contratos que estime convenientes para la administración de los negocios sociales y para la inversión de los recursos de la sociedad. Podrá el Directorio delegar parte de sus facultades en los Gerentes, Subgerentes o Abogados de la sociedad, en un Director o en una comisión de Directores y para objetos especialmente determinados, en otras personas. Cinco.- Las deliberaciones y acuerdos del Directorio deberán constar en actas, y junto con los consentimientos otorgados por escrito por la unanimidad de los directores, deberán ser almacenadas por los medios que el mismo directorio determine y que a lo largo del tiempo garanticen la fidelidad e integridad de tales deliberaciones, acuerdos y consentimientos. Cada acta será firmada por los directores que hubieren concurrido a la sesión, salvo en el caso que su asistencia se realice por medios tecnológicos conforme lo contempla el artículo anterior. Seis.- La Sociedad tendrá un Gerente General que será designado por el Directorio y estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio, de todas aquellas que expresamente le otorguen el directorio y de las indicaciones del inciso segundo del artículo cuarenta y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis. Estará además legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y tendrá derecho a voz en las reuniones del Directorio. El cargo de Gerente General será compatible con el de Director, no así con el de Presidente del Directorio. El Directorio podrá determinar si el cargo de Gerente General es remunerado, estableciendo en tal caso las condiciones económicas asociadas a dicho cargo. Siete.- Al directorio de la Sociedad y a sus miembros le serán aplicables las mismas normas establecidas para los directorios y directores de sociedades anónimas cerradas en relación con su nombramiento, funcionamiento, deberes y responsabilidades, salvo las normas especiales que estén contenidas en este estatuto, las que primarán sobre aquellas”. Capital. - El capital de la sociedad es la cantidad de $4.889.982.725 pesos, dividido en 12.423 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Adicionalmente, el notario referido certifica, que a la fecha de suscripción de la escritura pública mencionada, teniendo a la vista el libro de accionistas de la Sociedad ERNC Atacama SpA, le consta que Ibereolica Renovables Chile S.A. detenta la calidad de único accionista de ERNC Atacama SpA. Santiago, 12 de febrero de 2021.
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MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, Santiago, certifica: ante mí, con fecha 9 de diciembre de 2020, se redujo a escritura pública, bajo Repertorio N°16.895-2020, el acta de “Decisión de Accionista Único” celebrada el día 21 de octubre de 2020, de ERNC ATACAMA SpA (la “Sociedad”), Rol Único Tributario N° 76.769.396-6 sociedad inscrita a fojas 55114, N° 29782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017. El accionista único acordó modificar íntegramente el artículo noveno de los estatutos, reemplazando el órgano administrativo de la sociedad, siendo el nuevo texto el siguiente: ARTÍCULO NOVENO: Uno.- La Sociedad será administrada por un Directorio integrado por cuatro miembros titulares, que podrán ser o no ser accionistas de la sociedad. Dos.- Los Directores durarán tres años en sus funciones, no serán remunerados, salvo acuerdo temporal en contrario de la Junta de Accionistas y serán elegidos en la Junta de Accionistas que corresponda, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. Los Directores cesarán en sus cargos y perderán el carácter de tales por renuncia, por incapacidad o inhabilidad sobreviniente, por declaraciones en quiebra o por remoción en Junta de Accionistas. Si por cualquier causa quedare vacante un cargo de Director, el Directorio deberá designar provisionalmente a otra persona que lo reemplace. El Director designado de este modo permanecerá en funciones hasta la celebración de la próxima Junta Accionistas, en la cual corresponda la renovación total del Directorio. Si por cualquier causa no se celebrase en la época establecido en estos estatutos la Junta de Accionistas llamada a hacer la elección de los Directores, se entenderán prorrogadas las funciones de los que hubieren cumplido su período hasta que se les nombre reemplazante y el Directorio deberá convocar, dentro del plazo de treinta días a una Asamblea para hacer el nombramiento. Tres.- El Directorio deberá sesionar con la mayoría absoluta de sus directores. Los acuerdos se tomarán por la mayoría absoluta de los directores asistentes, decidiendo en caso de empate quien preside la reunión. El directorio deberá sesionar por lo menos una vez cada año. Las Sesiones de Directorio podrán celebrarse con la asistencia de sus miembros a través de medios tecnológicos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo cuarenta y siete de la Ley sobre Sociedades Anónimas y las instrucciones de general aplicación dictadas por la Superintendencia de Valores y Seguros.- Cuatro.