有限责任公司76.753.940-1

Centro Radiológico PRC Limitada

MODIFICACIÓN — 2017年3月25日

Diario Oficial

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公司信息

Ltda
Copiapó, Atacama
管理方式: Administración conjunta por los socios Alejandra del Rosario Saavedra Zepeda y Johnatan Alejandro Fernández Campusano

资本

总资本

$15.000.000

实缴资本

$15.000.000

待缴资本

$0

股东(2)

姓名持股比例

ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA

Socio

15.xxx.xxx-2

50%

JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO

Socio

16.xxx.xxx-k

50%

管理人(2)

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2006年8月21日

    Constitución de Centro Radiológico PRC Limitada o Centro Radiológico Plaza Real Copiapó Ltda.

  2. 其他行为· 2009年11月18日

    Se modifica la sociedad y se publica el extracto correspondiente.

  3. 其他行为· 2010年4月8日

    Se modifica la sociedad y se publica el extracto correspondiente.

  4. 其他行为· 2011年4月29日

    Se modifica la sociedad y se publica el extracto correspondiente.

  5. 其他行为· 2014年5月8日

    Se modifica la sociedad y se publica el extracto correspondiente.

  6. 权益转让· 2016年11月18日

    Susana Verónica Gutiérrez Mendoza cede su 15% a Alejandra del Rosario Saavedra Zepeda; Anita Virginia Quiroga Araya cede su 45% a Alejandra del Rosario Saavedra Zepeda y Johnatan Alejandro Fernández Campusano; Álvaro Gonzalo Antonio Vielma Monsalves cede su 40% a Johnatan Alejandro Fernández Campusano.

    SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA · ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA · ÁLVARO GONZALO ANTONIO VIELMA MONSALVES · ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA · JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO

