Energyacs SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$1.000.000
股份
1,000
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
BENJAMIN ALEXANDER JARAMILLO PEÑA Accionista 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | - | - |
摘要官方正文
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaria de Santiago, Amunátegui N°73, Santiago, CERTIFICA: Por escritura de 23 de junio de 2022, ante mí, BENJAMIN ALEXANDER JARAMILLO PEÑA, chileno, soltero, ingeniero en gestión comercial, C.I. N° 16.229.486-5, domiciliado en calle Ñuble N° 761, Santiago, redujo a escritura pública SEGUNDA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad "ENERGYACS SpA", celebrada 23 de junio de 2022, en la que se acuerda que a partir de esta fecha se modifica: que viene en constituir y autorizar garantía en favor del Banco de Chile. El Banco ha solicitado que la sociedad ENERGYACS SpA, rol único tributario número setenta y seis millones quinientos treinta mil ochocientos diecisiete guion ocho, que se constituya como avalista, fiadora y codeudora solidaria, respecto del deudor principal don BENJAMIN ALEXANDER JARAMILLO PEÑA, con el objeto de garantizar, a esta institución financiera, el cumplimiento íntegro y oportuno de la obligación crediticia correspondiente a hipotecario de vivienda por un valor de cuatro mil setecientas noventa y siete unidades de fomento, que corresponden al ochenta por ciento del financiamiento, con un plazo a veinte años, de la propiedad ubicada en calle José Manuel Gandarillas número once mil cuatrocientos cuarenta y dos, comuna de la Florida, Región Metropolitana, que don BENJAMIN ALEXANDER JARAMILLO PEÑA, está solicitando dicha operación crediticia u obligación con el Banco de Chile, con el objeto para la compra de la propiedad antes mencionada. Esta junta acuerda en los términos señalados precedentemente, y en forma unánime, la constitución y autorización de la garantía correspondiente y constituirse en fiadora y codeudora solidaria, y avalista, del deudor principal don BENJAMIN ALEXANDER JARAMILLO PEÑA según requerimiento del Banco. Y además se acuerda que el límite de la garantía o monto máximo que se garantiza por la operación expuesta precedentemente es de doce mil unidades de fomento, sea que ocurra el caso de alguna variación correspondiente en el valor de la obligación hipotecaria antes señalada.- Manteniendo intactas las demás estipulaciones conferidas en los estatutos descritos en la escritura primitiva de constitución y en sus últimas modificaciones respectiva de ENERGYACS SpA. Modificación estatutaria que no es materia de extracto de conformidad a lo indicado en el artículo 426 del Código de Comercio. Inscripción primitiva a fojas 25212 número 14042 Registro Comercio C.B.R. Santiago 2016.- Capital social $1.000.000.- 1.000 acciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 24 de junio de 2022.-
公司信息
资本
总资本
$1.000.000
股份
1,000
摘要官方正文
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la 49° Notaria de Santiago, Amunátegui N°73, Santiago, CERTIFICA:: Por escritura de 31 de Mayo de 2022, Repertorio N° 37.463-2022, ante mí, BENJAMIN ALEXANDER JARAMILLO PEÑA, chileno, soltero, ingeniero en gestión comercial, C.I. N° 16.229.486-5, domiciliado en calle Ñuble N° 761, Santiago, redujo a escritura pública PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de la sociedad "ENERGYACS SpA", celebrada 31 de Mayo de 2022, en la que se acuerda que a partir de esta fecha se modifican: En primer lugar en autorizar a la sociedad ENERGYACS SpA en constituirse con las más amplias facultades como fiadora y codeudora solidaria, en forma general y especifica ante cualquier tipo de instituciones y otros.- en forma general: financieras, bancarias, gubernamentales, personas naturales, personas jurídicas, sociedades privadas y de derecho público, según requiera el negocio objeto de la sociedad que pueda establecerse esta fianza y codeudoría solidaria, respecto del administrador a cargo de la administración de la sociedad.- en forma específica la sociedad podrá establecerse como fiadora y codeudora solidaria respecto de don BENJAMIN ALEXANDER JARAMILLO PEÑA, ante cualquier institución financiera y bancaria existente en el país.- En segundo lugar viene en ampliar las facultades de administración de la sociedad que se encuentra en el Titulo Tercero de la Escritura de Constitución, en específico Artículo Duodécimo, en el sentido de agregar a las facultades amplias del administrador en poder de constituirla expresamente como fiadora y codeudora solidaria. Todo lo demás referido al artículo duodécimo se mantiene inalterable. Manteniendo intactas las demás estipulaciones conferidas en los estatutos descritos en la escritura primitiva de constitución y en su última modificación respectiva de ENERGYACS SpA. Modificación estatutaria que no es materia de extracto de conformidad a lo indicado en el artículo 426 del Código de Comercio. Inscripción primitiva a fojas 25.212 número 14.042 Registro Comercio C.B.R. Santiago, año 2016.- Capital social $1.000.000.- 1.000 acciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 31 de Mayo de 2022.-
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
ENERGYACS SpA
CVE 2149389
- MODIFICACIÓN
ENERGYACS SpA
CVE 2137475
