Cruz & Cruz Sociedad De Responsabilidad Limitada
Diario Oficial
公司信息
公司目的
Desarrollar proyectos, realizar consultorías y asesorías de ingeniería, metal mecánica, hidráulica, o transportes; Ejecutar toda clase de obras civiles, infraestructura vial, caminos, puentes o túneles, construir, transformar o reparar casas, edificios, y construcciones de cualquier especie; Importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos de ingeniería, materiales de construcción, casas y repuestos; Arriendo y/o venta de toda clase de maquinarias, equipos y vehículos, de sus accesorios y repuestos para la industria y el comercio; El ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de actividades relacionadas con la creación, reparación, mantención, de equipos mecánicos entendidos éstos en sus más amplias expresiones y en todas sus especialidades; la instalación de oficina y de Empresa propia para la atención de los clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instrucciones; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro objeto que acuerden los socios.
资本
总资本
$30.000.000
股份
300
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 100% | $30.000.000 |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 权益转让· 2025年7月11日
Herminia Hermenejilda Ramos Herrera cede la totalidad de sus acciones a Arturo Ariel Cruz González.
Herminia Hermenejilda Ramos Herrera · Arturo Ariel Cruz González
- 公司形式转换· 2025年7月11日
La sociedad de responsabilidad limitada se transforma en una sociedad por acciones denominada SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE SpA.
Arturo Ariel Cruz González · Herminia Hermenejilda Ramos Herrera
摘要官方正文
Ministerio del Interior MIGUELÁNGEL JIMÉNEZ SEGURA, Notario 1ª Notaría Calama, Vicuña Mackenna 2139, CERTIFICA: Por escritura pública 11 julio 2025, ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ, chileno, soltero, estudiante, RUT 18362543-8, domiciliado Salar Quisquiro 546, Calama, y HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA, chilena, casada, labores de casa, RUT 12039859-8, domiciliada Carlos Cisternas 2851, Calama, suscribieron escritura pública de cesión de derechos y transformación de contrato de sociedad “CRUZ & CRUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y/o SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE LTDA., en “SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE SPA.” RUT 76.460.076-2 Forma siguiente: Comparecientes a la fecha de suscripción siendo los únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada CRUZ & CRUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y/o SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE LTDA, RUT 76.470.076-2, transformaron la persona jurídica en sociedad por acciones denominada “SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE SpA” acuerdo a lo dispuesto en artículo 424 y siguientes Código Comercio, estatutos sociales que se extractan: Nombre: “SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE SpA.”. Objeto: Desarrollar proyectos, realizar consultorías y asesorías de ingeniería, metal mecánica, hidráulica, o transportes; Ejecutar toda clase de obras civiles, infraestructura vial, caminos, puentes o túneles, construir, transformar o reparar casas, edificios, y construcciones de cualquier especie; Importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos de ingeniería, materiales de construcción, casas y repuestos; Arriendo y/o venta de toda clase de maquinarias, equipos y vehículos, de sus accesorios y repuestos para la industria y el comercio; El ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de actividades relacionadas con la creación, reparación, mantención, de equipos mecánicos entendidos éstos en sus más amplias expresiones y en todas sus especialidades; la instalación de oficina y de Empresa propia para la atención de los clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instrucciones; y cualquier otro negocio o actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro objeto que acuerden los socios. Domicilio: Calama. Vigencia: Indefinida. Capital: 30.000.000, dividido en 300 acciones sin valor nominal, suscrita y pagada conforme artículo transitorio 1° de estatutos. Administración: Corresponde única y exclusivamente a Arturo Ariel Cruz González. Facultades de administración: Conferidas conforme escritura extractada. Disposiciones transitorias: Herminia Hermenejilda Ramos Herrera, titular de 20 acciones vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus acciones a Arturo Ariel Cruz González, quien compro, adquirió y acepto para sí, en 2.000.000 pagado contado y efectivo, recibido a entera satisfacción por HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA. ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ quedó como titular del 100% de las acciones de la sociedad. SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE SPA.” es continuadora legal de “CRUZ & CRUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” y/o “SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE LTDA.".- Demás estipulaciones conforme a escritura extractada.- Calama, 11 Agosto 2025.
公司信息
资本
总资本
$30.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 18.xxx.xxx-8 | 18.xxx.xxx-8 | 80% | - |
HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA Socio 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | 20% | - |
管理人(1)
公报所载公司沿革
- 设立· 2015年5月27日
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada "CRUZ & CRUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" y/o "SAN SANTIAGO DE RÍO GRANDE LTDA." con capital de $30.000.000.
- 权益转让· 2018年3月5日
Arturo Segundo Cruz Ramos, Sebastián Alexis Cruz González y Juan Pablo Cruz González ceden el 60% de sus derechos sociales a Arturo Ariel Cruz González; Fabio Segundo Cruz González cede el 20% a Herminia Hermenejilda Ramos Herrera.
ARTURO SEGUNDO CRUZ RAMOS · SEBASTIÁN ALEXIS CRUZ GONZÁLEZ · JUAN PABLO CRUZ GONZÁLEZ · FABIO SEGUNDO CRUZ GONZÁLEZ · ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ · HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA
- 管理人变更· 2018年3月5日
La administración y uso de la razón social queda exclusivamente a cargo de Arturo Ariel Cruz González.
