Inmobiliaria E Inversiones Santa Teresa Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Comprar, vender, dar en arrendamiento, explotar, dar y recibir en pago, comercializar, construir, remodelar, lotear, urbanizar, enajenar y administrar por cuenta propia o ajena bienes raíces urbanos o rurales y de cualquier uso, aptitud o destino, así como también la realización de inversiones en bienes raíces y muebles, valores mobiliarios, acciones, debentures, pagarés o instrumentos financieros de cualquier naturaleza, y percibir las rentas de éstas, y en general cualquier acto o contrato que acuerden los socios.
资本
总资本
$100.000.000
实缴资本
$96.000.000
待缴资本
$4.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
MIGUEL ANDRES FERNANDÉZ AINZÚA Socio | - | 95% | $95.000.000 |
Socio | - | 5% | $5.000.000 |
管理人(2)
MIGUEL ANDRES FERNANDÉZ AINZÚA
摘要官方正文
CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, Abogado, Notario Público Suplente del Titular 19° de Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, con oficio en Bandera 341, oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 01 de Febrero del 2017, bajo el Repertorio Nº 2.339, Don MIGUEL ANDRES FERNANDÉZ AINZÚA y doña MONICA PATRICIA LOPEZ FUSTER, ambos con domicilio en calle Altos del Carmen Nº 1475-C, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, sanearon escritura de constitución sociedad denominada " INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA TERESA LIMITADA ” otorgada en esta misma Notaria ante su titular PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL con fecha 18 de octubre 2016 por omisión de inscripción y publicación extracto en plazo legal, en siguiente sentido: comparecientes constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, de cuyos estatutos extracto: Razón social: La razón social de la sociedad será "INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA TERESA LIMITADA” sin perjuicio de que para efectos de propaganda, comerciales, bancarios podrá usar el nombre de fantasía de "SANTA TERESA LTDA.”; Objeto: El objeto de la sociedad será comprar, vender, dar en arrendamiento, explotar, dar y recibir en pago, comercializar, construir, remodelar, lotear, urbanizar, enajenar y administrar por cuenta propia o ajena bienes raíces urbanos o rurales y de cualquier uso, aptitud o destino, así como también la realización de inversiones en bienes raíces y muebles, valores mobiliarios, acciones, debentures, pagarés, o instrumentos financieros de cualquier naturaleza y, percibir las rentas de éstas, y en general cualquier acto o contrato que acuerden los socios. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezcan en otras ciudades del país o del extranjero. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $100.000.000 que los socios aportan de la siguiente manera: a) Don MIGUEL ANDRES FERNANDÉZ AINZÚA aporta 95% capital equivalente a la suma de $95.000.000 mediante el aporte en dominio a la sociedad de los derechos de dominio del siguiente inmueble: propiedad ubicada en calle Altos del Carmen Nº 1475-C 17 , que corresponde al sitio o lote Nº 17 del Condominio “C” o Condominio Lago Caburga, del denominado Club Altos del Carmen, Condominio tipo B, según plano archivado con el número 298-C comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, y dueño de derechos como comunero en los bienes que se reputan comunes de acuerdo a la Ley 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria. Los deslindes del condominio que corresponden al lote número dos de la Hijuela Décima del Fundo El Carmen de Huechuraba; b) Doña MONICA PATRICIA LOPEZ FUSTER, aporta 5% capital social equivalente a la suma de $5.000.000, que paga con la suma de $1.000.000, pagados en éste acto en dinero efectivo y de contado ingresado caja social; el saldo del aporte, esto es la suma de $4.000.000, lo pagará dentro del plazo de 4 años contados de ésta fecha y a medida que las necesidades sociales así lo requieran. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a los socios MIGUEL ANDRES FERNANDÉZ AINZÚA y MONICA PATRICIA LOPEZ FUSTER, ambos actuando indistintamente, quienes administrarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades.- Responsabilidad: Limitada al monto de los respectivos aportes. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de 5 años, sin perjuicio de lo cual será renovable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años, si ninguno de los socios, manifiesta su voluntad de poner término al presente contrato con una anticipación mínima de 120 días al vencimiento del mismo o de cada prórroga mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la respectiva inscripción social. Domicilio: Santiago. - Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 16 de febrero de 2017.- CSG
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA TERESA LIMITADA
CVE 1188183
