有限责任公司76.528.667-0

Inversiones Extranjeras Copla Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年1月14日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2026-01-14查看 PDF(CVE 2754360)

公司信息

Ltda
管理方式: Conjuntamente, a dos cualquiera de entre doña CHARLENE DAPHNE BRAUN JONES, doña PAULINE BRAUN JONES, doña VIVIAN SANDRA BRAUN JONES y doña STEPHANIE BRAUN JONES; y, conjuntamente, a dos cualquiera de entre las sociedades INVERSIONES CAMO SpA, INVERSIONES CANAK LIMITADA, INVERSIONES DEL FAVERO BRAUN LIMITADA e INVERSIONES AKER LIMITADA

资本

总资本

$204

实缴资本

$204

待缴资本

0 dólares de los Estados Unidos de América

股东(4)

姓名持股比例

INVERSIONES CAMO SpA

Socio

25%

INVERSIONES CANAK LIMITADA

Socio

25%

INVERSIONES DEL FAVERO BRAUN LIMITADA

Socio

25%

INVERSIONES AKER LIMITADA

Socio

25%

摘要官方正文

Ministerio del Interior ROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de noviembre de 2025, repertorio número 8.306 – 2025, ante el Notario Titular Patricio Guillermo Corominas Mellado: (i) doña CHARLENE DAPHNE BRAUN JONES, domiciliada en Nocedal número 6.588, comuna de La Reina, Región Metropolitana; (ii) doña PAULINE ASTRID BRAUN JONES, domiciliada en Avenida Bicentenario número 4.063, departamento 61, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; (iii) doña VIVIAN SANDRA BRAUN JONES, domiciliada en Nocedal número 6.736, comuna de La Reina, Región Metropolitana; (iv) doña STEPHANIE GAIL BRAUN JONES, domiciliada en Camino Mirasol número 1.503, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; (v) la sociedad INVERSIONES CAMO SpA, debidamente representada, domiciliada en Nocedal número 6.588, comuna de La Reina, Región Metropolitana; (vi) la sociedad INVERSIONES CANAK LIMITADA, debidamente representada, domiciliada en Los Pozos número 6.691, departamento 132, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; (vii) la sociedad INVERSIONES DEL FAVERO BRAUN LIMITADA, debidamente representada, domiciliada en Nocedal número 6.736, comuna de La Reina, Región Metropolitana; y, (viii) la sociedad INVERSIONES AKER LIMITADA, debidamente representada, en Camino Mirasol número 1.503, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes acordaron cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad INVERSIONES EXTRANJERAS COPLA LIMITADA (inscrita a fojas 97.553, número 57.269 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, en adelante la “Sociedad”), en los siguientes términos: I. Venta y Cesión de Derechos Sociales: (i) doña CHARLENE DAPHNE BRAUN JONES, vende, cede y transfiere el 0,49% de los derechos sociales de que es dueña y titular a la sociedad INVERSIONES CAMO SpA; (ii) doña PAULINE ASTRID BRAUN JONES, vende, cede y transfiere el 0,49% de los derechos sociales de que es dueña y titular a la sociedad INVERSIONES CANAK LIMITADA; (iii) doña VIVIAN SANDRA BRAUN JONES, vende, cede y transfiere el 0,49% de los derechos sociales de que es dueña y titular a la sociedad INVERSIONES DEL FAVERO BRAUN LIMITADA; y, (iv) doña STEPHANIE GAIL BRAUN JONES, vende, cede y transfiere el 0,49% de los derechos sociales de que es dueña y titular a la sociedad INVERSIONES AKER LIMITADA.- II. Retiro de Socios: Producto de las ventas y cesiones de derechos acordadas, se retiran de la Sociedad doña CHARLENE DAPHNE BRAUN JONES, doña PAULINE ASTRID BRAUN JONES, doña VIVIAN SANDRA BRAUN JONES y doña STEPHANIE GAIL BRAUN JONES, otorgándose por dicho concepto amplio y completo finiquito.- III. Modificación Estatutos Sociales: Producto de lo expuesto, los actuales socios de la sociedad INVERSIONES EXTRANJERAS COPLA LIMITADA, acuerdan modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, el que queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social es la suma única y total de 204.000 dólares de los Estados Unidos de América, íntegramente pagado en las siguientes cantidades y proporciones: a) la sociedad INVERSIONES CAMO SpA, con la suma de 51.000 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al 25% del capital social; b) la sociedad INVERSIONES CANAK LIMITADA, con la suma de 51.000 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al 25% del capital social; c) la sociedad INVERSIONES DEL FAVERO BRAUN LIMITADA, con la suma de 51.000 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al 25% del capital social; y, d) la sociedad INVERSIONES AKER LIMITADA, con la suma de 51.000 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes al 25% del capital social”.- III. Modificación Administración Social: Asimismo, las sociedades INVERSIONES CAMO SpA, INVERSIONES CANAK LIMITADA, INVERSIONES DEL FAVERO BRAUN LIMITADA e INVERSIONES AKER LIMITADA, debidamente representadas y en su calidad de únicos socios de la sociedad INVERSIONES EXTRANJERAS COPLA LIMITADA, acordaron modificar su administración social, modificando en consecuencia el Artículo Noveno de los estatutos sociales, el cual queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO: La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá: (i) conjuntamente, a dos cualquiera de entre doña CHARLENE DAPHNE BRAUN JONES, doña PAULINE BRAUN JONES, doña VIVIAN SANDRA BRAUN JONES y doña STEPHANIE BRAUN JONES; y, (ii) conjuntamente, a dos cualquiera de entre las sociedades INVERSIONES CAMO SpA, INVERSIONES CANAK LIMITADA, INVERSIONES DEL FAVERO BRAUN LIMITADA e INVERSIONES AKER LIMITADA, las cuales deberán actuar a través de sus órganos propios de administración, representantes o apoderados, sujetos a la estructura de poderes y con las facultades y limitaciones que para la propia administración de dichas sociedades se establecen, respecto de actos, contratos y actuaciones propias. Los administradores antes mencionados, actuando en los casos y de la forma que ha sido señalada, tendrán las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad, y contarán, entre otras, y de manera meramente enunciativa, con las facultades señaladas en el Artículo Décimo siguiente”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de diciembre de 2025.

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  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES EXTRANJERAS COPLA LIMITADA

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