股份公司76.453.065-9

Inmobiliaria E Inversiones Likan-Cun S.p.a.

MODIFICACIÓN — 2017年2月25日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2017-02-25查看 PDF(CVE 1187764)

公司信息

SpA
Temuco, Araucanía
管理方式: Administrador

资本

总资本

$175.289.579

实缴资本

$2.000.000

待缴资本

$173.289.579

股份

200

股东(1)

姓名持股比例

JOSÉ ANTONIO ALVARADO CID

Accionista

15.xxx.xxx-7

100%

管理人(1)

JOSÉ ANTONIO ALVARADO CID

15.xxx.xxx-7Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2014年9月9日

    Se constituyó la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Likan-Cun SpA

  2. 资本变更· 2015年12月31日

    Se acordó un aumento de capital social mediante emisión de acciones de pago

    JOSÉ ANTONIO ALVARADO CID

摘要官方正文

JOSE PATRICIO GONZALEZ GARCIA, Notario Público de la 6° Notaria de Temuco, con asiento en la Comuna de Padre Las Casas, Maquehue N°1244, de Padre Las Casas, Suplente del titular don RODRIGO IGNACIO SEPÚLVEDA GÓMEZ. Certifico: Por escritura hoy ante mí, don JOSÉ ANTONIO ALVARADO CID, chileno, factor de comercio, soltero, c.i.15.884683-7, con domicilio para estos efectos en calle Juan Ramón Jiménez número tres mil seiscientos sesenta y cinco, Villa Alcántara, de la ciudad y comuna de Temuco, debidamente facultado, redujo escritura pública el acta de sesión de directorio de la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LIKAN-CUN S.P.A., de fecha veintitrés de Diciembre del dos mil dieciséis, que corre desde fojas dos a fojas siete, del libro de actas respectivo, y que es del siguiente tenor: “ACTA DE PRIMERA SESIÓN DE DIRECTORIO INMOBILIARIA E INVERSIONES LIKAN-CUN S.P.A.- En la ciudad de Temuco a veintitrés de Diciembre del dos mil dieciséis, siendo las once horas, tiene lugar la primera sesión de directorio de la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES LIKAN-CUN S.P.A en calle Manuel Montt número novecientos veinte, oficina doscientos uno, de la comuna y ciudad de Temuco.- De acuerdo al registro de accionistas concurrió a la Junta, el único accionista de la sociedad don JOSÉ ANTONIO ALVARADO CID, chileno, cédula de identidad número quince millones ochocientos ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y tres guion siete, titular de veinte acciones; en consecuencia, se encuentran representadas en la sala la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad, reuniéndose por lo tanto el quórum establecido en los Estatutos Sociales.- Actúa como secretario el abogado asesor don JAIME ESTEBAN GÓMEZ TILLERÍA.- Verificado el quórum, se dejó constancia de lo siguiente: UNO: FORMALIDADES DE CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA.- a) Formalidades de convocatoria: Se dejó constancia que se había omitido la citación atendida la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas. b) Firma del acta de la presente Junta: Se acordó que la presente junta sería firmada por el accionista presente y el secretario. c) Hoja de Asistencia y aprobación de poderes: El accionista concurrente firmó la hoja de asistencia. d)Instalación de la Junta: Señaló el secretario que estando presentes en la junta la totalidad de las veinte acciones emitidas a la fecha, declarada instalada la junta y abierta la sesión.- TABLA Y ACUERDOS. DOS: Tabla. Manifestó el abogado asesor que tal como se había comunicado oportunamente al accionista, la presente junta tiene por objeto: a) Constitución de la sociedad.- b) Aumento de capital de la sociedad.- c) Varios.- TRES: Constitución de la sociedad. El abogado asesor da cuenta que el extracto de la escritura pública de la constitución de la INMOBILIARIA E INVERSIONES LIKAN-CUN S.P.A. de fecha nueve de Septiembre del año dos mil catorce, otorgada en la Notaría de Temuco de don JORGE ELIAS TADRES HALES, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil novecientos sesenta y siete de fecha veintiséis de Septiembre del dos mil catorce, siendo inscrito a fojas mil seiscientos cuarenta y nueve, número mil doscientos cuarenta mil ciento sesenta y seis del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Temuco, correspondiente al año dos mil catorce.- CUATRO: Modificación de la sociedad. Específicamente se propone modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital de la sociedad, aumentando el capital social de la cantidad de DOS MILLONES DE PESOS, que corresponde al capital inicial, dividido en VEINTE ACCIONES nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado, a la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS, mediante el aumento de CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS, mediante la emisión de ciento ochenta acciones de pago, sin valor nominal y adoptar los acuerdos necesarios para dar cumplimiento a los que se aprueben en la junta, la emisión de las acciones, así como el otorgamiento de los poderes pertinentes para proceder a la legalización de las decisiones de la Junta y para el otorgamiento y suscripción de los instrumentos que se requieran, pudiendo fijar precio de colocación.