股份公司76.570.036-1

Cadena Comercial Andina SpA

MODIFICACIÓN — 2026年3月20日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2026-03-20查看 PDF(CVE 2785567)

公司信息

SpA
Las Condes, Región Metropolitana
管理方式: Administrador

股东(1)

姓名持股比例

FEMCO RETAIL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

Accionista

59.219.140-7

-

管理人(1)

摘要官方正文

Ministerio del Interior LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 4.990, Las Condes, Certifico: que, por escritura pública de fecha 05 de marzo de 2026, repertorio N° 1027/2026, ante mí, don ENRIQUE SALGADO LIZÁRRAGA, mexicano, casado, ingeniero, pasaporte de los Estados Unidos Mexicanos número 11340667, en representación de FEMCO RETAIL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, Rol Único Tributario número 59.219.140-7, ambos domiciliados en calle Badajoz 45, piso 20, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana; modificó la sociedad CADENA COMERCIAL ANDINA SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 35788, número 19863 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016, en la cual FEMCO RETAIL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en su calidad de único accionista de la Sociedad, acordó: Uno) Modificar la administración de la sociedad, reemplazando al actual administrador, don Erick Guillermo Quirarte Fernández, a quien - por el presente acto - se le revocan todos los poderes, por don David Eduardo Devoto Aracena, quien representará a la Sociedad con las facultades que se contienen en el Artículo Octavo que por este acto se modifica. Dos) En virtud de la referida modificación, se reemplaza el Artículo Octavo de los Estatutos sociales por el siguiente: "Artículo Octavo: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don David Eduardo Devoto Aracena (el "Administrador)”. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 05 de marzo de 2026.

变更Diario Oficial · 2023-07-08查看 PDF(CVE 2341334)

公司信息

SpA
Vitacura, Región Metropolitana
管理方式: Administrador

股东(1)

姓名持股比例

FEMCO RETAIL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

Accionista

100%

管理人(1)

公报所载公司沿革

  1. 管理人变更

    Se reemplaza al administrador Carlos Alfredo Díaz Lozano por Erick Guillermo Quirarte Fernández y se revocan sus poderes.

