Sociedad Gastronómica Terrazas De Centenario Limitada
Diario Oficial
公司信息
资本
总资本
$60.000.000
股东(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-2 | 5.xxx.xxx-2 | 66% | - |
FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL Socio 15.xxx.xxx-9 | 15.xxx.xxx-9 | 34% | - |
管理人(3)
FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL
公报所载公司沿革
- 设立· 2005年11月15日
Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA.
- 其他行为· 2018年3月14日
Se modifica la sociedad en escritura pública de 14 de marzo de 2018.
- 其他行为· 2022年11月22日
Se modifica la sociedad en escritura pública de 22 de noviembre de 2022.
- 权益转让· 2025年4月25日
FEDERICO CAMPOS ROSAS cede la totalidad de sus derechos sociales a FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL por $17.000.000.
- 股东退出· 2025年4月25日
FEDERICO CAMPOS ROSAS deja de pertenecer a la sociedad.
- 管理人变更· 2025年4月25日
Se modifica la cláusula de administración, quedando a cargo de CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA, FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL y FEDERICO CAMPOS ROSAS, conjunta o separadamente.
CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA · FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL · FEDERICO CAMPOS ROSAS
- 资本变更· 2025年4月25日
Se reemplaza la cláusula sobre utilidades, pérdidas y distribución, manteniéndose el capital social en $60.000.000.
摘要官方正文
Ministerio del Interior JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha veinticinco de abril de dos mil veinticinco, ante mí, doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, Cédula Nacional de Identidad número cinco millones novecientos cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y nueve guion dos, domiciliada en Pasaje Santiago número mil quinientos cuarenta y siete, Villa Ferroviaria, comuna de Temuco; don FEDERICO CAMPOS ROSAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, Cédula Nacional de Identidad número cinco millones ochocientos treinta y nueve mil novecientos noventa guion seis, domiciliado en Pasaje Santiago número mil quinientos cuarenta y siete, Villa Ferroviaria, comuna de Temuco; y don FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL, chileno, soltero, abogado, Cédula Nacional de Identidad número quince millones quinientos tres mil doscientos noventa y siete guion nueve, domiciliado en Pasaje Santiago número mil quinientos, Villa Ferroviaria, comuna de Temuco, expusieron: Que mediante escritura pública de fecha quince de noviembre del año dos mil cinco, Repertorio número nueve mil trescientos cuatro, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA", Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos once mil doscientos noventa guion tres. El extracto fue inscrito a fojas mil ciento veinticinco, número ochocientos sesenta y nueve del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil cinco; y se publicó en el Diario Oficial del día veintinueve de noviembre del año dos mil cinco, en su edición número treinta y ocho mil trescientos veinticuatro.- Por escritura pública de fecha catorce de marzo del año dos mil dieciocho, Repertorio número dos mil doscientos cinco, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Jorge Tadres Hales, se modificó dicha sociedad. El extracto fue inscrito a fojas quinientos once, número trescientos cuarenta y uno del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil dieciocho; y se publicó en el Diario Oficial del día veintiséis de abril del año dos mil dieciocho, en su edición número cuarenta y dos mil cuarenta y dos.- Por escritura pública de fecha veintidós de noviembre del año dos mil veintidós, Repertorio número seis mil trescientos cincuenta y siete, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Jorge Tadres Hales, se modificó dicha sociedad. El extracto fue inscrito a fojas mil ciento uno, número quinientos ochenta y cuatro del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil veintidós; y se publicó en el Diario Oficial del día veintinueve de noviembre del año dos mil veintidós, en su edición número cuarenta y tres mil cuatrocientos quince.- La SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA está integrada única y exclusivamente por los socios doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA, con un sesenta y seis por ciento de los derechos en la Sociedad; y por don FEDERICO CAMPOS ROSAS, con un treinta y cuatro por ciento de los derechos en la Sociedad; siendo el capital social la suma de sesenta millones de pesos.