Inversiones San Enrique SpA
Diario Oficial
公司信息
管理人(1)
摘要官方正文
VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público Titular, Primera Notaría, Puerto Montt, Urmeneta 451, certifica: por escritura esta fecha, ante mi, don ENRIQUE FERNANDO BINDER SOTO, chileno, empresario, divorciado, cédula de identidad número ocho millones cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos setenta y uno guión ocho, y don CARLOS ENRIQUE BINDER BARRERA, chileno, empresario, soltero, C.I.Nac.: dieciocho millones ochocientos un mil doscientos setenta dos guión ocho, domiciliados Los Pelues N° 495, Población Techo Para Todos, Puerto Montt, modifican sociedad por acciones INVERSIONES SAN ENRIQUE SpA., inscrita en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, de 2015, fojas 1387 N° 988. MODIFICACIÓN: Decimo Primero, que se elimina y reemplaza por las siguientes: “Cláusula Decimo Primero: La Administración de la sociedad será ejercida por don ENRIQUE FERNANDO BINDER SOTO, C.I.Nac.8.447.571-8, con calidad de Administrador, quien la representará judicial y extrajudicialmente. Durará en su cargo hasta mientras no se inscriba al margen de la inscripción societal, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, un cambio de administración, producido en los términos que se indican seguidamente”. “Cláusula Decimo Primero B: En el evento de existir 5 o más accionistas, registrados en el Libro de Accionistas, la Administración de la sociedad será ejercida por un Directorio de 3 personas, nombrado por la Junta de Accionistas, en asamblea que deberá ser convocada por el Administrador o, en su defecto, por accionistas que representen al menos el 10% de las acciones con derecho a voto. En este caso los Directores durarán 5 años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. Para la elección, cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, y podrá acumularlos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que lo estime conveniente. Resultarán elegidas las personas que en una misma y única votación obtengan el mayor número de votos, hasta completar el número de personas por elegir”. “Cláusula Decimo Primero C: En la situación señalada en el artículo anterior, en su primera reunión, que se protocolizará mediante escritura pública, el Directorio electo deberá elegir un Administrador o Gerente General, en los términos indicados en el articulo respectivo de este estatuto, a cuyo respecto el acta procotolizada de su nominación deberá inscribirse al margen de la inscripción societal, momento desde el cual se entenderá que ha cambiado la administración social”. “Artículo Decimo Primero D: Para efectos de la actuación ante bancos e instituciones financieras chilenas, el cambio de administración solo les será oponible a estas instituciones, una vez se le haya hecho llegar a la entidad respectiva, copia de escritura pública de modificación a que se refieren los artículos anteriores, con timbre de recepción”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 27 de Enero de 2017.
公司信息
管理人(1)
摘要官方正文
VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Publico Primera Notaria de Puerto Montt, Urmeneta 451, Por escritura pública hoy ante mí don ENRIQUE FERNANDO BINDER SOTO, quien declara ser chileno, empresario, divorciado, CNI N° 8.447.571-8, Los Pelues N° 495, Población Techo Para Todos, Puerto Montt, modificó sociedad por acciones INVERSIONES SAN ENRIQUE SpA., inscrita en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, de 2015, fojas 1387 N° 988. MODIFICACIÓN: Decimo Primero, que se elimina y reemplaza por las siguientes: “Cláusula Decimo Primero: La Administración de la sociedad será ejercida por don ENRIQUE FERNANDO BINDER SOTO, CNI N° 8.447.571-8, con calidad de Administrador, quien la representará judicial y extrajudicialmente. Durará en su cargo hasta mientras no se inscriba al margen de la inscripción societal, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt, un cambio de administración, producido en los términos que se indican seguidamente”. “Cláusula Decimo Primero B: En el evento de existir 5 o más accionistas, registrados en el Libro de Accionistas, la Administración de la sociedad será ejercida por un Directorio de 3 personas, nombrado por la Junta de Accionistas, en asamblea que deberá ser convocada por el Administrador o, en su defecto, por accionistas que representen al menos el 10% de las acciones con derecho a voto. En este caso los Directores durarán 5 años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. Para la elección, cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, y podrá acumularlos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que lo estime conveniente. Resultarán elegidas las personas que en una misma y única votación obtengan el mayor número de votos, hasta completar el número de personas por elegir”. “Cláusula Decimo Primero C: En la situación señalada en el artículo anterior, en su primera reunión, que se protocolizará mediante escritura pública, el Directorio electo deberá elegir un Administrador o Gerente General, en los términos indicados en el articulo respectivo de este estatuto, a cuyo respecto el acta procotolizada de su nominación deberá inscribirse al margen de la inscripción societal, momento desde el cual se entenderá que ha cambiado la administración social”. “Artículo Decimo Primero D: Para efectos de la actuación ante bancos e instituciones financieras chilenas, el cambio de administración solo les será oponible a estas instituciones, una vez se le haya hecho llegar a la entidad respectiva, copia de escritura pública de modificación a que se refieren los artículos anteriores, con timbre de recepción”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 06 de enero de 2017.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES SAN ENRIQUE SpA
CVE 1182985
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES SAN ENRIQUE SpA.
CVE 1172190