    Carlos Alfredo Díaz Lozano · Erick Guillermo Quirarte Fernández

摘要官方正文

IVAN TORREALBA ACEVEDO, chileno, casado, abogado y Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°969, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 23 de junio de 2023, repertorio N°10.008-2023, otorgada ante mí, FEMCO RETAIL SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, representada por Jorge Hernán Delpiano Kraemer, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Vitacura N°2939, piso 12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de único y actual accionista de CADENA COMERCIAL ANDINA SpA, (en adelante, la “Sociedad”), acordó: Uno) Modificar la administración de la sociedad, reemplazando al actual administrador, don Carlos Alfredo Díaz Lozano, a quien - por el presente acto – se le revocan todos los poderes, por don Erick Guillermo Quirarte Fernández, quien representará a la sociedad con las mismas facultades. Dos) En virtud de la referida modificación, se reemplaza el artículo Octavo de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Octavo: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Erick Guillermo Quirarte Fernández (el “Administrador”). A modo meramente ilustrativo y sin que la enumeración pueda considerarse taxativa, el Administrador contará con las siguientes facultades: Uno) Enajenar, vender, comprar, permutar, adquirir, prometer comprar y prometer vender, tanto a personas jurídicas, de derecho público o privado, como a personas naturales, incluso a comunidades de hecho, toda clase de bienes corporales o incorporales, bienes inmuebles, naves y embarcaciones y bienes muebles en general, valores mobiliarios, acciones y derechos, pudiendo operar en el mercado de capitales; Dos) Prestar servicios de cualquier índole y obligar a la sociedad, en cualquier acto o contrato, así como ceder todo tipo de derechos en actos o contratos; Tres) Tomar y dar en arrendamiento, con facultades de subarrendamiento, administración o concesión, bienes muebles e inmuebles; ; constituir sobre los bienes sociales, sean muebles o inmuebles, toda clase de garantías reales, incluso con cláusula de garantía general, tales como hipotecas, prendas ordinarias, civiles, comerciales y de cualquier otra índole y toda otra limitación de dominio; Cuatro) Celebrar todo tipo de contratos, nominados o innominados, y en general, convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente en las leyes, ya sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales; Cinco) Constituir, a la sociedad en fiadora y/ o codeudor solidario, incluso con cláusula de garantía general, y constituir garantías reales por obligaciones de la sociedad o incluso de terceros, específicas o generales, aceptar fianzas, co-deudas solidarias y en general, toda clase de garantías que se constituyan en favor de la sociedad; Seis) Adquirir y transferir valores mobiliarios; Siete) Fijar y aceptar precios, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, intereses, indemnizaciones y formas de pago, pudiendo conceder modalidades especiales de pago, plazos, condiciones, deberes, atribuciones y épocas; individualizar bienes, fijar cabidas y deslindes; Ocho) Cobrar precios, dineros, bienes que se adeuden a la sociedad, percibirlos y otorgar los correspondientes recibos, finiquitos y cancelaciones; Nueve) Ceder créditos y aceptar cesiones nominativas, a la orden o al portador, con garantías reales o personales, otorgar y aceptar daciones de pago y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos de comercio y públicos; Diez) Pactar solidaridad e indivisibilidad, tanto activa corno pasiva, convenir cláusulas penales y/ o multas a favor o en contra de la sociedad; Once) Conceder renovaciones, prórrogas, quitas y esperas; Doce) Recibir depósitos y hacer y recibir consignaciones; Trece) Dar y tomar dinero a interés; Catorce) Remitir, compensar, pagar, novar y extinguir obligaciones por cualquier medio; Quince) Endosar y retirar documentos de embarque; Dieciséis) Rendir y aprobar cuentas y solicitar su rendición e impugnarlas en todo o parte; Diecisiete) Pedir liquidaciones y particiones; Dieciocho) Nombrar peritos, liquidadores, tasadores, depositarios, interventores, procuradores y funcionarios de todo orden de actos en que la sociedad tenga participación o interés; Diecinueve) Adquirir el activo y tomar a su cargo el pasivo de otras sociedades o negocios; Veinte) Servir de agente oficioso en nombre de la sociedad; Veintiuno) Celebrar contratos de comodato, uso, fletamento, comisión, corretaje, consignación, uso, usufructo, administración y toda convención que juzgue necesaria o indispensable para los intereses sociales, incluso avíos, sean por cantidad o tiempo determinado o indeterminado o en cualquier otra forma; Veintidós) Establecer almacenes generales de depósito; Veintitrés) Contratar empréstitos mediante la emisión de bonos o debentures, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes y suscribir esta clase de operaciones y participar en ellas y en las que acuerden otra clase de entidades y sociedades; Veinticuatro) Invertir en cualquier forma las disponibilidades sociales, celebrando todos los actos y contratos que sean aptos para ello; Veinticinco) Retirar y abrir correspondencia epistolar, telegráfica y radiotelegráfica de la sociedad, y los certificados, giros y encomiendas postales o de otra especie que se le dirijan; Veintiséis) Actuar en nombre de la sociedad ante las autoridades administrativas del Estado, políticas y civiles, en especial ante la Superintendencia de Valores y Seguros y el Servicio de Impuestos Internos, elevando en su representación toda suerte de peticiones, memoriales y solicitudes, aceptando