有限责任公司76.558.628-3

Sociedad Sanhueza Y Escobar Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年10月7日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2019-10-07查看 PDF(CVE 1664558)

公司信息

Ltda
Sector La Marquesa Dos Pasaje 1 número 171
管理方式: Conjunta, separada e indistinta por VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES y LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS

资本

总资本

$1.000.000

股东(3)

管理人(2)

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2016年2月29日

    Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA.

    VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES · TRINIDAD SANHUEZA ESCOBAR

  2. 权益转让· 2019年9月16日

    Viviana Angélica Escobar Galdames cede el 15% de sus derechos sociales a Luis Robinson Aravena Lagos.

    VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES · LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS

  3. 权益转让· 2019年9月16日

    Trinidad Sanhueza Escobar cede el 35% de sus derechos sociales a Luis Robinson Aravena Lagos.

    TRINIDAD SANHUEZA ESCOBAR · LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS

  4. 管理人变更· 2019年9月16日

    Se modifica la administración para que corresponda conjuntamente, separada e indistintamente a Viviana Angélica Escobar Galdames y Luis Robinson Aravena Lagos.

    VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES · LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS

  5. 名称变更· 2019年9月16日

    La sociedad cambia su razón social de SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA a SOCIEDAD ARAVENA Y ESCOBAR LIMITADA.

    SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA

  6. 资本变更· 2019年9月16日

    Se declara que el capital social asciende a $1.000.000.

    SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA

摘要官方正文

EDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Curicó, Estado 282, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de Septiembre de 2019, otorgada ante mí, Don doña VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES, doña TRINIDAD SANHUEZA ESCOBAR, ambas domiciliadas en Sector La Marquesa Dos Pasaje 1 número 171, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule; y don LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS, domiciliado en Población La Colmena, Pasaje Manuel Larraín número 9, comuna y provincia de Curicó, Región del Maule, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº76.558.628- 3, por escritura pública fecha 29 de febrero de 2016, ante don Eduardo Del Campo Vial, Notario Público Titular de Curicó, doña Viviana Angélica Escobar Galdames y doña Trinidad Sanhueza Escobar constituyeron una Sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA”, cuyo extracto fue publicado en la Edición del Diario Oficial N°41.399, con fecha 04 de marzo de 2016, inscribiéndose a fojas 208 Número 139 del Registro De Comercio de Curicó, del año 2016.- Modificación: I) doña VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES, quien de acuerdo al pacto social es dueña del Cuarenta por ciento (40%) de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo el QUINCE POR CIENTO (15%) de los derechos sociales de que es dueña sobre la sociedad a don LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS.- II) Doña el doña TRINIDAD SANHUEZA ESCOBAR, quien de acuerdo al pacto social es dueña del Sesenta por ciento (60%) de los derechos sociales, viene en vender, ceder y transferir de común acuerdo el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de los derechos sociales de que es dueña sobre la sociedad a don LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS. El precio total para cada una de las cesiones son los siguientes: I) es la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, ($6.000.000), valor que don LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS, paga a doña VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES con la entrega de 4 cheques librados a su orden por la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS ($1.500.000), extendido el primero de ellos con fecha 30 de septiembre de 2019 y mediando entre cada uno de los demás emitidos 1 año corridos de forma sucesiva, siendo el último de ellos el emitido con fecha 30 de septiembre del año 2022, novando así la obligación. Declara entonces doña Viviana Angélica Escobar Galdames haber recibido íntegramente el precio a su entera satisfacción, dándose por completamente pagado y declarando que nada se le adeuda.- II) es la suma de CATORCE MILLONES DE PESOS, ($14.000.000), valor que don LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS paga a doña TRINIDAD SANHUEZA ESCOBAR con la entrega de 4 cheques librados a su orden por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($3.500.000), extendido el primero de ellos con fecha 30 de septiembre de 2019 y mediando entre cada uno de los demás emitidos 1 año corridos de forma sucesiva, siendo el último de ellos el emitido con fecha 30 de septiembre del año 2022, novando así la obligación. Declara entonces doña Trinidad Sanhueza Escobar haber recibido íntegramente el precio a su entera satisfacción, dándose por completamente pagado y declarando que nada se le adeuda. Quedan como únicos socios de “SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº 76.558.628-3: doña VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES, con un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la participación social, doña TRINIDAD SANHUEZA ESCOBAR, con un VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la participación social, y don LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS, con un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la participación social, que se reflejan tanto en el capital social, en el reparto de utilidades y en la concurrencia a las eventuales pérdidas sociales. Queda en consecuencia limitada la responsabilidad de cada cual al monto de los respectivos aportes.- En virtud de la cesión antes indicada, los actuales socios vienen en modificar la cláusula cuarto del pacto social, en el sentido de señalar que: La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña VIVIANA ANGÉLICA ESCOBAR GALDAMES y a don LUIS ROBINSON ARAVENA LAGOS, quienes actuando conjunta, separada e indistintamente, ante cualquier hecho, podrán obligar a la sociedad en todos los actos y negocios jurídicos que celebre por ella, con tan solo anteponer la razón social a su firma.- En este acto los socios viene en modificar el Nombre o Razón Social bajo el cual girará la “SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA” señalando que su nuevo nombre o razón social será “SOCIEDAD ARAVENA Y ESCOBAR LIMITADA”, pudiendo emplear en ambos casos la palabra "LIMITADA" abreviada por " LTDA.- Los comparecientes declaran en este acto que el capital social es la suma ascendente a UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000).- En todo lo no modificado seguirán vigente las estipulaciones del pacto original. Demás estipulaciones en escritura extractada, Repertorio Nº2770/2019.- Curicó, 04 de Octubre de 2019.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD SANHUEZA Y ESCOBAR LIMITADA

    CVE 1664558

公司关系

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