有限责任公司76.434.512-6

Tecman Ingeniería Limitada

MODIFICACIÓN — 2021年12月2日

Diario Oficial

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公司信息

Ltda
Avenida Javiera Carrera numero seis mil setecientos treinta y cinco, Lomas Coloradas
管理方式: La administración, uso de la razón social y representación legal quedan radicadas exclusivamente en el socio don Alejandro Nelson Miranda Fernandez.

资本

总资本

$40.000.000

股东(2)

姓名持股比例

ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ

Socio

9.xxx.xxx-0

85%

LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ

Socio

16.xxx.xxx-3

15%

管理人(1)

ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ

9.xxx.xxx-0Administrador

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2015年1月27日

    Se constituye TECMAN INGENIERIA LIMITADA.

  2. 其他行为· 2015年7月8日

    Primera modificación de la sociedad.

  3. 其他行为· 2017年11月14日

    Nueva modificación de la sociedad.

  4. 身故· 2020年9月29日

    Fallece intestado SERGIO HIPOLITO PULGAR ASTUDILLO, socio de la sociedad.

    SERGIO HIPOLITO PULGAR ASTUDILLO

  5. 继承· 2020年10月28日

    Se concede la posesión efectiva de la herencia del causante a SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA y ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA.

    SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA · ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA · SERGIO HIPOLITO PULGAR ASTUDILLO

  6. 其他行为· 2021年7月29日

    Se emite certificado de exención del impuesto a las herencias.

    SERGIO HIPOLITO PULGAR ASTUDILLO

  7. 权益转让

    ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ cede 10% a LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ y los herederos del causante ceden el 2,5% restante al mismo adquirente.

    ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ · LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ · SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA · ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA

  8. 股东退出

    SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA y ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA se retiran de la sociedad.

    SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA · ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA

  9. 管理人变更

    La administración y representación legal pasan exclusivamente a ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ.

    ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ

摘要官方正文

Paula Castillo Bustamante, suplente del titular, don RODRIGO ROJAS CASTILLO, Notario Público Titular de Concepción, con asiento en San Pedro de la Paz, Michimalonco 1015, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí con fecha 29 de noviembre del año dos mil veintiuno, repertorio 1582/2021, don ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ, chileno, cédula nacional de identidad numero nueve millones trescientos treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cinco guión cero, empresario, divorciado, con domicilio en Avenida Javiera Carrera numero seis mil setecientos treinta y cinco, Lomas Coloradas, comuna de San Pedro de la Paz, don LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ, chileno, cedula nacional de identidad numero dieciséis millones setecientos sesenta y tres mil cuatrocientos treinta guion tres, ingeniero, casado pero separado totalmente de bienes, con domicilio en Avenida Javiera Carrera numero seis mil setecientos treinta y cinco, Lomas Coloradas, comuna de San Pedro de la Paz, don SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA, chileno, cédula nacional de identidad numero diecinueve millones doscientos noventa y siete mil novecientos noventa y cuatro guión tres, estudiante, soltero, domiciliado en Calle Pablo Neruda numero ocho mil quinientos cincuenta y nueve, Villa Los Escritores, comuna de San Pedro de la Paz y comparece doña ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA, chilena, cédula nacional de identidad numero siete millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos treinta y uno guión nueve, viuda, labores de casa, con domicilio en Calle Pablo Neruda numero ocho mil quinientos cincuenta y nueve, Villa Los Escritores, comuna de San Pedro de la Paz, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada denominada TECMAN INGENIERIA LIMITADA, rol único tributario numero SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DOCE GUIÓN SEIS, con nombre de fantasia “TECMAN LIMITADA”, la cual fue constituida por escritura publica de fecha veintisiete de enero del año dos mil quince, otorgada ante don Hector Sepulveda Quintana, quien fuera Notario Publico de Concepcion con asiento en San Pedro de la Paz, cuyo extracto se inscribió a fojas cuarenta y ocho numero treinta y cinco del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil quince, extracto publicado en el diario oficial de fecha dos de febrero del año dos mil quince. Esa sociedad fue objeto de una modificación efectuada por medio de escritura publica de fecha ocho de julio del año dos mil quince otorgada ante el que fuera Notario Publico de Concepcion con asiento en San Pedro de la Paz, cuyo extracto se inscribió a fojas ciento cincuenta y ocho numero ciento treinta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil quince, extracto publicado en el diario oficial de fecha once de julio del año dos mil quince. Tal sociedad fue objeto de una nueva modificación por medio de escritura publica de fecha catorce de noviembre de dos mil diecisiete otorgada ante don Ernesto Valenzuela Norambuena, Notario Publico que de Concepcion , cuyo extracto se inscribió a fojas doscientos sesenta y tres numero ciento noventa y tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil diecisiete, extracto publicado en el diario oficial de fecha quince de diciembre del año dos mil diecisiete. Tal sociedad actualmente se encuentra vigente y del tenor de la escritura publica de constitución y escrituras publicas de modificaciones, inscripciones y publicaciones antes referidas, se desprende que el capital social actualmente asciende a la suma de cuarenta millones de pesos y que actualmente el socio don ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ tiene un noventa y cinco por ciento de participación en el capital social, don LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ, tiene un dos coma cinco por ciento de participación en el capital social y don SERGIO HIPOLITO PULGAR ASTUDILLO , tiene un dos coma cinco por ciento de participación en el capital social. Actualmente la administración, representación legal y uso de la razón social de la aludida sociedad corresponden a los señores ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ Y CATALINA VERONICA MIRANDA MUÑOZ, obrando de forma conjunta o separada, indistintamente con las facultades indicadas en los estatutos sociales que se dan por reproducidas, para todo efecto legal. El socio don SERGIO HIPOLITO PULGAR ASTUDILLO, falleció intestado con fecha veintinueve de septiembre del año dos mil veinte, siendo su ultimo domicilio la comuna de San Pedro de la Paz, falleciendo bajo el estado civil de casado y su posesión efectiva fue concedida por resolución exenta numero trece mil setecientos ochenta y uno de fecha veintiocho de octubre del año dos mil veinte del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Region del Bio Bio publicada en el diario La Tribuna con fecha dos de noviembre del año dos mil veinte, inscrita bajo el numero cuarenta y cinco mil quinientos treinta y cuatro del año dos mil veinte del Registro Nacional de Posesiones Efectivas y de acuerdo a esa resolucion administrativa, son sus únicos herederos los comparecientes SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA en calidad de hijo del causante y doña ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA en calidad de conyuge del causante, por lo cual tales herederos conforme a la ley suceden y representan al causante en todos sus bienes, derechos y obligaciones trasmisibles y en el inventario de bienes de tal causante figuran, en el apartado de otros bienes muebles, el dos coma cinco por ciento de los derechos sociales en la sociedad TECMAN INGENIERIA LIMITADA. Conforme a certificado de exención del impuesto a las herencias de fecha veintinueve de julio del año dos mil veintiuno, emitido por el Director Regional, VIII Director Regional Concepcion del Servicio de Impuestos Internos, consta que todas las asignaciones que comprende la herencia quedada al fallecimiento del referido causante se encuentran exentas del impuesto establecido en la ley dieciséis mil doscientos setenta y uno. El certificado de posesión efectiva respectivo y el certificado de exención de impuesto a las herencias aludidos se agregaron al final del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil veintiuno bajo los números ciento quince y ciento dieciséis respectivamente y se tomó nota de los mismos al margen de la inscripción de fojas doscientos sesenta y tres numero ciento noventa y tres del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Pedro de la Paz del año dos mil diecisiete. Modificación consiste: los comparecientes señores ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ, LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ, SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA y doña ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA estos dos últimos como herederos y continuadores de la persona del causante y socio fallecido SERGIO HIPOLITO PULGAR ASTUDILLO, según se ha referido precedentemente, únicos socios e interesados en la referida sociedad, vienen en modificar los estatutos de la compañía denominada TECMAN INGENIERIA LIMITADA en términos de efectuar la cesiones de derechos sociales siguientes. Don ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ, vende, cede y transfiere derechos o participación social en la aludida sociedad que equivalen al diez por ciento de la totalidad de los derechos sociales a don LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ quien los compra, acepta y adquiere para si. El precio de la cesión es la suma de once millones pesos, que se pagan de contado y en dinero en efectivo a entera conformidad y satisfacción del cedente, quedando totalmente pagado al contado el precio acordado. En esta cesión queda comprendido e incluido todo derecho que pudiera corresponder al cedente, tanto por concepto de proporción o participación en el capital, fondos de reserva, utilidades retenidas y no repartidas o por cualquier otro motivo o título, única y exclusivamente en proporción y en relación al porcentaje de derechos sociales objeto de la cesion. Don SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA y doña ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA venden, ceden y transfieren la totalidad de los derechos o participación social de que en su conjunto son titulares en la aludida sociedad que equivalen al dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales a don LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ quien los compra, acepta y adquiere para si. El precio de la cesión es la suma de dos millones setecientos cincuenta mil pesos, que se pagan de contado y en dinero en efectivo a entera conformidad y satisfacción del cedente, quedando totalmente pagado al contado el precio acordado. En esta cesión queda comprendido e incluido todo derecho que pudiera corresponder a los cedentes, tanto por concepto de proporción o participación en el capital, fondos de reserva, utilidades retenidas y no repartidas o por cualquier otro motivo o título. Como consecuencia de las cesiones precedentes, el señor ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ ve reducida su participación en la sociedad a un ochenta y cinco por ciento de participación en el capital de la sociedad, los señores SERGIO IGNACIO PULGAR RIVERA y doña ENA HAYDERIA RIVERA MONTOYA, se retiran y dejan de ser socios de la sociedad y don LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ ve aumentada su participación en el capital a un quince por ciento de participación en el capital de la sociedad y por consiguiente, los únicos socios e interesados en la persona jurídica denominada TECMAN INGENIERIA LIMITADA pasan a ser actualmente don ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ con un OCHENTA Y CINCO POR CIENTO de participación en el capital social, y don LEONARDO ALBERTO PEREZ MUÑOZ con un QUINCE POR CIENTO de participación en el capital social, lo cual es aceptado todos los socios. Las cesiones de que da cuenta este instrumento empieza a regir y a surtir efectos jurídicos a partir de la fecha de otorgamiento de la presente escritura. Se modifican por este acto igualmente los estatutos sociales por los comparecientes en el sentido que en lo sucesivo, la administración, el uso de la razón social y la representación legal de la sociedad quedan radicadas exclusivamente en el socio don ALEJANDRO NELSON MIRANDA FERNANDEZ con todas y cada una de las facultades señaladas en los estatutos sociales que se dan acá por reproducidas para todo efecto legal. Las partes declaran que se tienen estas modificaciones como parte integrante de los estatutos sociales, para todos los efectos legales y tributarios a que haya lugar, quedando plenamente vigentes y subsistentes las demás estipulaciones del pacto social, en todo lo no modificado. Demás estipulaciones en escritura extractada. SAN PEDRO DE LA PAZ, 30 de noviembre del año dos mil veintiuno.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    Tecman Ingeniería Limitada

    CVE 2050781

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