libremente toda suerte de sugerencias o modificaciones que se le hagan, y tramitando ante ellas todo tipo de solicitudes, inscripciones, permisos, revocaciones y renovaciones de los mismos; Veintisiete) Solicitar e inscribir marcas comerciales y/ o patentes; inscribir la propiedad industrial, intelectual, modelos industriales; patentar inventos; deducir oposiciones; solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes; Veintiocho) Contratar con terceros la distribución o subdistribución de los bienes y productos de la sociedad, fijas las condiciones y modalidades de la distribución o subdistribución; designar agentes o representantes; comisionistas, distribuidores, concesionarios, fijar sus modalidades y, si lo estima necesario, exigir las cauciones o garantías, también podrá constituir a la sociedad en tales calidades; Veintinueve) Rescindir, resolver, resciliar, novar, dejar sin efecto o poner término a los contratos y subcontratos celebrados; Treinta) Aceptar y otorgar toda clase de cauciones, reales, personales, y nominales; y toda clase de garantía en favor o en contra de la sociedad, pactar prohibiciones de enajenar y/ o gravar, ejercitar o renunciar acciones como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción y similares, gravar los bienes de la sociedad con derechos de uso, usufructo o habitación, y constituir y aceptar servidumbres activas y pasivas; Treinta y Uno) Ejecutar y renunciar todos los derechos que al comprador y vendedor otorgan las leyes, renunciar las acciones de nulidad, rescisión, resolución, evicción y aceptar la renuncia de dichas acciones; Treinta y dos) Representar a la sociedad en todos los procedimientos, solicitudes y otras formalidades que sean necesarias para obtener la iniciación de actividades y, sin que la siguiente enumeración sea limitativa, podrá obtener el Rol Único Tributario ante el Servicio de Impuestos Internos y cualquier otra autorización que pueda ser necesaria, y efectuar y firmar todas las solicitudes, trámites, documentos, declaraciones y presentaciones que sean necesarias ante dicho Servicio o ante cualquier otra entidad, pública o privada. Asimismo, contará con poder suficiente para ser notificado por dicho Servicio a nombre de la sociedad. Reclamar y aclarar toda clase de asuntos tributarios, transigirlos, solicitar aclaraciones y enmiendas, y, en general, actuar ante las autoridades tributarias, especialmente ante el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República, con las más amplias facultades; formular, declarar y pagar declaraciones de renta y/o otras, modificarlas, aclararlas, acogerse a toda clase de condonaciones o rebajas tributarias; Treinta y Tres) Otorgar pactos accesorios como los de retroventa, pactar modalidades y acuerdos; Treinta y Cuatro) Celebrar contratos de transporte marítimo, terrestre o aéreo, de fletamento, de cambio, correduría, transacción y de seguros de mercaderías en tránsito; Treinta y Cinco) Celebrar contratos de seguro de cualquier clase; acordar primas, riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas y aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; Treinta y Seis) Convenir con el Fisco, instituciones descentralizadas del Estado y autónomas, todo lo concerniente a expropiaciones por causa de utilidad pública, con amplias facultades; Treinta y Siete) Abrir y contratar acreditivos, revocables o irrevocables, divisibles o indivisibles, en moneda nacional o extranjera; Treinta y Ocho) Firmar registros y anexos; Treinta y Nueve) Dar y tomar bienes en comodato o mutuo; Cuarenta) Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, con todo tipo de trabajadores, contratar servicios de profesionales y técnicos, modificarlos, extinguirlos, desahuciarlos, fijar los plazos y modalidades de extinción, solicitar su caducidad, terminación o resolución, modificarlos y alterar su sustancia; señalar cuales constituyen encargos o contratos de confianza; pactar y convenir actas de avenimiento y todo orden de contratos o convenios colectivos de trabajo, responder pliegos de peticiones, avenir los conflictos o someterlos a arbitraje, y, en general, actuar ante las autoridades del Trabajo, tributarias o previsionales con las más amplias facultades; Cuarenta y Uno) Reclamar y aclarar toda clase de asuntos tributarios, transigirlos, solicitar aclaraciones y enmiendas, y, en general, actuar ante las autoridades tributarias con las más amplias facultades; formular, declarar y pagar declaraciones de renta y/o otras, modificarlas, aclararlas, acogerse a toda clase de condonaciones o rebajas tributarias; Cuarenta y Dos) Representar a la sociedad ante el Central de Chile y otras autoridades y tramitar ante ellas, toda clase de solicitud de importación de mercaderías de cualquier clase y gestiones de exportación, temporales o definitivas; pudiendo presentar y firmar toda clase de registros, declaraciones juradas y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las actuaciones que fueren conducentes a un adecuado cumplimiento del encargo; Cuarenta y Tres) Representar a la sociedad ante las bolsas de valores del país para toda clase de operaciones bursátiles y comerciales; Cuarenta y Cuatro) Celebrar contratos de futuro y de cambios, opciones, swaps, caps, collars, floors, forwards, arbitrajes de monedas a futuro, compraventa de moneda a futuro; celebrar contratos de préstamo o arriendo de valores, de ventas cortas de valores y contratos de simultáneas; Cuarenta y Cinco) Actuar ante las autoridades aduaneras con amplias facultades; liquidar y reliquidar derechos; reclamar aforos totales o parciales, endosar pólizas de aduana y, en general, ejecutar y cumplir todos los actos y actuaciones