摘要官方正文

FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Público Titular de Copiapó, oficio calle O’Higgins Nº 744, Copiapó, certifica: Por escritura de fecha 20 de Marzo 2017, Repertorio Nº 581-2.017, ante mí, SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA, chilena, divorciada, cirujano dentista, RUN N° 10.027.297-0, Colipi 484, oficina 405, Torre Flamenco, Edificio Plaza Real Copiapó, quien comparece por sí y en representación según se acreditará de doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cirujano dentista, RUN N° 9.132.249-8, Vicente Huidobro 236, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y de don ALVARO GONZALO ANTONIO VIELMA MONSALVES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cirujano dentista, CI N° 10.014.708-4, Vallejo 535, departamento 535, Copiapó; ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA, chilena, casada, Psicóloga, RUN N° 15.870.469-2, Pasaje Gabriela Mistral 764, Villa Las Brisas, Paipote, Copiapó; y JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO, chileno, soltero, asistente en odontología, RUN N° 16.012.850-K, Ignacio Carrera Pinto 464-B, Población Algarrobo, Comuna de Tierra Amarilla, de paso en ésta, otorgaron escritura de saneamiento sociedad de responsabilidad limitada "Centro Radiológico PRC Limitada" , o “Centro Radiológico Plaza Real Copiapó Ltda.”, Rol Único Tributario N° 76.753.940-1, y con un capital inicial y final de $15.000.000.- Mediante escritura pública otorgada ante el Notario Público de Copiapó don Francisco Nehme Carpanetti, de fecha 18 de noviembre del año 2016, anotada bajo el repertorio N° 2674-2016 del mismo año, los comparecientes modificaron la sociedad “Centro Radiológico PRC Limitada, o “Centro Radiológico Plaza Real Copiapó Ltda.”.- Que no obstante haber concurrido las partes a la modificación de la sociedad referida, esta no fue inscrita oportunamente en el Conservador de Comercio, dentro del plazo legal para ello, sin embargo el extracto de modificación fue publicado en el Diario Oficial N° 41.625 con fecha 5 de diciembre del año 2016, la situación antes descrita acarrea un vicio de nulidad que puede ser subsanado por medio de esta escritura, y cuyo extracto de modificación es del siguiente tenor: EXTRACTO FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Público de Copiapó, domiciliado en calle Libertador Bernardo O”Higgins Nº 744, Copiapó, certifico: Por escritura pública de fecha 18 Noviembre 2016, ante mí, Repertorio Nº 2.674-2016, SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA, chilena, divorciada, cirujano dentista, RUN N° 10.027.297-0, Colipi 484, oficina 405, Torre Flamenco, Edificio Plaza Real Copiapó, quien comparece por sí y en representación según se acreditará de doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, cirujano dentista, RUN N° 9.132.249-8, Vicente Huidobro 236, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y de don ALVARO GONZALO ANTONIO VIELMA MONSALVES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cirujano dentista, CI N° 10.014.708-4, Vallejo 535, departamento 535, Copiapó; ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA, chilena, casada, Psicóloga, RUN N° 15.870.469-2, Pasaje Gabriela Mistral 764, Villa Las Brisas, Paipote, Copiapó, quien comparece de conformidad a lo preceptuado en el artículo 150 del Código Civil; y JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO, chileno, soltero, asistente en odontología, RUN N° 16.012.850-K, Ignacio Carrera Pinto 464-B, Población Algarrobo, Comuna de Tierra Amarilla, de paso en ésta; modifican “CENTRO RADIOLÓGICO PRC LIMITADA, o “CENTRO RADIOLÓGICO PLAZA REAL COPIAPÓ LTDA.”, RUT N° 76.753.940-1, constituida por escritura pública de fecha 21 Agosto año 2006, otorgada ante Eduardo Cabrera Cortés, Notario Público de Copiapó, cuyo extracto se inscribió a fojas 269 vuelta N° 221 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó, año 2006, y se publicó en Diario Oficial N° 38.559 de fecha 7 de septiembre de 2006.- Por escritura pública de fecha 18 Noviembre año 2009, otorgada ante Luis Contreras Fuentes, Notario Público de Copiapó, se modificó sociedad “Centro Radiológico PRC Ltda.” o “Centro Radiológico Plaza Real Copiapó Limitada” cuyo extracto se inscribió a fojas 19 vuelta N° 16 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó, año 2010, y se publicó en Diario Oficial N° 39.528 de fecha 4 de diciembre de 2009.- Por escritura pública de fecha 8 Abril año 2010, otorgada ante Luis Contreras Fuentes, Notario Público de Copiapó, se modificó sociedad “Centro Radiológico PRC Ltda.” o “Centro Radiológico Plaza Real Copiapó Limitada” cuyo extracto se inscribió a fojas 153 N° 123 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó, año 2010, y se publicó en Diario Oficial N° 39.649 de fecha 30 de abril de 2010.- Por escritura pública de fecha 29 Abril año 2011, otorgada ante Eduardo Cabrera Cortés, Notario Público de Copiapó, se modificó sociedad “Centro Radiológico PRC Ltda.” o “Centro Radiológico Plaza Real Copiapó Limitada” cuyo extracto se inscribió a fojas 312 vuelta N° 189 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó, año 2011, y se publicó en Diario Oficial N° 39.858 de fecha 12 de mayo de 2011.- Por último por escritura pública de fecha 08 de Mayo año 2014, otorgada ante Luis Alberto Contreras Fuentes, Notario Público de Copiapó, se modificó sociedad “Centro Radiológico PRC Ltda.” o “Centro Radiológico Plaza Real Copiapó Limitada” cuyo extracto se inscribió a fojas 458 N° 219 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó, año 2014, y se publicó en Diario Oficial N° 40.869 de fecha 30 de mayo de 2014.- Conforme a lo señalado los actuales socios de la sociedad CENTRO RADIOLÓGICO PRC LIMITADA, o “CENTRO RADIOLÓGICO PLAZA REAL COPIAPÓ LTDA.”, son ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, con un 45% de derechos sociales, ÁLVARO GONZALO ANTONIO VIELMA MONSALVES, con un 40% de derechos sociales, y SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA, con un 15% de derechos sociales.