- El Directorio tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar frente a terceros estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley sobre Sociedades Anónimas y el Reglamento o estos estatutos no establezcan como privativas de la Junta de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, quedando en consecuencia el Directorio ampliamente facultado para ejecutar y celebrar todos aquellos actos y contratos que estime convenientes para la administración de los negocios sociales y para la inversión de los recursos de la sociedad. Podrá el Directorio delegar parte de sus facultades en los Gerentes, Subgerentes o Abogados de la sociedad, en un Director o en una comisión de Directores y para objetos especialmente determinados, en otras personas. Cinco.- Las deliberaciones y acuerdos del Directorio deberán constar en actas, y junto con los consentimientos otorgados por escrito por la unanimidad de los directores, deberán ser almacenadas por los medios que el mismo directorio determine y que a lo largo del tiempo garanticen la fidelidad e integridad de tales deliberaciones, acuerdos y consentimientos. Cada acta será firmada por los directores que hubieren concurrido a la sesión, salvo en el caso que su asistencia se realice por medios tecnológicos conforme lo contempla el artículo anterior. Seis.- La Sociedad tendrá un Gerente General que será designado por el Directorio y estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio, de todas aquellas que expresamente le otorguen el directorio y de las indicaciones del inciso segundo del artículo cuarenta y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis. Estará además legalmente investido de las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil y tendrá derecho a voz en las reuniones del Directorio. El cargo de Gerente General será compatible con el de Director, no así con el de Presidente del Directorio. El Directorio podrá determinar si el cargo de Gerente General es remunerado, estableciendo en tal caso las condiciones económicas asociadas a dicho cargo. Siete.- Al directorio de la Sociedad y a sus miembros le serán aplicables las mismas normas establecidas para los directorios y directores de sociedades anónimas cerradas en relación con su nombramiento, funcionamiento, deberes y responsabilidades, salvo las normas especiales que estén contenidas en este estatuto, las que primarán sobre aquellas. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 04 de enero de 2021.
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股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A. Accionista | - | 100% | - |
摘要官方正文
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 22 de octubre de 2020, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 13.499-2020, IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A., en su calidad de único accionista de la sociedad ERNC ATACAMA SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 55.114 número 29.782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, acordó modificar la Sociedad en materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre de 2020
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资本
总资本
$4.889.982.725
实缴资本
$4.889.982.725
待缴资本
$0
股份
12,423
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A. Accionista 76.131.562-5 | 76.131.562-5 | 100% | $4.889.982.725 |
法定代理(1)
摘要官方正文
MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, Notario Público Interino, la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2019, ante mi, repertorio N° 23.569-2019, otorgada ante mí, Cristián Arévalo Leal, en representación de IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A., RUT 76.131.562-5, única accionista de la sociedad “ERNC ATACAMA SpA”, RUT 76.769.396-6 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 55.114 número 29.782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, el accionista único acordó aumentar el capital social en la suma de $472.260.230.- mediante la emisión de 1.200 acciones de pago, todas nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. En consecuencia, el capital social queda en la suma de 4.889.982.725.- pesos dividido en 12.423 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal. Las acciones fueron suscritas y pagadas por el único accionista Ibereólica Renovables Chile S.A. Como consecuencia de la modificación indicada precedentemente se sustituyen íntegramente los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad: /a/ “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de 4.889.982.725.- pesos dividido en 12.423 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo mediante transferencia bancaria o en especies. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.”; y /b/ “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- Suscripción y pago del capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de 4.889.982.725.- pesos dividido en 12.423 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por el accionista IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 8 de enero de 2020.
