有限责任公司76.574.020-7

Inmobiliaria Santa Elisa Limitada

MODIFICACIÓN — 2018年12月3日

Diario Oficial

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公司信息

Ltda
Santiago, Región Metropolitana

资本

总资本

$45.000.000

股东(3)

姓名持股比例

INMOBILIARIA Y TRANSPORTES ZUNINO Y COMPAÑÍA LIMITADA

Socio

78.230.880-7

37.5%

MARÍA PAULINA ZUNINO RAVERA

Socio

3.xxx.xxx-0

37.5%

ILVA JUANA ZUNINO RAVERA

Socio

3.xxx.xxx-k

25%

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2006年1月1日

    Se individualiza la inscripción de la sociedad Inmobiliaria Santa Elisa Limitada en el Registro de Comercio de Santiago.

    INMOBILIARIA SANTA ELISA LIMITADA

  2. 权益转让· 2010年12月3日

    Inmobiliaria Casavecchia Limitada cede la totalidad de sus derechos sociales a Inmobiliaria y Transportes Zunino y Compañía Limitada.

    INMOBILIARIA CASAVECCHIA LIMITADA · INMOBILIARIA Y TRANSPORTES ZUNINO Y COMPAÑÍA LIMITADA · PELEGRINO JUAN BAUTISTA ZUNINO RAVERA