- 资本变更· 2018年3月5日
Se mantienen las estipulaciones del capital social original de $30.000.000.
- 其他行为· 2018年3月5日
Se modifican las cláusulas tercera, quinta y sexta del estatuto.
摘要官方正文
ALEJANDRO GEMMEL MARTÍNEZ, Notario Público Titular 3° Notaría Calama, con oficio en Vargas N° 2209, certifica: Que, por escritura pública ante mi ARTURO SEGUNDO CRUZ RAMOS, chileno, divorciado, electromecánico, cédula de identidad 9.853.260-9; SEBASTIÁN ALEXIS CRUZ GONZÁLEZ, chileno, soltero, kinesiólogo, cédula de identidad 17.514.380-7; JUAN PABLO CRUZ GONZÁLEZ, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad 16.869.218-8, todos domiciliados en Pasaje Salar Quisquiro 546, Villa Los Salares, Calama; y FABIO SEGUNDO CRUZ GONZÁLEZ, chileno, casado, técnico metalurgista, cédula de identidad 16.565.481-1, domiciliado en Pasaje Verdes Campiñas Casa 87, Calama; ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad 18.362.343-8, domiciliado en Pasaje Salar Quisquiro 546, Villa Los Salares, Calama y HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA, chilena, casada, labores de casa, cédula de identidad número 12.039.859-8, domiciliada en Carlos Cisternas 2951 población 23 de marzo, Calama, suscribieron CESION DE DERECHOS Y MODIFICACIÓN CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "CRUZ & CRUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" Y/O "SAN SANTIAGO DE RÍO GRANDE LTDA.". ARTURO SEGUNDO CRUZ RAMOS, SEBASTIÁN ALEXIS CRUZ GONZÁLEZ, JUAN PABLO CRUZ GONZÁLEZ, FABIO SEGUNDO CRUZ GONZÁLEZ y ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ, son a la fecha de otorgamiento del presente instrumento, únicos socios de la sociedad de responsabilidad limitada “CRUZ & CRUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” y/o “SAN SANTIAGO DE RIO GRANDE LTDA.”, constituida mediante escritura pública de fecha 27/05/2015, RUT 76.460.076-2, CAPITAL $30.000.000, publicada en diario oficial 41.176, pagina E-126, el 06.06.2015. Inscribiéndose el extracto de publicación en el Registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de El Loa, Calama, a fojas 270 N° 150 año 2015. Que por este acto ARTURO SEGUNDO CRUZ RAMOS, SEBASTIÁN ALEXIS CRUZ GONZÁLEZ, JUAN PABLO CRUZ GONZÁLEZ, titulares de un 60% de los derechos sociales a razón de un 20% cada uno, venden, ceden y transfieren la totalidad de sus derechos y participación social a ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ, quien compra, adquiere y acepta para sí las acciones y derechos que los primeros ceden en la suma de $18.000.000, a razón de seis millones de pesos por cada cedente. Precio que será pagado por el cesionario: a).- Con la suma de $2.000.00 que el cesionario entregó en este acto de contado y en efectivo a cada uno de los cedentes, quienes declaran haber percibido el precio a su satisfacción y conformidad; b).- El saldo restante, esto es, $12.000.000, se pagará, en 02 cuotas de $2.000.000 para cada uno de los cedentes, las que serán pagadas los días 10.03.2018 y 10.05.2018. En este mismo acto FABIO SEGUNDO CRUZ GONZÁLEZ titular de un 20% de los derechos sociales vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos y participación social a HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA, quien compra, adquiere y acepta para sí las acciones y derechos que el primero de los nombrados cede en la suma total de $6.000.000, que será pagado: a).- con la suma de $2.000.000 que la cesionaria entregó en este acto de contado y en efectivo al cedente, quien declara haber percibido el precio a su satisfacción y conformidad; b).- El saldo de $4.000.000, se pagará, en 2 cuotas de $2.000.000, las que serán pagadas los días 10.03.2018 y 10.05.2018. Como consecuencia de las cesiones antes acordadas, quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad singularizada ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ, con una participación societaria de un 80% y HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA, con una participación social de un 20%. Los únicos socios, modifican en este acto, las cláusulas TERCERA, QUINTA Y SEXTA del mismo estatuto, en los términos siguientes: “TERCERO: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente a don ARTURO ARIEL CRUZ GONZALEZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades, dándose por reproducidas una a una las facultades ya mencionadas en la cláusula tercera que se modifica en este acto. QUINTO: Los socios limitan su responsabilidad exclusivamente hasta el monto de sus respectivos aportes; SEXTO: Las utilidades como las pérdidas que devengue la presente sociedad se repartirán entre los socios del modo siguiente: a).- En un ochenta por ciento respecto de don ARTURO ARIEL CRUZ GONZÁLEZ; b).- En un veinte por ciento respecto de doña HERMINIA HERMENEJILDA RAMOS HERRERA”. En todo cuanto los comparecientes no modifican, el contrato de sociedad individualizada en la cláusula primera de esta escritura pública y sus estipulaciones, conservan íntegra vigencia, salvo lo acordado respecto a la cesión de derechos estipulados en la cláusula segunda y la modificación en los términos señalados. Doy fe. Calama, Marzo 05 de 2018.
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