- Doña SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA, titular de un 15% de derechos y participación social, se retira de la sociedad vendiendo, cediendo y transfiriendo la totalidad de sus derechos en la sociedad antes referida a doña ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA, quién adquiere y acepta para sí la totalidad de los derechos sociales, en la suma de $2.250.000.- pagados en fecha anterior, habiéndose recibido dicha suma de dinero a entera conformidad por la misma cedente vendedora.- Doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA, titular de un 45% de derechos y participación social, se retira de la sociedad vendiendo, cediendo y transfiriendo, a través de su representante doña SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA, la totalidad de sus derechos en la sociedad antes referida a doña ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA y a don JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO, de la forma siguiente: a) A doña ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA, quién adquiere y acepta para sí el 35% de dichos derechos o participación social, en la suma de $5.250.000.-, que han sido pagados en fecha anterior, habiéndose recibido dicha suma de dinero a entera conformidad por la misma cedente vendedora; y b) A don JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO, quién adquiere y acepta para sí el 10% de dichos derechos o participación social, en la suma de $1.500.000.-, que han sido pagados en fecha anterior, habiéndose recibido dicha suma de dinero a entera conformidad por la misma cedente vendedora.- Don ÁLVARO GONZALO ANTONIO VIELMA MONSALVES, titular de un 40% de derechos y participación social, se retira de la sociedad vendiendo, cediendo y transfiriendo, a través de su representante doña SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA, la totalidad de sus derechos en la sociedad antes referida a don JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO, quién adquiere y acepta para sí la totalidad de dichos derechos o participación social, en la suma de $6.000.000.-, que han sido pagados en fecha anterior, habiéndose recibido dicha suma de dinero a entera conformidad por el mismo cedente vendedor antes individualizado sin reparo o reclamo que formular.- Los derechos sociales vendidos por doña SUSANA VERÓNICA GUTIÉRREZ MENDOZA por doña ANITA VIRGINIA QUIROGA ARAYA y por don ÁLVARO GONZALO ANTONIO VIELMA MONSALVES, se enajenan libres de todo gravamen, limitación y turbación a su libre disposición, quedando los vendedores y cedentes responsables del saneamiento de conformidad a la ley y a las reglas generales, terminando con ello sus derechos legales, sociales, y tributarios a contar del presente instrumento.- En virtud de lo indicado precedentemente, doña ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEEPEDA y don JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO, dejan constancia que los únicos socios de la sociedad “CENTRO RADIOLÓGICO PRC LIMITADA, o “CENTRO RADIOLÓGICO PLAZA REAL COPIAPÓ LTDA.”, son a contar de esta fecha doña ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA con un 50% del capital social y don JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO con un 50% del capital social.- Los socios individualizados vienen en modificar el nombre de fantasía de la sociedad: “CENTRO RADIOLÓGICO PLAZA REAL COPIAPÓ LTDA.”, por “CENTRO RADIOLÓGICO SAFER LTDA.”.- Los socios individualizados vienen en modificar la cláusula CUARTO: del pacto social original quedando esta como sigue: “CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios doña ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA y don JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO, quienes actuando conjuntamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración singularizadas en la escritura de constitución de fecha 21 de agosto del año 2006.- Los socios individualizados vienen en modificar la cláusula QUINTO del pacto social original quedando esta como sigue: “QUINTO: Capital.- El Capital de la sociedad es la suma de $15.000.000.-, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: Uno) doña ALEJANDRA DEL ROSARIO SAAVEDRA ZEPEDA, aporta la suma de $7.500.000.-, que se enteran y pagan en este acto al contado en dinero en efectivo, ya ingresados en las arcas sociales; y Dos) don JOHNATAN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CAMPUSANO aporta la suma de $7.500.000.-, que se enteran y pagan en este acto al contado en dinero efectivo, ya ingresados a las arcas sociales.- En consecuencia, el capital social queda suscrito y enterado de la manera y en la proporción que se ha indicado.- En lo no modificado quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social de fecha 21 de agosto de 2006.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Copiapó, 01 Diciembre 2016.- Saneamiento: Que la escritura de modificación citada en la cláusula Primera, no fue inscrita en el Registro de Comercio correspondiente dentro del plazo legal, y para los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 3 y 6 de la Ley N° 19.857, y artículo 3° letra b) de la Ley N° 19.499, y con la finalidad de sanear la omisión, las partes vienen en suscribir la escritura de saneamiento correspondiente, para los efectos de proceder a su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de la ciudad de Copiapó.- Copiapó 22 de Marzo 2017.-

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    Centro Radiológico PRC Limitada

    CVE 1197319

  2. MODIFICACIÓN

    CENTRO RADIOLÓGICO PRC LIMITADA

    CVE 1145879

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