Empresa De Servicios Transitorios Human-Net Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$16.828.800
实缴资本
$16.828.800
待缴资本
$0
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA Socio | - | 87% | $14.641.056 |
Socio | - | 13% | $2.187.744 |
公报所载公司沿革
- 权益转让
LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO cede el 7% de sus derechos sociales a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO · CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
- 权益转让
RODOLFO BARRETO LAYUNO cede el 4% de sus derechos sociales a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
RODOLFO BARRETO LAYUNO · CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
- 权益转让
EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS cede el 4% de sus derechos sociales a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS · CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
- 权益转让
GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ cede el 2% de sus derechos sociales a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ · CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA
摘要官方正文
FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritu ra pública hoy, ante mí, CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, INVERSIONES SAN VALENTIN S.A., LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, RODOLFO BARRETO LAYUNO, EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, y GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ, todos domiciliados para estos efectos en calle Román Diaz número dos mil ciento sesenta y uno, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, modifican EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA de la siguiente forma: (i) Se celebran las siguientes cesiones de derechos: a) LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, con el consentimiento de todos los socios vende, cede y transfiere a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA el siete por ciento de los derechos sociales de la sociedad en CINCUENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, pagados en dinero efectivo. b) RODOLFO BARRETO LAYUNO, representado y con el consentimiento de todos los socios vende, cede y transfiere a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA el cuatro por ciento de los derechos sociales de la sociedad en TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS, pagados en dinero efectivo. c) EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, con el consentimiento de todos los socios vende, cede y transfiere a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA el cuatro por ciento de los derechos sociales de la sociedad en TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS, pagados en dinero efectivo. d) GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ con el consentimiento de todos los socios vende, cede y transfiere a CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA el dos por ciento de los derechos sociales de la sociedad en DIECISIETE MILLONES DE PESOS, pagados en dinero efectivo. (ii) Se reemplaza la cláusula 5° de los Estatutos Sociales relativa al capital de la compañía, por la siguiente: “QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de dieciséis millones ochocientos veintiocho mil ochocientos pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: A) CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, la suma de catorce millones seiscientos cuarenta y un mil cincuenta y seis pesos, que representa el ochenta y siete por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; B) INVERSIONES SAN VALENTIN S.A. la suma de dos millones ciento ochenta y siete mil setecientos cuarenta y cuatro pesos, que representa el trece por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de Enero de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.
公司信息
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza; efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios, de oficinas, de locales comerciales, casas y departamentos, venderlos o explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; b) Realizar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, comercialización y distribución de bienes muebles, especialmente relacionados con los neumáticos de todo tipo de transporte terrestre y sus accesorios y; d) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los acuerdos y contratos que sean necesarios a los fines indicados precedentemente, como cualquier otro que los accionistas acuerden.
资本
总资本
$3.171.200
实缴资本
$3.171.200
待缴资本
$0
股东(6)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA Socio | - | 70% | $2.219.840 |
Socio | - | 13% | $412.256 |
Socio | - | 7% | $221.984 |
Socio | - | 4% | $126.848 |
Socio | - | 4% | $126.848 |
GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ Socio | - | 2% | $63.424 |
管理人(2)
ANDRÉS FERNANDO CARDEMIL OLIVA
IGONE GARBIÑE LAYUNO RODRIGUEZ
公报所载公司沿革
- 其他行为· 2021年12月31日
Se realiza una división societaria con base en el balance general de división al 31 de diciembre de 2021.
EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA
摘要官方正文
FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritu ra pública hoy, ante mí, CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, INVERSIONES SAN VALENTIN S.A., LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, RODOLFO BARRETO LAYUNO, EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, y GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ, todos domiciliados para estos efectos en calle Román Diaz número dos mil ciento sesenta y uno, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, decidieron dividir la sociedad EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA, en dos Sociedades de Responsabilidad Limitada de la siguiente forma: A) La primera de las sociedades EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA, será la continuadora legal de la actual sociedad, manteniendo su razón social y sus estatutos sociales con excepción de la cláusula 5° que queda de la siguiente manera: “QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de dieciséis millones ochocientos veintiocho mil ochocientos pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: A) CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, la suma de once millones setecientos ochenta mil ciento sesenta pesos, que representa el setenta por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; B) INVERSIONES SAN VALENTIN S.A. la suma de dos millones ciento ochenta y siete mil setecientos cuarenta y cuatro pesos, que representa el trece por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; C) LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, la suma de un millón ciento setenta y ocho mil dieciséis pesos, que representa el siete por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; D) RODOLFO BARRETO LAYUNO, la suma de seiscientos setenta y tres mil ciento cincuenta y dos pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; E) EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, la suma de seiscientos setenta y tres mil ciento cincuenta y dos pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social y; GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ la suma de trescientos treinta y seis mil quinientos setenta y seis pesos, que representa el dos por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social“. B) La segunda sociedad, que se constituye a consecuencia de la división, girará bajo el siguiente estatuto: Razón social: INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza; efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios, de oficinas, de locales comerciales, casas y departamentos, venderlos o explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; b) Realizar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, comercialización y distribución de bienes muebles, especialmente relacionados con los neumáticos de todo tipo de transporte terrestre y sus accesorios y; d) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los acuerdos y contratos que sean necesarios a los fines indicados precedentemente, como cualquier otro que los accionistas acuerden. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales. Duración: 5 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 5 años forma prevista escritura. Capital social: El capital social de la sociedad es la suma de tres millones ciento setenta y un mil doscientos pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: A) CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, la suma de dos millones doscientos diecinueve mil ochocientos cuarenta pesos, que representa el setenta por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; B) INVERSIONES SAN VALENTIN S.A. la suma de cuatrocientos doce mil doscientos cincuenta y seis pesos, que representa el trece por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; C) LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, la suma de doscientos veintiún mil novecientos ochenta y cuatro pesos, que representa el siete por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; D) RODOLFO BARRETO LAYUNO, la suma de ciento veintiséis mil ochocientos cuarenta y ocho pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; E) EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, la suma de ciento veintiséis mil ochocientos cuarenta y ocho pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma y; F) GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ la suma de sesenta y tres mil cuatrocientos veinticuatro pesos, que representa el dos por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma. Administración: ANDRÉS FERNANDO CARDEMIL OLIVA y doña IGONE GARBIÑE LAYUNO RODRIGUEZ, actuando individualmente, con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de Enero de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.
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CVE 2087355
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CVE 2084289