公司信息
资本
总资本
$4.417.722.495
实缴资本
$4.417.722.495
待缴资本
$0
股份
11,223
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A. Accionista 76.131.562-5 | 76.131.562-5 | 100% | $4.417.722.495 |
法定代理(1)
摘要官方正文
MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado notario pública interino 27° notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia certifico que por escritura pública de fecha 10 de octubre de 2019, repertorio N° 20.279-2019, otorgada ante mí, Cristián Arévalo Leal, en representación de IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A., RUT 76.131.562-5, única accionista de la sociedad “ERNC ATACAMA SpA”, RUT 76.769.396-6 (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 55.114 número 29.782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, el accionista único acordó aumentar el capital social en la suma de $2.684.515.036.- mediante la emisión de 6.820 acciones de pago, todas nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. En consecuencia, el capital social queda en la suma de $4.417.722.495.- pesos dividido en 11.223 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal. Las acciones fueron suscritas y pagadas por el único accionista Ibereólica Renovables Chile S.A. Como consecuencia de la modificación indicada precedentemente se sustituyen íntegramente los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad: /a/ “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $4.417.722.495.- pesos, dividido en 11.223 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo mediante transferencia bancaria o en especies. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que correspondan a las acciones íntegramente pagadas.”; y /b/ “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.- Suscripción y pago del capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de 4.417.722.495.- pesos, dividido en 11.223 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por el accionista IBEREOLICA RENOVABLES CHILE S.A.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 17 de octubre de 2019.
公司信息
资本
总资本
$1.435.955.819
实缴资本
$1.435.955.819
待缴资本
$0
股份
3,648
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Ibereolica Renovables Chile S.A. Accionista | - | 100% | $1.435.955.819 |
摘要官方正文
EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público, Titular 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifica que: Por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2018, ante mí, Ibereólica Renovables Chile S.A., representada legalmente por Cristián Arévalo Leal y en su calidad de único accionista de la sociedad "ERNC ATACAMA SpA", inscrita a fojas 55114 número 29782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, acordó aumentar el capital social de $393.632.819.- dividido en 1000 acciones, en la suma de $1.042.323.000.- mediante la emisión de 2.648 acciones de pago, todas nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. En consecuencia, el capital social queda en la suma de 1.435.955.819.- pesos dividido en 3.648 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por el único accionista Ibereolica Renovables Chile S.A. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de octubre de 2018 Eduardo Avello C.- Notario Público.
公司信息
资本
总资本
$1.435.955.819.-
实缴资本
$1.435.955.819.-
待缴资本
$0
股份
3,648
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. Accionista | - | 100% | $1.435.955.819.- |
公报所载公司沿革
- 设立· 2011年6月29日
Se menciona la constitución de IBEREÓLICA CABO LEONES II S.A.
摘要官方正文
EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público, Titular 27° Notaría de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de octubre de 2018, ante mí, se redujo Escritura Pública de la sociedad “ERNC ATACAMA SpA”, (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 27 de septiembre de 2018. Sociedad inscrita a fojas 55114 número 29782 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017. En dicha escritura se acordó aumentar el capital social de $393.632.819.- dividido en 1000 acciones, en la suma de $1.042.323.000.- mediante la emisión de 2.648 acciones de pago, todas nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. En consecuencia, el capital social queda en la suma de 1.435.955.819.- pesos dividido en 3.648 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal. Las acciones fueron suscritas y pagadas por Ibereólica Renovables Chile S.A. Por lo tanto, el Artículo Quinto de los estatutos sociales se reemplaza por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es de $1.435.955.819.-, dividido en 3.648 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal. Las acciones se suscriben, enteran y pagan la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos sociales.” Se reemplaza, además, el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es de US$$1.435.955.819.- dividido en 3.648 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por el accionista IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. de la siguiente forma: /i/ suscripción de 1000 acciones, equivalentes al 27,41% por ciento del capital social, mediante el aporte, cesión y transferencia en especie a la Sociedad de 390.460 acciones emitidas por la sociedad IBEREÓLICA CABO LEONES II S.A., rol único tributario número 76.202.168-1, constituida por escritura pública de fecha 29 junio del año 2011, otorgada en la cuadragésima novena Notaría de Santiago de don Enrique Tornero Figueroa bajo el repertorio número 37.057 año 2011. Un extracto de dicha escritura pública fue inscrito a fojas 39.806, número 29.552 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago correspondiente al año 2011 y fue publicado en el Diario Oficial de fecha 22 de julio de 2011. Este aporte se valoriza a costo tributario de acuerdo a lo señalado en el artículo 64 del Decreto Ley 830 /Código Tributario/ en la suma de 393.632.819 pesos, moneda de curso legal; y /ii/ suscripción de 2.648, equivalentes al 72,59 % del capital social mediante aumento de capital realizado con fecha del presente instrumento que ha sido íntegramente desembolsado.”Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 22 de octubre de 2018.