- PRESENTE MODIFICACION: Cesión de derechos y retiro de socio. Por instrumento extractado, don FEDERICO CAMPOS ROSAS, ya individualizado, vendió, cedió y transfirió la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad individualizada en las cláusulas precedentes, ascendentes a un treinta y cuatro por ciento de los derechos de la misma, a don FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL, quien compró, aceptó y adquirió para sí los referidos derechos en la mencionada sociedad. El valor de la presente cesión asciende a la suma de diecisiete millones de pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, en dinero efectivo, y en distintas parcialidades, declarando don FEDERICO CAMPOS ROSAS haber recibido dicha suma a su entera satisfacción.- Conforme la cesión de derechos efectuada en la cláusula precedente, don FEDERICO CAMPOS ROSAS deja de pertenecer a la sociedad individualizada en el título primero del presente instrumento, por haber cedido la totalidad de los derechos que poseía en ella. A su vez, la sociedad, de conformidad a lo dispuesto por el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, se hace cargo de cualquier tributo que adeudare o pudiere adeudar el socio saliente.- Doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA, en su calidad de socia de la SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA declara que acepta y consiente en la cesión de derechos de la presente sociedad y retiro de socio de que dan cuenta las cláusulas precedentes.- El cedente don FEDERICO CAMPOS ROSAS otorga el más amplio y completo finiquito a la SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA y a su socia doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA, declarando que ellos nada le adeudan por concepto alguno. Por su parte, la SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA y su socia doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA otorgan total finiquito al cedente don FEDERICO CAMPOS ROSAS, declarando que nada le adeudan a éste y lo liberan de responsabilidad, de cualquier posible deuda, de cualquier clase, de la compañía.- Como consecuencia de la cesión de derechos y retiro de socio efectuada en las cláusulas precedentes del presente instrumento, la SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA queda integrada única y exclusivamente por los socios doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA, con un sesenta y seis por ciento de los derechos en la sociedad; y don FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL, con un treinta y cuatro por ciento de los derechos en la sociedad.- En este acto, se deja constancia que tanto el cedente, don FEDERICO CAMPOS ROSAS, como el cesionario, don FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL declaran conocer y aceptar, sin excepción, la situación económica, financiera y patrimonial de la sociedad, a la fecha de la presente escritura.- Modificaciones sociales. Por instrumento extracto, los referidos socios, doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA y don FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL, modifican la sociedad individualizada en el TÍTULO PRIMERO de esta escritura, en las siguientes condiciones: UNO) Se modifica la cláusula quinta del pacto social en el siguiente sentido: La administración, uso de la razón social y facultades de administración corresponderá de manera conjunta o separada, según lo estimen conveniente, a doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA, a don FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL y a don FEDERICO CAMPOS ROSAS, quienes representarán a la sociedad con las más amplias facultades y la obligarán en toda clase de actos, contratos y convenciones de cualquier especie. En todo lo no modificado por este instrumento, sigue vigente en todas sus partes, esta cláusula quinta.- DOS) Se reemplaza la cláusula séptima del pacto social por la siguiente: “SÉPTIMO: DEL ESTADO DE LOS NEGOCIOS SOCIALES. UTILIDADES, PÉRDIDAS Y DISTRIBUCIÓN. UNO) La sociedad practicará balances generales e inventarios el día treinta y uno de diciembre de cada año o en la fecha que pudieren fijar en el futuro. DOS) Las utilidades que arroje el balance se repartirán entre los socios de acuerdo a la siguiente forma: Para la socia doña CLARA LUZ SANDOVAL NOVOA el sesenta y seis por ciento; y para el socio don FEDERICO HÉCTOR CAMPOS SANDOVAL treinta y cuatro por ciento. TRES) Las pérdidas se repartirán de acuerdo al monto de sus aportes en igual proporción.”- En todo lo no modificado por el presente instrumento, sigue vigente en todas sus partes, el pacto social primitivo y sus modificaciones, que los socios declaran conocer, aceptar y ratificar en su integridad.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 29 de Abril de 2025.
最近登记事项
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD GASTRONÓMICA TERRAZAS DE CENTENARIO LIMITADA
CVE 2642361