摘要官方正文

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Público, Titular 15 Notaría Santiago, Santa Magdalena 98, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, don PELEGRINO JUAN BAUTISTA ZUNINO RAVERA, C.I. N° 3.685.9962, en representación de INMOBILIARIA CASAVECCHIA LIMITADA, RUT N° 77.332.9206, y de INMOBILIARIA Y TRANSPORTES ZUNINO Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 78.230.8807, todos domiciliados Gran Avenida N° 5.161, oficina 204, San Miguel, Región Metropolitana; doña MARÍA PAULINA ZUNINO RAVERA, C.I. N° 3.686.0200; y, doña ILVA JUANA ZUNINO RAVERA, C.I. N° 3.686.009K, las dos últimas domiciliadas calle Ramón Subercaseaux N° 1274, San Miguel, Región Metropolitana, acordaron el saneamiento de la escritura pública de fecha 3 de diciembre del año 2010, otorgada ante el Notario Público de la 15 Notaría Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, Repertorio N° 2.8202010, en virtud de la cual, INMOBILIARIA CASAVECCHIA LIMITADA, debidamente representada, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en INMOBILIARIA SANTA ELISA LIMITADA, RUT N° 76.574.0207, inscrita a Fojas 23.306 Número 16.164 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2006, equivalentes al 37,5% del total del capital social, a INMOBILIARIA Y TRANSPORTES ZUNINO Y COMPAÑÍA LIMITADA, para quien aceptó y adquirió su representante. Un extracto de la escritura de cesión de derechos sociales y modificación se inscribió a Fojas 1.491 Número 1.070 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, cumpliendo tardíamente el requisito de publicación del referido extracto en el Diario Oficial. Los comparecientes, en virtud de lo dispuesto en los artículos primero y tercero de la Ley 19.499, vienen en sanear el vicio de nulidad que se produjo al cumplir tardíamente el requisito de publicación del extracto de la escritura pública de cesión de derechos y modificación singularizada en la cláusula primera precedente en el Diario Oficial, el que a continuación transcriben, acordando que el extracto de la presente escritura pública sea inscrito y publicado dentro de plazo: “R. Alfredo Martin Illanes, Notario Público, Titular 15 Notaría Santiago, Santa Magdalena 98, Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy, ante mí, Inmobiliaria Casavecchia Limitada sociedad giro denominación, representada Pelegrino Juan Bautista Zunino Ravera, domiciliados Gran Avenida N° 5.161, oficina 204, San Miguel, Región Metropolitana; María Paulina Zunino Ravera, IIva Juana Zunino Ravera Ambas domiciliadas estos efectos Ramón Subercaseaux N° 1.274, San Miguel, Región Metropolitana; e Inmobiliaria y Transportes Zunino y Compañía Limitada, sociedad giro denominación, representada Pelegrino Juan Bautista Zunino Ravera, ambos domiciliados Gran Avenida N° 5.161, oficina 302, San Miguel, Región Metropolitana, celebraron Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad INMOBILIARIA SANTA ELISA LIMITADA, inscrita fojas 23.306, N° 16.164, Registro Comercio Santiago, año 2006. Inmobiliaria Casavecchia Limitada, debidamente representada, vende, cede y transfiere 37,5 por ciento derechos sociales INMOBILIARIA SANTA ELISA LIMITADA a Inmobiliaria y Transportes Zunino y Compañía Limitada, para la que compra y adquiere su representante. Precio y condiciones cesión derechos según escritura extractada. Como consecuencia quedan como únicos socios a. Inmobiliaria y Transportes Zunino y Compañía Limitada, 37,5 %; b. María Paulina Zunino Ravera, 37,5 %; y c. IIva Juana Zunino Ravera, 25 %. Por misma escritura socios introdujeron modificación estatutos sociales. Uno. Reemplazaron cláusula capital social por siguiente tenor: "CUARTO: El capital social es 45.000.000 de pesos que socios aportan y enteran forma siguiente: Uno. INMOBILIARIA Y TRANSPORTES ZUNINO Y COMPAÑÍA LIMITADA, 16.875.000 pesos, equivalente 37,5 % capital social, que pagó siguiente forma: a. Con 7.087.500 pesos, mediante aporte en dominio de todos sus derechos, equivalentes al 45 %, sobre el inmueble que se individualiza en artículo 1° transitorio de escritura de constitución sociedad, ya indicada, derechos que fueron avaluados de común acuerdo por socios y que ya ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; b. Con 7.087.500 pesos, mediante aporte en dominio de todos sus derechos, equivalentes al 45%, sobre el inmueble que se individualiza en el artículo 2° transitorio de escritura de constitución sociedad, ya indicada, derechos que fueron avaluados de común acuerdo por socios y que ya ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; y c. Con 2.700.000 pesos, en dinero efectivo, los que ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; Dos. Doña MARÍA PAULINA ZUNINO RAVERA, aporta 16.875.000 pesos, equivalente 37,5 % capital social, que pagó siguiente forma: a. Con 7.087.500 pesos, mediante el aporte en dominio de todos sus derechos, equivalentes al 45%, sobre el inmueble que se individualiza en artículo 1° transitorio de escritura constitución sociedad, ya indicada, derechos que fueron avaluados de común acuerdo por socios y que ya ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; b. Con 7.087.500 pesos, mediante el aporte en dominio de todos sus derechos, equivalentes al 45%, sobre el inmueble que se individualiza en el artículo 2° transitorio de la escritura de constitución sociedad, ya indicada, derechos que fueron avaluados de común acuerdo por socios y que ya ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; y c. Con 2.700.000 pesos, en dinero efectivo, los que ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; y Tres. Doña ILVA JUANA ZUNINO RAVERA, aporta 11.250.000 pesos, equivalente al 25% capital social, que pagó siguiente forma: a. Con 1.575.000 pesos, mediante aporte en dominio de todos sus derechos, equivalentes al 10%, sobre el inmueble que se individualiza en artículo 1° transitorio de escritura de constitución sociedad, ya indicada, derechos que fueron avaluados de común acuerdo por socios y que ya ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; b. Con 1.575.000 pesos, mediante aporte en dominio de todos sus derechos, equivalentes al 10%, sobre el inmueble que se individualiza en artículo 2° transitorio de escritura constitución sociedad, ya indicada, derechos que fueron avaluados de común acuerdo por socios y que ya ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha; y c. Con 8.100.000 pesos, mediante aporte en dominio de todos sus derechos sobre el inmueble que se individualiza en el artículo 3° transitorio de escritura de constitución sociedad, ya indicada, derechos que fueron avaluados de común acuerdo por socios y que ya ingresaron a la caja social con anterioridad esta fecha."; y Dos. Reemplazaron íntegramente cláusula sexta por siguiente tenor: "SEXTO Las utilidades del ejercicio se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. En igual forma se soportarán las pérdidas. Sin perjuicio de lo anterior, los socios podrán de común acuerdo efectuar toda clase de retiros, distribuir las utilidades y soportar las pérdidas en una proporción y forma distinta a la establecida en esta cláusula." Responsabilidad socios: Queda limitada a sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por escritura rigen y se mantienen plenamente vigentes estatutos sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 3 diciembre 2010.”. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 15 de noviembre de 2018.

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  1. MODIFICACIÓN

    Inmobiliaria Santa Elisa Limitada

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