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公司目的
efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, raíces o muebles, especialmente acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; la instalación, desarrollo puesta en marcha, mantenimiento, explotación, distribución, cogeneración, así como la promoción y venta, de cualesquiera formas de energía hidroeléctrica, solar, eólica, biomasa, termoeléctrica, así como otras fuentes de energía alternativas, incluyendo sus respectivas fuentes generadores, instalaciones y fuentes de distribución; la construcción, adquisición, implementación y comercialización, a cualquier título, sea por cuenta propia o terceros, de centrales generadoras de energía, de campos de energía eólica, de biomasa, hidráulicas o solar y otras fuentes de energía eléctrica, subestaciones, líneas de transmisión y subtransmisión, redes de distribución, derechos de agua y, en general toda clase de instalaciones relacionadas con la generación, compra y venta de energía, la asesoría para construcción y manejo de los dichos campos, así como explotación, producción, transporte, distribución, compra, venta y suministro de energía eléctrica de cualquier naturaleza y tipo de fuente, pudiendo para lates efectos obtener, adquirir y gozar las concesiones y mercedes respectivas; generar y comercializar energía de cualquier naturaleza, en forma directa o a través de otras empresas; realizar funciones de prueba, ensayos y certificaciones, así como las comprobaciones, calibraciones y certificaciones de medidores de energía eléctrica, así como de cualquier otro bien físico que sirva para producir, transportar, medir, almacenar, distribuir, usar o consumir energía de cualquier naturaleza; prestar servicios energéticos y de ingeniería de todo tipo, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones a las que se refiere la ley, solicitar permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines sociales; diseñar, construir, mantener y explotar obras de infraestructura civiles o hidráulicas, relacionadas con concesiones de obras públicas o privadas; explotar los bienes que conforman su activo; realizar inversiones, desarrollar proyectos de energía, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en procesos industriales en que la energía eléctrica sea esencial; depuración, transformación, y desalación de aguas, su explotación y comercialización; invertir en bienes inmuebles, relacionados con el objeto social, adquirirlos, administrarlos y enajenarlos; adquirir, explotar y transferir concesiones en telecomunicaciones, construir, arrendar, mantener y explotar líneas de transmisión y distribución de energía eléctrica, incluyendo sus estaciones transformadoras; el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros para todo tipo de bienes y servicios relacionados con la generación, transmisión y distribución de los rubros anteriormente indicados; generar, transar, comprar, vender, permutar bonos de carbono, según el protocolo de Kyoto y/o similares, así como desarrollar todas aquellas actividades asociadas a su comercialización y generación; la investigación, diseño, desarrollo; fabricación, importación, exportación, comercialización y transferencia de aplicaciones tecnológicas en el ámbito de la energía eléctrica, electrónica, informática, hidráulica, neumática, biomasa, mareomotriz, geotermia, eólica y solar, incluyendo la comercialización y distribución de Sistemas de Control, automatización y redes de datos y, en general, toda clase de prestaciones de servicios relacionados con las materias indicadas; la realización de estudios, consultorías, asesorías, auditorías, evaluación y desarrollo de proyectos de mejoras de eficiencia energética y de inversión en generación energética en cualquiera de los tipos de energías anteriormente señaladas, y muy especialmente, en energías renovables no convencionales (ERNC), incluyendo el desarrollo de la ingeniería conceptual, básica y de detalle; la prestación de servicios técnicos, operación y mantenimiento asociados con la generación, transmisión y distribución de energía; y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad
资本
总资本
$393.632.819.-
实缴资本
$393.632.819.-
待缴资本
$0
股份
1,000
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A. Accionista | - | 100% | $393.632.819.- |
管理人(6)
摘要官方正文
EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular 27ª Not. Santiago, calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 30 de junio de 2017, ante mí, Repertorio N° 21547, IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A., constituyó sociedad por acciones: Nombre: “ERNC ATACAMA SpA”. Objeto: /i/ efectuar inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, raíces o muebles, especialmente acciones de sociedades anónimas, acciones de sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; /ii/ la instalación, desarrollo puesta en marcha, mantenimiento, explotación, distribución, cogeneración, así como la promoción y venta, de cualesquiera formas de energía hidroeléctrica, solar, eólica, biomasa, termoeléctrica, así como otras fuentes de energía alternativas, incluyendo sus respectivas fuentes generadores, instalaciones y fuentes de distribución; /iii/ la construcción, adquisición, implementación y comercialización, a cualquier título, sea por cuenta propia o terceros, de centrales generadoras de energía, de campos de energía eólica, de biomasa, hidráulicas o solar y otras fuentes de energía eléctrica, subestaciones, líneas de transmisión y subtransmisión, redes de distribución, derechos de agua y, en general toda clase de instalaciones relacionadas con la generación, compra y venta de energía, la asesoría para construcción y manejo de los dichos campos, así como explotación, producción, transporte, distribución, compra, venta y suministro de energía eléctrica de cualquier naturaleza y tipo de fuente, pudiendo para lates efectos obtener, adquirir y gozar las concesiones y mercedes respectivas; /iv/ generar y comercializar energía de cualquier naturaleza, en forma directa o a través de otras empresas; realizar funciones de prueba, ensayos y certificaciones, así como las comprobaciones, calibraciones y certificaciones de medidores de energía eléctrica, así como de cualquier otro bien físico que sirva para producir, transportar, medir, almacenar, distribuir, usar o consumir energía de cualquier naturaleza; /v/ prestar servicios energéticos y de ingeniería de todo tipo, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquier forma las concesiones a las que se refiere la ley, solicitar permisos y franquicias para conservar, promover o desarrollar los fines sociales; /vi/ diseñar, construir, mantener y explotar obras de infraestructura civiles o hidráulicas, relacionadas con concesiones de obras públicas o privadas; explotar los bienes que conforman su activo; /vii/ realizar inversiones, desarrollar proyectos de energía, desarrollar proyectos y efectuar operaciones o actividades en procesos industriales en que la energía eléctrica sea esencial; /viii/ depuración, transformación, y desalación de aguas, su explotación y comercialización; /ix/ invertir en bienes inmuebles, relacionados con el objeto social, adquirirlos, administrarlos y enajenarlos; adquirir, explotar y transferir concesiones en telecomunicaciones, construir, arrendar, mantener y explotar líneas de transmisión y distribución de energía eléctrica, incluyendo sus estaciones transformadoras; /x/ el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros para todo tipo de bienes y servicios relacionados con la generación, transmisión y distribución de los rubros anteriormente indicados; /xi/ generar, transar, comprar, vender, permutar bonos de carbono, según el protocolo de Kyoto y/o similares, así como desarrollar todas aquellas actividades asociadas a su comercialización y generación; /xii/ la investigación, diseño, desarrollo; fabricación, importación, exportación, comercialización y transferencia de aplicaciones tecnológicas en el ámbito de la energía eléctrica, electrónica, informática, hidráulica, neumática, biomasa, mareomotriz, geotermia, eólica y solar, incluyendo la comercialización y distribución de Sistemas de Control, automatización y redes de datos y, en general, toda clase de prestaciones de servicios relacionados con las materias indicadas; /xiii/ la realización de estudios, consultorías, asesorías, auditorías, evaluación y desarrollo de proyectos de mejoras de eficiencia energética y de inversión en generación energética en cualquiera de los tipos de energías anteriormente señaladas, y muy especialmente, en energías renovables no convencionales (ERNC), incluyendo el desarrollo de la ingeniería conceptual, básica y de detalle; /xiv/ la prestación de servicios técnicos, operación y mantenimiento asociados con la generación, transmisión y distribución de energía; y /xv/ en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad. Domicilio: Parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $393.632.819.-, dividido en 1000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado mediante el aporte, cesión y transferencia en especie a la sociedad de 390.460 acciones emitidas por la sociedad Ibereólica Cabo Leones II S.A. Administración: corresponderá a IBEREÓLICA RENOVABLES CHILE S.A., en calidad de accionista administrador, el que podrá actuar por medio de apoderados especialmente designados para tal efecto mediante escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social. Sin perjuicio de lo anterior, los apoderados especialmente designados para la administración estarán autorizados para administrar la sociedad, usar su razón social y para representarla desde la fecha de suscripción de la escritura pública en que consta su nombramiento, sin necesidad de esperar la anotación de la misma al margen de la inscripción social de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. Administrador efectuó las siguientes designaciones de apoderados: designó como Gerente General a don Cristián Arévalo Leal; y designó como apoderados a los señores Cristián Arévalo Leal, José Manuel Rámos Perez Polo, Gonzalo Rámos Perez Polo, Enrique Bertolá Soriano y Gregorio Alvarez Cabreros, quienes podrán actuar en la forma y con las facultades que se indican en la escritura que se extracta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de Julio de 2017.
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