Inversiones Silpa Limitada
Diario Oficial
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JORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de junio de 2020, ante mí, don Luis Rafael Perera Aldama, doña Adriana María Horta Urruty, don Rodrigo Luis Perera Horta, doña María Carolina Perera Horta, y don Agustín Luis Perera Horta, todos domiciliados en Avenida Avenida Kennedy N° 5.600, oficina 1.103, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron disolver y liquidar de común acuerdo la sociedad “INVERSIONES SILPA LIMITADA”, inscrita a fojas 59.620 número 43.834 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de agosto de 2020.
公司信息
公司目的
La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades.
资本
总资本
$3.546.108
实缴资本
$3.546.108
待缴资本
$0
股东(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | $2.127.666 |
Socio | - | 25% | $886.527 |
Socio | - | 5% | $177.305 |
Socio | - | 5% | $177.305 |
Socio | - | 5% | $177.305 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2011年1月1日
Inversiones Silpa Limitada figura inscrita en el Registro de Comercio de Santiago.
- 公司形式转换· 2019年10月15日
Los socios de Inversiones Silpa Limitada acuerdan una división y constituyen Inversiones La Paloma Limitada.
Luis Rafael Perera Aldama · Adriana María Horta Urruty · Rodrigo Luis Perera Horta · María Carolina Perera Horta · Agustín Luis Perera Horta
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JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2019, Repertorio N° 6049/2019, ante mí, don Luis Rafael Perera Aldama, Rodrigo Luis Perera Horta, Adriana María Horta Urruty, María Carolina Perera Horta y Agustín Luis Perera Horta, todos domiciliados para estos efectos en calle Avenida Kennedy N°5.600, oficina N°1.103, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron ‘’INVERSIONES SILPA LIMITADA’’, inscrita a fojas 59.620, número 43.834, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011, acordando una división entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto: ‘’Inversiones La Paloma Limitada’’. 1) Disminución de capital: con motivo de la división, se disminuye el capital de la sociedad Inversiones Silpa Limitada, ascendente a la suma de $3.600.000.-, en la suma de $3.546.108.- quedando reducido a $53.892.-. Como consecuencia, se reemplaza el artículo Quinto de los Estatutos Sociales, en el siguiente sentido ‘’Cláusula quinta. Capital Social. El capital de la Sociedad es la suma de $53.892, que los socios aportan de la siguiente manera: A) Don Luis Rafael Perera Aldama, aporta la suma de $32.334, equivalentes a un 60% del capital y derechos sociales; B) Doña Adriana María Horta Urruty, aporta la suma de $13.473, equivalentes a un 25% del capital y derechos sociales; C) Don Rodrigo Luis Perera Horta, aporta la suma de $2.695, equivalentes a un 5% del capital y derechos sociales; D) Doña María Carolina Perera Horta, aporta la suma de $2.695, equivalentes a un 5% del capital y derechos sociales; y E) Don Agustín Luis Perera Horta, aporta la suma de $2.695, equivalentes a un 5% del capital y derechos sociales. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto de aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la Sociedad. Salvo por la modificación referida precedentemente, los estatutos sociales de Inversiones Silpa Limitada quedan íntegramente vigentes, declarando en este acto los socios que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes; 2) Todos los comparecientes aprueban los estatutos de la nueva sociedad: 2.1) Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será “INVERSIONES LA PALOMA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión “INVERSIONES LA PALOMA LTDA” o “LA PALOMA LTDA”; 2.2) Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero; 2.3) Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad no podrá realizar, bajo ninguna circunstancia, ningún otro tipo de actividades; 2.4) Capital social: El capital de la Sociedad es la suma de $3.546.108 que ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: A) Don Luis Rafael Perera Aldama, aporta la suma de $2.127.666, equivalentes a un 60% del capital y derechos sociales; B) Doña Adriana María Horta Urruty, aporta la suma de $886.527, equivalentes a un 25% del capital y derechos sociales; C) Don Rodrigo Luis Perera Horta, aporta la suma de $177.305, equivalentes a un 5% del capital y derechos sociales; D) Doña María Carolina Perera Horta, aporta la suma de $177.305, equivalentes a un 5% del capital y derechos sociales; y, E) Don Agustín Luis Perera Horta, aporta la suma de $177.305, equivalentes a un 5% del capital y derechos sociales Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la Sociedad. 2.5) Administración, representación y uso de la razón social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Luis Rafael Perera Aldama quien anteponiendo a su nombre la razón social, represente a la Sociedad, y con las facultades señaladas en la escritura extractada; 2.5) Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demas estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de noviembre de 2019.
最近登记事项
- DISOLUCIÓN
Inversiones Silpa Limitada
CVE 1798896
- MODIFICACIÓN
Inversiones Silpa Limitada
CVE 1691332