que sean menester para la legal internación o exportación de los bienes; designar agentes especiales de aduana, requerir bodegas especiales dentro de las zonas primarias de jurisdicción de las aduanas; Cuarenta y Seis) Participar en licitaciones, concursos, propuestas, públicas o privadas, presentar ofertas en ellas, modificar su oferta, participar en actos de apertura, calificación, y adjudicación de propuestas, y en general representar a la sociedad con las más amplias atribuciones a objeto de cumplir con los requisitos y etapas de dichos procesos; Cuarenta y Siete) Representar a la sociedad ante los bancos nacionales y extranjeros, particulares, estatales o mixtos, con las más amplias facultades que pueden necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; Cuarenta y Ocho) Celebrar contratos de cuenta corriente mercantiles, abrir, contratar y cerrar, cuentas corrientes bancarias de depósito, de ahorro, de crédito y/ o especiales, en moneda nacional o extranjera, imponerse de sus movimientos, aprobar y rechazar saldos, depositar, girar y sobregirar en ellas; autorizar cargos, colocar y retirar dineros o valores en moneda nacional o extranjera, depósito, custodia o garantía, y cancerar .los certificados respectivos, efectuar operaciones de cambio, comprar y vender moneda extranjera, y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera; Cuarenta y Nueve) Contratar préstamos bancarios o mutuos o en cualquier forma, sea mediante pagarés, en cuenta corriente, avances contra aceptación, sobregiros o en cualquier otra forma; Cincuenta) Tomar, cancelar, endosar, y rescatar depósitos a plazo o a la vista, y fondos mutuos, así como otorgar, cancelar y endosar depósitos en. garantía; Cincuenta y Uno) Otorgar, dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás bienes corporales e incorporales, sea en prenda civil, sin desplazamiento, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosas muebles, vendidas a plazo y otras especiales y cancelarlas; Cincuenta y Dos) Cobrar, percibir extrajudicialmente y percibir dividendos y todo género de frutos y rentas devengadas o que se devenguen por la sociedad; Cincuenta y Tres) Cobrar, cancelar, girar, protestar y endosar cheques, dar órdenes de no pago, reconocer e impugnar los estados de las cuentas corrientes o sus saldos totales o parciales, retirar libretos de cheques o cheques sueltos; cobrar, tomar, suscribir, girar, aceptar, endosar, reaceptar, avalar, descontar, y prorrogar letras de cambio, pagarés, libranzas y cualquier otro efecto de comercio susceptible de estas operaciones, sean nominativas, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar todas las acciones que le correspondan a la sociedad con relación a tales documentos; Cincuenta y Cuatro) Tomar boletas de garantía, renovarlas, y dejarlas sin efecto; Cincuenta y Cinco) Cobrar y percibir, contratar y usar cajas de seguridad, abrirlas, cerrarlas y poner término a su arrendamiento; Cincuenta y Seis) entregar y recibir de las oficinas de Correos y Telégrafos, Aduanas o empresas estatales o particulares, de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías y otros, dirigidas o consignadas a la sociedad o expedida por ellas; Cincuenta y Siete) Solicitar para la sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto y sobre cualquier clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, especialmente solicitar manifestaciones o pedimentos mineros, participar en propuestas y celebrar todos los contratos necesarios para la ejecución de los proyectos adjudicados; Cincuenta y Ocho) Tendrá la representación judicial activa y pasiva de la sociedad en todos los juicios y gestiones en que ésta o éstos tengan interés o puedan llegar a tenerlo, ante cualquier Tribunal de la República, sea ordinario o especial, así intervenga la sociedad como demandantes, demandados o terceros, de cualquier especie, hasta la completa ejecución de la sentencia, pudiendo ejercer toda clase de acciones; Cincuenta y Nueve) Gozar de las facultades contempladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, incluidas las de desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, los recursos y los términos legales; transigir, comprometer, otorgar a los árbitros las facultades de arbitradores; absolver posiciones, aprobar convenios y percibir, podrá designar abogados patrocinantes y apoderados y mandatarios judiciales en todas o algunas de las facultades indicadas; Sesenta) En general, ampliamente, efectuar en representación de la sociedad todas las declaraciones, actos, contratos y convenios que sean pertinentes a los objetivos sociales. En especial, representar a la sociedad en la constitución o formación de todo tipo de sociedades, comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho y entidades, de cualquier clase u objeto e ingresar a aquellas ya constituidas, asumiendo incluso la administración de las mismas, participando en juntas de accionistas o instancias similares, representar a la sociedad con voz y voto en unas y otras, con facultades para modificarlas, pedir su disolución o terminación, incluso anticipada, expresar su intención de no continuarlas, pedir su liquidación y partición, llevar a cabo una y otra y, en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y derechos, y cumplir con todas las obligaciones que a la mandante correspondan como accionista, socia o comunera, gestora, liquidador o en cualquier otro carácter, y Sesenta y Uno) Delegar los poderes propios y conferir mandatos especiales, revocarlos y reasumirlos, las veces que lo estime conveniente.” En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estip

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