-Propuso además, que el pago del valor de las ciento ochenta acciones de pago de aumento de capital que se propone emitir, sea mediante dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista, bienes muebles e inmuebles especialmente o especies.- Las acciones deben quedar íntegramente suscritas y pagadas en un término de tres años contado desde la fecha de la junta.-En razón de lo anterior, la Junta de Accionistas acordó por unanimidad de las acciones presentes que representan la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto lo siguiente: PRIMERO: Se acuerda aumentar el capital en la suma de CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS mediante la emisión de ciento ochenta acciones de pago, sin valor nominal. Asimismo se acordó que se faculta al administrador para determinar el precio de colocación de las acciones.- SEGUNDO: Facultar ampliamente al administrador don JOSÉ ANTONIO ALVARADO CID, para que, en el marco de los acuerdos de esta Junta de Accionistas, proceda y acuerde, con las más amplias atribuciones, los términos de la emisión y colocación de las acciones de pago necesarias para la materialización del aumento de capital acordado y de su inscripción y pago.- El valor de las ciento ochenta acciones de pago de aumento de capital que se emiten, será mediante dinero efectivo, vale vista bancario, transferencia electrónica de fondos o cualquier otro instrumento o efecto representativo de dinero pagadero a la vista, bienes muebles e inmuebles especialmente o especies. Las acciones deben quedar íntegramente suscritas y pagadas en un término de tres años contado desde la fecha de la junta.- TERCERO: Como consecuencia del aumento de capital se modifica el artículo QUINTO y PRIMERO TRANSITORIO de los estatutos a fin de dar cuenta del aumento de capital acordado, los que quedarían de la siguiente forma: ARTICULO QUINTO: “El capital de la sociedad es la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS dividido en DOSCIENTAS acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal”.- Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad, ascendente a CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS, dividido en doscientas acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor nominal se ha enterado y pagado, y se enterará y pagará de la siguiente forma: a) Con la suma de DOS MILLONES DE PESOS dividido en VEINTE acciones, que se encuentra íntegramente suscritas y pagadas.- b) Con la suma de CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS representativo de ciento ochenta acciones, que corresponde al aumento de capital acordado en la primera junta ordinaria de accionistas celebrada con fecha treinta y uno de Diciembre del dos mil quince, el que se deberá enterar y pagar en el plazo de tres años a contar de la fecha de la junta.- CINCO: Firma del Acta y cumplimiento de los acuerdos. Se acordó que el acta fuera firmada por el accionista concurrente y el Secretario de esta Junta, con cuya firma quedará definitivamente aprobada, sin necesidad de esperar ninguna otra aprobación posterior, pudiéndose llevar a efecto los acuerdos desde luego, sin la necesidad de nueva sesión, bastando el hecho de encontrarse la presente acta suscrita por el única accionista, de acuerdo al artículo tercero transitorio de la escritura constitutiva ya especificada, para todos los efectos legales.- SEIS: Reducción a escritura pública.- Se faculta expresamente al abogado asesor don JAIME ESTEBAN GÓMEZ TILLERIA, y al accionista don JOSÉ ANTONIO ALVARADO CID, cédula de identidad número quince millones ochocientos ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y tres guión siete, para conjunta, separa o indistintamente, puedan reducir a escritura pública el acta de esta sesión extraordinaria de directorio.- Se Faculta al portador de copia autorizada de la respectiva acta reducida a escritura pública o de un extracto autorizado de ella, para que lleve a cabo los trámites, gestiones y actuaciones que se precisen para legalizar las modificaciones acordadas en la presente sesión, en especial para requerir la publicación del extracto en el Diario Oficial y su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces competente.- No habiendo otro asunto que tratar se pone término a la sesión siendo las veinte horas.- hay una firma ilegible, José Antonio Alvarado Cid. C.I. Número quince millones ochocientos ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y tres guión siete.- hay una firma ilegible, Jaime Esteban Gomez Tillería. C.I. Número catorce millones doscientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y cuatro guión tres.- Fotocopia del acta se deja agregada al final del presente protocolo, bajo el número cuatrocientos treinta y cuatro.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Padre Las Casas, 31 de Diciembre del 2016.

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