Aopa Empires SpA
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$20.000.000
实缴资本
$20.000.000
待缴资本
$0
股份
500
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Alejandro Osmain Pinilla Aguilera Accionista | - | 100% | $20.000.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2015年8月21日
Se constituyó Aura Royale Spa con capital primitivo de $4.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias.
摘要官方正文
CAROLINA ISABEL ADAOS VALENZUELA, Abogado Notario Público Suplente del titular don EUGENIO JIMÉNEZ LARRAIN, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Ovalle, domicilio calle Vicuña Mackenna número 370, oficina 3-E, Ovalle, CERTIFICO: por escritura pública otorgada ante mí el día 14 de abril del año 2020, Don Alejandro Osmain Pinilla Aguilera, como único accionista, modifico la sociedad Aura Royale Spa, constituida por escritura pública de fecha veintiuno de agosto del año dos mil quince, otorgada bajo el repertorio número mil novecientos cincuenta y nueve ante el Notario Público de Ovalle don Eugenio Jiménez Larraín, cuyo capital primitivo fue de cuatro millones de pesos, dividido en cien acciones ordinaria. El extracto del pacto social se publicó en el diario oficial número cuarenta y un mil doscientos cuarenta de fecha veinticuatro de agosto de año dos mil quince y se inscribió a fojas doscientos veinticinco, número ciento cuarenta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle correspondiente al año dos mil quince. Las modificaciones realizadas fueron las siguientes: uno) El nombre y razón social de la sociedad será AOPA EMPIRES SPA; dos) Se reemplazó el artículo quinto del estatuto social por el siguiente: ARTICULO QUINTO: El capital social será de veinte millones de pesos, dividido en quinientas acciones ordinarias y nominativas por un valor de cuarenta mil pesos cada una, las que son íntegramente suscritas y pagadas en dinero efectivo y en este acto, por don Alejadro Osmain Pinilla Aguilera; tres) Se reemplazó el artículo sexto del estatuto social por el siguiente: ARTICULO SEXTO: Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro de un plazo de cinco años contados desde la fecha del aumento. Para el caso de que al vencimiento del plazo arriba señalado el aumento de capital no este íntegramente suscrito y pagado, el capital social quedara reducido al monto oportuna y efectivamente pagado; cuatro) Se reemplazó el artículo décimo tercero del estatuto social por el siguiente: ARTICULO DECIMO TERCERO: Gerente General. La sociedad será administrada por don Alejandro Osmain Pinilla Aguilera, en calidad de Gerente General, quien anteponiendo a su firma la razón social, la obligara y representara judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, estando investido de todas las facultades, atribuciones y obligaciones que de conformidad a la ley y los estatutos correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad por acciones. Lo anterior sin perjuicio de los poderes especiales que la sociedad pueda otorgar a terceros. Quinto) Se reemplazó el artículo decimo quinto del estatuto social, por el siguiente: ARTICULO DECIMO QUINTO: Mientras la sociedad tenga menos de cuatro accionistas, no será necesaria la celebración de juntas de accionistas. En caso de que la sociedad tenga más de cuatro accionistas se aplicaran las disposiciones del Título VI de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis, Sobre Sociedades Anónima, para sociedades anónimas cerradas. En tal caso las juntas se celebraran en la oficina de la sociedad o en el lugar que los socios acuerden en forma unánime; Sexto)Se reemplazó el artículo trigésimo del estatuto social por el siguiente: ARTICULO TRIGESIMO: Los conflictos que durante la vigencia de la sociedad o durante la liquidación de la misma ocurran entre los socios, entre estos y la sociedad y entre los socios y el gerente general, serán resueltos por un árbitro arbitrador, quien sustanciara la controversia sin forma de juicIo y la resolverá en conciencia sin ulterior recurso. El arbitro será designado por la justicia ordinaria. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las estipulaciones del estatuto primitivo.Demás estipulaciones en escritura extractada. Ovalle, 14 abril de 2020.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
AOPA EMPIRES SpA
CVE 1758369
