Ajustadores De Seguros Prime SpA
Diario Oficial
公司信息
公报所载公司沿革
- 名称变更· 2023年8月7日
Acuerdo de accionistas para cambiar el nombre de la sociedad y su nombre de fantasía.
摘要官方正文
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara 107, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Mediante acuerdo de accionistas sin forma de Junta de la sociedad “AJUSTADORES DE SEGUROS PRIME SpA.”, celebrada el 07 de Agosto de 2023 y reducida a escritura pública en este Oficio con fecha 08 del mes y año citado, se acordó cambiar el nombre de la compañía por el de “AURA LIQUIDADORES SpA” y cuyo nombre de fantasía corresponderá al de “AURA SpA” de esta sociedad por acciones inscrita a fojas 50.709, número 27.599 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2017 (la “Sociedad”), se modifica en consecuencia el Artículo Primero por: Artículo Primero. Nombre: “Aura Liquidadores SpA”, nombre de fantasía: “Aura SpA”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Agosto de 2023. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Titular.
公司信息
公司目的
Artículo Cuarto: se suprimen las expresiones “por intermedio de terceros” y “en conjunto con otros” del objeto social.
资本
总资本
$1.000.000
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 13.xxx.xxx-1 | 13.xxx.xxx-1 | 100% | - |
公报所载公司沿革
- 设立· 2017年6月28日
Se constituyó AJUSTADORES DE SEGUROS PRIME SpA.
摘要官方正文
JORGE LOBOS DIAZ, Notario Público Suplente del Titular COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Cuarta Notaría Santiago, Ahumada 341, Piso 4°, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 27/06/2018, Repertorio 8.219/2018, ante TITULAR, don FERNANDO JARA VALDERRAMA, chileno, soltero, Ingeniero Civil, Cédula Nacional de Identidad número 13.906.205-1, domiciliado en Vicuña Mackenna número 530, departamento C, comuna de Providencia; en su calidad de único accionista de la sociedad AJUSTADORES DE SEGUROS PRIME SpA, rol único tributario número 76.763.401-3, la cual fue constituída por escritura pública de fecha 28 de junio de 2017, otorgada en la Notaría Pública de la ciudad de Santiago de don Cosme Fernando Gomila Gatica, repertorio número 11.092/ 2017. Un extracto de esta escritura se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2017, a fojas 50.709, número 27.599 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 05 de Julio de 2017, edición número 41.800, a la cual efectuó las siguientes modificaciones: Uno) Se modifica el Artículo Cuarto, suprimiéndose las expresiones “por intermedio de terceros” y “en conjunto con otros”. Dos) Se modifica el Artículo Décimo Cuarto, cuya redacción pasará a ser la siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Administración. La administración de la sociedad será ejercida por una o mas personas naturales o jurídicas, que ostentará(n) la calidad de administrador(es), quien(es) podrá(n) conferir mandatos generales o especiales a una o más personas con las facultades y atribuciones que determine, pudiendo designar gerente general y gerentes para áreas determinadas y, en cualquier caso, tanto el o los administradores, así como los mandatarios o delegados, deberán cumplir con los requisitos de la letra d) del artículo sesenta y dos del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno. El o los administradores será(n) designado(s) por la junta de accionistas de la sociedad, por mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto, cuya acta será protocolizada o reducida a escritura pública. Sin perjuicio de lo señalado, la unanimidad de los accionistas podrá designar directamente, por escritura pública, a la o las persona(s) natural(es) o jurídica(s) que detentará(n) la administración social, la que se ejercerá en la forma precitada. Desde la constitución de la sociedad hasta la realización de la primera junta de accionistas, tendrá lugar una administración provisional.” Tres) Se modifica el Artículo Segundo Transitorio, particularmente el literal X), cuya redacción pasará a ser la siguiente: “X) Otorgar mandatos, generales o especiales, revocarlos, pudiendo a su vez otorgar a los mandatarios la facultad de conferir mandatos y revocarlos a su vez, modificarlos y delegar en todo o en parte sus atribuciones a terceros, quienes deberán cumplir con los requisitos de la letra d) del artículo sesenta y dos del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno. Cuatro) Se modifica el Artículo Décimo Quinto, cuya redacción pasará a ser la siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Fiscalización de la Administración. El gerente general de la sociedad podrá nombrar anualmente a una Empresa de Auditoría Externa de aquellas comprendidas en el artículo doscientos treinta y nueve y siguientes, del Título XXVIII de la Ley número dieciocho mil cuarenta y cinco con el objeto de que examinen la contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros de la sociedad, e informen por escrito el cumplimiento de su mandato. Sus requisitos, derechos, obligaciones y demás atribuciones serán establecidos por el gerente general. En su defecto, los accionistas podrán conformar entre ellos, para el mismo propósito, una junta de vigilancia con el objeto de ejercer la fiscalización a la administración de la sociedad.” El socio declara que el capital social a la fecha es de un millón de pesos. En lo no modificado sigue vigente la mentada escritura.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
AJUSTADORES DE SEGUROS PRIME SpA
CVE 2365316
- MODIFICACIÓN
AJUSTADORES DE SEGUROS PRIME SpA
CVE 1430488
