Consultora Panguipulli S.a.
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MACARENA REGINA PINO ABARCA, abogada, Notario Público Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en calle Amunátegui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, Notario Santiago, Amunategui 73, certifico que, por escritura de fecha 09-09-2024, ante mí, ROBERTO WOOD MONTT, ingeniero, cédula de identidad número 6.552.438-4; y RODRIGO GERGER BROWN, ingeniero, cedula de identidad número 9.315.648-K, ambos domiciliados en Santiago en Avenida Nueva Costanera N° 4.229, of. 502, Vitacura, expusieron lo siguiente: 1.- Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales integrantes del Directorio de la sociedad CONSULTORA PANGUIPULLI S.A., RUT N° 76.380.666-9, inscrita a fojas 96.483 número 62.947 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013, declaran que se han reunido en manos de una sola persona jurídica, por lo que ha sido absorbida y fusionada por la sociedad CONSULTORA CORDILLERA S.A., la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad, por más de diez días ininterrumpidos, por lo que respecto de la sociedad CONSULTORA PANGUIPULLI S.A., se ha producido la causal de disolución contemplada en el número dos) del artículo 103 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, pasando, de pleno derecho, todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la sociedad CONSULTORA PANGUIPULLI S.A. a la persona jurídica adquirente o absorbente, esta es la sociedad CONSULTORA CORDILLERA S.A., RUT N° 96.861.300-6, inscrita a fojas 9490, número 7748, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1998. Asimismo, y en virtud de lo establecido en el Artículo 69 del Código Tributario, la sociedad absorbente ha declarado expresamente que hace suyos y asume la totalidad de los impuestos que se adeudaren o que se llegaren a adeudar por la sociedad absorbida o disuelta. 2.- Que el evento descrito en el numeral precedente, se produjo el día 20 de agosto del año 2024, en que se suscribieron y otorgaron las respectivas transferencias de acciones, como asimismo se inscribieron dichas transferencias en los registros competentes de la sociedad absorbida. 3.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 inciso tercero de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas y al producirse la disolución anticipada de la sociedad CONSULTORA PANGUIPULLI S.A., conforme a lo indicado en el numeral 1 anterior y no siendo necesaria su liquidación, por este acto la sociedad CONSULTORA CORDILLERA S.A. se hizo cargo de todo el patrimonio como así mismo de todos los derechos y obligaciones de la sociedad CONSULTORA PANGUIPULLI S.A. siendo su continuadora legal en los términos del artículo sesenta y nueve del Código Tributario. 4.- La presente da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 108 inciso primero de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas. Santiago, 10 de septiembre del 2024.
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- MODIFICACIÓN
CONSULTORA PANGUIPULLI S.A.
CVE 2546489
